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Salario mínimo 2027:
qué se sabe y cuándo se aprobará

El SMI de 2027 no existe todavía, pero el de 2026 sí, y el procedimiento para fijar el siguiente está escrito en la ley. Esta guía recoge lo que ya es norma, cómo se decide la subida y qué ocurre con el IRPF. La actualizaremos el día que se publique el real decreto.

El SMI vigente: las cifras del Real Decreto 126/2026

El Real Decreto 126/2026, de 18 de febrero, se publicó en el BOE el 19 de febrero. Su artículo 1 fija el importe general:

Lo que dice la ley, texto literal
«El salario mínimo para cualesquiera actividades en la agricultura, en la industria y en los servicios, sin distinción de sexo ni edad de las personas trabajadoras, queda fijado en 40,70 euros/día o 1 221 euros/mes, según el salario esté fijado por días o por meses.»

Artículo 1, Real Decreto 126/2026, de 18 de febrero, por el que se fija el salario mínimo interprofesional para 2026, BOE del 19 de febrero de 2026.

En cómputo anual, el artículo 3.1 habla de una cuantía que en ningún caso puede ser «inferior a 17 094 euros». Son las 14 mensualidades de 1.221 euros. El real decreto explica que la subida es del 3,1 % respecto a la de 2025.

Concepto Importe De dónde sale
Salario mínimo diario40,70 €Artículo 1
Salario mínimo mensual1.221 €Artículo 1
Salario mínimo anual17.094 €Artículo 3.1
El mismo anual repartido en 12 pagas1.424,50 € al mes17.094 ÷ 12
Contratos de menos de 120 días57,82 € por jornadaArtículo 4.1
Empleadas de hogar por horas9,55 € por horaArtículo 4.2

Hasta cuándo vale

La respuesta está en la disposición final tercera del propio real decreto:

Lo que dice la ley, texto literal
«Este real decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» y surtirá efectos durante el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026, procediendo, en consecuencia, el abono del salario mínimo fijado en este con efectos desde el 1 de enero de 2026.»

Disposición final tercera, Real Decreto 126/2026.

Es decir, el SMI no se prorroga solo. Para 2027 hace falta un real decreto nuevo. Hasta que se publique, la última cifra oficial es la de 2026.

Cómo se fijará el de 2027

El procedimiento lo marca el artículo 27 del Estatuto de los Trabajadores. El Gobierno decide, pero no a ciegas:

Lo que dice la ley, texto literal
«El Gobierno fijará, previa consulta con las organizaciones sindicales y asociaciones empresariales más representativas, anualmente, el salario mínimo interprofesional, teniendo en cuenta: a) El índice de precios de consumo. b) La productividad media nacional alcanzada. c) El incremento de la participación del trabajo en la renta nacional. d) La coyuntura económica general.»

Artículo 27.1, Estatuto de los Trabajadores (Real Decreto Legislativo 2/2015), texto consolidado del BOE. Las cuatro letras, en un solo párrafo.

Además de la consulta, hay una comisión de expertos. El Real Decreto 126/2026 cita su último informe: la subida del 3,1 % se hizo «de acuerdo con el Informe presentado el 12 de diciembre de 2025 por la Comisión Asesora para el Análisis del Salario Mínimo Interprofesional».

Esa misma exposición de motivos recuerda el objetivo que guía al Gobierno: «se mantiene el objetivo de que el salario mínimo interprofesional alcance el 60 por ciento del salario medio». El informe orienta, pero no obliga. Quien aprueba la cifra es el Consejo de Ministros.

El mismo artículo 27.1 añade una cautela útil en años de precios altos: «Igualmente se fijará una revisión semestral para el caso de que no se cumplan las previsiones sobre el índice de precios citado.»

Cuándo suele aprobarse

No hay un plazo legal. Los dos últimos reales decretos llegaron en febrero. El Real Decreto 87/2025 es del 11 de febrero de 2025, y el 126/2026, del 18 de febrero de 2026, con deliberación del Consejo de Ministros el día 17. El de 2026 se abonó con efectos desde el 1 de enero, como dice su disposición final tercera.

Para 2027, la agencia EFE informó el 7 de octubre de 2026 de que el Ministerio de Trabajo había convocado a la comisión asesora para empezar a preparar la subida. Es una noticia de prensa sobre el proceso, no una norma, y no incluye ninguna cifra oficial.

Cualquier importe de 2027 que veas antes de que se publique el real decreto en el BOE es una propuesta o una previsión. Aquí no recogemos ninguna.

El SMI y el IRPF

El salario mínimo no tiene una exención propia en el IRPF: tributa como cualquier rendimiento del trabajo. Lo que ocurre es que, con las reducciones y deducciones de la ley, la cuota de quien cobra solo el SMI sale a cero. La pieza clave es la disposición adicional 61.ª de la Ley del IRPF, que el Real Decreto-ley 5/2026 modificó con efectos desde el 1 de enero de 2026:

Lo que dice la ley, texto literal
«a) cuando los rendimientos íntegros del trabajo a los que se refiere este apartado sean iguales o inferiores a 17.094 euros anuales: 590,89 euros anuales. El importe de la deducción no podrá exceder de la parte de la suma de las cuotas íntegras estatal y autonómica que proporcionalmente corresponda a los rendimientos netos del trabajo […]»

Disposición adicional sexagésima primera, apartado 1, letra a) y último párrafo, Ley 35/2006 del IRPF, texto consolidado del BOE (con una elisión marcada).

Entre 17.094 € y 20.048,45 € la deducción baja: son 590,89 € menos el 20 % de lo que excedan los rendimientos de 17.094 €. Exige que el sueldo derive de una relación laboral o estatutaria, así que no vale para pensiones. Y pide que las demás rentas no superen 6.500 €.

Fíjate en un detalle: la ley escribe esas cifras en euros, no por referencia al SMI. Si el salario mínimo de 2027 supera los 17.094 €, la deducción no sube sola con él. Cambiará solo si una norma modifica la disposición adicional.

Con 17.094 € brutos en 14 pagas, soltero, sin hijos y sin más rentas, la calculadora de esta web da 0,00 € de IRPF anual en las 15 comunidades de régimen común. La Seguridad Social se lleva 1.111,11 € al año, 92,59 € en cada nómina ordinaria.

La nómina ordinaria queda en 1.128,41 € netos y cada paga extra en 1.221,00 €. En el año, el neto es de 15.982,89 €. Es la cuota anual de la declaración, no la retención de tu nómina.

La retención de la nómina es otro cálculo

La deducción de la disposición adicional 61.ª se resta de la cuota líquida del impuesto, es decir, al hacer la declaración. La retención que practica la empresa sigue el procedimiento de los artículos 80 a 86 del Reglamento del IRPF. Y el límite por debajo del cual no se retiene, el del artículo 81, queda por debajo del SMI anual en el caso de un soltero sin hijos:

Lo que dice la ley, texto literal
«No se practicará retención sobre los rendimientos del trabajo cuya cuantía, determinada según lo previsto en el artículo 83.2 de este Reglamento, no supere el importe anual establecido en el cuadro siguiente en función del número de hijos y otros descendientes y de la situación del contribuyente»

Artículo 81.1, primer párrafo, Reglamento del IRPF (Real Decreto 439/2007), texto consolidado del BOE. El cuadro da 15.876 € para un contribuyente soltero sin descendientes, en la fila «Otras situaciones».

Por eso la retención de una nómina de SMI no tiene por qué ser cero. La retención es un pago a cuenta: si es mayor que el impuesto real, la diferencia vuelve en la Renta. Para ver la retención y el neto de tu sueldo con tus datos, usa la calculadora de salario bruto a neto. El resto de deducciones estatales está en la guía de deducciones de la Renta.

Preguntas frecuentes

¿Cuál es el salario mínimo en 2026?
El Real Decreto 126/2026 lo fija en 40,70 euros al día o 1.221 euros al mes, que en 14 pagas suman 17.094 euros al año. Repartido en 12 pagas, el mismo anual son 1.424,50 euros al mes. Surte efectos del 1 de enero al 31 de diciembre de 2026.
¿Cuánto será el SMI de 2027?
Todavía no existe cifra oficial. La fija el Gobierno mediante un real decreto, y a 23 de octubre de 2026 ese real decreto no se ha publicado. El de 2026 solo es válido hasta el 31 de diciembre de 2026.
¿Cuándo se aprueba el SMI?
No hay una fecha fija. Los dos últimos reales decretos se aprobaron en febrero: el 87/2025 es del 11 de febrero de 2025 y el 126/2026 del 18 de febrero de 2026. El de 2026 se abonó con efectos desde el 1 de enero.
¿Quién decide la subida del SMI?
El Gobierno. El artículo 27.1 del Estatuto de los Trabajadores le obliga a consultar antes con los sindicatos y las asociaciones empresariales más representativas, y a tener en cuenta el IPC, la productividad, la participación del trabajo en la renta nacional y la coyuntura económica. La comisión asesora presenta un informe, pero el Gobierno decide.
¿Paga IRPF quien cobra el salario mínimo?
La cuota anual de IRPF sale a cero con los datos del SMI de 2026, gracias a la reducción por rendimientos del trabajo, al mínimo personal y a la deducción de hasta 590,89 € de la disposición adicional 61.ª de la Ley del IRPF. Es el resultado de la declaración. La retención de la nómina se calcula con otro procedimiento y, si es mayor que el impuesto, la diferencia se recupera en la Renta.
¿Se actualiza solo la deducción del SMI si sube el salario mínimo?
No. La disposición adicional 61.ª de la Ley del IRPF escribe las cifras en euros: 590,89 € hasta 17.094 € de rendimientos y una reducción gradual hasta 20.048,45 €. Esos importes solo cambian si una norma los modifica.

Fuentes

Real Decreto 126/2026, de 18 de febrero, por el que se fija el salario mínimo interprofesional para 2026 (BOE-A-2026-3815). Estatuto de los Trabajadores, Real Decreto Legislativo 2/2015, artículo 27 (BOE-A-2015-11430).

Ley 35/2006 del IRPF, disposición adicional 61.ª (BOE-A-2006-20764). Reglamento del IRPF, Real Decreto 439/2007, artículo 81 (BOE-A-2007-6820). Convocatoria de la comisión asesora para el SMI de 2027: noticia de agencia publicada el 7 de octubre de 2026 (Infobae). Textos consultados el 23 de octubre de 2026. Las cifras de IRPF se calculan con los tramos y cotizaciones de 2026 de esta web. Esta guía no contiene ninguna cifra de 2027.