Plusvalía municipal · 48 capitales · Ordenanzas 2026

Plusvalía municipal
capital a capital

La plusvalía municipal depende del ayuntamiento: cada uno fija su tipo, puede rebajar los coeficientes y decide si bonifica las herencias. Esta tabla recoge las 48 capitales de las que tenemos la ordenanza de 2026, con una herencia tipo para poder compararlas.

Cómo leer la tabla

El caso tipo es siempre el mismo, para que la comparación sea limpia: un hijo hereda la vivienda habitual de su madre, que la tuvo más de 20 años. El valor catastral total es de 100.000 € y el del suelo, de 40.000 €. El hijo no vivía en ella, no tiene discapacidad y no hay otros inmuebles en la herencia.

La cuota «sin bonificación» es la cuota íntegra: tipo por coeficiente por valor del suelo. La cuota «con bonificación» aplica el porcentaje que corresponde a ese caso según la ordenanza, que puede ser cero si el hijo no cumple algún requisito. En 14 capitales el caso tipo no obtiene bonificación porque la ordenanza exige convivencia con el causante, ciertos ingresos o una edad concreta, o porque no existe.

Plusvalía municipal en las capitales de provincia

Capital Tipo Coeficiente a 20 años o más Bonificación por herencia Herencia tipo sin bonificación Herencia tipo con bonificación Desde el 1 de diciembre, si se convalida
A Coruña 25 % 0,40 20 % a 95 %, según requisitos 4.000,00 € Entre 200,00 € y 3.200,00 € (20 % a 95 %)La bonificación depende de la renta por miembro de la unidad familiar de la vivienda heredada, es decir, de los empadronados, incluida la causante. Va del 20 % con rentas altas al 95 % con rentas por debajo del IPREM. Entre 150,00 € y 2.400,00 €
Albacete 27,44 % 0,40 95 % 4.390,40 € 219,52 € (95 %) 164,64 €
Alicante 30 % 0,40 60 % 4.800,00 € 1.920,00 € (60 %) 1.440,00 €
Almería 27 % 0,40 35 % a 95 %, según requisitos 4.320,00 € 216,00 € (95 %) 162,00 €
Ávila 20 % 0,40 95 % 3.200,00 € 160,00 € (95 %) 120,00 €
Badajoz 25,74 % 0,40 95 % 4.118,40 € 205,92 € (95 %) 154,44 €
Barcelona 30 % 0,40 95 % 4.800,00 € 240,00 € (95 %) 180,00 €
Bilbao 17 % 0,19 33 % 1.292,00 € 865,64 € (33 %) No afecta (régimen foral)
Burgos 21 % 0,40 30 % a 60 %, según requisitos 3.360,00 € 1.344,00 € (60 %) 1.008,00 €
Cáceres 30 % 0,40 40 % a 70 %, según requisitos 4.800,00 € 4.800,00 € (sin bonificación) 3.600,00 €
Cádiz 30 % 0,40 25 % a 95 %, según requisitos 4.800,00 € 3.600,00 € (25 %) 2.700,00 €
Castelló de la Plana 21 % a 27 % 0,40 75 % 4.320,00 € 1.080,00 € (75 %) 810,00 €
Ciudad Real 29,94 % a 30 % 0,40 35 % a 50 %, según requisitos 4.790,40 € Entre 2.484,78 € y 2.634,72 € (45 % a 48,13 %)La tabla de la ordenanza va por tramos de base imponible y su último escalón habla de «lo que exceda de 100.000 €». Si cada porcentaje se aplica a su tramo, los primeros 10.000 € de base al 50 % y el resto al 45 %, la bonificación efectiva sube al 48,13 %. Entre 1.863,59 € y 1.976,04 €
Córdoba 27,52 % 0,40 95 % 4.403,20 € 220,16 € (95 %) 165,12 €
Cuenca 30 % 0,40 Sin bonificación 4.800,00 € 4.800,00 € (sin bonificación) 3.600,00 €
Girona 30 % 0,40 20 % a 95 %, según requisitos 4.800,00 € 4.800,00 € (sin bonificación) 3.600,00 €
Granada 30 % 0,40 50 % 4.800,00 € 2.400,00 € (50 %) 1.800,00 €
Guadalajara 18 % a 30 % 0,40 95 % 2.880,00 € 2.880,00 € (sin bonificación) 2.160,00 €
Huelva 30 % 0,40 38 % a 95 %, según requisitos 4.800,00 € 4.800,00 € (sin bonificación) 3.600,00 €
Huesca Impuesto derogado desde el 1 de enero de 2026: no se cobra.
Jaén 29 % 0,40 Sin bonificación 4.640,00 € 4.640,00 € (sin bonificación) 3.480,00 €
Las Palmas de Gran Canaria 30 % 0,40 10 % a 95 %, según requisitos 4.800,00 € 1.200,00 € (75 %) 900,00 €
León 30 % 0,40 50 % a 95 %, según requisitos 4.800,00 € 240,00 € (95 %) 180,00 €
Lleida 30 % 0,40 90 % 4.800,00 € 4.800,00 € (sin bonificación) 3.600,00 €
Logroño 30 % 0,371 20 % a 80 %, según requisitos 4.452,00 € Entre 1.558,20 € y 2.226,00 € (50 % a 65 %)El valor catastral del caso, 100.000 €, está justo en el límite entre el tramo del 65 %, de 50.000 a 100.000 euros, y el del 50 %. La ordenanza no aclara cuál se aplica. Entre 1.260,00 € y 1.800,00 €
Lugo 27 % a 28 % 0,40 25 % a 95 %, según requisitos 4.320,00 € 3.240,00 € (25 %) 2.430,00 €
Madrid 29 % 0,40 40 % a 95 %, según requisitos 4.640,00 € 232,00 € (95 %) 174,00 €
Málaga 29 % 0,40 25 % a 95 %, según requisitos 4.640,00 € 2.900,00 € (37,5 %) 2.175,00 €
Murcia 30 % 0,40 95 % 4.800,00 € 240,00 € (95 %) 180,00 €
Ourense 26 % 0,40 60 % 4.160,00 € 1.664,00 € (60 %) 1.248,00 €
Oviedo 20 % 0,40 60 % a 95 %, según requisitos 3.200,00 € 3.200,00 € (sin bonificación) 2.400,00 €
Palencia 29,8 % 0,40 95 % 4.768,00 € 4.768,00 € (sin bonificación) 3.576,00 €
Palma 18 % 0,40 95 % 2.880,00 € 144,00 € (95 %) 108,00 €
Pontevedra 21 % 0,40 95 % 3.360,00 € 3.360,00 € (sin bonificación) 2.520,00 €
Salamanca 30 % 0,40 95 % 4.800,00 € 4.800,00 € (sin bonificación) 3.600,00 €
Santa Cruz de Tenerife 30 % 0,40 95 % 4.800,00 € 240,00 € (95 %) 180,00 €
Santander 21 % 0,40 95 % 3.360,00 € 3.360,00 € (sin bonificación) 2.520,00 €
Segovia 15 % 0,40 95 % 2.400,00 € 120,00 € (95 %) 90,00 €
Sevilla 26,53 % 0,40 10 % a 95 %, según requisitos 4.244,80 € 2.971,36 € (30 %) 2.228,52 €
Soria 18 % 0,40 25 % 2.880,00 € 2.160,00 € (25 %) 1.620,00 €
Tarragona 30 % 0,40 50 % a 95 %, según requisitos 4.800,00 € 2.400,00 € (50 %) 1.800,00 €
Teruel 30 % 0,40 95 % 4.800,00 € 240,00 € (95 %) 180,00 €
Toledo 25,9 % a 29,88 % 0,40 95 % 4.144,00 € 207,20 € (95 %) 155,40 €
València 29,7 % 0,40 95 % 4.752,00 € 237,60 € (95 %) 178,20 €
Valladolid 21,76 % 0,352 95 % 3.063,81 € 153,19 € (95 %) 130,56 €
Vitoria-Gasteiz 30 % 0,40 10 % a 95 %, según requisitos 4.800,00 € 4.800,00 € (sin bonificación) No afecta (régimen foral)
Zamora 30 % 0,40 95 % 4.800,00 € 4.800,00 € (sin bonificación) 3.600,00 €
Zaragoza 28 % 0,40 65 % a 95 %, según requisitos 4.480,00 € 224,00 € (95 %) 168,00 €

Datos de las ordenanzas fiscales de 2026 de cada ayuntamiento, contrastados con la consulta de información impositiva municipal del Ministerio de Hacienda. Los coeficientes son propios en 15 de las 47 capitales con impuesto; en el resto, los máximos estatales vigentes hasta el 30 de noviembre de 2026. Última comprobación: 23 de octubre de 2026.

Estudio: lo que cuesta heredar una vivienda en cada capital, con la misma herencia calculada en todas ellas.

Desde el 1 de diciembre de 2026: los coeficientes nuevos

El Real Decreto-ley 29/2026 cambia los coeficientes máximos de la plusvalía desde el 1 de diciembre de 2026. El decreto-ley está en vigor desde el 8 de octubre de 2026, pero necesita la convalidación del Congreso. Con las Cortes disueltas por el Real Decreto 806/2026, que convoca elecciones generales para el 29 de noviembre de 2026, le corresponde a la Diputación Permanente.

Para 20 años o más de tenencia, el máximo pasa de 0,40 a 0,30. Con la herencia tipo, la cuota baja en las 45 capitales de régimen común, hasta un 25 % en las que aplican el máximo.

29 ordenanzas remiten al máximo legal vigente y seguirían los nuevos, también cuando suben. Otras 16 tienen su propia tabla: ahí bajan solo los coeficientes que superan el máximo nuevo, y los demás no suben sin una ordenanza nueva. En 2 capitales forales no rige este decreto-ley. Cada ficha detalla el cambio periodo a periodo, y la pieza sobre los coeficientes de diciembre recoge la tabla completa.

Si en lugar de heredar el piso se dona en vida, la bonificación no cuenta: la ley la limita a las transmisiones por causa de muerte. El caso completo está en donar una vivienda a un hijo.

Capitales que todavía no tienen ficha

  • Pamplona / Iruña. Su ordenanza remite a los coeficientes máximos de la Ley Foral 2/1995 sin reproducir la tabla, y sin los coeficientes no se puede calcular la cuota.
  • Donostia / San Sebastián. El único cuadro de tipos de su ordenanza se refiere a las transmisiones valoradas con las nuevas ponencias, y no hemos podido confirmar con el texto qué tipo rige con carácter general.