- Inicio
- Calculadoras
- Patrimonio
Patrimonio · Datos 2026 · 17 CCAA · ITSGF
Calculadora y simulador
Patrimonio CCAA 2026
Calcula y simula al instante tu cuota del Impuesto sobre el Patrimonio aplicando el mínimo exento autonómico, la vivienda habitual exenta, la tarifa propia o estatal y la bonificación general. Si tu patrimonio supera 3 M€, calcula también la coexistencia con el Impuesto Temporal de Solidaridad de Grandes Fortunas (ITSGF).
Cuándo necesitas calcular el Patrimonio
El Impuesto sobre el Patrimonio es un tributo cedido a las Comunidades Autónomas con una tarifa estatal subsidiaria que se mueve entre el 0,2 % y el 3,5 % y con un mínimo exento estatal de 700.000 euros.
Cada comunidad puede modificar a su criterio tanto el mínimo exento como la tarifa o las bonificaciones aplicables, y desde 2023 el tributo autonómico convive con el Impuesto Temporal de Solidaridad de Grandes Fortunas —conocido por sus siglas como ITSGF— que el Estado aprobó para gravar los patrimonios más altos: tributa la base que pasa de tres millones, después de un mínimo exento de 700.000 euros.
La combinación de unos y otros tipos produce un cuadro de notable asimetría territorial. Esta calculadora resuelve la pregunta operativa antes de la declaración: cuánto se paga de Impuesto sobre el Patrimonio en la Comunidad Autónoma de residencia y qué parte termina yendo al ITSGF estatal en los patrimonios más altos. El plazo de declaración es el habitual del modelo 714: entre abril y junio del ejercicio siguiente, junto con el IRPF.
Caso práctico: 2 M€ en Galicia vs Madrid
Conviene ilustrar la asimetría territorial con un ejemplo cercano. Un patrimonio neto de dos millones de euros, con vivienda habitual valorada en 280.000 euros, en Galicia deja una base liquidable de 1.020.000 euros y una cuota íntegra de unos 5.670 euros; tras aplicar la bonificación gallega del 50 % la cuota a ingresar se sitúa en torno a los 2.835 euros.
El mismo patrimonio en la Comunidad de Madrid, donde rige la bonificación del 100 % variable —que sigue cubriendo la cuota íntegra mientras no se alcance el umbral del ITSGF estatal—, deja una cuota a ingresar de 0 euros. La situación cambia cuando el patrimonio sube.
Para un contribuyente con cinco millones de euros y vivienda habitual exenta residente en Madrid, la bonificación pasa automáticamente a operar como variable y la persona ingresa el equivalente al Impuesto Temporal de Solidaridad de Grandes Fortunas que en otro caso iría al Estado —unos 17.000 euros, el 1,7 % del millón de base liquidable que excede de tres millones—, con la diferencia de que esa recaudación se queda íntegramente en la Comunidad de Madrid.
Para qué sirve esta calculadora
El Impuesto sobre el Patrimonio es, probablemente, el tributo más asimétrico entre Comunidades Autónomas del sistema fiscal español.
Un patrimonio neto de dos millones de euros, con vivienda habitual de 280.000 euros, puede pagar cero euros en la Comunidad de Madrid —bonificación del 100 %—, unos 2.835 euros en Galicia —que bonifica el 50 %— y unos 7.850 euros en Cataluña, que no bonifica y rebaja su mínimo exento a 500.000 euros.
En Bizkaia ese mismo patrimonio paga unos 2.300 euros gracias a un tipo máximo foral del 2,00 %, sensiblemente más bajo que el de las comunidades de régimen común.
Esa dispersión no es accidental: cada territorio ha ido modulando a lo largo de los años su mínimo exento, su tarifa y sus bonificaciones generales, y el resultado es un cuadro donde dos contribuyentes con la misma riqueza neta pueden tener facturas radicalmente distintas según el código postal de su domicilio fiscal. La calculadora aplica para cada caso tres capas en cascada:
- Mínimo exento autonómico: el patrimonio neto se compara con el umbral de la CCAA (500.000 € Cataluña/Extremadura, 700.000 € estatal, 2.000.000 € Valencia desde el devengo de 31-12-2026, etc.) más la exención de vivienda habitual.
- Tarifa progresiva: estatal subsidiaria o propia (Asturias, Baleares, Cantabria, Cataluña, Comunidad Valenciana, Extremadura, Navarra, País Vasco). El tipo marginal aumenta con el patrimonio.
- Bonificación general: 100 % fija (hoy ninguna comunidad la aplica), 100 % variable (Madrid, Andalucía, Murcia, Cantabria, La Rioja, Extremadura desde 2023), 50 % fija (Galicia), 90 % específica para bienes culturales (Baleares), o ninguna.
El resultado final que devuelve la calculadora se desglosa en dos componentes con recorridos distintos: la cuota del Impuesto sobre el Patrimonio autonómico y, cuando procede, el complemento por el Impuesto Temporal de Solidaridad de Grandes Fortunas. Cada una de esas piezas se ingresa en un Tesoro diferente —autonómico o estatal— según el caso, lo que tiene implicaciones políticas que conviene tener presentes a la hora de leer el resultado.
El ITSGF (Impuesto Temporal de Solidaridad de Grandes Fortunas)
El Impuesto Temporal de Solidaridad de Grandes Fortunas se introdujo por la Ley 38/2022 como respuesta del Estado a las bonificaciones autonómicas del Impuesto sobre el Patrimonio que algunas comunidades habían llevado hasta el 100 %.
Grava la base liquidable que pasa de tres millones de euros (tras un mínimo exento de 700.000 euros, es decir, patrimonios netos de unos 3,7 millones) con una tarifa progresiva del 1,7 %, el 2,1 % y el 3,5 % según el tramo.
Conviene matizar algo que pocas veces se cuenta: su recaudación se desplomó entre ejercicios —en torno a 630 millones de euros en su primer año, con devengo de 2022 y antes de la reacción autonómica, frente a poco más de 35 millones al año siguiente, ya con devengo de 2023, una caída del 94 %—, y la razón es previsible.
Las comunidades bonificadas convirtieron sus bonificaciones en variables precisamente para retener esa recaudación dentro de su territorio, lo que ha vaciado de contenido recaudatorio buena parte del tributo estatal. La última confirmación normativa, en cualquier caso, lo deja prorrogado para 2026.
Régimen foral (País Vasco y Navarra)
El País Vasco merece capítulo aparte porque cuenta con tres normas forales separadas —Bizkaia 2/2025, Álava 3/2025 y Gipuzkoa 1/2025— que comparten filosofía pero no aritmética: Bizkaia y Álava fijan el mínimo exento en 800.000 euros y la vivienda habitual exenta en 400.000 euros, mientras que Gipuzkoa los rebaja a 700.000 y 300.000 euros respectivamente.
El tipo máximo también difiere: 2,00 % en Bizkaia frente al 2,50 % de Álava y Gipuzkoa. Esta calculadora usa la tarifa de Bizkaia como referencia; si resides en Álava o Gipuzkoa, tu cuota real puede variar ligeramente.
Los tres territorios denominan hoy el tributo Impuesto sobre el Patrimonio, igual que el resto de comunidades; solo Gipuzkoa lo llamó Impuesto sobre la Riqueza y las Grandes Fortunas entre 2012 y 2017, antes de recuperar el nombre común en 2018.
Navarra dispone de su propia normativa foral —la Ley Foral 17/2025—, con un mínimo exento más bajo, situado en 550.000 euros, y una exención de vivienda habitual de 250.000 euros.
El detalle determinante para los residentes en estos territorios es que el Impuesto Temporal de Solidaridad de Grandes Fortunas estatal no aplica en ninguno de los dos por el Concierto Económico con el País Vasco y el Convenio Económico con Navarra.
Calcula el Patrimonio según tu comunidad autónoma
Cada comunidad aplica su propio mínimo exento, tarifa y bonificación. Abre la calculadora ya configurada para tu comunidad de residencia y obtén la cuota del modelo 714 en un clic:
- Calculadora Patrimonio en Andalucía
- Calculadora Patrimonio en Aragón
- Calculadora Patrimonio en Canarias
- Calculadora Patrimonio en Cantabria
- Calculadora Patrimonio en Castilla y León
- Calculadora Patrimonio en Castilla-La Mancha
- Calculadora Patrimonio en Cataluña
- Calculadora Patrimonio en Comunidad de Madrid
- Calculadora Patrimonio en Comunidad Foral de Navarra
- Calculadora Patrimonio en Comunitat Valenciana
- Calculadora Patrimonio en Extremadura
- Calculadora Patrimonio en Galicia
- Calculadora Patrimonio en Illes Balears
- Calculadora Patrimonio en La Rioja
- Calculadora Patrimonio en País Vasco
- Calculadora Patrimonio en Principado de Asturias
- Calculadora Patrimonio en Región de Murcia
El Impuesto sobre el Patrimonio, comunidad por comunidad
Cada Comunidad Autónoma fija su propio mínimo exento, su tarifa por tramos y su bonificación. Consulta el detalle territorial, la tabla de tipos y el cálculo local de tu comunidad:
- Impuesto sobre el Patrimonio en Andalucía
- Impuesto sobre el Patrimonio en Aragón
- Impuesto sobre el Patrimonio en Canarias
- Impuesto sobre el Patrimonio en Cantabria
- Impuesto sobre el Patrimonio en Castilla y León
- Impuesto sobre el Patrimonio en Castilla-La Mancha
- Impuesto sobre el Patrimonio en Cataluña
- Impuesto sobre el Patrimonio en Comunidad de Madrid
- Impuesto sobre el Patrimonio en Comunidad Foral de Navarra
- Impuesto sobre el Patrimonio en Comunitat Valenciana
- Impuesto sobre el Patrimonio en Extremadura
- Impuesto sobre el Patrimonio en Galicia
- Impuesto sobre el Patrimonio en Illes Balears
- Impuesto sobre el Patrimonio en La Rioja
- Impuesto sobre el Patrimonio en País Vasco
- Impuesto sobre el Patrimonio en Principado de Asturias
- Impuesto sobre el Patrimonio en Región de Murcia
Recursos relacionados
- Sección
Patrimonio por CCAA: tabla comparativa
Mínimo exento, tipo máximo, bonificaciones y compatibilidad ITSGF de las 17 CCAA.
Leer - Guía completa
Modelo 100 — Declaración Renta 2026
IRPF estatal + autonómico con plazos y particularidades de presentación conjunta con Patrimonio.
Leer - Calculadora
Simulador de la Renta 2027
Cuota IRPF estatal + autonómico con tramos por CCAA y reducciones específicas.
Leer