Datos 2026 · IRPF · Nómina

Calculadora de la retención
del IRPF en tu nómina (2026)

Indica tu sueldo y tu situación familiar y comprueba qué porcentaje de IRPF te retiene la empresa. La cuenta sigue el algoritmo que publica la Agencia Tributaria para 2026 y la hemos contrastado con su propio servicio de cálculo.

Calcula tu retención

¿Qué porcentaje de IRPF te retienen en la nómina?

Más datos (opcional)

Tipo de retención

16,42 %

Te retienen 4.926,00 € al año, unos 351,86 € en cada una de las 14 pagas.

Ver el cálculo paso a paso
Sueldo bruto30.000,00 €
Cotizaciones a la Seguridad Social− 1.950,00 €
Otros gastos deducibles− 2.000,00 €
Reducción por obtener rendimientos del trabajo− 0,00 €
Base para la retención26.050,00 €
Mínimo personal y familiar5.550,00 €
Escala sobre la base5.980,50 €
Escala sobre el mínimo− 1.054,50 €
Cuota de retención4.926,00 €
Límite del 43 % del exceso sobre 15.876 € (no actúa)6.073,32 €
Tipo (cuota entre sueldo bruto, truncado a dos decimales)16,42 %

Calcula el tipo que aplica el pagador a principios de año para territorio común, con el algoritmo de la Agencia Tributaria de 2026. No cubre Navarra ni el País Vasco, las retribuciones irregulares ni la regularización de mitad de año. El resultado final de tu Renta puede ser distinto.

Cuánto te retienen según tu sueldo

La retención crece con el sueldo, pero no de forma lineal. Con 45.000 € brutos y sin hijos el tipo es del 21,05 %, y con 100.000 € sube al 32,11 %. En los sueldos bajos influye mucho el mínimo personal y la reducción por obtener rendimientos del trabajo.

La tabla recoge tres perfiles. El primero es un soltero sin hijos. El segundo, una persona casada con un cónyuge sin rentas y dos hijos nacidos en 2016 y 2020. El tercero, un padre o una madre con un hijo nacido en 2016 a su cargo en exclusiva.

Sueldo bruto Soltero sin hijos Casado, dos hijos Monoparental, un hijo
Tipo Al año Tipo Al año Tipo Al año
15.000 € Sin retenciónSin retenciónSin retención
16.000 € 0,33 % 52,80 € Sin retenciónSin retención
17.094 € (SMI) 3,06 % 523,08 € Sin retenciónSin retención
18.000 € 5,07 % 912,60 € Sin retención 0,85 % 153,00 €
20.000 € 8,86 % 1.772,00 € 1,58 % 316,00 € 5,06 % 1.012,00 €
22.000 € 11,96 % 2.631,20 € 5,35 % 1.177,00 € 8,51 % 1.872,20 €
25.000 € 14,09 % 3.522,50 € 9,86 % 2.465,00 € 12,27 % 3.067,50 €
28.000 € 15,58 % 4.362,40 € 12,12 % 3.393,60 € 13,96 % 3.908,80 €
30.000 € 16,42 % 4.926,00 € 13,19 % 3.957,00 € 14,90 % 4.470,00 €
35.000 € 18,08 % 6.328,00 € 15,31 % 5.358,50 € 16,77 % 5.869,50 €
40.000 € 19,36 % 7.744,00 € 16,94 % 6.776,00 € 18,22 % 7.288,00 €
45.000 € 21,05 % 9.472,50 € 18,90 % 8.505,00 € 20,04 % 9.018,00 €
50.000 € 22,40 % 11.200,00 € 20,47 % 10.235,00 € 21,49 % 10.745,00 €
60.000 € 24,44 % 14.664,00 € 22,82 % 13.692,00 € 23,68 % 14.208,00 €
70.000 € 26,64 % 18.648,00 € 25,25 % 17.675,00 € 25,98 % 18.186,00 €
80.000 € 28,92 % 23.136,00 € 27,71 % 22.168,00 € 28,35 % 22.680,00 €
100.000 € 32,11 % 32.110,00 € 31,15 % 31.150,00 € 31,66 % 31.660,00 €

Retención anual con el algoritmo de la AEAT de 2026 para un trabajador en activo, menor de 65 años, con contrato indefinido y sin otras circunstancias. «Sin retención» significa que el sueldo no supera el límite del artículo 81 del Reglamento del IRPF para ese perfil.

Tu comunidad no cambia la retención, pero sí la Renta

En territorio común, el artículo 85.1.1.º del Reglamento del IRPF fija una sola escala de retención, del 19 al 47 %. Tu comunidad no interviene. Quien lo hace es la escala autonómica, pero solo cuando se calcula la cuota final en la declaración de la Renta.

Navarra y el País Vasco son la excepción: retienen con las tablas de su hacienda foral. Las tienes en las guías de Navarra y de Bizkaia.

Con 30.000 € brutos, la retención es de 4.926,00 € en todas las comunidades de la tabla. El IRPF que acabas pagando va de 4.598,02 € en la Comunidad de Madrid a 4.958,75 € en Cataluña. La diferencia entre una cosa y la otra es lo que te devuelven o lo que pagas al hacer la Renta.

Comunidad Retención en la nómina IRPF final en la Renta En la Renta
Comunidad de Madrid 4.926,00 € 4.598,02 € Te devuelven 327,98 €
Cataluña 4.926,00 € 4.958,75 € Pagas 32,75 € más
Andalucía 4.926,00 € 4.862,45 € Te devuelven 63,55 €
Comunidad Valenciana 4.926,00 € 4.743,06 € Te devuelven 182,94 €
Galicia 4.926,00 € 4.794,60 € Te devuelven 131,40 €

Soltero sin hijos con 30.000 € brutos en 14 pagas. La columna «En la Renta» resta el IRPF final a lo retenido. Supone que el sueldo es la única renta y no incluye deducciones autonómicas ni otras circunstancias personales: con ellas, el resultado cambia. Las fichas de sueldo neto por comunidad calculan el IRPF final de cada nivel de renta.

Cómo se calcula, paso a paso

Tomamos el caso de 30.000 € brutos, soltero y sin hijos. Primero se restan las cotizaciones a la Seguridad Social, que son 1.950,00 €, y 2.000 € de otros gastos deducibles. Con ese sueldo, la reducción por obtener rendimientos del trabajo es de 0 €, porque desaparece cuando el rendimiento neto es alto.

Lo que queda, 26.050,00 €, es la base para la retención. Se le aplica la escala y sale una cuota de 5.980,50 €. A esa cifra se le resta lo que saldría de aplicar la misma escala al mínimo personal y familiar, que es de 5.550 € y cuesta 1.054,50 €. La cuota de retención es la diferencia: 4.926,00 €.

Si el sueldo no pasa de 35.200 € hay un último control, que limita la cuota al 43 % del exceso sobre 15.876 €. Aquí sería de 6.073,32 €, y la cuota no lo supera, así que no actúa.

El tipo es la cuota dividida entre el sueldo bruto, cortada en el segundo decimal: 4.926,00 € entre 30.000 € da el 16,42 %. Multiplicado por el sueldo, la retención anual es de 4.926,00 €. Repartida en 14 pagas son 351,86 € cada una, y en 12 pagas, 410,50 €.

Si cobras el salario mínimo

El salario mínimo de 2026 es de 17.094 € brutos al año. Un soltero sin hijos que lo cobra soporta una retención del 3,06 %, que son 523,08 € al año y unos 37,36 € por paga en 14 pagas.

Esa retención se produce aunque su IRPF final sea cero. Con un único pagador y ese sueldo como única renta, el IRPF de la Renta sale a 0 € en las 15 comunidades de régimen común. Los 523,08 € retenidos se recuperan por completo, pero solo si presentas la declaración.

El motivo es que el límite sin retención, 15.876 €, se fijó con el salario mínimo de 2024 (Real Decreto 142/2024) y no se ha actualizado. El salario mínimo de 2026 lo supera en 1.218 €, y por eso la AEAT ya retiene. Puedes ver cómo evoluciona esa cuantía en la guía del salario mínimo.

¿Hay obligación de declarar? El artículo 96.2.a de la Ley del IRPF dispensa a quien solo tiene «rendimientos íntegros del trabajo, con el límite de 22.000 euros anuales». Con un solo pagador, el salario mínimo queda por debajo y no estás obligado. Aun así, para que Hacienda te devuelva lo retenido tienes que presentar la Renta. El artículo 96.3.a baja el límite a 15.876 € si hay más de un pagador, salvo que el segundo y los restantes sumen 1.500 euros al año o menos.

Cuándo el pagador no retiene

El artículo 81 del Reglamento del IRPF fija un sueldo anual por debajo del cual la empresa no está obligada a retener. Depende de tu situación familiar y del número de hijos.

Situación Sin hijos Un hijo Dos o más
Soltero o casado con un cónyuge que gana más de 1.500 € al año 15.876 €16.342 €16.867 €
Casado con un cónyuge que gana 1.500 € al año o menos 17.197 €18.130 €19.262 €
Con hijos a tu cargo en exclusiva (monoparental) —17.644 €18.694 €

Sueldo bruto anual hasta el cual no hay retención, ejercicio 2026. Si el sueldo supera el límite, el pagador retiene según el algoritmo, y el tipo se calcula con todos los datos que le hayas comunicado.

Retenciones de 2027: qué se sabe

La escala de retención de la que parte el algoritmo está en el artículo 101.1 de la Ley del IRPF, y su vigencia es indefinida desde la Ley 11/2020. Los mínimos personales y familiares están en los artículos 57 a 61 de la misma ley. Salvo que se apruebe una reforma, no hay motivo para esperar cambios en ninguna de las dos cosas.

El límite sin retención del artículo 81 del Reglamento solo cambia si lo modifica un real decreto. Tampoco están fijadas las cotizaciones de 2027, que se aprueban por orden ministerial. La AEAT suele publicar el algoritmo del nuevo ejercicio a finales de diciembre o en enero. Hasta entonces no hay una cifra oficial de 2027 que podamos darte, y esta calculadora aplica la de 2026.

Preguntas frecuentes

¿Puedo pedir que me retengan más IRPF?
Sí. El artículo 88.5 del Reglamento del IRPF dice: «Los contribuyentes podrán solicitar en cualquier momento de sus correspondientes pagadores la aplicación de tipos de retención superiores a los que resulten de lo previsto en los artículos anteriores». La solicitud va por escrito y el pagador debe atenderla si la recibe al menos cinco días antes de confeccionar la nómina. El nuevo tipo se aplica como mínimo hasta final de año, y en los años siguientes mientras no renuncies por escrito.
¿Por qué me cambia la retención durante el año?
Porque la retención se calcula con tus datos de cada momento y se regulariza cuando cambian. Una subida de sueldo, un hijo nuevo o un cambio de situación familiar acaban moviendo el tipo. La regularización está prevista en el artículo 87 del Reglamento del IRPF. Por eso conviene comunicar al pagador tus circunstancias con el modelo 145 cuando cambien, no solo a principios de año.
¿La retención depende de mi comunidad autónoma?
No, en territorio común. El artículo 85.1.1.º del Reglamento del IRPF aplica una sola escala, del 19 al 47 %, vivas donde vivas. Las escalas autonómicas solo cuentan cuando haces la Renta. En Navarra y el País Vasco la retención se calcula con las tablas de su hacienda foral.
¿Cuándo no me retienen nada?
Cuando tu sueldo bruto anual no pasa del límite del artículo 81 del Reglamento del IRPF para tu situación. Un soltero sin hijos queda libre de retención hasta 15.876 €; con cónyuge sin rentas o con hijos el límite sube. Tienes la tabla completa en el apartado «Cuándo el pagador no retiene». Que no te retengan no significa que no debas tributar, solo que el pagador no tiene obligación de adelantar el impuesto.
¿Y si tengo dos pagadores?
Cada pagador calcula el tipo como si fuera el único, sin saber lo que cobras del otro. Si el segundo sueldo no es pequeño, lo retenido suele quedarse corto y la Renta puede salir a pagar. Además, con más de un pagador el límite para no declarar baja, salvo que lo que cobras del segundo y restantes no pase de 1.500 euros al año. Lo explicamos con ejemplos en la guía de la Renta con dos pagadores. Ver la guía de la Renta con dos pagadores.
¿Y los pensionistas?
La calculadora lo contempla: elige «Pensionista» en «Más datos». El algoritmo de la AEAT aplica 600 euros más de reducción y sube el límite sin retención en la misma cuantía. Con una pensión de 20.000 € brutos al año, soltero y nacido en 1955, el tipo sale del 7,57 %.

Fuentes y método

El cálculo reproduce el algoritmo de retenciones sobre rendimientos del trabajo que publica la Agencia Tributaria para 2026, en su versión del 10 de septiembre. Se apoya en los artículos 80 a 88 del Reglamento del IRPF y en el artículo 101 de la Ley del IRPF, según el texto consolidado del BOE.

Contrastada con el Servicio de Cálculo de Retenciones de la AEAT en 52 perfiles el 28 de octubre de 2026: todos iguales al céntimo. Se queda fuera la regularización de mitad de año, las retribuciones irregulares y el régimen foral.