La tasa de basura es el tributo municipal que más ha cambiado en los últimos años. La Ley 7/2022 de residuos obligó a todos los municipios a tener, antes de abril de 2025, una tasa propia que cubra lo que cuesta el servicio. El resultado han sido tasas nuevas o subidas notables en buena parte de las capitales.
En Ávila la tasa es nueva desde 2025, aprobada expresamente al amparo de la Ley 7/2022.
Cómo se calcula en Ávila (criterio 2026)
La tasa municipal cubre solo la recogida y el transporte de los residuos; depende del consumo medio de agua de las cuatro últimas facturas antes del 1 de enero. Paga el titular del contrato de agua, y si no hay contrato, el propietario como sustituto.
El tratamiento de los residuos lo cobra aparte la Diputación, a través del Consorcio Provincial Zona Norte, en un recibo distinto.
Esto es lo que paga la tasa municipal al año según el consumo de agua:
- Hasta 50 m³ al año: 77,00 €.
- De 51 a 75 m³: 105,00 €.
- Más de 76 m³: 110,00 €.
Para comparar ciudades usamos una vivienda con un consumo de agua de 100 metros cúbicos al año, que cae en el tramo de más de 76 metros cúbicos: paga 110 euros de tasa municipal. Con un consumo más moderado, de hasta 50 metros cúbicos, pagaría 77 euros. Solo con la tasa municipal, una vivienda paga entre 77 y 110 euros al año según su consumo de agua.
Fuente: Libro de Ordenanzas Fiscales 2026 del Ayuntamiento de Ávila, Ordenanza nº 13 (texto consolidado vigente; en vigor desde el 01-01-2025). 2026 (texto consolidado oficial 2026; la modificación de ordenanzas del BOP de Ávila de 08-01-2026 no afecta a residuos).
El dato en contexto
Lo primero que debe saber un abulense es que su recibo municipal de basura no es todo lo que paga por la basura.
La Ordenanza número 13 del Ayuntamiento, dictada expresamente al amparo del artículo 11.3 de la Ley 7/2022 y en vigor desde el 1 de enero de 2025, cubre únicamente la recogida y el transporte; el tratamiento lo gira aparte la Diputación a través del Consorcio Provincial Zona Norte, un segundo recibo supramunicipal que rondaba los 48,34 euros por vivienda según el dato de 2024, cifra no verificada para 2026. El coste real de la basura en Ávila es la suma de ambos.
La tasa municipal se calcula con un criterio poco frecuente en Castilla y León: el consumo medio de agua de las cuatro últimas facturaciones anteriores al 1 de enero. Hasta 50 metros cúbicos se pagan 77 euros; de 51 a 75, 105; y por encima de 76, 110 euros, que es donde cae la vivienda tipo con 100 metros cúbicos anuales.
El hecho imponible se presume por la mera vigencia del contrato de agua doméstica y el cobro llega en dos recibos semestrales propios anunciados en el BOP, no en la factura del agua. Y un rasgo duro: el artículo 4 excluye expresamente toda exención o bonificación salvo las previstas en leyes o tratados internacionales; ni renta, ni familia numerosa, ni compostaje.
Entre las capitales de su comunidad, Ávila queda en la zona media-alta pese a su tamaño.
Burgos cobra 89,76 euros a la vivienda de 80.000 euros de valor catastral porque su reforma fue tumbada en pleno y sigue con tarifas de 2020; Valladolid, con su tasa creada en 2025, pide 74,83 euros a una vivienda de 90 metros con dos empadronados; Palencia estrena en 2026 un modelo mixto que deja la vivienda tipo en 79,56 euros; y León, tras la anulación judicial de sus ordenanzas de 2024 y 2025, cobra solo 43,80 euros de recogida.
Los 110 euros abulenses —más el consorcio— superan a todas ellas; solo Segovia (126 euros) y Salamanca (138,96) pagan más en la región.
Para situar la cifra sin salir de Castilla y León, esto es lo que abona la misma vivienda tipo en las demás capitales de la comunidad: 138,96 € en Salamanca , 126,00 € en Segovia , 89,76 € en Burgos , 79,56 € en Palencia , 74,83 € en Valladolid , 60,00 € en Zamora , 52,04 € en Soria y 43,80 € en León .
La Ley 7/2022: por qué el recibo cambió (o va a cambiar)
Hasta 2025 muchos ayuntamientos pagaban la basura con el presupuesto general, y algunos ni siquiera cobraban tasa. El artículo 11.3 de la Ley 7/2022 lo prohibió: la tasa debe ser específica (solo para la basura), diferenciada y no deficitaria, es decir, tiene que cubrir el coste real del servicio.
De ahí sale el mapa desigual de 2026. Hay ciudades con una cuota fija y otras que la ligan al valor catastral, al consumo de agua o a los residuos que genera cada zona. La situación de Ávila está explicada al principio de esta ficha.
Lo que dice la ley — texto literal
3.
En el caso de los costes de gestión de los residuos de competencia local, de acuerdo con lo dispuesto en el texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, las entidades locales establecerán, en el plazo de tres años a contar desde la entrada en vigor de esta ley, una tasa o, en su caso, una prestación patrimonial de carácter público no tributaria, específica, diferenciada y no deficitaria, que permita implantar sistemas de pago por generación y que refleje el coste real, directo o indirecto, de las operaciones de recogida, transporte y tratamiento de los residuos, incluidos la vigilancia de estas operaciones y el mantenimiento y vigilancia posterior al cierre de los vertederos, las campañas de concienciación y comunicación, así como los ingresos derivados de la aplicación de la responsabilidad ampliada del productor, de la venta de materiales y de energía.
Bonificaciones en Ávila
La ordenanza no admite ninguna bonificación ni exención, salvo las que ya prevean las leyes o los tratados internacionales.
Cuándo se paga la tasa de basura en Ávila en 2026
En Ávila el recibo municipal se cobra en dos semestres: del 5 de mayo al 6 de julio de 2026, junto con el IBI, y del 5 de octubre al 9 de diciembre, junto con el IAE.
Si domicilias el pago, el cargo se hace el 5 de junio en el primer semestre y el 5 de noviembre en el segundo. Si te das de alta como nuevo contrato de agua, pagas por autoliquidación en ese momento.
Paga, en general, quien ocupa la vivienda. En los pisos de alquiler, la ordenanza suele señalar como sustituto al propietario, que puede repercutir la tasa al inquilino si el contrato lo prevé.
Si se pasa el plazo voluntario, el recibo entra en vía de apremio, con un recargo del 5, el 10 o el 20 % según cuándo se pague (art. 28 de la Ley General Tributaria).
Preguntas frecuentes sobre la tasa de basura en Ávila
¿Cuánto se paga de tasa de basura en Ávila en 2026?
Para comparar ciudades usamos una vivienda con un consumo de agua de 100 metros cúbicos al año, que cae en el tramo de más de 76 metros cúbicos: paga 110 euros de tasa municipal. Con un consumo más moderado, de hasta 50 metros cúbicos, pagaría 77 euros. Solo con la tasa municipal, una vivienda paga entre 77 y 110 euros al año según su consumo de agua.
¿Cómo se calcula la tasa de basura en Ávila?
La tasa municipal cubre solo la recogida y el transporte de los residuos; depende del consumo medio de agua de las cuatro últimas facturas antes del 1 de enero. Paga el titular del contrato de agua, y si no hay contrato, el propietario como sustituto. Este criterio lo decide cada ayuntamiento: la Ley 7/2022 obliga a que la tasa cubra el coste real del servicio, pero no impone una fórmula única, y por eso el recibo varía tanto entre ciudades.
¿Por qué ha subido (o cambiado) la tasa de basura?
Por la Ley 7/2022 de residuos. Su artículo 11.3 obligó a los municipios a tener, antes de abril de 2025, una tasa específica, diferenciada y no deficitaria. Es decir, una tasa que cubra lo que de verdad cuesta recoger y tratar la basura. La situación concreta de Ávila está explicada al principio de esta ficha.
¿Cuándo se paga la tasa de basura en Ávila en 2026?
En Ávila el recibo municipal se cobra en dos semestres: del 5 de mayo al 6 de julio de 2026, junto con el IBI, y del 5 de octubre al 9 de diciembre, junto con el IAE.
Si domicilias el pago, el cargo se hace el 5 de junio en el primer semestre y el 5 de noviembre en el segundo. Si te das de alta como nuevo contrato de agua, pagas por autoliquidación en ese momento.
¿Hay bonificaciones o exenciones en Ávila?
La ordenanza no admite ninguna bonificación ni exención, salvo las que ya prevean las leyes o los tratados internacionales.