IRPF en Andalucía 2026: escala autonómica de 5 tramos publicada en el BOJA, marginal autonómico 22,5 % que se suma a la estatal (art. 63.1 LIRPF) para residentes en Andalucía
IRPF — CCAA 5 tramos Actualizado abril de 2026

IRPF en Andalucía
tramos 2026

Andalucía deflactó su escala autonómica en 2022 (Decreto-ley 7/2022) y no la ha modificado desde entonces. La Agencia Tributaria de Andalucía se ocupa de otros tributos cedidos, no del IRPF. La capital, Sevilla, concentra buena parte del tejido empresarial, y las deducciones autonómicas se orientan sobre todo a la vivienda, la familia y la discapacidad.

Por Cristian Corrales Fuentes: Ley 35/2006 del IRPF y escalas autonómicas Revisado el

Capital: Sevilla · Fuente: BOJA · Ver norma

Andalucía en una mirada

Tipo mínimo

9,5 %

primer tramo autonómico

Tipo máximo

22,5 %

marginal tramo superior

Nº tramos

5

escala progresiva

Escala deflactada por DL 7/2022 con efectos 1 enero 2022. Sin modificaciones posteriores. Vigente en 2026.

Calculadora de IRPF de Andalucía 2026

Introduce tu base imponible y la calculadora aplica la escala estatal junto con la escala autonómica de Andalucía para devolverte la cuota, el tipo efectivo y el desglose por tramos en tiempo real.

Tabla completa de tramos autonómicos IRPF en Andalucía

La escala autonómica del IRPF de Andalucía es la segunda parte del IRPF (complementa a la estatal del art. 63.1 LIRPF) y se publica oficialmente en el BOJA. Los tramos siguientes son los que publica Ley 5/2021, de 20 de octubre, de Tributos Cedidos de Andalucía, art. 23, modificado por Decreto-ley 7/2022.

¿Solo quieres saber lo que pagarías con un sueldo concreto? Utiliza la calculadora de IRPF o la calculadora de salario neto con tu cifra exacta. ¿Tienes una vivienda alquilada? Los rendimientos del alquiler también tributan en tu IRPF: calcula el rendimiento neto y la reducción del 50-90 % con la calculadora de IRPF del alquiler.

Desde Hasta Tipo
0 € 13.000 € 9,5 %
13.000 € 21.100 € 12 %
21.100 € 35.200 € 15 %
35.200 € 60.000 € 18,5 %
60.000 € en adelante 22,5 %

Escala combinada: estatal + autonómica

Para calcular tu cuota íntegra en régimen común no basta con la escala autonómica de Andalucía: debes sumar también la escala estatal del art. 63.1 LIRPF. Ambas se aplican a la misma base liquidable y se calculan en paralelo. La tabla resume ambas escalas para que puedas ver de un vistazo el tipo marginal total por tramo.

Cálculo del IRPF en Andalucía 2026: a la base liquidable se le aplica en paralelo la escala estatal (art. 63.1 LIRPF) y la escala autonómica de Andalucía (5 tramos, marginal autonómico superior 22,5 %) para obtener la cuota íntegra
En Andalucía, la escala estatal se suma con la autonómica de 5 tramos (marginal 22,5 %) sobre la misma base liquidable.
Tramo estatal Tipo estatal
0 € — 12.450 € 9,5 %
12.450 € — 20.200 € 12 %
20.200 € — 35.200 € 15 %
35.200 € — 60.000 € 18,5 %
60.000 € — 300.000 € 22,5 %
300.000 € — en adelante 24,5 %

Fuente estatal: Ley 35/2006 del IRPF, art. 63.1 (redacción vigente 2026). Verificado contra BOE.

Cambios normativos clave de la escala autonómica IRPF en Andalucía

  1. 2018

    Reforma escala autonómica

    Andalucía simplificó la escala autonómica anterior, manteniendo 5 tramos pero ajustando los marginales hacia tipos competitivos.

    DL 1/2018 BOJA

  2. 2022

    Deflactación DL 7/2022

    Decreto-Ley 7/2022 introdujo la deflactación de la escala autonómica para neutralizar el efecto de la inflación sobre las rentas medias. Reducción del marginal superior al 22,5 % consolidando el descenso desde el 25,5 % anterior.

    DL 7/2022 BOJA

  3. 2024

    Ley 5/2024 consolidación

    Ley 5/2024 mantiene los tramos del DL 7/2022 sin nuevas modificaciones estructurales. La escala 2026 consolidada conserva el marginal 22,5 % y las deducciones específicas (autoempleo joven, vivienda rural).

    Ley 5/2024 BOJA

Deflactación de la escala autonómica del IRPF en Andalucía según Ley 5/2021, de 20 de octubre, de Tributos Cedidos de Andalucía, art. 23, modificado por Decreto-ley 7/2022: tramos y marginal autonómico (22,5 %) ajustados a la baja en sucesivas reformas fiscales
Evolución de la escala autonómica de Andalucía hasta el marginal vigente del 22,5 %, publicada en el BOJA.

Tres ejemplos prácticos con rentas reales

Para hacer tangible el IRPF de Andalucía, calculamos la cuota completa para tres niveles representativos: 20.000 €, 40.000 € y 70.000 € anuales de base liquidable. La escala se aplica sobre la base completa y el mínimo se descuenta en cuota (no en la base): el estatal de 5.550 € en la escala estatal y el mínimo del contribuyente propio de Andalucía (5.790,00 €) en la autonómica, sumando después ambas cuotas.

Base liquidable 20.000 € — Andaluces

tipo efectivo 15,43 %
Base liquidable
20.000 €
Mínimo en cuota, estatal / autonómico
− 527,25 € / − 550,05 €
Cuota estatal
1.561,50 €
Cuota autonómica
1.524,95 €
Cuota total
3.086,45 €
Tipo marginal
24 %

Base liquidable 40.000 € — Andaluces

tipo efectivo 23,46 %
Base liquidable
40.000 €
Mínimo en cuota, estatal / autonómico
− 527,25 € / − 550,05 €
Cuota estatal
4.723,50 €
Cuota autonómica
4.659,95 €
Cuota total
9.383,45 €
Tipo marginal
37 %

Base liquidable 70.000 € — Andaluces

tipo efectivo 30,4 %
Base liquidable
70.000 €
Mínimo en cuota, estatal / autonómico
− 527,25 € / − 550,05 €
Cuota estatal
10.673,50 €
Cuota autonómica
10.609,95 €
Cuota total
21.283,45 €
Tipo marginal
45 %

Los cálculos son orientativos: no incluyen deducciones autonómicas específicas, mínimos familiares por descendientes/ascendientes ni reducciones por rendimientos de trabajo. Para un cálculo personalizado, usa la calculadora interactiva seleccionando Andalucía en el desplegable de CCAA.

Análisis local: IRPF en Andalucía

IRPF autonómico de Andalucía: la rebaja silenciosa del Sur

Contexto histórico-político del IRPF andaluz (sin juicio partidista)

El tramo autonómico del IRPF en Andalucía ha vivido en los últimos quince años una transformación tan profunda como discreta. A diferencia del Impuesto sobre Sucesiones o el ITP —donde las reformas se anunciaron con grandes titulares— la fiscalidad personal andaluza se ha movido a base de ajustes técnicos cuya suma, vista a distancia, configura un giro completo: de ser una de las CCAA con marginal autonómico más alto a situarse en la franja media-baja del régimen común.

Hasta 2018 Andalucía mantenía una escala autonómica con tramos altos por encima del 23,5 % y un marginal cercano al 25,5 % en rentas superiores a 120.000 €, en línea con la escala estatal sin alivios añadidos. La crítica académica y empresarial venía señalando, desde el debate del modelo de financiación de 2009, que la combinación de menor renta per cápita andaluza con presión fiscal personal elevada generaba una doble penalización al ahorro y al talento, especialmente en las provincias con menor densidad empresarial.

El cambio de gobierno autonómico en enero de 2019 abrió un periodo de reformas tributarias en cascada: primero el ISD (Decreto-ley 1/2019), después el ITP/AJD (Decreto-ley 7/2021 y Ley 5/2021) y finalmente el IRPF, mediante la consolidación de la escala en la propia Ley 5/2021 y, posteriormente, la deflactación operada por el Decreto-ley 7/2022, de 20 de septiembre.

Este último ajuste tuvo un componente coyuntural —responder a la inflación del 8-10 % en alimentos y energía— pero produjo un efecto estructural permanente, ya que los nuevos umbrales de tramo no se han revertido en ejercicios posteriores.

El proceso se enmarca en el marco competencial fijado por la Ley 22/2009, de 18 de diciembre, del sistema de financiación de las CCAA, que cede a las autonomías el 50 % del rendimiento del IRPF y la potestad normativa para fijar su propia escala autonómica, mínimo personal y familiar, y deducciones específicas. Andalucía ha utilizado esas tres palancas con creciente intensidad desde 2019.

Particularidad estructural: escala deflactada y marginal moderado

El rasgo definitorio del IRPF andaluz vigente es la deflactación operada por el Decreto-ley 7/2022, que elevó los umbrales de cada tramo aproximadamente un 4,3 % (correspondiente al IPC interanual de agosto de 2022) y simultáneamente recortó el tipo aplicable en cada escalón. La consecuencia práctica es que un contribuyente con base liquidable de 30.000 € paga hoy en torno a 200-300 € menos al año en el tramo autonómico que con la escala vigente hasta 2021.

El segundo rasgo distintivo es el marginal autonómico máximo del 22,5 %, aplicable a rentas superiores a 60.000 €. Andalucía sitúa así su marginal autonómico por debajo de Cataluña (25,50 %), Comunidad Valenciana (29,35 %), Asturias (26 %) o La Rioja (27 %), y en línea con la Comunidad de Madrid (20,50 %) y Castilla y León (21,50 %).

El marginal conjunto (estatal + autonómico) para una renta andaluza por encima de 300.000 € se sitúa en el entorno del 45,5 %, frente al 50 % de Cataluña o el 54 % de la Comunidad Valenciana.

El tercer rasgo es el peso del paquete de deducciones autonómicas familiares: nacimiento, alquiler de vivienda habitual para colectivos protegidos, familia numerosa, discapacidad y donativos ecológicos. Aunque sus importes son moderados, su efecto acumulado en familias jóvenes con hijos puede situarse entre 400 y 800 € anuales, lo que para una renta media andaluza de 22.000-25.000 € representa un alivio efectivo del 2-4 % de la cuota líquida.

Cifras clave verificables 2026

La escala autonómica del IRPF de Andalucía vigente en 2026, regulada en el artículo 23 de la Ley 5/2021 (versión deflactada por DL 7/2022), es la siguiente:

  • Hasta 13.000 €: 9,50 %.
  • De 13.000 € a 21.100 €: 12,00 %.
  • De 21.100 € a 35.200 €: 15,00 %.
  • De 35.200 € a 60.000 €: 18,50 %.
  • Desde 60.000 €: 22,50 %.

Deducciones autonómicas más relevantes (Ley 5/2021, capítulo correspondiente):

  • Nacimiento, adopción o acogimiento de menores: 200 € por hijo (artículo 11). Se eleva a 400 € en municipios con riesgo de despoblación.
  • Alquiler de vivienda habitual para colectivos protegidos: 15 % de las cantidades satisfechas con límite de 1.200 € (artículo 10). Beneficiarios: menores de 35 años, mayores de 65, víctimas de violencia doméstica o de terrorismo. Para personas con discapacidad el límite se eleva a 1.500 €.
  • Familia numerosa: 200 € general / 400 € categoría especial (artículo 14). Requisito de base imponible: ≤25.000 € en tributación individual o ≤30.000 € en conjunta.
  • Personas con discapacidad ≥33 %: 150 € (artículo 16), con los mismos límites de base imponible.
  • Donativos a entidades ecológicas y conservación del patrimonio: 10 % de las cantidades donadas con límite de 150 € (artículo 22).

Andalucía eleva el mínimo personal y familiar por encima del estatal (artículo 23 bis de la Ley 5/2021, en la redacción del Decreto-ley 7/2022): el mínimo del contribuyente asciende a 5.790 € frente a los 5.550 € estatales, con importes propios también por descendientes (2.510 € el primero, 2.820 € el segundo, 4.170 € el tercero y 4.700 € el cuarto y siguientes), edad (+1.200 € a partir de 65 años, +1.460 € a partir de 75) y discapacidad.

Datos socioeconómicos reales

Andalucía es la comunidad autónoma más poblada de España con aproximadamente 8,47 millones de habitantes, según las cifras oficiales de población del INE, lo que representa el 17,9 % del total nacional. La concentración poblacional se reparte entre las ocho provincias con un peso significativo de Sevilla, Málaga y Cádiz, y se proyecta sobre un mercado laboral con tasa de actividad inferior a la media nacional.

La Encuesta de Condiciones de Vida del INE de 2024 sitúa la renta media por persona en Andalucía en 11.719 €, frente a la media nacional de 14.807 €. La brecha de 2.363 € anuales por persona refleja la posición histórica de Andalucía en el furgón de cola de la renta per cápita del régimen común, junto con Extremadura, Murcia y Castilla-La Mancha.

Esta posición relativa explica por qué el grueso de los contribuyentes andaluces no llega a tributar en el tramo autonómico superior del 22,5 %: solo una minoría de declarantes (estimada en el 4-6 % del total) supera la base de 60.000 €.

La distribución por tramos de la base liquidable en Andalucía sigue un patrón muy concentrado en los escalones bajos: aproximadamente el 60-65 % de los declarantes se sitúa entre 0 y 21.100 € (tipos del 9,5-12 %), un 25-28 % se sitúa entre 21.100 € y 35.200 € (tipo del 15 %), y menos del 10 % supera los 35.200 €.

Esta estructura hace que la rebaja andaluza por deflactación tenga un impacto mediático moderado pero un alcance social amplio: beneficia sobre todo a las clases medias-bajas, que son la base electoral y económica de la región.

Caso práctico detallado

Supongamos un contribuyente residente fiscal en Sevilla, soltero y sin hijos, con base liquidable general de 40.000 €. Cálculo del tramo autonómico de la cuota íntegra:

  1. Primer tramo (0-13.000 €): 13.000 × 9,5 % = 1.235 €.
  2. Segundo tramo (13.000-21.100 €): 8.100 × 12 % = 972 €.
  3. Tercer tramo (21.100-35.200 €): 14.100 × 15 % = 2.115 €.
  4. Cuarto tramo (35.200-40.000 €): 4.800 × 18,5 % = 888 €.
  5. Cuota íntegra autonómica: 1.235 + 972 + 2.115 + 888 = 5.210 €.

A esta cuota autonómica se sumará la cuota íntegra estatal calculada sobre los tramos estatales correspondientes, y se restarán las deducciones por mínimo personal y familiar y, en su caso, las deducciones autonómicas (nacimiento, alquiler, etc.). El tipo medio autonómico efectivo para esta renta es del 13,03 %.

Si el mismo contribuyente fuera menor de 35 años, viviera de alquiler en Sevilla con renta anual de 9.600 € (800 €/mes) y su base imponible no pasara de 25.000 €, podría aplicar la deducción autonómica del 15 % con tope de 1.200 €, lo que en este caso supondría una deducción de 1.200 € directamente sobre la cuota autonómica, mejorando significativamente el resultado final de la declaración.

Comparativa narrativa con CCAA vecinas

Frente a sus vecinas, Andalucía dibuja un perfil de IRPF autonómico moderado-bajo. Extremadura mantiene un marginal autonómico superior, en torno al 22,5-25 %, con escala progresiva más exigente en tramos medios. Castilla-La Mancha aplica una escala muy próxima a la estatal sin grandes alivios autonómicos. Murcia mantiene un marginal del 22,5 % con deducciones familiares específicas. Comunidad de Madrid es la CCAA más competitiva del régimen común, con un marginal autonómico del 20,50 % y deducciones familiares amplias.

Para una base liquidable de 30.000 €, el tramo autonómico de la cuota íntegra resulta aproximadamente: 3.542 € en Andalucía, unos 3.150 € en Madrid (gracias a sus tipos más bajos), unos 3.400 € en la Comunidad Valenciana (con la escala rebajada por la Ley 5/2026, retroactiva a 1 de enero de 2026), unos 3.650 € en Cataluña y unos 3.350 € en Murcia.

La posición andaluza, por tanto, resulta competitiva frente a Cataluña, pero queda por encima de Madrid, la Comunidad Valenciana y Murcia en este tramo de renta media; la ventaja andaluza se hace más nítida en rentas altas (>100.000 €), donde su marginal del 22,5 % bate al 25,5 % catalán y al 29,35 % valenciano, aunque sigue por detrás del 20,5 % madrileño.

La narrativa habitual de la "guerra fiscal" entre CCAA suele centrarse en Sucesiones y Patrimonio, pero la diferencia más significativa en términos de impacto recaudatorio agregado se produce en el IRPF, dado su mayor volumen de declarantes. La aproximación andaluza a Madrid en la escala autonómica, sin haber llegado a igualarla, sitúa a la región como una opción intermedia para perfiles profesionales medios-altos.

Sentencias relevantes (TSJ Andalucía y TC)

El IRPF autonómico andaluz no ha sido objeto de impugnaciones constitucionales relevantes. La conflictividad se concentra en dos frentes operativos: (i) cuestiones probatorias en deducciones familiares y de alquiler, especialmente en lo relativo a la justificación documental del cumplimiento de los requisitos de edad, parentesco o base imponible, y (ii) residencia fiscal efectiva, en supuestos de contribuyentes que cambian su residencia entre Andalucía y otras CCAA con escalas más favorables (Madrid principalmente).

En materia de residencia, el TSJ de Andalucía ha consolidado una doctrina exigente sobre la prueba del cumplimiento del criterio de los 183 días o del centro de intereses económicos, alineada con la jurisprudencia del Tribunal Supremo en sentencias como la STS 1383/2020. La AEAT, en colaboración con la Agencia Tributaria de Andalucía, ha intensificado en los últimos ejercicios las comprobaciones cruzadas de residencia, lo que se traduce en un incremento de actas de inspección y reclamaciones ante los TEAR andaluces.

Timeline de cambios normativos (2009-2026)

  • 2009: Ley 22/2009 cede el 50 % del IRPF a las CCAA y amplía competencias normativas autonómicas.
  • 2010-2017: Andalucía mantiene escala autonómica con marginal en el entorno del 23,5-25,5 %, alineada con la estatal.
  • 2018-2019: cambio de ciclo político, reforma de Sucesiones (Decreto-ley 1/2019), inicio de la convergencia fiscal con Madrid.
  • 27/10/2021: Ley 5/2021, de 20 de octubre, de Tributos Cedidos, BOE-A-2021-17915. Consolida la escala autonómica en cuerpo legal único e incorpora el paquete de deducciones autonómicas.
  • 20/09/2022: Decreto-ley 7/2022, de 20 de septiembre, BOJA 182. Deflactación de la escala autonómica con efectos 1 de enero de 2022. Se eleva el umbral del primer tramo de 12.450 € a 13.000 €, el segundo de 20.200 € a 21.100 €, el tercero de 35.200 € (sin cambio), el cuarto de 60.000 € (sin cambio nominal pero con tipos reducidos en escalones medios).
  • 2023-2025: estabilidad regulatoria. Ajustes técnicos puntuales en leyes anuales de presupuestos sin alterar el núcleo de la escala.
  • 2026: vigencia plena de la escala deflactada, sin nuevas modificaciones anunciadas.

Lo que cambió en 2025-2026

El bienio 2025-2026 se ha caracterizado por la estabilidad del IRPF autonómico andaluz: ni se ha vuelto a deflactar la escala (a pesar de que la inflación acumulada 2023-2025 haya sido del 7-9 %), ni se han ampliado las deducciones autonómicas, ni se ha elevado el mínimo personal y familiar autonómico. Esta estabilidad responde a la apuesta del Ejecutivo andaluz por consolidar el marco normativo de la Ley 5/2021 antes de afrontar una nueva ola de rebajas.

Sí se han producido ajustes técnicos de gestión: ampliación de la Renta WEB autonómica con módulos específicos para las deducciones andaluzas, mejora de la interoperabilidad con el censo de familias numerosas y certificados de discapacidad de la Junta, y refuerzo de los cruces de información para combatir el fraude en deducciones familiares (especialmente en alquiler de vivienda habitual, donde la AEAT ha detectado en años anteriores tasas de irregularidad notables).

La cuestión abierta de cara a 2027 es si una nueva deflactación de la escala —especialmente en el primer tramo, que sigue tributando al 9,5 %— puede convertirse en bandera política para acercar la presión fiscal andaluza al nivel madrileño en el tramo bajo (donde Madrid aplica el 8,5 %). Cualquier movimiento en ese sentido requeriría una modificación de la Ley 5/2021 o un nuevo decreto-ley de deflactación, que tendría efectos recaudatorios cuantificables y previsibles para la Junta.

Cita BOE destacada

Ley 5/2021, de 20 de octubre, de Tributos Cedidos de la Comunidad Autónoma de Andalucía — BOE núm. 271, de 12 de noviembre de 2021. Identificador: BOE-A-2021-17915. Texto consolidado tras Decreto-ley 7/2022. Artículo 23: "La base liquidable general se gravará con los tipos correspondientes a la escala autonómica del impuesto", fijando los tipos del 9,5 %, 12 %, 15 %, 18,5 % y 22,5 % por tramos.

Contexto fiscal y económico de Andalucía

Andalucía es la comunidad más poblada de España (8,5 millones de habitantes según último censo INE) y representa aproximadamente el 13 % del PIB nacional, con una economía especializada en agricultura intensiva (almeriense bajo plástico, olivar jienense), turismo costero (Costa del Sol, Costa de la Luz), industria aeronáutica (Airbus en Sevilla y Cádiz) y servicios. El IRPF, también en su parte autonómica, lo gestiona la Agencia Tributaria estatal; la Agencia Tributaria de Andalucía se ocupa de sucesiones, donaciones y transmisiones.

La deflactación de la escala autonómica de 2022 (Decreto-ley 7/2022), sin modificaciones posteriores, deja a Andalucía con un marginal autonómico del 22,5 %, por debajo del 25 % de Extremadura. En 2026 la Junta ha mantenido la escala y ha mejorado las deducciones: el alquiler sube a 1.200 €, el nacimiento deja de tener límite de renta y se crean las de deporte, gastos veterinarios y celiaquía.

Caso práctico: una autónoma sevillana de 32 años, sin hijos, con una base liquidable de 35.000 € en 2026 y solo el mínimo personal, tiene una cuota íntegra de unos 7.550 € (estatal y autonómica). En Extremadura pagaría unos 80 € más, y en Castilla-La Mancha, unos 65 € más. En Madrid, unos 460 € menos. Las diferencias crecen en bases superiores a 60.000 €.

Todas las deducciones autonómicas de Andalucía en la Renta 2027

Andalucía tiene 17 deducciones propias sobre la cuota autonómica para el ejercicio 2026, el que se declara en la primavera de 2027. Estas son todas, con su importe, sus requisitos y el artículo que las regula.

Deducción Cuánto Requisitos
Compra de vivienda protegida o por menores de 35 añosArt. 9 6 % de lo pagado por la compra o rehabilitación de la vivienda habitual, con una base máxima de 9.040 € al año Vivienda protegida o comprador menor de 35 años. Base imponible hasta 25.000 € (individual) o 30.000 € (conjunta)
Alquiler de la vivienda habitualArt. 10 15 % de lo pagado, hasta 1.200 € al año (1.500 € con discapacidad) Menores de 35 años, mayores de 65 o víctimas de violencia doméstica o de terrorismo. Base imponible hasta 25.000 € o 30.000 €. Hay que poner el NIF del casero en la declaración
Nacimiento, adopción o acogimientoArt. 11 200 € por hijo o menor acogido (400 € en municipios con problemas de despoblación), y 200 € más por hijo en partos o adopciones múltiples Sin límite de renta desde la renta de 2025. Incompatible con la de adopción internacional y la de familia numerosa
Adopción internacionalArt. 12 600 € por hijo adoptado Base imponible hasta 80.000 € (individual) o 100.000 € (conjunta)
Familia monoparentalArt. 13 100 €, más 100 € por cada ascendiente mayor de 75 años que conviva con la familia Base imponible hasta 80.000 € o 100.000 €
Familia numerosaArt. 14 200 € (categoría general) o 400 € (especial) Base imponible hasta 25.000 € o 30.000 €
Gastos educativos de idiomas e informáticaArt. 15 15 % de lo pagado, hasta 150 € por hijo Clases en el colegio o extraescolares (academias, escuelas de idiomas). Base imponible hasta 80.000 € o 100.000 €
Contribuyente con discapacidadArt. 16 150 € Base imponible hasta 25.000 € o 30.000 €
Cónyuge o pareja de hecho con discapacidadArt. 17 100 € Discapacidad de al menos el 65 % y que no presente declaración individual. Base imponible hasta 25.000 € o 30.000 €
Asistencia a personas con discapacidadArt. 18 100 € por persona; si necesita ayuda de terceros, además el 20 % de la cotización de la empleada de hogar, hasta 500 € Descendientes o ascendientes por los que se aplique el mínimo por discapacidad. Base imponible hasta 80.000 € o 100.000 €
Ayuda domésticaArt. 19 20 % de la cotización de la empleada de hogar, hasta 500 € Padres con hijos que trabajen ambos, o titular del hogar de 75 años o más. Alta en Andalucía en el Sistema Especial de Empleados de Hogar
Inversión en empresas nuevas o ampliaciones de capitalArt. 20 20 % de lo invertido, hasta 4.000 € al año Sociedades con domicilio en Andalucía, participación de hasta el 40 % mantenida tres años, sin funciones directivas y con escritura pública
Abogado en un despido o una reclamación laboralArt. 21 Lo pagado, hasta 200 € Defensa jurídica en procedimientos judiciales de despido, extinción del contrato o reclamación de cantidades
Donativos con finalidad ecológicaArt. 22 10 % de lo donado, hasta 150 € Entidades públicas andaluzas de medio ambiente o entidades sin fines lucrativos inscritas en Andalucía cuyo fin exclusivo sea la defensa del medio ambiente
Gimnasio y práctica deportiva (desde 2025)Art. 22 bis 15 % de las cuotas, hasta 100 € por contribuyente Gimnasios, centros y clubes deportivos o federaciones, para el contribuyente, su pareja o los hijos y ascendientes por los que aplique el mínimo
Gastos veterinarios (desde 2025)Art. 22 ter 30 % de lo pagado, hasta 100 € por contribuyente Vacunas, desparasitación, tratamientos obligatorios y esterilización preceptiva durante el primer año tras la compra (tres años si es adopción; siempre, si es perro de asistencia). El animal tiene que haberse adquirido a partir del 1 de enero de 2025 (los perros de asistencia quedan fuera de esta condición), con factura de un veterinario autorizado. La suma de las bases imponibles general y del ahorro no puede pasar de 80.000 € en individual ni de 100.000 € en conjunta
Familias con enfermedad celíaca (desde 2025)Art. 22 quater 100 € por cada persona del núcleo familiar con diagnóstico Informe médico oficial con el diagnóstico definitivo

La «base imponible» de los límites de renta es la suma de la general y la del ahorro. Novedades de la Ley 8/2025 de Presupuestos, con efectos desde la renta de 2025: el tope del alquiler sube de 900 a 1.200 €, la deducción por nacimiento deja de tener límite de renta y se crean las de deporte, gastos veterinarios y celiaquía.

Fuente: Ley 5/2021, de 20 de octubre, de Tributos Cedidos de Andalucía, texto consolidado en el BOE, versión vigente para 2026, verificado el 4 de octubre de 2026. Las deducciones estatales se suman a estas: las tienes en nuestra guía de deducciones estatales de la Renta.

Muchas dependen de lo que pagues dentro del año. Para el ejercicio 2026, lo que se pague hasta el 31 de diciembre todavía cuenta: lo repasamos en la guía de qué hacer antes del 31 de diciembre para pagar menos IRPF.

Si en Andalucía pagas gastos escolares de tus hijos (libros de texto, material escolar, uniforme o clases de idiomas, según lo que cubra cada comunidad), la deducción autonómica correspondiente, con sus topes y sus límites de renta, está desglosada y comparada con el resto de comunidades en la guía de la deducción por libros de texto y material escolar por comunidad.

Comparativa con CCAA vecinas

Para contextualizar el IRPF de Andalucía, comparamos el tipo mínimo (primer tramo) y el tipo máximo (tramo marginal superior) con las CCAA vecinas geográfica o fiscalmente. Esta comparativa es solo orientativa: no tiene en cuenta mínimos personales ni deducciones autonómicas, que también varían.

Mapa fiscal IRPF España 2026 con Andalucía destacada: marginal autonómico 22,5 %, posición frente a las demás CCAA en el ranking de presión fiscal
Andalucía destacada en el mapa fiscal nacional: marginal autonómico 22,5 % en 2026.
Comunidad Tipo mínimo Tipo máximo Régimen
Andalucía (esta página) 9,5 % 22,5 % Común
Extremadura 7,75 % 25 % Común
Castilla-La Mancha 9,5 % 22,5 % Común
Región de Murcia 9,5 % 22,5 % Común

Importante: los tipos forales representan el IRPF total de esas Haciendas. No se suman con la escala estatal. Los tipos de régimen común sí se suman con los tramos estatales para obtener el tipo marginal real.

Preguntas frecuentes sobre el IRPF en Andalucía

¿Qué deducciones autonómicas son exclusivas de Andalucía? ?
Las más destacadas son: compra de vivienda protegida o por menores de 35 años, alquiler de la vivienda habitual (hasta 1.200 € al año), nacimiento, adopción o acogimiento, familia numerosa y monoparental, y gastos educativos de idiomas e informática. Desde 2025 se suman las de gimnasio y deporte, gastos veterinarios y celiaquía. La Junta de Andalucía publica cada año la guía completa con importes actualizados en el BOJA.
¿Dónde presento la Renta si soy andaluz? ?
La Declaración de la Renta se presenta siempre ante la AEAT (Agencia Tributaria estatal), independientemente de la CCAA de residencia. Lo que diferencia a cada CCAA son los tramos autonómicos y las deducciones aplicables. La Agencia Tributaria de Andalucía gestiona otros tributos autonómicos (sucesiones, donaciones, transmisiones patrimoniales) pero no el IRPF.
¿Es Andalucía una de las CCAA con IRPF más bajo? ?
Andalucía está en la franja media-baja desde la deflactación de 2022. Entre 18.000 y 35.000 € de renta paga de unos 55 a 250 € menos de IRPF autonómico que en Cataluña, pero de unos 155 a 460 € más que en Madrid y de unos 65 a 145 € más que en la Comunitat Valenciana; con Asturias la diferencia es de menos de 100 €. Para rentas altas (>90.000 €), Madrid y Castilla y León suelen ofrecer tipos marginales más bajos.
¿Cómo se combina el IRPF estatal con el autonómico en Andalucía? ?
El IRPF en régimen común se compone de dos escalas: una estatal (común para toda España, art. 63.1 LIRPF) y una autonómica (propia de Andalucía, publicada en BOJA). Ambas se aplican a tu base liquidable: sumas las cuotas parciales de cada tramo de la estatal, luego sumas las cuotas parciales de cada tramo de Andalucía, y el total es tu cuota íntegra.
¿Dónde se publican los cambios fiscales de Andalucía? ?
En el BOJA, boletín oficial de Andalucía. Cada año, si la CCAA modifica tramos, deducciones o mínimos personales, se publica mediante Ley autonómica o Decreto-Ley. Nuestros datos están verificados contra BOJA con la última actualización en abril de 2026.

Tributación municipal de la vivienda en Andalucía: Impuesto sobre Bienes Inmuebles 2026

La escala autonómica del IRPF se complementa con tributos municipales que afectan a la vivienda habitual. El Impuesto sobre Bienes Inmuebles, regulado por el TR LRHL y aprobado ordenanza a ordenanza por cada Ayuntamiento, varía sensiblemente entre capitales y conviene tenerlo presente al simular el coste fiscal anual del inmueble.

  • Almería — tipo 0,575 %, cuota ≈ 1150 €
  • Cádiz — tipo 0,74 %, cuota ≈ 1480 €
  • Córdoba — tipo 0,5081 %, cuota ≈ 1016 €
  • Granada — tipo 0,639 %, cuota ≈ 1278 €
  • Huelva — tipo 0,9 %, cuota ≈ 1800 €
  • Jaén — tipo 0,65 %, cuota ≈ 1300 €
  • Málaga — tipo 0,451 %, cuota ≈ 902 €
  • Sevilla — tipo 0,662 %, cuota ≈ 1324 €

Ver tabla comparativa completa del IBI en las 50 capitales →

Comparativas IRPF de Andalucía

Compara la cuota real de Andalucía frente a otras comunidades en seis escenarios de renta (18k-100k €) con el diferencial al año y el veredicto por tramo.

Lo que se paga al ayuntamiento en Andalucía: IBI y tasa de basura 2026

Los impuestos autonómicos son una parte del recibo; la otra la fija cada ayuntamiento. Tipo urbano del Impuesto sobre Bienes Inmuebles y cuota de la tasa de basura de una vivienda tipo en las capitalesde Andalucía, leídos de la ordenanza fiscal vigente.