El Real Decreto-ley 29/2026: sus medidas tributarias
El Real Decreto-ley 29/2026, de 6 de octubre, se publicó en el BOE el 7 de octubre. Su disposición final decimoprimera dice que «entrará en vigor el día siguiente al de su publicación», es decir, el 8 de octubre, «salvo que alguna de sus disposiciones establezca otra cosa». Casi todo el título II, el tributario, ordena sus propios efectos.
El decreto-ley está en vigor desde el 8 de octubre de 2026, pero necesita la convalidación del Congreso. Con las Cortes disueltas por el Real Decreto 806/2026, que convoca elecciones generales para el 29 de noviembre de 2026, le corresponde a la Diputación Permanente. Si el Congreso no lo convalida, deja de aplicarse. Le pasó ya al Real Decreto-ley 26/2026, que traía la misma deducción por alquiler y fue derogado el 2 de octubre. La disolución de las Cortes no impide que el decreto siga vigente mientras tanto.
Estas son sus medidas tributarias, con el artículo y la fecha desde la que producen efectos. No toca la ley del Impuesto sobre la Renta de no Residentes, y en el Impuesto sobre Sociedades solo cambia el régimen de las SOCIMI.
| Medida | Dónde | Efectos |
|---|---|---|
| Deducción estatal por alquiler de la vivienda habitual. El 10 % de lo pagado, con base máxima de 11.630 € y base imponible inferior a 33.007,20 €. Cómo se aplica. | Art. 6, apartado segundo, cuatro (nuevo art. 68.6 de la Ley del IRPF) | Desde el 8 de octubre de 2026 |
| Reducciones del rendimiento del alquiler de vivienda. Nueva escala del 100 % al 15 %, según la renta, la zona tensionada y la edad del inquilino. Calculadora del alquiler. | Art. 6, apartado segundo, dos (art. 23.2 de la Ley del IRPF) y disposición transitoria trigésima octava | Contratos posteriores al 1 de diciembre de 2026; los anteriores conservan su régimen |
| Ganancia por vender una vivienda desocupada a un ente público. Exenta al 100 % hasta 200.000 € de valor de transmisión, y en proporción decreciente hasta 800.000 €. Puede reinvertirse en una cuenta específica. | Art. 6, apartado segundo, once y doce (disposiciones adicionales 65.ª y 66.ª) | Ventas desde el 8 de octubre de 2026 hasta el 31 de diciembre de 2027 |
| Cuenta de Ahorro e Inversión Financia Europa. Las ganancias no tributan hasta que se retira dinero, con aportaciones pendientes de recuperación de hasta 150.000 €. Tras más de cinco años, queda exento el 100 % de la ganancia hasta 10.000 € y el 20 % del resto. | Art. 6, apartado segundo, cinco (nuevo art. 95 ter), y disposiciones finales tercera y cuarta | No se puede contratar hasta que entre en vigor una orden ministerial (disposición final decimoprimera) |
| Planes de Ahorro a Largo Plazo. Nace el seguro «Financia Europa», con primas de hasta 10.000 € al año y al menos el 30 % en renta variable. El plan clásico mantiene el límite de 5.000 €. | Art. 6, apartado segundo, uno y siete (art. 7.ñ y disposición adicional 26.ª) | Desde el 8 de octubre; el nuevo seguro no se comercializa hasta su orden ministerial |
| Imputación de rentas inmobiliarias. Se mantiene el 1,1 % en 2026 donde el catastro se revisó desde 2012. Desde 2027, escala nueva sobre la suma de valores catastrales: 1,1 % hasta 100.000 €, 1,5 % hasta 500.000 €, 2 % hasta 1.000.000 € y 3 % a partir de ahí, cada porcentaje solo sobre su tramo. Cómo se calcula. | Art. 6, apartado primero y apartado tercero (disposición adicional 55.ª, arts. 24 y 85) | Desde el 1 de enero de 2026 el primero; desde el 1 de enero de 2027 la escala |
| IVA. Los alquileres amueblados de hasta 30 noches, o con servicios de hostelería, dejan de estar exentos y tributan como hostelería. Las obras de renovación en viviendas destinadas a alquiler como vivienda habitual también tienen tipo reducido. Alquiler turístico. | Art. 7 (arts. 20 y 91 de la Ley del IVA) | Desde el 1 de diciembre de 2026 |
| IBI: recargo a la vivienda desocupada y al alojamiento turístico. Los ayuntamientos podrán cobrar hasta el 50 % de la cuota, y más en grandes tenedores y desocupaciones largas, pero cada uno debe aprobarlo en su ordenanza. Qué capitales lo cobran. | Art. 8 (art. 72 de la Ley de Haciendas Locales) | Desde el 8 de octubre de 2026, con vigencia indefinida; cada ayuntamiento debe aprobarlo en su ordenanza |
| Plusvalía municipal. Escala nueva de coeficientes máximos. Los 21 máximos, periodo a periodo. | Art. 10 (art. 107.4 de la Ley de Haciendas Locales) | Desde el 1 de diciembre de 2026 |
| SOCIMI. Gravamen especial del 15 % sobre beneficios no distribuidos, que sube al 25 % si proceden del alquiler de viviendas, con reducciones para el alquiler asequible. Es Impuesto sobre Sociedades. | Art. 9 y disposición transitoria cuarta de la Ley 11/2009 | Periodos iniciados en 2026 que no hubieran concluido el 8 de octubre |
| Reglamento del IRPF. A efectos de las exenciones por vender la vivienda habitual, esta cuenta como tal si lo fue hasta dos años antes de la venta. También se detalla la información que dan los Planes de Ahorro a Largo Plazo. | Disposición final tercera | Desde el 8 de octubre de 2026 |
Desde el 1 de diciembre de 2026 bajan 4 de los 21 máximos de la plusvalía municipal y suben 17. La deducción por alquiler es la que más inquilinos toca, y por eso la recogemos también en las novedades de la declaración del ejercicio 2026, que se presenta en 2027. El decreto trae además medidas civiles de alquiler, como una prórroga extraordinaria de los contratos, que no son tributarias y no recogemos aquí.
IRPF autonómico: qué comunidades han cambiado su escala
Recuento de las 17 escalas: con un cambio publicado en el boletín oficial, 1; en tramitación, 3; con un anuncio oficial, 2; solo con noticias de prensa, 4; sin medidas confirmadas, 7. Solo una comunidad tiene una norma publicada para 2027.
Estas son las medidas con texto oficial, de la más avanzada a la menos. Un proyecto de ley no es norma hasta que el parlamento lo aprueba y se publica, y su contenido puede cambiar.
- Comunidad Valenciana. Publicada en el boletín oficial (10 de agosto de 2026). La Ley 5/2026, publicada el 10 de agosto en el DOGV, fija una segunda escala autonómica para 2027: el primer tramo pasa al 8,7 % y el último al 29,25 %.
- Castilla y León. Proyecto de ley (1 de septiembre de 2026). El proyecto de ley de medidas de 2027 baja el tipo mínimo del IRPF autonómico del 9 % al 8,75 %, primer paso de una rebaja de 0,25 puntos al año hasta el 8 % al final de la legislatura.
- Castilla y León. Proyecto de ley (1 de septiembre de 2026). El proyecto crea una deducción del 15 % de los gastos en deporte y actividades saludables, con un límite de 150 euros al año por contribuyente. Incluye cuotas de gimnasios, clubes y federaciones.
- Extremadura. Proyecto de ley (15 de octubre de 2026). El Consejo de Gobierno aprobó el 15 de octubre el proyecto de presupuestos de 2027, que baja el primer tramo del IRPF autonómico al 7,5 % y el segundo al 9,5 %, un cuarto de punto menos en cada uno.
- Galicia. Proyecto de ley (16 de octubre de 2026). La Xunta aprobó el 16 de octubre el proyecto de presupuestos de 2027, que baja 0,25 puntos los cuatro primeros tramos del IRPF autonómico. La rebaja sería retroactiva a todo 2026, según la nota oficial, para que se note ya en la próxima declaración de la renta. Afectaría, por tanto, a la declaración del ejercicio 2026, la que se presenta en la primavera de 2027.
Seguimiento comprobado el 23 de octubre de 2026. El ahorro de cada sueldo, comunidad a comunidad, está en las rebajas del IRPF de 2027 y las escalas vigentes de todas las comunidades, en los tramos del IRPF por comunidad autónoma.
Cotizaciones: MEI, mutualistas y autónomos
El MEI sube al 1 % en 2027. La disposición transitoria cuadragésima tercera de la Ley General de la Seguridad Social lo dice así: «En el año 2027, será de 1 punto porcentual, del que el 0,83 corresponderá a la empresa y el 0,17 al trabajador». En 2026 es el 0,90. El autónomo paga el tipo entero.
Los mutualistas pasan al 93 %. La Ley 2/2026, de 29 de julio, sube la cuota «hasta alcanzar el 100 por ciento en 2028, de forma que en 2026 ascenderá al 86 por ciento y en 2027 al 93 por ciento». Afecta a quienes cotizan en una mutualidad alternativa, y el porcentaje se aplica a la cuota resultante del tipo general de contingencias comunes.
La cuota de autónomos de 2027 no tiene norma. Las tablas las fija cada año la Ley de Presupuestos o, sin presupuestos, un real decreto-ley. La tarifa plana tampoco. La disposición transitoria quinta del Real Decreto-ley 13/2022 fijó 80 euros mensuales para 2023 a 2025. Añade que «a partir del año 2026, el importe de dichas cuotas será fijado por la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada ejercicio». Lo actualizamos en la calculadora de la cuota y en la guía de la tarifa plana cuando salga la norma.
Verifactu: las fechas vigentes
El Real Decreto-ley 15/2025, de 2 de diciembre, reescribió la disposición final cuarta del Real Decreto 1007/2023. Ahora dice que los obligados del artículo 3.1.a), los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades, «deberán tener adaptados los sistemas informáticos» a los requisitos «antes del 1 de enero de 2027». Para el resto de obligados, los sistemas deben estar operativos «antes del 1 de julio de 2027».
Eso incluye a los autónomos en IRPF. Las fechas anteriores, de 1 de enero de 2026, ya no están vigentes. La guía de Verifactu detalla los requisitos, las sanciones y cómo elegir programa.
Impuestos municipales: IBI, basura y circulación
Aquí casi nada es norma todavía. Las ordenanzas fiscales de 2027 se aprueban en los plenos del otoño, y un cambio no es definitivo hasta la aprobación definitiva y su publicación en el boletín oficial. Este es el punto a 23 de octubre de 2026 en las 50 capitales de provincia.
- 29 capitales de las 50 tienen novedades en el IBI de 2027: 10 bajan o prevén bajar el tipo, 14 lo congelan y ninguna propone subirlo. El resto cambia bonificaciones, está en trámite o ha rechazado la ordenanza. Solo una tiene aprobación definitiva.
- En la tasa de basura hay novedades en 20 capitales: 4 la suben, 8 la congelan, 1 la baja y 7 cambian su estructura, sus bonificaciones u otros aspectos. Solo una tiene aprobación definitiva.
- En el impuesto de circulación hay novedades en 16 capitales: 2 lo bajan, 3 lo congelan de forma expresa y 8 entran en una congelación general de impuestos que no nombra el del coche. El resto son bonificaciones, ajustes técnicos o un rechazo en pleno. Solo una tiene aprobación definitiva.
Cada capital tiene su ficha con el estado de su ordenanza y la fuente: la del IBI y la de la tasa de basura. Las piezas de seguimiento son IBI 2027 y tasa de basura 2027, y el estudio la factura de impuestos municipales en cada capital suma los tres recibos con el sentido de los cambios previstos.
Lo que aún no se sabe y cuándo se sabrá
La convalidación del decreto-ley. Tiene que votarse en los 30 días siguientes a su promulgación, que acaban a principios de noviembre. Hasta entonces, las medidas de vivienda de este artículo están en vigor, pero pueden caer. Sus efectos de diciembre y de 2027 dependen de ese voto.
La escala estatal del IRPF. La fija la ley y no hay ninguna norma publicada que la cambie para 2027. Las retenciones. La Agencia Tributaria publica el algoritmo de cada año habitualmente entre diciembre y enero, y el cálculo exacto no se conoce antes.
El salario mínimo lo fija un real decreto que suele aprobarse en enero o febrero: qué se sabe y cuándo se aprobará. Las pensiones suben la media del IPC de diciembre de 2025 a noviembre de 2026, y la cifra se conocerá cuando el INE publique el dato de noviembre, a mediados de diciembre: la guía de la subida.
El IPREM sigue en 600 € al mes. Está congelado desde 2023 porque se prorrogan los presupuestos de ese año, y solo una ley de presupuestos nueva o un decreto-ley lo cambiaría. El calendario fiscal oficial de la Agencia Tributaria suele publicarse en diciembre; mientras tanto, el calendario con los plazos legales sirve de referencia.
La declaración del ejercicio 2026, que se presenta en 2027, tendrá sus fechas en la orden del modelo 100, que en las tres últimas ediciones se publicó en marzo: la guía de la campaña y cuándo empieza.