Datos 2026 15 CCAA

Calculadora IRPF
Autónomos 2026

Introduce tus ingresos netos anuales y tu comunidad autónoma para calcular tu cuota de IRPF con desglose por tramos. Datos basados en la escala vigente de la AEAT.

Por Cristian Corrales Fuentes: Ley 35/2006 del IRPF y RD 439/2007

Caso de partida

Un autónomo en la Comunidad de Madrid con 30.000,00 € de rendimiento neto paga en 2026 5.696,12 € de IRPF: 3.055,50 € de cuota estatal y 2.640,62 € de cuota autonómica. Su tipo efectivo es del 18,99 %, el marginal del 27,80 % y le quedan 24.303,88 € netos.

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Cómo funciona el IRPF de un autónomo en 2026

El Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas —el IRPF— es un tributo progresivo, personal y directo que grava la renta obtenida a lo largo del año por quienes son residentes fiscales en España.

Para un autónomo, el rendimiento neto de la actividad económica no vive aislado: se integra en la llamada base general del impuesto y se suma a cualquier otro rendimiento que el contribuyente haya tenido durante el ejercicio, ya sean rentas del trabajo si compatibiliza la actividad con un empleo, alquileres o intereses de cuentas. Sobre esa base general, una vez aplicadas las reducciones legales, se proyecta la escala progresiva por tramos que da la cuota íntegra del impuesto.

Las dos escalas: estatal y autonómica

El detalle relevante aquí es que el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas no es un único tributo monolítico, sino la suma de dos escalas que se aplican en paralelo. La escala estatal del artículo 63.1 de la Ley del IRPF es idéntica en todo el territorio común y no admite variaciones autonómicas.

La escala autonómica, en cambio, la fija cada Comunidad Autónoma en su normativa de tributos cedidos (en Madrid, el Decreto Legislativo 1/2010) y puede situarse por encima o por debajo de la estatal. La cuota íntegra final resulta de aplicar las dos escalas a la base liquidable y sumar lo que cada una arroja.

Las diferencias entre territorios son ya considerables: la Comunidad de Madrid mantiene la escala autonómica más suave —con un tipo marginal del 20,5 % a partir de 57.320,40 euros—, mientras que la Comunitat Valenciana (29,35 % desde 200.000 €) y La Rioja (27 % desde 120.000 €) encabezan el extremo alto, seguidas de Asturias y Canarias (26 %) y Cataluña (25,5 % desde 175.000 €).

Caso práctico: autónomo en Madrid con 35.000 € de rendimiento neto

Conviene aterrizar la teoría con una simulación concreta. Pensemos en un autónomo residente en la Comunidad de Madrid con un rendimiento neto anual de 35.000 euros que satisface una cuota al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de 4.200 euros —enteramente deducible—. Esa resta es la única que afecta a la base: la base liquidable queda en 30.800 euros, sin descontar todavía el mínimo personal.

Al proyectar la escala estatal sobre esa base resultan 3.702,75 euros de cuota íntegra (1.182,75 euros del primer tramo, 0–12.450 euros al 9,5 %; 930 euros del segundo, 12.450–20.200 euros al 12 %; y 1.590 euros del tercero, 20.200–30.800 euros al 15 %), de los que se descuentan 527,25 euros por el mínimo personal de 5.550 euros —calculado con la misma escala, no restado de la base—: cuota estatal líquida, 3.175,50 euros.

La cuota autonómica madrileña sigue el mismo esquema: 3.249,34 euros de cuota íntegra menos 506,32 euros por el mínimo autonómico propio de Madrid (5.956,65 euros), o 2.743,02 euros de cuota líquida. El resultado conjunto se sitúa en 5.918,52 euros de IRPF, con un tipo efectivo del 19,22 % y un marginal del 27,8 %.

Cómo reducir la cuota legalmente

Antes de tirar de optimización agresiva conviene recordar que las palancas realmente eficaces para rebajar el IRPF de un autónomo son cuatro y están todas en la propia ley.

La primera son las aportaciones a planes de pensiones de empleo o sistemas de previsión social asociados al trabajo, con un límite reducido a 1.500 euros anuales tras la reforma de 2021, ampliable a 8.500 euros si la empresa empleadora hace la mayoría de la aportación.

La segunda es maximizar la deducción por gastos afectos a la actividad económica con justificación rigurosa: suministros del local, amortizaciones del inmovilizado, formación profesional y la cuota completa pagada a la Seguridad Social. La tercera es valorar la tributación individual frente a la conjunta cuando ambos cónyuges tienen ingresos similares, porque la individual suele ser más eficiente al evitar saltar a tramos altos.

Y la cuarta son las deducciones autonómicas específicas —por nacimiento de hijos, por alquiler de vivienda habitual, por donativos a entidades sin ánimo de lucro—, que varían sustancialmente de una comunidad a otra y que muchos contribuyentes no llegan ni a comprobar.

Preguntas frecuentes

¿Cómo se calcula el IRPF de un autónomo? +
El IRPF se calcula aplicando tramos progresivos sobre la base liquidable (ingresos netos menos gastos deducibles, cuota de autónomos pagada y, en su caso, aportaciones a planes de pensiones). El mínimo personal de 5.550 € no reduce esa base: se aplica la misma escala sobre él y la cuota resultante se descuenta después, de la cuota íntegra (arts. 63.1.2.º y 74.1.2.º LIRPF). Hay dos escalas: la estatal (igual en toda España, art. 63 LIRPF) y la autonómica (cada CCAA fija la suya), cada una con su propio mínimo minorado en cuota. La suma de ambas cuotas ya líquidas, menos las deducciones aplicables, da el IRPF total a pagar.
¿Qué es la base imponible del IRPF? +
Es el resultado de restar los gastos deducibles a tus ingresos brutos como autónomo. Los gastos deducibles incluyen suministros del local de actividad, material y herramientas, seguros profesionales, cuotas de autónomos pagadas a la Seguridad Social, asesoría y gestoría, dietas en condiciones tasadas y amortizaciones del inmovilizado afecto. La base liquidable coincide con esa base imponible cuando no hay reducciones adicionales (aportaciones a planes de pensiones, tributación conjunta): el mínimo personal y por descendientes no la reduce, se descuenta después de la cuota.
¿Qué diferencia hay entre tipo efectivo y tipo marginal? +
El tipo efectivo es el porcentaje real que pagas sobre tus ingresos totales (cuota total ÷ base liquidable × 100). El tipo marginal es el porcentaje del tramo más alto que te aplica: lo que pagarías por el próximo euro que ganes. Ejemplo: con base liquidable de 35.000 €, tu tipo efectivo es ~22 % pero tu marginal es 30 % porque estás en el tramo 20.200–35.200 €.
¿El IRPF es igual en todas las comunidades autónomas? +
No. La parte estatal (aproximadamente el 50 % de la cuota total) es igual en toda España. La parte autonómica la fija cada CCAA: Madrid tiene los tipos autonómicos más bajos (8,5 %–20,5 %); la Comunitat Valenciana tiene los más altos (8,8 %–29,35 %), seguida de Cataluña (9,5 %–25,5 %). Para una misma base liquidable de 35.000 €, la diferencia Madrid vs Cataluña puede ser de 800–1.500 €/año.
¿Esta calculadora incluye las retenciones y la cuota de autónomos? +
No. Esta calculadora calcula la cuota íntegra del IRPF (estatal + autonómica). Las retenciones de tus facturas (7 % o 15 %) son pagos a cuenta de este IRPF que se restan al hacer la Renta — pueden generar devolución si retuvieron más de lo debido. La cuota de autónomos (Seguridad Social) es un gasto aparte y deducible que reduce la base imponible antes de aplicar la escala.
¿Cómo afecta la cuota de autónomos al IRPF? +
La cuota de autónomos pagada a la Seguridad Social en el ejercicio es <strong>gasto deducible</strong> al 100 % en el cálculo del rendimiento neto de la actividad. Si pagas 4.200 €/año (350 €/mes) tu base imponible se reduce en 4.200 € respecto a tus ingresos brutos. El ahorro fiscal real depende de tu tipo marginal: con marginal 30 %, los 4.200 € deducidos te ahorran ~1.260 € de IRPF al año.
¿Qué tramos estatales aplican en 2026? +
La escala estatal para 2026 (art. 63.1 LIRPF, sin variaciones por Ley de Presupuestos): 0–12.450 € al 9,5 %, 12.450–20.200 € al 12 %, 20.200–35.200 € al 15 %, 35.200–60.000 € al 18,5 %, 60.000–300.000 € al 22,5 %, más de 300.000 € al 24,5 %. La autonómica suma sobre la estatal y varía por CCAA. Tipos máximos combinados: Comunitat Valenciana 53,85 %, La Rioja 51,5 %, Asturias 50,5 %, Cataluña 50 %; tipo mínimo: Madrid 45 %.
¿Cuándo conviene tributar conjunta con el cónyuge? +
Solo si uno de los miembros del matrimonio tiene rentas muy bajas o nulas. La declaración conjunta aplica una reducción adicional de 3.400 € en la base imponible (art. 84 LIRPF) que sale a cuenta cuando el segundo cónyuge no aporta ingresos. Si ambos cónyuges tienen ingresos similares, conviene tributar individualmente porque las dos escalas progresivas se aplican por separado y se evita saltar a tramos altos. La calculadora individual es la más común para autónomos con cónyuge asalariado.