En Granada la tasa es nueva desde el 1 de enero de 2026: sustituye al antiguo cobro dentro del recibo del agua de Emasagra por un recibo propio que gira el Ayuntamiento al propietario.
Cómo se calcula en Granada (criterio 2026)
La cuota tiene dos partes. La primera es una cantidad fija que depende de la superficie construida y del valor catastral de la vivienda. La segunda es una parte variable, que multiplica esa superficie por la basura que genera cada metro cuadrado de vivienda y por un coste según la zona donde esté el inmueble.
Por ejemplo, una vivienda de 90 metros cuadrados con un valor catastral de 80.000 euros paga 92,51 euros de parte fija. La parte variable depende de la zona y suele añadir entre 3 y 27 euros más, hasta unos 113 euros en total.
Para comparar ciudades usamos una vivienda de 90 metros cuadrados con un valor catastral de 80.000 euros. En Granada paga unos 113 euros al año, sumando la parte fija y la variable. La parte fija sola va desde 44,22 euros, en la vivienda más pequeña y de menor valor catastral, hasta varios cientos de euros en las viviendas más grandes.
Fuente: Ayuntamiento de Granada — Ordenanza fiscal nº 25 (texto y Anexos I y II oficiales, PDF) + página informativa 'Tasa de Residuos a partir de 2026'. 1 de enero de 2026 (durante 2025 rigió la ordenanza anterior vía Emasagra).
El dato en contexto
El cambio más visible para el vecino de Granada en 2026 no es cuánto paga, sino cómo: la basura desaparece de la factura del agua de Emasagra, donde iba ligada al consumo, y pasa a un recibo propio del Ayuntamiento girado al propietario, que puede repercutirlo al inquilino. Ese primer recibo, además, llega con letra pequeña incómoda: en 2026 es único, anual y no admite domiciliación ni fraccionamiento, lo que ha generado quejas; habrá que esperar a 2027 para el pago bimestral domiciliado y el fraccionamiento en seis plazos.
La nueva Ordenanza fiscal nº 25 monta la cuota con dos piezas de sofisticación poco común. La Cuota Básica de Gestión combina superficie construida y valor catastral con una ponderación del 57,5% y el 42,5% respectivamente: para una vivienda de 90 m² y 80.000 euros de valor catastral son 92,51 euros al año.
La Cuota Variable multiplica la superficie por la producción estimada de residuos del uso residencial (4,695377 kilos por metro cuadrado), por el índice de la cuadrícula de 325x325 metros donde está el inmueble y por el coste de tratamiento (0,04848725 euros por kilo en 2026): con índice 1 salen unos 20,49 euros, aunque los índices reales van de 0,14 a 1,30, así que esa parte oscila entre 3 y 27 euros.
Total de referencia: unos 113 euros. El propio Ayuntamiento pone el ejemplo de una vivienda en La Chana que paga 96,69 euros, un 22,08% menos que en 2025. Las rentas bajas tienen red: bonificación del 80% para la vivienda habitual con ingresos familiares por debajo de 1,5 veces el IPREM y del 90% en situaciones de vulnerabilidad reconocida.
Entre las capitales andaluzas, Granada queda en posición templada: sus 113 euros de vivienda tipo superan los 55,32 de Sevilla, pero baten a Córdoba (119,59), a Cádiz (128,72), a Almería (132,15) y, con mucha distancia, a Huelva (162,62). Madrid, con 94,71 euros, paga 18,29 menos que Granada.
Para situar la cifra sin salir de Andalucía, esto es lo que abona la vivienda tipo de las demás capitales de la comunidad, cada una con su propio supuesto: 162,62 € en Huelva, 136,26 € en Jaén, 132,15 € en Almería, 128,72 € en Cádiz, 119,59 € en Córdoba y 55,32 € en Sevilla.
Por qué cambió el recibo: la Ley 7/2022
Hasta 2025 muchos ayuntamientos pagaban la basura con el presupuesto general, y algunos ni siquiera cobraban tasa. El artículo 11.3 de la Ley 7/2022 lo prohibió: la tasa debe ser específica, diferenciada y no deficitaria. Cada ayuntamiento elige la fórmula, y de ahí el mapa desigual de 2026.
Ver el texto literal del artículo 11.3
Lo que dice la ley — texto literal
3.
En el caso de los costes de gestión de los residuos de competencia local, de acuerdo con lo dispuesto en el texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, las entidades locales establecerán, en el plazo de tres años a contar desde la entrada en vigor de esta ley, una tasa o, en su caso, una prestación patrimonial de carácter público no tributaria, específica, diferenciada y no deficitaria, que permita implantar sistemas de pago por generación y que refleje el coste real, directo o indirecto, de las operaciones de recogida, transporte y tratamiento de los residuos, incluidos la vigilancia de estas operaciones y el mantenimiento y vigilancia posterior al cierre de los vertederos, las campañas de concienciación y comunicación, así como los ingresos derivados de la aplicación de la responsabilidad ampliada del productor, de la venta de materiales y de energía.
Bonificaciones en Granada
Puedes pedir estas reducciones si es tu vivienda habitual:
- Un 80 % si los ingresos familiares no superan 1,5 veces el IPREM y estás empadronado en la vivienda.
- Un 90 % si tienes reconocida una situación de vulnerabilidad o de exclusión social.
Cuándo se paga la tasa de basura en Granada en 2026
En Granada, en 2026, el recibo es único y anual, y llega a lo largo del año.
Este primer recibo no se puede domiciliar ni fraccionar. A partir de 2027 el pago pasará a ser bimestral, con domiciliación y la posibilidad de fraccionarlo en 6 plazos.
Paga, en general, quien ocupa la vivienda. En un piso de alquiler suele figurar el propietario, que puede repercutírsela al inquilino si el contrato lo prevé.
Desde 2026 la tasa la gestiona y cobra directamente el Ayuntamiento de Granada; hasta entonces iba incluida en el recibo del agua de Emasagra, y ese cambio es lo que más desconcierta a los vecinos.
En la ordenanza no se llama «tasa de basura», sino Tasa por la prestación del servicio de gestión de residuos de competencia municipal (ordenanza fiscal n.º 25). Es el nombre que aparece en el recibo y el que hay que buscar en la sede electrónica.
La consulta del recibo y el pago se hacen en la página oficial del ayuntamiento.
Si no se paga en el plazo voluntario, el recibo pasa a apremio, con un recargo del 5, el 10 o el 20 % según cuándo se pague (art. 28 de la Ley General Tributaria).
Fuentes
- Ordenanza: Ayuntamiento de Granada — Ordenanza fiscal nº 25 (texto y Anexos I y II oficiales, PDF) + página informativa 'Tasa de Residuos a partir de 2026'. Texto de la ordenanza.
- Gestor del recibo: página oficial del ayuntamiento.
- Comparativa: ranking de las 50 capitales, también en CSV con la ordenanza de cada una.
Preguntas frecuentes sobre la tasa de basura en Granada
¿Cuánto se paga de tasa de basura en Granada en 2026?
Una vivienda tipo paga 113,00 € al año. El supuesto y la horquilla están en Cómo se calcula.
¿Cómo se calcula la tasa de basura en Granada?
Granada usa el criterio «tarifa mixta». Los importes y el supuesto de la vivienda tipo están en Cómo se calcula.
¿Por qué ha subido (o cambiado) la tasa de basura?
Porque el artículo 11.3 de la Ley 7/2022 exige una tasa específica, diferenciada y no deficitaria. Lo que ha pasado en Granada se cuenta al principio de esta ficha.
¿Cuándo se paga la tasa de basura en Granada en 2026?
En 2026, en un recibo único anual que no se puede fraccionar. Plazos y forma de pago, en Cuándo se paga.
¿Hay bonificaciones o exenciones en Granada?
Sí. La ordenanza recoge bonificaciones para viviendas: la lista y los requisitos están en Bonificaciones.
¿Cómo se llama oficialmente la tasa de basura en Granada?
En la ordenanza figura como «Tasa por la prestación del servicio de gestión de residuos de competencia municipal (ordenanza fiscal n.º 25)». Quién emite el recibo está en Cuándo se paga.
