IRPF en Castilla-La Mancha 2026: escala autonómica de 5 tramos publicada en el DOCM, marginal autonómico 22,5 % que se suma a la estatal (art. 63.1 LIRPF) para residentes en Castilla-La Mancha
IRPF — CCAA 5 tramos Actualizado abril de 2026

IRPF en Castilla-La Mancha
tramos 2026

Castilla-La Mancha combina zonas periurbanas de Madrid con provincias de fuerte despoblación como Cuenca, Guadalajara y Albacete. Su política fiscal se centra en la familia, el alquiler y el medio rural: deducciones por residir, comprar vivienda o trasladarse por trabajo a los municipios de las zonas de despoblación. La escala autonómica es la misma desde 2015. Para 2025 y 2026, la Ley 1/2026 sube a 500 € el tope de las deducciones por alquiler y crea una deducción por ahorrar para la primera vivienda.

Por Cristian Corrales Fuentes: Ley 35/2006 del IRPF y escalas autonómicas Revisado el

Capital: Toledo · Fuente: DOCM · Ver norma

Castilla-La Mancha en una mirada

Tipo mínimo

9,5 %

primer tramo autonómico

Tipo máximo

22,5 %

marginal tramo superior

Nº tramos

5

escala progresiva

Escala simple con 5 tramos idénticos a la estatal, sin deflactar y sin cambios desde 2015. Marginal 22,5 %.

Calculadora de IRPF de Castilla-La Mancha 2026

Introduce tu base imponible y la calculadora aplica la escala estatal junto con la escala autonómica de Castilla-La Mancha para devolverte la cuota, el tipo efectivo y el desglose por tramos en tiempo real.

Tabla completa de tramos autonómicos IRPF en Castilla-La Mancha

La escala autonómica del IRPF de Castilla-La Mancha es la segunda parte del IRPF (complementa a la estatal del art. 63.1 LIRPF) y se publica oficialmente en el DOCM. Los tramos siguientes son los que publica Ley 8/2013 de medidas tributarias de Castilla-La Mancha, art. 13 bis (escala de la Ley 9/2014, sin cambios desde 2015).

¿Solo quieres saber lo que pagarías con un sueldo concreto? Utiliza la calculadora de IRPF o la calculadora de salario neto con tu cifra exacta. ¿Tienes una vivienda alquilada? Los rendimientos del alquiler también tributan en tu IRPF: calcula el rendimiento neto y la reducción del 50-90 % con la calculadora de IRPF del alquiler.

Desde Hasta Tipo
0 € 12.450 € 9,5 %
12.450 € 20.200 € 12 %
20.200 € 35.200 € 15 %
35.200 € 60.000 € 18,5 %
60.000 € en adelante 22,5 %

Escala combinada: estatal + autonómica

Para calcular tu cuota íntegra en régimen común no basta con la escala autonómica de Castilla-La Mancha: debes sumar también la escala estatal del art. 63.1 LIRPF. Ambas se aplican a la misma base liquidable y se calculan en paralelo. La tabla resume ambas escalas para que puedas ver de un vistazo el tipo marginal total por tramo.

Cálculo del IRPF en Castilla-La Mancha 2026: a la base liquidable se le aplica en paralelo la escala estatal (art. 63.1 LIRPF) y la escala autonómica de Castilla-La Mancha (5 tramos, marginal autonómico superior 22,5 %) para obtener la cuota íntegra
En Castilla-La Mancha, la escala estatal se suma con la autonómica de 5 tramos (marginal 22,5 %) sobre la misma base liquidable.
Tramo estatal Tipo estatal
0 € — 12.450 € 9,5 %
12.450 € — 20.200 € 12 %
20.200 € — 35.200 € 15 %
35.200 € — 60.000 € 18,5 %
60.000 € — 300.000 € 22,5 %
300.000 € — en adelante 24,5 %

Fuente estatal: Ley 35/2006 del IRPF, art. 63.1 (redacción vigente 2026). Verificado contra BOE.

Tres ejemplos prácticos con rentas reales

Para hacer tangible el IRPF de Castilla-La Mancha, calculamos la cuota completa para tres niveles representativos: 20.000 €, 40.000 € y 70.000 € anuales de base liquidable. La escala se aplica sobre la base completa y el mínimo personal general (5.550 €) se descuenta en cuota —no en la base— en cada una de las dos escalas, sumando después la estatal y la autonómica propia de Castilla-La Mancha.

Base liquidable 20.000 € — Castellanomanchegos

tipo efectivo 15,62 %
Base liquidable
20.000 €
Mínimo en cuota (ambas escalas)
− 1.054,50 €
Cuota estatal
1.561,50 €
Cuota autonómica
1.561,50 €
Cuota total
3.123,00 €
Tipo marginal
24 %

Base liquidable 40.000 € — Castellanomanchegos

tipo efectivo 23,62 %
Base liquidable
40.000 €
Mínimo en cuota (ambas escalas)
− 1.054,50 €
Cuota estatal
4.723,50 €
Cuota autonómica
4.723,50 €
Cuota total
9.447,00 €
Tipo marginal
37 %

Base liquidable 70.000 € — Castellanomanchegos

tipo efectivo 30,5 %
Base liquidable
70.000 €
Mínimo en cuota (ambas escalas)
− 1.054,50 €
Cuota estatal
10.673,50 €
Cuota autonómica
10.673,50 €
Cuota total
21.347,00 €
Tipo marginal
45 %

Los cálculos son orientativos: no incluyen deducciones autonómicas específicas, mínimos familiares por descendientes/ascendientes ni reducciones por rendimientos de trabajo. Para un cálculo personalizado, usa la calculadora interactiva seleccionando Castilla-La Mancha en el desplegable de CCAA.

Análisis local: IRPF en Castilla-La Mancha

IRPF Castilla-La Mancha 2026 — tramos autonómicos, deducciones y particularidades

Marco normativo autonómico actual

El gravamen autonómico del IRPF en Castilla-La Mancha se regula en el artículo 13 bis de la Ley 8/2013, de 21 de noviembre, de Medidas Tributarias de Castilla-La Mancha (DOCM núm. 230, de 27 de noviembre de 2013; recopilación estatal BOE-A-2014-1368). La escala se fijó en 2014 y 2015 y no ha cambiado desde entonces. La reforma más reciente afecta solo a las deducciones: la Ley 1/2026, de 26 de marzo, con efectos desde la renta de 2025.

La escala autonómica castellanomanchega responde a un diseño deliberadamente simple de cinco tramos que reproduce literalmente los umbrales de la escala estatal (12.450 / 20.200 / 35.200 / 60.000 €) con tipos autonómicos ajustados. El marginal máximo es del 22,50 % a partir de 60.000 €, uno de los más bajos de las comunidades de régimen común peninsulares.

Esta moderación contrasta con la presión fiscal nominal alta del ITP (9 % plano) y refleja la estrategia política de no penalizar las rentas altas pero compensar con un impuesto indirecto firme sobre las transmisiones patrimoniales.

Cambios recientes (2023-2026)

El periodo 2023-2026 se caracteriza por la estabilidad estructural de la escala autonómica: ni la Ley 1/2023 ni la Ley 1/2026 modificaron umbrales ni marginales. Castilla-La Mancha decidió no deflactar la escala en 2024 ni en 2025, lo que supone un arrastre fiscal por inflación que en términos reales eleva la presión sobre rentas del trabajo en franja media.

Donde sí ha habido movimiento es en las deducciones autonómicas. La Ley 1/2026 sube de 450 a 500 € el tope de las cinco deducciones por alquiler de vivienda habitual. Además crea una deducción por ahorrar para la primera vivienda (menores de 36 años) y otra por los gastos veterinarios de los perros de asistencia.

Las deducciones por nacimiento, familia numerosa, familia monoparental, guardería, discapacidad y mayores de 75 años siguen como estaban, con un límite de base imponible de 27.000 € en individual y 36.000 € en conjunta. La lucha contra la despoblación se refleja en las deducciones rurales: residir en zonas de despoblación, comprar o rehabilitar vivienda en municipios de menos de 5.000 habitantes y trasladarse por trabajo.

Cifras clave verificables

La escala autonómica vigente para 2025-2026 es la siguiente:

Base liquidable hasta (€)Tipo aplicable (%)
12.450,009,50
20.200,0012,00
35.200,0015,00
60.000,0018,50
En adelante22,50

Fuente: Manual Práctico IRPF 2025 AEAT — Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha; artículo 13 bis Ley 8/2013. El marginal máximo del 22,50 % sitúa a CLM por debajo de Aragón (25,5 %), Cataluña (25,5 %), Comunidad Valenciana (29,35 %) o Extremadura (25 %), y solo ligeramente por encima de Castilla y León (21,5 %) o Madrid (20,5 %). Esta moderación nominal hace de Castilla-La Mancha un territorio fiscalmente competitivo para rentas altas asalariadas.

Datos básicos socioeconómicos

Castilla-La Mancha tiene 2.126.378 habitantes en 2025 según consolidación INE, lo que la sitúa como novena comunidad por población. La renta neta media por persona es de 13.387 € según la Encuesta de Condiciones de Vida del INE de 2025, la segunda más baja de España tras Extremadura. El PIB nominal alcanzó 46.715 millones de euros en 2022 y el PIB per cápita 22.574 €, lo que confirma el carácter de comunidad de renta media-baja en el contexto nacional.

La estructura productiva combina tres polos diferenciados: agroindustria (cereales y vid en La Mancha, ajo de Las Pedroñeras con denominación específica, queso manchego con DOP, olivar en Toledo y Ciudad Real, viñedo Valdepeñas-Tomelloso); logística sostenida por el corredor del Henares (Azuqueca, Cabanillas, Marchamalo, Yunquera) que absorbe inversión madrileña en suelo industrial y vivienda; turismo rural vinculado al patrimonio (Toledo, Cuenca, Sigüenza, Almagro) y a las rutas del Quijote y de la vid.

La infraestructura logística descansa en aproximadamente 1.800 km de autovías y 670 km de líneas de alta velocidad ferroviaria, además de dos aeropuertos regionales (Albacete y Ciudad Real, este último con uso muy limitado).

Como contrapeso al dinamismo logístico del norte, la región sufre despoblación intensa en la Serranía de Cuenca, la Sierra de Albacete, el Campo de Montiel ciudadrealense y el norte de Guadalajara, donde la pérdida demográfica acumulada desde 1980 supera el 40 % en muchos municipios. Este desequilibrio motiva el peso que las deducciones autonómicas IRPF dan a la residencia rural y a la fijación de población joven en municipios pequeños.

Caso práctico

Perfil: ingeniero asalariado en una empresa logística de Cabanillas del Campo (Guadalajara), 35 años, casado con un hijo de 2 años, base liquidable general de 35.000 €. Residencia habitual en municipio del corredor del Henares (no califica como pequeño despoblado).

Cálculo paso a paso del gravamen autonómico:

  1. Tramos aplicables: 9,50 % hasta 12.450 € + 12 % de 12.450 a 20.200 € + 15 % de 20.200 a 35.000 €.
  2. Cuota tramo 1: 12.450 × 9,50 % = 1.182,75 €.
  3. Cuota tramo 2: (20.200 − 12.450) × 12 % = 7.750 × 12 % = 930 €.
  4. Cuota tramo 3: (35.000 − 20.200) × 15 % = 14.800 × 15 % = 2.220 €.
  5. Cuota íntegra autonómica antes de deducciones: 4.332,75 €.

Sobre esta cuota cabe aplicar la deducción por guardería, que es el 30 % de lo pagado por un hijo menor de 3 años, con un tope de 500 € por hijo. Con 35.000 € de base, solo es posible si el matrimonio declara en conjunta, porque el límite es de 36.000 €; en individual el límite es de 27.000 € y la deducción queda fuera.

El tipo medio autonómico efectivo del caso ronda el 12 %, prácticamente idéntico al de un contribuyente equivalente en Aragón o Castilla y León.

Si el mismo contribuyente residiera en un municipio de la Serranía de Cuenca incluido en las zonas de despoblación de la Ley 2/2021, podría aplicar además la deducción por residencia habitual en zonas rurales, un porcentaje de la cuota autonómica que va del 10 al 25 % según la zona y el tamaño del municipio. Esta deducción no tiene límite de renta.

Comparativa breve con vecinas

Frente a las limítrofes, Castilla-La Mancha presenta un perfil moderado. Madrid aplica marginal del 20,5 % (más bajo, aunque sobre tramos más estrechos) y deducciones muy generosas para jóvenes. Castilla y León opera con marginal del 21,5 %, ligeramente más bajo que CLM. Extremadura sitúa el marginal en el 25 %, claramente más alto. Andalucía aplica marginal del 22,50 % (idéntico a CLM). Aragón tiene marginal del 25,5 %.

La gran ventaja competitiva manchega frente a Aragón y Cataluña es el marginal en franja 60.000-130.000 €: mientras CLM cobra el 22,5 % constante, Aragón aplica entre el 23 % y el 25 % progresivos (23 % de 60.000 a 80.000 €, 24 % de 80.000 a 90.000 € y 25 % de 90.000 a 130.000 €). Esto, combinado con precios de vivienda significativamente más bajos, hace del corredor del Henares manchego un destino atractivo para teletrabajadores de Madrid.

Sentencias relevantes y normativa de referencia

El gravamen autonómico castellanomanchego se enmarca en el régimen general de tributos cedidos regulado por la Ley 22/2009 de financiación autonómica. No existe sentencia constitucional específica sobre la escala IRPF de CLM.

En materia de plusvalía municipal —tributo local pero íntimamente relacionado con la fiscalidad inmobiliaria autonómica—, la STC 182/2021, de 26 de octubre, del Pleno del Tribunal Constitucional, declaró inconstitucionales los artículos 107.1, 107.2.a y 107.4 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, obligando a una reforma de urgencia mediante el Real Decreto-ley 26/2021, de 8 de noviembre, que introdujo el doble método (objetivo y real) hoy vigente.

Lo que cambió en 2025-2026

La escala de cinco tramos sigue sin cambios en umbrales y marginales. Lo nuevo está en las deducciones: la Ley 1/2026, de 26 de marzo, con efectos desde la renta de 2025, sube de 450 a 500 € el tope de las deducciones por alquiler para menores de 36 años, familias numerosas, familias monoparentales, personas con discapacidad y dación en pago.

La misma ley crea la deducción por ahorro para la primera vivienda de los menores de 36 años (el 15 % de lo depositado, hasta 750 € al año y 3.000 € en total) y la de los gastos veterinarios de los perros de asistencia (el 30 %, hasta 100 €). El Gobierno regional mantiene un ITP plano del 9 % y un catálogo de deducciones rurales para fijar población joven, sin tocar la escala del impuesto.

Contexto fiscal y económico de Castilla-La Mancha

Castilla-La Mancha tiene una población de 2 millones distribuidos en cinco provincias con baja densidad excepto en Toledo y Albacete. La economía agraria (vino de La Mancha, ajo, cereales) y ganadera (ovino manchego, queso) coexiste con polos industriales en Albacete y la influencia de Madrid sobre los corredores logísticos del sur (Illescas, Toledo). El IRPF autonómico tiene una de las escalas más simplificadas del régimen común: cinco tramos, del 9,5 % al 22,5 %, sin cambios desde 2015.

Las deducciones autonómicas se centran en la familia (nacimiento o adopción, familia numerosa y monoparental, guardería), el alquiler y el medio rural. Casi todas las familiares exigen una base imponible de hasta 27.000 € en declaración individual o 36.000 € en conjunta. La Ley 1/2026, con efectos desde la renta de 2025, subió a 500 € el tope de las deducciones por alquiler y creó una deducción por ahorrar para la primera vivienda de los menores de 36 años.

Caso práctico: un autónomo de Toledo sin hijos, con una base liquidable de 30.000 € en 2026 y solo el mínimo personal, tiene una cuota íntegra de unos 6.110 €: la mitad estatal y la mitad autonómica. Con la misma base, residiendo en Madrid pagaría unos 415 € menos, y en Extremadura, unos 110 € menos. Para quien vive cerca del límite con Madrid, la comunidad de residencia pesa en la factura de cada año.

Todas las deducciones autonómicas de Castilla-La Mancha en la Renta 2027

Castilla-La Mancha tiene 26 deducciones propias sobre la cuota autonómica para el ejercicio 2026, el que se declara en la primavera de 2027. Estas son todas, con su importe, sus requisitos y el artículo que las regula.

Deducción Cuánto Requisitos
Nacimiento o adopción de hijosArt. 1 100 € si el parto o la adopción es de un hijo, 500 € si son dos hijos y 900 € si son tres o más Los hijos deben dar derecho al mínimo por descendientes. Base imponible hasta 27.000 € (individual) o 36.000 € (conjunta). Si varios contribuyentes tienen derecho por el mismo hijo y alguno supera el límite, el importe se reparte como el mínimo por descendientes
Familia numerosaArt. 2 200 € en categoría general y 400 € en categoría especial. Suben a 300 € y 900 € si el cónyuge o un descendiente tiene una discapacidad de al menos el 65 % Tener reconocida la condición de familia numerosa el día del devengo. Base imponible hasta 27.000 € o 36.000 €. Incompatible con la deducción de alquiler de las familias numerosas
Familia monoparentalArt. 2 bis 200 € Padre o madre separados legalmente o sin vínculo matrimonial, con hijos menores (o con medidas de apoyo si son mayores de edad) que dependan de forma exclusiva de uno de ellos y den derecho al mínimo por descendientes completo. Base imponible hasta 27.000 € o 36.000 €. Incompatible con la de alquiler de las familias monoparentales
Libros de texto, idiomas y otros gastos de educaciónArt. 3 Lo pagado en libros de texto, más el 15 % de idiomas extraescolares, clases de refuerzo, cuota de alta de internet para estudiar y gastos de estudio y residencia fuera del municipio. El total tiene un tope por hijo según la renta: en conjunta, 200 € hasta 12.000 €, 100 € hasta 20.000 € y 75 € hasta 25.000 €; en individual, 100 € hasta 6.500 €, 75 € hasta 10.000 € y 50 € hasta 12.500 €. Familia numerosa: 300 € por hijo hasta 40.000 € en conjunta y 150 € hasta 30.000 € en individual Los hijos deben estar escolarizados y dar derecho al mínimo por descendientes. La renta que cuenta es la base imponible menos el mínimo por descendientes. Se restan las becas y ayudas recibidas y hay que guardar los justificantes de pago
GuarderíaArt. 3 bis 30 % de lo pagado por cada hijo menor de 3 años, hasta 500 € por hijo (250 € en el año en que cumple los 3) Guardería o centro de educación infantil autorizado por la Consejería de Educación, por meses completos. Se descuentan becas y ayudas, y no cuenta lo que ya sea retribución en especie exenta. Base imponible hasta 27.000 € o 36.000 €. Si el niño da derecho al mínimo a más de un contribuyente, se reparte
Discapacidad del contribuyenteArt. 4 300 € Discapacidad acreditada del 65 % o más y derecho al mínimo por discapacidad del contribuyente. Base imponible hasta 27.000 € o 36.000 €. Incompatible con la de discapacidad de ascendientes o descendientes respecto de la misma persona y con la de alquiler para personas con discapacidad
Discapacidad de ascendientes o descendientesArt. 5 300 € por cada ascendiente o descendiente Discapacidad acreditada del 65 % o más y derecho al mínimo por discapacidad de ascendientes o descendientes. Base imponible hasta 27.000 € o 36.000 €. En conjunta, para un descendiente con discapacidad se aplica esta y no la del contribuyente
Mayores de 75 añosArt. 6 150 € si el contribuyente tiene más de 75 años y otros 150 € por cada ascendiente mayor de 75 años al que cuide El ascendiente debe dar derecho al mínimo por ascendientes mayores de 75 años. Base imponible hasta 27.000 € o 36.000 €. No vale si el mayor pasa más de 30 días del año en una residencia de la Junta o en una plaza concertada o subvencionada por ella (salvo convalecencias). Incompatible con las de discapacidad de los arts. 4 y 5 respecto de la misma persona
Acogimiento familiar no remunerado de menoresArt. 7 500 € por el primer menor acogido y 600 € por el segundo y siguientes Convivir con el menor más de 183 días del año, con acuerdo administrativo o judicial. Base imponible hasta 12.500 € (individual) o 25.000 € (conjunta). La Consejería debe acreditar el acogimiento y que no se han recibido ayudas de la Junta vinculadas a él. Si hay adopción en el año, no se aplica esta y sí la de nacimiento o adopción
Acogimiento no remunerado de mayores de 65 años o personas con discapacidadArt. 8 600 € por cada persona acogida Persona mayor de 65 años o con discapacidad del 33 % o más que conviva con el contribuyente más de 183 días al año sin contraprestación. No vale con parientes hasta el cuarto grado (en los mayores de 65). Base imponible hasta 12.500 € o 25.000 €. La Consejería debe acreditar que ni tú ni la persona acogida habéis recibido ayudas de la Junta por el acogimiento
Alquiler de la vivienda habitual de menores de 36 añosArt. 9 15 % de lo pagado, hasta 500 € al año (450 € antes de la Ley 1/2026). Sube al 20 %, hasta 612 €, si vives en un municipio de hasta 2.500 habitantes o en uno de 2.500 a 10.000 que esté a más de 30 km de otro de más de 50.000 Tener menos de 36 años el día del devengo. Base imponible menos el mínimo por descendientes hasta 12.500 € (individual) o 25.000 € (conjunta). Hay que poner el NIF del casero en la declaración. Los habitantes se cuentan con el padrón del 1 de enero del año del devengo. Incompatible con el resto de deducciones por alquiler de esta ley
Alquiler tras una dación en pagoArt. 9 bis 15 % de lo pagado, hasta 500 € al año El contrato de alquiler debe estar ligado a la entrega de la vivienda habitual al banco para saldar toda la deuda de la hipoteca. Base imponible menos el mínimo por descendientes hasta 12.500 € o 25.000 €. NIF del casero en la declaración. El tope se prorratea por los días de alquiler y entre los contribuyentes que compartan vivienda
Alquiler de la vivienda habitual de las familias numerosasArt. 9 ter 15 % de lo pagado, hasta 500 € al año Familia numerosa reconocida el día del devengo y con el título en tu poder. Base imponible menos el mínimo por descendientes hasta 12.500 € o 25.000 €. NIF del casero. El tope se prorratea por días y entre contribuyentes. Incompatible con la deducción por familia numerosa del art. 2
Alquiler de la vivienda habitual de las familias monoparentalesArt. 9 quáter 15 % de lo pagado, hasta 500 € al año Padre o madre de una familia monoparental (misma definición que en el art. 2 bis). Base imponible menos el mínimo por descendientes hasta 12.500 € o 25.000 €. NIF del casero. El tope se prorratea por días y entre contribuyentes. Incompatible con la deducción por familia monoparental del art. 2 bis
Alquiler de la vivienda habitual de personas con discapacidadArt. 9 quinquies 15 % de lo pagado, hasta 500 € al año Discapacidad del 65 % o más con derecho al mínimo por discapacidad del contribuyente. Base imponible menos el mínimo por descendientes hasta 12.500 € o 25.000 €. NIF del casero. El tope se prorratea por días y entre contribuyentes. Incompatible con la deducción por discapacidad del art. 4
Donaciones a la cooperación internacional y la lucha contra la pobrezaArt. 10 15 % de las donaciones en dinero. La base de la deducción no puede pasar del 10 % de la base liquidable Entidad sin fines lucrativos (Ley 49/2002) cuyos fines principales sean la cooperación internacional, la lucha contra la pobreza, la ayuda a personas con discapacidad o la exclusión social, inscrita en los registros de Castilla-La Mancha (las fundaciones, además, en el Registro de Fundaciones y con las cuentas depositadas). Hay que tener el certificado de la entidad
Donaciones para investigación, desarrollo e innovaciónArt. 11 15 % de las donaciones en dinero, con un máximo del 10 % de la cuota íntegra autonómica Donación a la Junta o a sus organismos de investigación e innovación, o a entidades sin fines lucrativos inscritas en Castilla-La Mancha cuya finalidad principal sea investigar o innovar. Certificado de la entidad
Donaciones y gastos en patrimonio cultural y mecenazgo culturalArt. 11 bis 15 % de las donaciones de bienes inscritos en el Inventario del Patrimonio Cultural de Castilla-La Mancha, 15 % de lo gastado en conservar, reparar o restaurar esos bienes y 15 % de lo donado para fines del plan de mecenazgo cultural. La suma de las bases no puede pasar del 10 % de la base liquidable Las donaciones de bienes van a la Junta, a las corporaciones locales de la región, a universidades y centros de investigación o a entidades sin fines lucrativos culturales inscritas en Castilla-La Mancha. Incompatible con el crédito fiscal de la Ley de Mecenazgo Cultural mientras siga vigente
Intereses de la primera vivienda de menores de 40 añosArt. 12 150 € al año si la base imponible no pasa de 12.500 € (individual) o 25.000 € (conjunta); 100 € si no pasa de 27.000 € o 36.000 € Menores de 40 años que pagan intereses de un préstamo para comprar su primera vivienda habitual y siempre que el préstamo sea a interés variable. Incompatible con la deducción por comprar vivienda en zonas rurales
Residencia habitual en zonas ruralesArt. 12 bis Un porcentaje de la cuota íntegra autonómica, según la zona y los habitantes del municipio. En zona de intensa despoblación: 20 % si tiene menos de 2.000 habitantes y 15 % si tiene de 2.000 a 5.000. En extrema despoblación: 25 % y 20 %. En riesgo de despoblación: 15 % y 10 % Residir en un municipio de las zonas de la Ley 2/2021 de despoblación (arts. 12 y 13) y cumplir la estancia efectiva que exige su art. 5. Si dejas de cumplir algún requisito, tienes que devolver lo deducido con intereses de demora
Compra o rehabilitación de vivienda habitual en zonas ruralesArt. 12 ter 15 % de lo pagado, sobre una base máxima de 12.000 € al año (hasta 1.800 € de deducción anual) y de 180.000 € en total Vivienda en un municipio de menos de 5.000 habitantes de las zonas de despoblación de la Ley 2/2021 (art. 12), comprada o rehabilitada desde el 1 de enero de 2021. La base se reduce con las subvenciones de la Junta. El patrimonio debe crecer al menos lo invertido. Incompatible con la deducción por intereses de menores de 40 años
Traslado de vivienda habitual por trabajo a zonas ruralesArt. 12 quater 500 € en el año del cambio de residencia y otros 500 € en el siguiente Traslado por motivos laborales a un municipio de las zonas de despoblación de la Ley 2/2021 (art. 12). Base liquidable inferior a 22.946 € (individual) o 31.485 € (conjunta). La deducción no puede pasar de la parte autonómica de la cuota que proceda del trabajo y de las actividades económicas. Hay que seguir en la nueva residencia el año del traslado y los tres siguientes, o devolver lo deducido con intereses
Inversión en acciones o participaciones de sociedades nuevasArt. 12 sexies 20 % de lo invertido en el año, hasta 4.000 € anuales Entrada en el capital al constituirse la sociedad o al ampliar capital, que debe tener su domicilio social y fiscal en Castilla-La Mancha y ejercer una actividad económica. Hay que quedarse con menos del 40 % del capital (sumando a la familia hasta el tercer grado), mantener las participaciones tres años y no tener cargos ejecutivos. La sociedad debe crear empleo y la operación constar en escritura pública. Si se incumple, se devuelve lo deducido con intereses
Inversión en entidades de la economía socialArt. 12 septies 20 % de lo aportado para hacerse socio, hasta 4.000 € Entidad de la economía social con domicilio social y fiscal en Castilla-La Mancha y al menos un trabajador a jornada completa. Participación máxima del 40 % (sumando a la familia hasta el tercer grado), aportación mantenida cinco años y operación en escritura pública. Incompatible con la deducción del art. 12 sexies para la misma inversión
Ahorro para la primera vivienda (menores de 36 años)Art. 12 octies 15 % de lo depositado en el año en una cuenta específica, con un máximo de 750 € de deducción al año y 3.000 € en total. Novedad de la Ley 1/2026, con efectos desde 2025 Menores de 36 años (se admiten las aportaciones del año en que cumples los 36). El dinero debe usarse, antes de 6 años desde que abres la cuenta, para comprar o construir tu primera vivienda habitual en Castilla-La Mancha. Una sola cuenta por persona, separada de otras imposiciones, y el saldo a fin de año debe superar el del año anterior al menos en lo depositado. Base imponible hasta 27.000 € (individual) o 36.000 € (conjunta). Si incumples, regularizas lo deducido
Gastos veterinarios de perros de asistenciaArt. 12 nonies 30 % de lo pagado en vacunas, desparasitación, esterilización y demás tratamientos obligatorios, hasta 100 € al año por contribuyente. Novedad de la Ley 1/2026, con efectos desde 2025 Perro de asistencia con la unidad de vinculación reconocida por la Consejería de Bienestar Social (o por otra comunidad). Factura de un veterinario autorizado, gasto no subvencionado y base imponible dentro de los límites del art. 13.2 (27.000 € individual o 36.000 € conjunta)

La «base imponible» de los límites es la suma de la general y la del ahorro. El límite común (art. 13.2) es de 27.000 € en declaración individual o 36.000 € en conjunta, y se exige para las deducciones de nacimiento, familia numerosa, familia monoparental, guardería, discapacidad y mayores de 75 años.

Las de acogimiento, alquiler y la de intereses de la vivienda de los menores de 40 años fijan sus propios límites (12.500 € individual o 25.000 € conjunta, salvo que se indique otra cosa).

Novedades de la Ley 1/2026, con efectos desde la renta de 2025: el tope de las cinco deducciones por alquiler sube de 450 a 500 € y nacen la deducción por ahorrar para la primera vivienda (menores de 36 años) y la de los gastos veterinarios de los perros de asistencia. La deducción extraordinaria por inflación (art. 12 quinquies) solo valía para 2022.

Fuente: Ley 8/2013, de 21 de noviembre, de Medidas Tributarias de Castilla-La Mancha (arts. 1 a 13), con las novedades de la Ley 1/2026, de 26 de marzo, texto consolidado en el BOE, versión vigente para 2026, verificado el 6 de octubre de 2026. Las deducciones estatales se suman a estas: las tienes en nuestra guía de deducciones estatales de la Renta.

Muchas dependen de lo que pagues dentro del año. Para el ejercicio 2026, lo que se pague hasta el 31 de diciembre todavía cuenta: lo repasamos en la guía de qué hacer antes del 31 de diciembre para pagar menos IRPF.

Si en Castilla-La Mancha pagas gastos escolares de tus hijos (libros de texto, material escolar, uniforme o clases de idiomas, según lo que cubra cada comunidad), la deducción autonómica correspondiente, con sus topes y sus límites de renta, está desglosada y comparada con el resto de comunidades en la guía de la deducción por libros de texto y material escolar por comunidad.

Comparativa con CCAA vecinas

Para contextualizar el IRPF de Castilla-La Mancha, comparamos el tipo mínimo (primer tramo) y el tipo máximo (tramo marginal superior) con las CCAA vecinas geográfica o fiscalmente. Esta comparativa es solo orientativa: no tiene en cuenta mínimos personales ni deducciones autonómicas, que también varían.

Mapa fiscal IRPF España 2026 con Castilla-La Mancha destacada: marginal autonómico 22,5 %, posición frente a las demás CCAA en el ranking de presión fiscal
Castilla-La Mancha destacada en el mapa fiscal nacional: marginal autonómico 22,5 % en 2026.
Comunidad Tipo mínimo Tipo máximo Régimen
Castilla-La Mancha (esta página) 9,5 % 22,5 % Común
Comunidad de Madrid 8,5 % 20,5 % Común
Andalucía 9,5 % 22,5 % Común
Extremadura 7,75 % 25 % Común
Castilla y León 9 % 21,5 % Común
Aragón 9,5 % 25,5 % Común
Comunidad Valenciana 8,8 % 29,35 % Común
Región de Murcia 9,5 % 22,5 % Común

Importante: los tipos forales representan el IRPF total de esas Haciendas. No se suman con la escala estatal. Los tipos de régimen común sí se suman con los tramos estatales para obtener el tipo marginal real.

Preguntas frecuentes sobre el IRPF en Castilla-La Mancha

¿Castilla-La Mancha tiene deducciones para quien trabaja en Madrid? ?
No específicamente. El residente fiscal castellano-manchego que trabaja en Madrid tributa su IRPF completo en Castilla-La Mancha (donde reside más de 183 días al año). Las deducciones autonómicas disponibles son las castellano-manchegas, no las madrileñas.
¿Cómo se determina la residencia fiscal entre Madrid y Toledo/Guadalajara? ?
Por el criterio de permanencia: donde permanezcas más días al año (art. 72 LIRPF). Si vives habitualmente en Toledo/Guadalajara/Cuenca y trabajas en Madrid sin pernoctar allí, eres residente fiscal castellano-manchego. El domicilio del trabajo no determina la residencia fiscal.
¿Cómo se combina el IRPF estatal con el autonómico en Castilla-La Mancha? ?
El IRPF en régimen común se compone de dos escalas: una estatal (común para toda España, art. 63.1 LIRPF) y una autonómica (propia de Castilla-La Mancha, publicada en DOCM). Ambas se aplican a tu base liquidable: sumas las cuotas parciales de cada tramo de la estatal, luego sumas las cuotas parciales de cada tramo de Castilla-La Mancha, y el total es tu cuota íntegra.
¿Dónde se publican los cambios fiscales de Castilla-La Mancha? ?
En el DOCM, boletín oficial de Castilla-La Mancha. Cada año, si la CCAA modifica tramos, deducciones o mínimos personales, se publica mediante Ley autonómica o Decreto-Ley. Nuestros datos están verificados contra DOCM con la última actualización en abril de 2026.

Tributación municipal de la vivienda en Castilla-La Mancha: Impuesto sobre Bienes Inmuebles 2026

La escala autonómica del IRPF se complementa con tributos municipales que afectan a la vivienda habitual. El Impuesto sobre Bienes Inmuebles, regulado por el TR LRHL y aprobado ordenanza a ordenanza por cada Ayuntamiento, varía sensiblemente entre capitales y conviene tenerlo presente al simular el coste fiscal anual del inmueble.

  • Albacete — tipo 0,446 %, cuota ≈ 892 €
  • Ciudad Real — tipo 0,76 %, cuota ≈ 1520 €
  • Cuenca — tipo 0,6 %, cuota ≈ 1200 €
  • Guadalajara — tipo 0,54 %, cuota ≈ 1080 €
  • Toledo — tipo 0,444 %, cuota ≈ 888 €

Ver tabla comparativa completa del IBI en las 50 capitales →

Lo que se paga al ayuntamiento en Castilla-La Mancha: IBI y tasa de basura 2026

Los impuestos autonómicos son una parte del recibo; la otra la fija cada ayuntamiento. Tipo urbano del Impuesto sobre Bienes Inmuebles y cuota de la tasa de basura de una vivienda tipo en las capitalesde Castilla-La Mancha, leídos de la ordenanza fiscal vigente.