La tasa de basura es el tributo municipal que más ha cambiado en los últimos años. La Ley 7/2022 de residuos obligó a todos los municipios a tener, antes de abril de 2025, una tasa propia que cubra lo que cuesta el servicio. El resultado han sido tasas nuevas o subidas notables en buena parte de las capitales.
En Burgos la tasa es anterior a la Ley 7/2022 y no se ha adaptado a ella. En 2025 se intentó actualizarla, pero la propuesta no salió adelante, así que en 2026 sigue vigente la tarifa aprobada en 2020.
Cómo se calcula en Burgos (criterio 2026)
La cuota depende del valor catastral de la vivienda, en siete tramos. Si la vivienda no tiene valor catastral asignado, paga 73,92 euros al año. Las viviendas con un despacho o un comercio dentro tienen un recargo del 20 %.
El recibo es propio del Ayuntamiento, con devengo el 1 de enero: no va en la factura del agua.
Esto es lo que se paga al año según el valor catastral:
- Hasta 41.348,02 €: 59,36 €.
- De 41.348,03 a 78.279,28 €: 73,92 €.
- De 78.279,29 a 105.575,91 €: 89,76 €.
- De 105.575,92 a 126.499,79 €: 107,25 €.
- De 126.499,80 a 130.988,68 €: 124,60 €.
- De 130.988,69 a 134.736,77 €: 140,83 €.
- Más de 134.736,78 €: 173,30 €.
Para comparar ciudades usamos una vivienda con un valor catastral de 80.000 euros, que cae en el tramo de 78.279,29 a 105.575,91 euros: paga 89,76 euros al año. Según el valor catastral, una vivienda paga entre 59,36 y 173,30 euros al año.
Fuente: BOP Burgos nº 235, 29-12-2020 (texto íntegro Ordenanza 209, aprobación definitiva pleno 18-12-2020), vigente en 2026 al fracasar la modificación; calendario fiscal 2026 de aytoburgos.es. Texto BOP 29-12-2020, en vigor desde 01-01-2021 y sin modificar para 2026 (reforma rechazada en 09-2025).
El dato en contexto
Burgos es la capital donde la Ley 7/2022 perdió una votación. El equipo de gobierno llevó a pleno una adaptación con subida del 17,82 por ciento para las viviendas, compensada con una rebaja del IBI, y PSOE y Vox la tumbaron: primero en comisión el 29 de agosto de 2025 y definitivamente en el pleno del 5 de septiembre.
Resultado: en 2026 rigen las tarifas aprobadas en 2020, la ciudad incumple formalmente el artículo 11.3 de la ley estatal y cualquier portal que publique cifras de 2026 con aquella subida incorporada está sencillamente equivocado, porque nunca entró en vigor. También cayó con la reforma el 5 por ciento de bonificación por usar el contenedor marrón, que no existe.
Lo que sí se aplica es la Ordenanza 209 del BOP de 29 de diciembre de 2020: siete tramos de valor catastral que van de 59,36 euros (hasta 41.348 euros de valor) a 173,30 (por encima de 134.736), con recargo del 20 por ciento si la vivienda aloja un despacho o comercio.
La vivienda de 80.000 euros de valor catastral cae en el tercer tramo y paga 89,76 euros, en recibo municipal propio —no va con el agua— cuyo periodo voluntario de 2026 corre del 22 de mayo al 22 de julio.
El paquete social es potente: 52 por ciento de rebaja para hogares con ingresos de hasta dos veces el IPREM, 65 para familias numerosas generales y 80 para las especiales, solicitables hasta el último día hábil de febrero, también por inquilinos que acrediten el alquiler.
En Castilla y León el precio de no reformar resulta ambiguo. Salamanca, que sí adaptó y actualizó su tasa, cobra 138,96 euros en calles de primera a cuarta categoría, un 55 por ciento más que Burgos; Palencia estrena en 2026 su modelo mixto con 79,56 euros para la vivienda tipo; y León, cuya adaptación fue anulada por el TSJ regional, se queda en 43,80 euros, el suelo de todas las capitales españolas. Burgos flota entre ambos mundos: barato hoy, con reforma obligada pendiendo sobre los plenos de 2026.
Para situar la cifra sin salir de Castilla y León, esto es lo que abona la vivienda tipo de las demás capitales de la comunidad, cada una con su propio supuesto: 138,96 € en Salamanca , 126,00 € en Segovia , 110,00 € en Ávila , 79,56 € en Palencia , 74,83 € en Valladolid , 60,00 € en Zamora , 52,04 € en Soria y 43,80 € en León .
La Ley 7/2022: por qué el recibo cambió (o va a cambiar)
Hasta 2025 muchos ayuntamientos pagaban la basura con el presupuesto general, y algunos ni siquiera cobraban tasa. El artículo 11.3 de la Ley 7/2022 lo prohibió: la tasa debe ser específica (solo para la basura), diferenciada y no deficitaria, es decir, tiene que cubrir el coste real del servicio.
De ahí sale el mapa desigual de 2026. Hay ciudades con una cuota fija y otras que la ligan al valor catastral, al consumo de agua o a la superficie de la vivienda; Madrid, además, a los kilos que genera cada barrio. La situación de Burgos está explicada al principio de esta ficha.
Lo que dice la ley — texto literal
3.
En el caso de los costes de gestión de los residuos de competencia local, de acuerdo con lo dispuesto en el texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, las entidades locales establecerán, en el plazo de tres años a contar desde la entrada en vigor de esta ley, una tasa o, en su caso, una prestación patrimonial de carácter público no tributaria, específica, diferenciada y no deficitaria, que permita implantar sistemas de pago por generación y que refleje el coste real, directo o indirecto, de las operaciones de recogida, transporte y tratamiento de los residuos, incluidos la vigilancia de estas operaciones y el mantenimiento y vigilancia posterior al cierre de los vertederos, las campañas de concienciación y comunicación, así como los ingresos derivados de la aplicación de la responsabilidad ampliada del productor, de la venta de materiales y de energía.
Bonificaciones en Burgos
Estas bonificaciones existen, y hay que pedirlas:
- Un 52 % para unidades de convivencia empadronadas con ingresos de hasta dos veces el IPREM y un valor catastral conjunto de hasta 126.499,79 euros.
- Un 65 % para familia numerosa general, con un valor catastral de la vivienda de hasta 169.662,01 euros e ingresos de hasta entre 5,5 y 6,5 veces el IPREM.
- Un 80 % para familia numerosa especial, con un valor catastral de hasta 172.564,05 euros e ingresos de hasta 7,5 veces el IPREM.
Hay que solicitarlas antes del último día hábil de febrero; también pueden pedirlas los inquilinos, acreditando el contrato de alquiler.
Cuándo se paga la tasa de basura en Burgos en 2026
En Burgos el recibo es anual y se paga en voluntaria del 22 de mayo al 22 de julio de 2026.
Paga, en general, quien ocupa la vivienda. En los pisos de alquiler, la ordenanza suele señalar como sustituto al propietario, que puede repercutir la tasa al inquilino si el contrato lo prevé.
Si se pasa el plazo voluntario, el recibo entra en vía de apremio, con un recargo del 5, el 10 o el 20 % según cuándo se pague (art. 28 de la Ley General Tributaria).
Preguntas frecuentes sobre la tasa de basura en Burgos
¿Cuánto se paga de tasa de basura en Burgos en 2026?
Para comparar ciudades usamos una vivienda con un valor catastral de 80.000 euros, que cae en el tramo de 78.279,29 a 105.575,91 euros: paga 89,76 euros al año. Según el valor catastral, una vivienda paga entre 59,36 y 173,30 euros al año.
¿Cómo se calcula la tasa de basura en Burgos?
La cuota depende del valor catastral de la vivienda, en siete tramos. Si la vivienda no tiene valor catastral asignado, paga 73,92 euros al año. Las viviendas con un despacho o un comercio dentro tienen un recargo del 20 %. Este criterio lo decide cada ayuntamiento: la Ley 7/2022 obliga a que la tasa cubra el coste real del servicio, pero no impone una fórmula única, y por eso el recibo varía tanto entre ciudades.
¿Por qué ha subido (o cambiado) la tasa de basura?
Por la Ley 7/2022 de residuos. Su artículo 11.3 obligó a los municipios a tener, antes de abril de 2025, una tasa específica, diferenciada y no deficitaria. Es decir, una tasa que cubra lo que de verdad cuesta recoger y tratar la basura. La situación concreta de Burgos está explicada al principio de esta ficha.
¿Cuándo se paga la tasa de basura en Burgos en 2026?
En Burgos el recibo es anual y se paga en voluntaria del 22 de mayo al 22 de julio de 2026.
¿Hay bonificaciones o exenciones en Burgos?
Sí. Un 52 % para unidades de convivencia empadronadas con ingresos de hasta dos veces el IPREM y un valor catastral conjunto de hasta 126.499,79 euros. Un 65 % para familia numerosa general, con un valor catastral de la vivienda de hasta 169.662,01 euros e ingresos de hasta entre 5,5 y 6,5 veces el IPREM. Un 80 % para familia numerosa especial, con un valor catastral de hasta 172.564,05 euros e ingresos de hasta 7,5 veces el IPREM. Hay que pedirlas y mantener los requisitos cada año.