Campaña de la Renta: calendario completo y guía de campaña
Fiscal 10 min lectura Actualizado 17 julio 2026

Campaña
de la Renta

La declaración de la Renta no es un trámite: es una temporada, con su pretemporada de datos fiscales en marzo, su arranque en abril, sus citas que vuelan en mayo y su cierre del 30 de junio. Esta página es el centro de operaciones de esa temporada en guiafiscal: el calendario completo con lo verificado y lo previsto, la preparación previa, las tres vías para presentar, el resultado y sus opciones — y el índice de todas nuestras guías del proceso, ordenadas por el momento en que las vas a necesitar.

Por Cristian Corrales · Fuentes: AEAT, BOE (órdenes HAC de campaña), Ley 35/2006

Dónde estamos hoy: entre dos campañas

La campaña de la Renta 2025 cerró el 30 de junio de 2026 con más de 25 millones de declaraciones previstas y la novedad de Renta Directa, la presentación instantánea para perfiles sencillos que la AEAT estrenó ese año. De ella queda un solo hito vivo: quien presentó con resultado a ingresar y fraccionó el pago en el 60/40 tiene pendiente el segundo plazo —el 40 por ciento restante— hasta el 5 de noviembre de 2026, con cargo automático en cuenta si lo domicilió o mediante el modelo 102 si no. Para quien se pasó de fecha sin presentar, el consejo es único y urgente: regularizar antes de que llegue requerimiento, porque el recargo voluntario crece un punto por mes y la sanción tras requerimiento parte del 50 por ciento de la cuota.

La siguiente campaña —la del ejercicio 2026, que se presentará en la primavera de 2027— todavía no tiene fechas oficiales, y no las tendrá hasta que su orden ministerial de modelos aparezca en el BOE, algo que las tres últimas ediciones sitúan en la segunda quincena de marzo. Lo que sí hay es un patrón extraordinariamente estable que permite planificar desde ya, y un ejercicio fiscal 2026 aún abierto en el que las decisiones con impacto en esa declaración —aportar al plan de pensiones, compensar pérdidas, adelantar donativos— caducan el 31 de diciembre.

El calendario de campaña: lo verificado y lo previsto

La secuencia de una campaña de Renta es siempre la misma, y conocerla vale más que memorizar fechas concretas. Tres semanas antes del arranque, la AEAT publica los datos fiscales y abre el servicio del número de referencia —en 2026, el 18 y el 11 de marzo respectivamente—. Un miércoles de la primera quincena de abril se abre la presentación por Internet en Renta WEB, y con ella empiezan las primeras devoluciones, que llegan en 48 horas. El 29 de abril —la misma fecha tres campañas seguidas— se abre la cita del plan telefónico «Le Llamamos», que empieza a llamar hacia el 6 de mayo. El 29 de mayo se abre la cita presencial, y las oficinas atienden desde el primer lunes de junio. El 25 de junio se cierra la domiciliación del pago, y el 30 de junio termina la campaña. Ya en otoño, el 5 de noviembre, vence el segundo plazo de quien fraccionó.

Hito Campaña 2026 (verificado) Campaña 2027 (previsión)
Orden de modelos en el BOE 27 marzo 2026 2.ª quincena marzo 2027
Número de referencia disponible 11 marzo 2026 ~mediados de marzo 2027
Datos fiscales consultables 18 marzo 2026 ~tercera semana de marzo 2027
Inicio presentación (Renta WEB) miércoles 8 abril 2026 ~miércoles 7 abril 2027
Cita «Le Llamamos» 29 abril 2026 ~29 abril 2027
Cita presencial / oficinas 29 mayo / 1 junio 2026 ~finales mayo / 7 junio 2027
Límite domiciliación del pago 25 junio 2026 ~25 junio 2027
Fin de campaña 30 junio 2026 30 junio 2027
2.º plazo fraccionamiento (40 %) 5 noviembre 2026 ← vivo ~5 noviembre 2027

Columna 2026: fechas verificadas contra la Orden HAC/277/2026 (BOE) y la sede AEAT. Columna 2027: previsión derivada del patrón de las campañas 2024-2026; se sustituirá por las fechas oficiales cuando se publiquen el calendario del contribuyente (~diciembre 2026) y la orden de modelos (~marzo 2027). El detalle del patrón, en ¿cuándo empieza la Renta?

Antes de empezar: obligación, acceso y borrador

La pretemporada de la campaña se juega en tres tableros. El primero es saber si te toca declarar: los umbrales generales —22.000 euros con un pagador, 15.876 con dos o más si el segundo superó 1.500 euros— y las obligaciones especiales de autónomos e IMV están desgranados en nuestra guía de la obligación de declarar, con el matiz de que presentar sin estar obligado suele compensar cuando hubo retenciones. El segundo tablero es el acceso: certificado, Cl@ve Móvil o el número de referencia, cuya llave es la casilla 505 de la declaración anterior — y si es tu primera vez, hay guía específica con el plan B del IBAN y el aviso familiar de los 1.800 euros. El tercer tablero es el borrador: qué precarga bien Hacienda, qué no rellena nunca —deducciones autonómicas, alquileres, ventas— y por qué confirmar sin revisar es la forma más cara de ahorrar diez minutos.

Las tres vías para presentar (y cuál te conviene)

Presentar la declaración admite tres caminos. El primero y mayoritario es hacerla tú con Renta WEB, desde la sede o la app, con el borrador como punto de partida y nuestra guía paso a paso como copiloto; desde 2026, los perfiles más sencillos cuentan además con Renta Directa, la presentación instantánea de la propuesta cerrada de la AEAT. El segundo camino es que te la haga Hacienda gratis: el plan telefónico «Le Llamamos» y la atención presencial en oficinas, ambos con cita previa que conviene pedir el primer día —el cupo es de dos citas por contribuyente y los huecos vuelan—, con límites de perfil y con la regla antifraude de que la Agencia solo llama desde el 91 333 5 333. El tercer camino es pagar a un profesional o gestoría, que tiene sentido a partir de cierta complejidad — alquileres, ventas con pérdidas y ganancias, actividad económica, varias comunidades—. Nuestra comparativa de las tres vías pone números y perfiles a la decisión.

El resultado: a pagar o a devolver, y qué hacer en cada caso

El resultado de la declaración es una resta —la cuota real del año menos lo ya retenido— y entenderla desarma la mitología de la campaña: devolver no es premio, pagar no es castigo, y el impuesto total es el mismo con cualquier signo. Quien quiera anticiparse tiene dos herramientas: nuestra calculadora de la Renta, que simula cuota y resultado con los tramos de cada comunidad, y el propio borrador, que muestra el resultado antes de presentar. Si sale a ingresar, la opción por defecto es el fraccionamiento 60/40 sin intereses —60 por ciento al presentar, 40 por ciento el 5 de noviembre—, con el aplazamiento ordinario como alternativa para cuotas inasumibles. Si sale a devolver, la AEAT tiene seis meses desde el fin de campaña para pagar, y pasado ese plazo el importe genera intereses de demora automáticos a tu favor. El detalle de cada escenario, en las guías del índice.

Todas las guías de la campaña, en orden de uso

Este es el índice completo del proceso, ordenado por el momento en que cada guía se necesita: de la pretemporada al después de presentar. Todas siguen el mismo método de la casa — cada dato verificado contra la fuente primaria (BOE, sede AEAT) y fechado.

Antes de empezar

Presentar la declaración

El resultado

Después de presentar

Preguntas frecuentes

¿Cuándo es la próxima campaña de la Renta? +
La campaña del ejercicio 2026 se celebrará previsiblemente entre la primera quincena de abril y el 30 de junio de 2027. Las fechas oficiales las fijará la orden ministerial de modelos, que se publica en el BOE en la segunda quincena de marzo de 2027; hasta entonces, la referencia es el patrón de las tres últimas campañas, que arrancaron el 3 de abril de 2024, el 2 de abril de 2025 y el 8 de abril de 2026, siempre en miércoles.
¿Qué plazo de la Renta sigue abierto ahora mismo? +
El segundo plazo del fraccionamiento de la Renta 2025: quien presentó con resultado a ingresar y marcó el pago fraccionado 60/40 debe ingresar el 40 por ciento restante no más tarde del 5 de noviembre de 2026 — con cargo automático si lo domicilió, o mediante el modelo 102 si no.
¿Qué necesito para entrar en Renta WEB? +
Una de estas credenciales: certificado o DNI electrónico, Cl@ve Móvil (previo registro en Cl@ve), el número de referencia —que se obtiene con el DNI y la casilla 505 de la declaración del año anterior, o con los cinco últimos dígitos de tu IBAN si no declaraste— o la identificación europea eIDAS. Con cualquiera de ellas puedes consultar tus datos fiscales, que la AEAT publica unas tres semanas antes del inicio de la campaña, y presentar la declaración desde el primer día.
¿Puedo pedir que Hacienda me haga la declaración? +
Sí, por dos canales gratuitos con cita previa: el plan telefónico «Le Llamamos», cuya cita se abre a finales de abril, y la atención presencial en oficinas, con cita desde finales de mayo y atención durante junio. Ambos comparten límites de perfil (en la última campaña: hasta 80.000 euros de rendimientos del trabajo, 20.000 de capital mobiliario, dos alquileres y dos transmisiones como máximo, y actividades solo en módulos) y un cupo de dos citas por contribuyente.
¿Qué pasa si no presento la Renta estando obligado? +
Depende de quién mueva primero. Si regularizas tú sin requerimiento previo, se aplican los recargos del artículo 27 de la Ley General Tributaria: un 1 por ciento más otro 1 por ciento por cada mes completo de retraso (15 por ciento más intereses pasados doce meses), sin sanción. Si Hacienda te requiere antes, hay procedimiento sancionador: la multa parte del 50 por ciento de la cuota no ingresada, y presentar una declaración a devolver fuera de plazo también tiene su multa fija. Cuanto antes se regularice, más barato.

Disclaimer. Esta guía es orientativa y no sustituye el asesoramiento de un profesional colegiado. Las fechas de la campaña 2027 son una previsión basada en el patrón de las tres campañas anteriores; esta página se actualizará cuando la AEAT publique el calendario del contribuyente 2027 y la orden ministerial de modelos.

Fuentes. Orden HAC/277/2026, de 25 de marzo (campaña Renta 2025) (BOE-A-2026-7041); Orden HAC/242/2025 y Orden HAC/265/2024 (campañas anteriores, BOE); calendario y noticias de campaña de la sede electrónica de la AEAT (calendario de campaña); Ley 35/2006 del IRPF (BOE-A-2006-20764).