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Alquilo un piso:
¿cuánto IRPF pago?
La calculadora que aplica de verdad la regla que el resto simplifica: tus gastos deducibles, la amortización del 3 % y la reducción correcta del 50, 60, 70 o 90 % tras la Ley 12/2023, para decirte cuánto pagas a tu tipo marginal.
Por Cristian Corrales Fuentes: Ley 35/2006 del IRPF y RD 439/2007
Por qué el IRPF del alquiler casi nunca es lo que parece
Mucha gente cree que el alquiler tributa sobre lo que ingresa, y no es así. Lo que tributa es el rendimiento neto: los ingresos del año menos un buen puñado de gastos deducibles —intereses de la hipoteca, IBI, comunidad, seguros, reparaciones— y, sobre todo, menos la amortización, ese 3 % anual de la construcción que no sale de tu bolsillo pero sí resta en la declaración.
Y al rendimiento neto que queda se le aplica todavía una reducción que, en vivienda habitual, va del 50 al 90 %. El resultado se suma a tus demás rentas y tributa a tu tipo marginal. Esta herramienta encadena los cuatro pasos en el orden correcto.
El detalle que cambia la factura: la reducción de la Ley 12/2023
Desde mayo de 2023 la antigua reducción única del 60 % se sustituyó por cuatro tramos (50/60/70/90 %) que dependen de variables que muchos arrendadores ni miran al firmar: si la vivienda está en zona de mercado residencial tensionado, la edad del inquilino o si se ha bajado la renta respecto al contrato anterior.
Por eso el selector de la calculadora te obliga a elegir tu caso: la diferencia entre el 50 % y el 90 % puede multiplicar por cinco lo que pagas. Y recuerda el régimen transitorio: los contratos anteriores al 26 de mayo de 2023 conservan el 60 % hasta que terminen.
Cómo se construye el número, paso a paso
1. Ingresos íntegros
Las rentas que cobras en el año más las cantidades que repercutes al inquilino (IBI o comunidad si los paga él según el contrato). La fianza no es ingreso. Y rige el criterio de caja: un recibo impagado no se declara mientras no lo cobres.
2. Gastos deducibles y su límite
Son deducibles los gastos necesarios para obtener el rendimiento (art. 23.1 LIRPF). El matiz que más confunde: los intereses del préstamo más los gastos de reparación y conservación no pueden superar, juntos, los ingresos del inmueble en el año; lo que sobra no se pierde, se deduce en los cuatro ejercicios siguientes. El resto de gastos y la amortización no tienen ese tope.
3. Amortización del 3 %
El 3 % del mayor entre el coste de la construcción (sin el suelo) y su valor catastral. Es la partida que más arrendadores olvidan y la que más rebaja el rendimiento. El mobiliario se amortiza al 10 %.
4. Reducción y tipo marginal
Sobre el rendimiento neto positivo se aplica la reducción del 50-90 %, y el resultado tributa a tu tipo marginal. Como el alquiler se suma a tus demás rentas, ese marginal depende de tu situación y de tu comunidad autónoma: por eso la calculadora te deja indicarlo. Si quieres el detalle completo de cada tramo, tienes la guía del IRPF del alquiler para arrendadores.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto IRPF se paga por alquilar un piso?
¿Qué reducción puedo aplicar a mi alquiler en 2026?
¿Qué gastos puedo deducir del alquiler?
¿Cómo se calcula la amortización del 3 %?
¿El alquiler turístico tiene la misma reducción?
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