Tributos patrimoniales Datos 2026

Impuestos sobre
el patrimonio

Cinco impuestos gravan la riqueza y sus transmisiones en España. Todos están cedidos a las comunidades autónomas, lo que genera diferencias enormes entre territorios: Madrid bonifica el 100 % del Patrimonio mientras Cataluña no bonifica nada; Andalucía exime de Sucesiones hasta un millón de euros mientras Asturias aplica tipos del 36,5 % a partir de 800.000 euros.

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¿Cómo encajan estos impuestos entre sí?

Los cinco tributos coexisten pero gravan hechos imponibles distintos. El Impuesto sobre el Patrimonio grava la tenencia de bienes a 31 de diciembre de cada año. Sucesiones y Donaciones grava la adquisición gratuita (herencia o regalo). El ITP grava las transmisiones onerosas entre particulares (compraventas de segunda mano, fundamentalmente). La Plusvalía Municipal grava el incremento de valor del suelo urbano en cualquier transmisión (onerosa o gratuita). Y el IBI grava la titularidad catastral de cualquier inmueble, cada año.

Un mismo bien inmueble puede pasar por los cinco impuestos a lo largo de su vida: IBI cada año mientras se posee, Patrimonio si el titular supera el mínimo exento, ITP al comprarlo de segunda mano, Plusvalía al venderlo, y Sucesiones y Donaciones cuando se hereda o se recibe en vida. La planificación fiscal patrimonial requiere entender las cinco patas y cómo interactúan los beneficios fiscales de cada comunidad autónoma.