IRPF en la Comunidad Valenciana 2026: escala autonómica de 11 tramos publicada en el DOGV, marginal autonómico 29,35 % que se suma a la estatal (art. 63.1 LIRPF) para residentes en Valencia
IRPF — CCAA 11 tramos Actualizado agosto de 2026

IRPF en la Comunidad Valenciana
tramos 2026

La Comunitat Valenciana tiene una escala autonómica moderada y ha apostado por deducciones orientadas a la familia, la vivienda joven y el autoempleo. La Agència Tributària Valenciana (ATV) gestiona los tributos cedidos por el Estado. Las tres provincias (Alicante, Castellón, Valencia) tienen realidades económicas diferentes: el turismo costero en Benidorm y Gandía, la industria cerámica en Castellón, y la logística/servicios en el área metropolitana de Valencia.

Por Cristian Corrales Fuentes: Ley 35/2006 del IRPF y escalas autonómicas Revisado el

Capital: Valencia · Fuente: DOGV · Ver norma

Esta escala tiene novedad para 2026: repasamos el cambio normativo y a quién beneficia en las novedades de la Renta 2027.

Comunidad Valenciana en una mirada

Tipo mínimo

8,8 %

primer tramo autonómico

Tipo máximo

29,35 %

marginal tramo superior

Nº tramos

11

escala progresiva

Escala de 11 tramos rebajada por el art. 18 de la Ley 5/2026 CON EFECTOS RETROACTIVOS desde el 1-1-2026 (se aplicará en la Renta 2026, primavera 2027). Cuotas de la tabla oficial cotejadas al céntimo (S122). La DT 3.ª de la misma ley programa una segunda rebaja para el ejercicio 2027 (8,7 %-29,25 %).

Calculadora de IRPF de la Comunidad Valenciana 2026

Introduce tu base imponible y la calculadora aplica la escala estatal junto con la escala autonómica de la Comunidad Valenciana para devolverte la cuota, el tipo efectivo y el desglose por tramos en tiempo real.

Tabla completa de tramos autonómicos IRPF en la Comunidad Valenciana

La escala autonómica del IRPF de la Comunidad Valenciana es la segunda parte del IRPF (complementa a la estatal del art. 63.1 LIRPF) y se publica oficialmente en el DOGV. Los tramos siguientes son los que publica Art. 2 Ley 13/1997 de la Generalitat Valenciana en redacción del art. 18 de la Ley 5/2026, de 31 de julio, de medidas fiscales.

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Desde Hasta Tipo
0 € 12.000 € 8,8 %
12.000 € 22.000 € 11,7 %
22.000 € 32.000 € 14,6 %
32.000 € 42.000 € 17 %
42.000 € 52.000 € 19,4 %
52.000 € 62.000 € 21,9 %
62.000 € 72.000 € 24,4 %
72.000 € 100.000 € 26,1 %
100.000 € 150.000 € 27,35 %
150.000 € 200.000 € 28,35 %
200.000 € en adelante 29,35 %

Escala combinada: estatal + autonómica

Para calcular tu cuota íntegra en régimen común no basta con la escala autonómica de la Comunidad Valenciana: debes sumar también la escala estatal del art. 63.1 LIRPF. Ambas se aplican a la misma base liquidable y se calculan en paralelo. La tabla resume ambas escalas para que puedas ver de un vistazo el tipo marginal total por tramo.

Cálculo del IRPF en la Comunidad Valenciana 2026: a la base liquidable se le aplica en paralelo la escala estatal (art. 63.1 LIRPF) y la escala autonómica de la Comunidad Valenciana (11 tramos, marginal autonómico superior 29,35 %) para obtener la cuota íntegra
En Valencia, la escala estatal se suma con la autonómica de 11 tramos (marginal 29,35 %) sobre la misma base liquidable.
Tramo estatal Tipo estatal
0 € — 12.450 € 9,5 %
12.450 € — 20.200 € 12 %
20.200 € — 35.200 € 15 %
35.200 € — 60.000 € 18,5 %
60.000 € — 300.000 € 22,5 %
300.000 € — en adelante 24,5 %

Fuente estatal: Ley 35/2006 del IRPF, art. 63.1 (redacción vigente 2026). Verificado contra BOE.

Tres ejemplos prácticos con rentas reales

Para hacer tangible el IRPF de la Comunidad Valenciana, calculamos la cuota completa para tres niveles representativos: 20.000 €, 40.000 € y 70.000 € anuales de base liquidable. La escala se aplica sobre la base completa y el mínimo se descuenta en cuota (no en la base): el estatal de 5.550 € en la escala estatal y el mínimo del contribuyente propio de la Comunidad Valenciana (6.105,00 €) en la autonómica, sumando después ambas cuotas.

Base liquidable 20.000 € — Valencianos

tipo efectivo 15,08 %
Base liquidable
20.000 €
Mínimo en cuota, estatal / autonómico
− 527,25 € / − 537,24 €
Cuota estatal
1.561,50 €
Cuota autonómica
1.454,76 €
Cuota total
3.016,26 €
Tipo marginal
23,7 %

Base liquidable 40.000 € — Valencianos

tipo efectivo 23,08 %
Base liquidable
40.000 €
Mínimo en cuota, estatal / autonómico
− 527,25 € / − 537,24 €
Cuota estatal
4.723,50 €
Cuota autonómica
4.508,76 €
Cuota total
9.232,26 €
Tipo marginal
35,5 %

Base liquidable 70.000 € — Valencianos

tipo efectivo 30,86 %
Base liquidable
70.000 €
Mínimo en cuota, estatal / autonómico
− 527,25 € / − 537,24 €
Cuota estatal
10.673,50 €
Cuota autonómica
10.930,76 €
Cuota total
21.604,26 €
Tipo marginal
46,9 %

Los cálculos son orientativos: no incluyen deducciones autonómicas específicas, mínimos familiares por descendientes/ascendientes ni reducciones por rendimientos de trabajo. Para un cálculo personalizado, usa la calculadora interactiva seleccionando Comunidad Valenciana en el desplegable de CCAA.

Análisis local: IRPF en Valencia

Marco normativo autonómico actual

El tramo autonómico del IRPF en la Comunitat Valenciana se rige por la Ley 13/1997, de 23 de diciembre, de la Generalitat Valenciana, por la que se regula el tramo autonómico del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y restantes tributos cedidos (DOGV núm. 3.153, de 31-12-1997), modificada de forma estructural por la Ley 9/2022, de 30 de diciembre, de medidas fiscales, que introdujo la actual escala de 11 tramos con efectos desde 1-1-2023.

Posteriormente, la Ley 5/2025 ha ajustado deducciones autonómicas sin modificar la escala, y la Ley 5/2026, de 31 de julio, de medidas fiscales (DOGV núm. 10425, de 10-8-2026), sí la ha modificado: rebaja los once tipos con efectos retroactivos desde el 1 de enero de 2026.

La Comunitat Valenciana presenta la escala autonómica con mayor número de tramos del régimen común (11 tramos), con un marginal del 29,35 % aplicable a partir de 200.000 € de base liquidable general.

Ese marginal —como el resto de la tarifa— procede de la Ley 5/2026, de 31 de julio de 2026, publicada en el DOGV el 10 de agosto, con efectos retroactivos al 1 de enero de ese mismo año: sustituye al 29,5 % vigente desde 2023 con la Ley 9/2022.

La filosofía del legislador valenciano es la máxima progresividad granular: en lugar de saltos amplios entre tramos, una progresión suave que evita escalones bruscos en niveles intermedios de renta, donde se concentra la mayor parte de la clase trabajadora valenciana.

La gestión del IRPF (Modelo 100) corresponde a la AEAT, pero el tramo autonómico es regulado y recaudado en su parte autonómica por la Generalitat Valenciana, con asistencia al contribuyente a través de la Agència Tributària Valenciana (ATV), que dispone de sedes en Valencia, Castellón y Alicante y de la oficina virtual atv.gva.es.

Cambios recientes (2023-2026)

  • Decreto-ley 14/2022, de 24 de octubre, del Consell (DOGV 27-10-2022): añade el artículo 2 bis a la Ley 13/1997 y establece un mínimo personal y familiar autonómico propio, un 10 % superior al estatal en todos sus conceptos, con efectos ya en el ejercicio 2022.
  • Ley 9/2022, de 30 de diciembre (vigente desde 1-1-2023): introducción de la escala actual de 11 tramos con marginal 29,5 %.
  • Decreto-Ley 6/2023, de 27 de julio, del Consell (DOGV 28-7-2023): primera disposición tras el cambio de gobierno autonómico que rebajó tributos, principalmente en ITP y Sucesiones. No modificó la escala IRPF.
  • Ley 5/2025 (DOGV 2025): ampliación de deducciones autonómicas IRPF (alquiler vivienda joven, libros texto, conciliación, deportes y salud) sin modificar la escala.
  • Ley 5/2026, de 31 de julio, de medidas fiscales (DOGV núm. 10425, de 10-8-2026): nueva escala de 11 tramos con marginal del 29,35 % (antes 29,5 %) y tipos rebajados en toda la tarifa, con efectos retroactivos desde el 1 de enero de 2026 —se aplicará por primera vez en la campaña de la Renta 2026, en primavera de 2027—. La disposición transitoria tercera de la misma ley aprueba ya una segunda rebaja para el ejercicio 2027, con marginal del 29,25 %.

Para el ejercicio fiscal 2025 (campaña abril-junio 2026, ya cerrada) sigue vigente la escala de 11 tramos aprobada por la Ley 9/2022, con marginal del 29,5 %. Para el ejercicio 2026 (campaña abril-junio 2027) rige, en cambio, la nueva escala de la Ley 5/2026: mismos 11 tramos, pero con tipos rebajados y marginal del 29,35 %, de 31 de julio de 2026, publicada en el DOGV el 10 de agosto, con efectos retroactivos desde el 1 de enero de ese año.

Cifras clave verificables

  • Población Comunitat Valenciana: 5.225.000 habitantes a 1-1-2024 (IVE/INE).
  • Renta media por hogar 2024: aproximadamente 32.500-33.500 € (IVE/INE), por debajo de la media nacional (36.500 €).
  • Tipo marginal autonómico: 29,35 % a partir de 200.000 € de base liquidable general (Ley 5/2026, antes 29,5 %).
  • Primer tramo (0-12.000 €): 8,8 % (antes 9 %), ya ligeramente por debajo del 9,5 % del primer tramo estatal.
  • Número de tramos: 11, la escala con más tramos del régimen común.
  • Mínimo del contribuyente autonómico propio: 6.105 € frente a los 5.550 € estatales (art. 2 bis Ley 13/1997), aplicable solo al gravamen autonómico.
  • Deducción por nacimiento: 600 €, 750 € o 900 € según condiciones (familias monoparentales, discapacidad), confirmado por ATV 2025.
  • Deducción por alquiler vivienda habitual: 20-30 % con tope 800-1.100 € según edad y condiciones (ATV 2025).

La Comunitat Valenciana eleva el mínimo personal y familiar un 10 % sobre los importes estatales en todos sus conceptos —el máximo que permite el artículo 46 de la Ley 22/2009 de financiación autonómica— mediante el artículo 2 bis de la Ley 13/1997, añadido por el Decreto-ley 14/2022 y vigente sin cambios desde el ejercicio 2022: el mínimo del contribuyente es de 6.105 € (frente a 5.550 € estatal), con importes propios también por edad (+1.265 € a partir de 65 años y +1.540 € adicionales a partir de 75), por descendientes (2.640 € el primero, 2.970 € el segundo, 4.400 € el tercero y 4.950 € el cuarto y siguientes, más 3.080 € por menor de tres años), por ascendientes (1.265 €) y por discapacidad (3.300 € o 9.900 € según el grado, más 3.300 € por gastos de asistencia), según confirma el Manual práctico de Renta 2025 de la AEAT.

Estos importes operan únicamente en la cuota autonómica; la cuota estatal se calcula con los mínimos de la Ley 35/2006.

Datos básicos socioeconómicos

La Comunitat Valenciana es la cuarta CCAA española en población y la quinta en PIB. Su estructura productiva combina:

  • Turismo costero internacional: Benidorm, Calpe, Denia, Gandía, Cullera, Oropesa del Mar, Peñíscola, con flujo turístico anual superior a 9 millones de visitantes internacionales y peso del 15 % del PIB autonómico.
  • Industria cerámica: Castellón concentra cerca del 80 % de la producción azulejera española. Distrito industrial Castellón-Onda-Vila-real con empresas como Pamesa, Porcelanosa, BP Onda, Keraben, Argenta, generando exportaciones globales por encima de 3.000 millones €/año.
  • Automoción: Ford Almussafes, principal planta del grupo Ford en el sur de Europa con unos 6.000 empleos directos y red proveedora de 25.000 puestos en la red industrial valenciana.
  • Citricultura: Castellón, Valencia centro y meridional. Mercado tensionado por sequía, plagas como el HLB y competencia de cítricos de terceros países.
  • Calzado: Vall d'Uixó, Elda, Elche, Petrer, históricamente exportador de calzado de calidad media-alta.
  • Logística portuaria: Puerto de Valencia (primer puerto graneliero y de contenedores del Mediterráneo occidental), Puerto de Castellón, Puerto de Alicante.
  • Turismo cultural y deportivo: Ciudad de las Artes y las Ciencias de Valencia, Bioparc, Oceanogràfic, Mestalla, Circuito Ricardo Tormo.

La presión inmobiliaria por demanda extranjera (alemana, holandesa, británica, francesa, escandinava) tensiona el mercado costero valenciano con incrementos interanuales del 7-10 % en zonas premium (Jávea, Moraira, Denia, Altea, La Vila Joiosa). Esto incrementa de forma indirecta la presión IRPF sobre rendimientos del capital inmobiliario.

Caso práctico

Perfil: Lucía, 39 años, casada con dos hijos (5 y 8 años), técnica de calidad en empresa proveedora de Ford Almussafes. Salario bruto anual 35.000 €, gastos deducibles 2.350 €. Cónyuge con ingresos de 21.000 €. Reside en piso de alquiler en Torrent (área metropolitana de Valencia) por 800 €/mes (9.600 €/año). Gasto anual en libros de texto y material escolar 220 €.

Cálculo simplificado del tramo autonómico (declaración individual), ya con la escala de la Ley 5/2026 —de aplicación retroactiva desde el 1-1-2026—:

  1. Rendimientos netos del trabajo: 32.650 €.
  2. Base liquidable general estimada tras reducciones: aproximadamente 21.500 €.
  3. Cuota autonómica íntegra por el método oficial de resta de escalas —tarifa sobre la base liquidable general menos tarifa sobre el mínimo personal y familiar autonómico—:
    • Escala sobre 21.500 €: tramo de 0 a 12.000 € al 8,8 % = 1.056 €, más tramo de 12.000 a 21.500 € al 11,7 % = 1.111,50 €; total 2.167,50 €.
    • Escala sobre el mínimo del contribuyente autonómico (6.105 €, art. 2 bis Ley 13/1997), íntegro en el primer tramo al 8,8 % = 537,24 €.
    Cuota autonómica íntegra = 2.167,50 € − 537,24 € ≈ 1.630,26 €.
  4. Deducción por alquiler vivienda habitual: 20 % de 9.600 € = 1.920 €, con tope 800 € (Lucía no es < 35, aplica tope estándar). La deducción por libros de texto no le resulta aplicable: está reservada a progenitores en situación de desempleo, y Lucía trabaja.
  5. Cuota autonómica líquida estimada tras deducciones ≈ 830 €.

El mínimo personal y familiar aplicado en el gravamen autonómico —el propio valenciano del artículo 2 bis de la Ley 13/1997, un 10 % superior al estatal— no se resta directamente de la base, sino que entra en el cálculo tal y como muestra el paso anterior: se aplica la tarifa dos veces, una sobre la base liquidable y otra sobre el propio mínimo, y se descuenta la segunda cuota de la primera.

Es la técnica con la que Hacienda traduce en la práctica la exención del mínimo vital sin romper la progresividad de la escala.

El mismo perfil en Madrid pagaría aproximadamente 1.500-1.700 € autonómicos con menos deducciones específicas: la rebaja de tipos de la Ley 5/2026 amplía todavía más esa distancia a favor de la Comunitat Valenciana para un perfil como el de Lucía. La red de deducciones autonómicas valencianas (la más amplia del régimen común junto con Cataluña), combinada ahora con una escala más baja, sitúa a este perfil familiar con vivienda en alquiler muy por debajo de lo que pagaría en la mayoría de comunidades del régimen común.

Comparativa breve con vecinas

Cataluña (limítrofe norte) aplica escala progresiva con marginal 25,5 % y deducciones similares en alquiler. Aragón (limítrofe noroeste) aplica escala con marginal 25,5 % y deducciones por nacimiento más generosas. Castilla-La Mancha (limítrofe oeste) aplica escala con marginal 22,5 % y solo 5 tramos. Murcia (limítrofe sur) aplica escala con marginal 22,5 % y 5 tramos (más competitiva).

Baleares (frente marítimo) aplica una escala con marginal del 24,75 % y deducciones específicas. La Comunitat Valenciana mantiene una posición fiscal intermedia-alta en rentas altas pero competitiva en rentas medias con familia gracias a las múltiples deducciones autonómicas.

Sentencias relevantes y lo que cambió en 2025-2026

El Tribunal Constitucional ha emitido pronunciamientos relevantes en materia de tributos cedidos valencianos, principalmente en el ámbito del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (Sentencia 60/2015, de 18 de marzo, que declaró inconstitucional la diferencia de trato a no residentes y obligó a la equiparación del régimen valenciano de Sucesiones).

En materia IRPF estricta, las controversias recientes se han centrado en la interpretación de las deducciones autonómicas por adquisición de libros y por alquiler de vivienda habitual. La STC 182/2021, de 26 de octubre, sobre plusvalía municipal, es referencia constitucional transversal del periodo.

Durante 2025-2026, las novedades se concentran en deducciones autonómicas: ampliación de la deducción por gastos de fertilidad (hasta 100 € adicionales), refuerzo de la deducción por adquisición de bonos culturales (suscripciones a periódicos digitales, plataformas de cine y música, hasta 21 % con tope 165 €), nueva deducción por gastos en energías renovables en vivienda habitual, y mejoras en deducciones de conciliación (cuidado de hijos de 3 a 5 años, hasta 460 €). La Ley 5/2025 ha consolidado estas mejoras sin alterar la escala de 11 tramos.

Mención especial merece el impacto fiscal de la DANA de octubre de 2024, que afectó a las comarcas del sur del área metropolitana de Valencia (l'Horta Sud, La Ribera Alta, La Ribera Baixa) con consecuencias devastadoras en viviendas, vehículos y negocios.

La Generalitat aprobó, junto con el Gobierno central, paquetes de medidas fiscales extraordinarias para los contribuyentes afectados: exenciones puntuales, aplazamientos sin intereses, deducciones autonómicas extraordinarias por reparación de vivienda habitual, y compatibilidad reforzada con las ayudas directas del Real Decreto-Ley estatal. Estas medidas son relevantes en la campaña de Renta 2024 (mayo-junio 2025) y la campaña 2025 (mayo-junio 2026).

La integración de estas medidas extraordinarias con el régimen ordinario IRPF valenciano configura una capa adicional de complejidad técnica que justifica la consulta profesional en operaciones afectadas y la atención al detalle en la aplicación de las deducciones autonómicas tradicionales.

Contexto fiscal y económico de la Comunidad Valenciana

La Comunidad Valenciana tiene 5 millones de habitantes con una economía diversificada: turismo costero (Costa Blanca, Costa de Azahar), industria cerámica (Castellón, líder mundial), automoción (Ford en Almussafes), agricultura (cítricos, hortícolas) y logística portuaria (Puerto de Valencia, uno de los principales del Mediterráneo). La capital, València, alberga las sedes de la Generalitat y el Parlamento autonómico.

La escala autonómica valenciana es la más detallada del régimen común español: 11 tramos progresivos con marginal del 29,35 % en el tramo superior tras la rebaja retroactiva a 1 de enero de 2026 aprobada por la Ley 5/2026, de 31 de julio. Esta granularidad refleja el esfuerzo del Gobierno autonómico por modular la presión fiscal según múltiples niveles de renta.

Las deducciones más relevantes en 2026 incluyen alquiler joven menores de 35 años, material escolar (110 € por hijo, reservada a contribuyentes en desempleo), y deducción por familia numerosa. La Agència Tributària Valenciana gestiona el impuesto desde València.

Caso práctico: autónomo valenciano del sector cerámico de Castellón con rendimiento neto 50.000 € en 2026 tributa aproximadamente 12.974 € de cuota total IRPF. El mismo autónomo en Madrid pagaría unos 530 € menos por la escala autonómica más reducida. Frente a Cataluña (vecina al norte): Comunidad Valenciana y Cataluña tienen escalas similares en bases medias pero Cataluña es ligeramente menos progresiva en el tramo más alto.

Para autónomos próximos a la frontera Castellón-Tarragona, la decisión de fijar residencia fiscal en una u otra comunidad tiene impacto fiscal modesto pero no despreciable a largo plazo.

Deducciones autonómicas destacadas en la Comunidad Valenciana

Además de la tarifa autonómica, Comunidad Valenciana regula sus propias deducciones sobre la cuota íntegra. Se publican cada año en el DOGV y los importes exactos pueden variar según la ley autonómica en vigor. A continuación, un resumen de las más relevantes para los valencianos:

Adquisición vivienda habitual para jóvenes

Deducción por adquisición de vivienda habitual para contribuyentes menores de 35 años con rentas limitadas.

Alquiler vivienda habitual

Deducción por alquiler habitual con requisitos de edad, renta y duración del contrato.

Gastos en educación y guardería

Deducción por gastos de guardería y educación infantil, y 110 € por hijo escolarizado por material escolar, esta última solo si el contribuyente está en desempleo inscrito como demandante.

Familia numerosa

Deducción complementaria por familia numerosa residente en la Comunitat Valenciana.

Nacimiento o adopción múltiple

Deducción específica por parto múltiple o adopción múltiple de menores.

Autoempleo joven

Deducción por alta en RETA para jóvenes menores de 35 años que inicien actividad económica en la Comunitat Valenciana.

Consulta el importe y los requisitos exactos de cada deducción en la normativa vigente publicada en el DOGV o en tu declaración de la Renta mediante Renta WEB (AEAT).

Si en la Comunidad Valenciana pagas gastos escolares de tus hijos (libros de texto, material escolar, uniforme o clases de idiomas, según lo que cubra cada comunidad), la deducción autonómica correspondiente, con sus topes y sus límites de renta, está desglosada y comparada con el resto de comunidades en la guía de la deducción por libros de texto y material escolar por comunidad.

Comparativa con CCAA vecinas

Para contextualizar el IRPF de la Comunidad Valenciana, comparamos el tipo mínimo (primer tramo) y el tipo máximo (tramo marginal superior) con las CCAA vecinas geográfica o fiscalmente. Esta comparativa es solo orientativa: no tiene en cuenta mínimos personales ni deducciones autonómicas, que también varían.

Mapa fiscal IRPF España 2026 con Comunidad Valenciana destacada: marginal autonómico 29,35 %, posición frente a las demás CCAA en el ranking de presión fiscal
Comunidad Valenciana destacada en el mapa fiscal nacional: marginal autonómico 29,35 % en 2026.
Comunidad Tipo mínimo Tipo máximo Régimen
Comunidad Valenciana (esta página) 8,8 % 29,35 % Común
Cataluña 9,5 % 25,5 % Común
Aragón 9,5 % 25,5 % Común
Castilla-La Mancha 9,5 % 22,5 % Común
Región de Murcia 9,5 % 22,5 % Común
Islas Baleares 9 % 24,75 % Común

Importante: los tipos forales representan el IRPF total de esas Haciendas. No se suman con la escala estatal. Los tipos de régimen común sí se suman con los tramos estatales para obtener el tipo marginal real.

Preguntas frecuentes sobre el IRPF en la Comunidad Valenciana

¿La Comunitat Valenciana tiene IRPF alto o bajo? ?
En la franja media. Para rentas bajas y medias está alineada con el promedio nacional. Para rentas altas (>100.000 €), la tarifa autonómica valenciana suele ser algo más alta que la de Madrid pero más baja que la de Cataluña o Asturias. Las deducciones por vivienda joven y familia ayudan a compensar en casos específicos.
¿Qué gestiona la ATV valenciana? ?
La Agència Tributària Valenciana (ATV) gestiona los tributos cedidos por el Estado: Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, Transmisiones Patrimoniales, Actos Jurídicos Documentados, Patrimonio autonómico y tributos propios. El IRPF, como en el resto del régimen común, lo gestiona la AEAT estatal, aunque los tramos autonómicos valencianos se aplican en la parte correspondiente.
¿Cómo se combina el IRPF estatal con el autonómico en la Comunidad Valenciana? ?
El IRPF en régimen común se compone de dos escalas: una estatal (común para toda España, art. 63.1 LIRPF) y una autonómica (propia de la Comunidad Valenciana, publicada en DOGV). Ambas se aplican a tu base liquidable: sumas las cuotas parciales de cada tramo de la estatal, luego sumas las cuotas parciales de cada tramo de la Comunidad Valenciana, y el total es tu cuota íntegra.
¿Dónde se publican los cambios fiscales de la Comunidad Valenciana? ?
En el DOGV, boletín oficial de la Comunidad Valenciana. Cada año, si la CCAA modifica tramos, deducciones o mínimos personales, se publica mediante Ley autonómica o Decreto-Ley. Nuestros datos están verificados contra DOGV con la última actualización en agosto de 2026.

Tributación municipal de la vivienda en Valencia: Impuesto sobre Bienes Inmuebles 2026

La escala autonómica del IRPF se complementa con tributos municipales que afectan a la vivienda habitual. El Impuesto sobre Bienes Inmuebles, regulado por el TR LRHL y aprobado ordenanza a ordenanza por cada Ayuntamiento, varía sensiblemente entre capitales y conviene tenerlo presente al simular el coste fiscal anual del inmueble.

  • Alicante — tipo 0,62042 %, cuota ≈ 1241 €
  • Castellón de la Plana — tipo 0,6362 %, cuota ≈ 1272 €
  • Valencia — tipo 0,5784 %, cuota ≈ 1157 €

Ver tabla comparativa completa del IBI en las 50 capitales →

Comparativas IRPF de la Comunidad Valenciana

Compara la cuota real de la Comunidad Valenciana frente a otras comunidades en seis escenarios de renta (18k-100k €) con el diferencial al año y el veredicto por tramo.

Lo que se paga al ayuntamiento en la Comunidad Valenciana: IBI y tasa de basura 2026

Los impuestos autonómicos son una parte del recibo; la otra la fija cada ayuntamiento. Tipo urbano del Impuesto sobre Bienes Inmuebles y cuota de la tasa de basura de una vivienda tipo en las capitalesde la Comunidad Valenciana, leídos de la ordenanza fiscal vigente.