Tasa de basura · Logroño Tarifa mixta Actualizado 3 jul 2026

Tasa de basura en Logroño
residuos 2026

Una vivienda tipo paga 100,50 € al año de tasa de residuos en Logroño: la 30ª cuota más alta de las 48 capitales comparables, entre los 292,86 € de Valencia y los 43,80 € de León.

Tasa de basura (residuos urbanos) en Logroño 2026: cuota de la vivienda tipo y criterio de cálculo según la ordenanza fiscal vigente

La tasa de basura —formalmente, la tasa por el servicio de recogida y tratamiento de residuos urbanos— se ha convertido en el tributo municipal más movido de los últimos años: la Ley 7/2022 de residuos obligó a todos los municipios a tener, antes de abril de 2025, una tasa específica y no deficitaria, y eso ha traído tasas nuevas o subidas notables en buena parte de las capitales. Situación en Logroño: nueva 2025, actualizada 2026: la OF nº 8 preexistía pero la basura doméstica se cobraba como cuota plana por calle junto al recibo semestral del agua; se reformó íntegramente por la Ley 7/2022 (aprobación nov-2024, BOR nº 220 de 08-11-2024, en vigor 01-01-2025) introduciendo el cálculo por calle+superficie+empadronados; para 2026 las ordenanzas fiscales (pleno oct-nov 2025) consolidan la tasa y la actualizan un 2,7% (IPC de agosto). Lo que sigue es el criterio de cálculo vigente en 2026, lo que paga una vivienda tipo, las bonificaciones y cuándo se paga.

Cómo se calcula en Logroño (criterio 2026)

Logroño aplica el criterio tarifa mixta. Tarifa 1 (viviendas, garajes de comunidad y locales sin actividad) = suma de tres tramos SEMESTRALES: (1) categoría fiscal de la calle: 1ª 50,46 € / 2ª 31,97 € / 3ª 21,91 € / 4ª 16,31 € / 5ª 13,35 €; (2) superficie catastral: <70 m² 7,38 € / 70-99 m² 13,55 € / 100-129 m² 19,71 € / 130-159 m² 25,87 € / ≥160 m² 32,03 €; (3) personas empadronadas a 1 de enero: 0 → 0 € / 1 → 7,39 € / 2 → 14,79 € / 3 → 22,18 € / 4 → 29,58 € / 5 → 36,97 € / 6 → 44,37 € / 7+ → 51,76 €. En el diseño, ~50% de la cuota pesa la calle, ~25% la superficie y ~25% el empadronamiento.

Para poder comparar entre ciudades, calculamos la cuota de una vivienda tipo bajo un supuesto estandarizado — en Logroño: Vivienda de 90 m² (tramo 70-99 m²) en calle de 3ª categoría fiscal (la categoría media de las 5, usada por el propio Ayuntamiento en sus ejemplos) con 2 personas empadronadas: (21,91 + 13,55 + 14,79) €/semestre = 50,25 € x 2 = 100,50 €/año. — que da 100,50 € al año. La horquilla real para viviendas va de De 41,46 €/año (calle 5ª, <70 m², 0 empadronados) a 268,50 €/año (calle 1ª, ≥160 m², 7+ empadronados), sin bonificaciones, según el caso concreto.

Fuente: Ordenanza Fiscal nº 8 reguladora de la Tasa por recogida de basura y residuos sólidos urbanos, texto vigente en el libro oficial 'Ordenanzas Fiscales 2026' del Ayuntamiento de Logroño (PDF oficial, arts. 6-8). 2026.

El dato en contexto

La tasa de basura logroñesa se reformó de arriba abajo en noviembre de 2024, aprobada solo con los votos del PP y justificada por imperativo legal de la Ley 7/2022: la vieja cuota plana por calle que iba con el recibo del agua dio paso a un cálculo con tres variables que permitió recuperar un déficit del 33 por ciento del servicio. Para 2026 el pleno consolidó ese esquema y lo actualizó un 2,7 por ciento, el IPC de agosto.

La fórmula suma tres tramos semestrales, y ahí está la trampa habitual con los datos de Logroño: los importes de la ordenanza son por semestre y hay que multiplicarlos por dos. Pesa la categoría fiscal de la calle, que aporta aproximadamente la mitad de la cuota, con 50,46 euros semestrales en primera y 13,35 en quinta; la superficie catastral, con cinco tramos de 7,38 a 32,03 euros; y las personas empadronadas a 1 de enero, de cero euros con la vivienda vacía a 51,76 con siete o más residentes. Una vivienda de 90 metros en calle de tercera categoría con dos empadronados paga 50,25 euros al semestre, 100,50 al año, dentro de una horquilla que va de 41,46 a 268,50 euros. El recibo, semestral, llega junto al del agua y el alcantarillado. Las familias numerosas bonifican el 20 o el 30 por ciento del tramo de empadronamiento, y hay un 10 por ciento de oficio sobre el tramo de calle si la ruta de recogida iguala o supera la media de separación de residuos de la ciudad, un incentivo colectivo poco común.

En su entorno geográfico, Logroño ocupa una posición templada. Paga casi lo mismo que Vitoria, cuya vivienda tipo abona 102,83 euros, apenas 2,33 más; queda 66,26 euros por debajo de los 166,76 de Pamplona, la capital cara del valle del Ebro; y supera en 27,82 euros los 72,68 de Zaragoza. Frente a la vecina Burgos, con 89,76 euros, la diferencia es de 10,74 euros al año.

La Ley 7/2022: por qué el recibo cambió (o va a cambiar)

Hasta 2025 muchos ayuntamientos financiaban la basura con cargo al presupuesto general —algunos ni siquiera cobraban tasa—. El artículo 11.3 de la Ley 7/2022 lo prohibió: la tasa debe ser específica (solo basura), diferenciada y no deficitaria (cubrir el coste real del servicio, incluido el tratamiento). El resultado es el mapa desigual de 2026: ciudades con cuota fija, ciudades que la ligan al valor catastral de la vivienda, al consumo de agua o a la generación estimada de residuos por zona. En Logroño: nueva 2025, actualizada 2026: la OF nº 8 preexistía pero la basura doméstica se cobraba como cuota plana por calle junto al recibo semestral del agua; se reformó íntegramente por la Ley 7/2022 (aprobación nov-2024, BOR nº 220 de 08-11-2024, en vigor 01-01-2025) introduciendo el cálculo por calle+superficie+empadronados; para 2026 las ordenanzas fiscales (pleno oct-nov 2025) consolidan la tasa y la actualizan un 2,7% (IPC de agosto).

Bonificaciones en Logroño

La ordenanza vigente recoge: Familia numerosa general 20% / especial 30% (familias monoparentales equiparadas), aplicada sobre el tramo de empadronamiento, rogada (solicitud en los 2 primeros meses del ejercicio); 10% de oficio sobre el tramo de categoría de calle si la zona (ruta de recogida) iguala o supera la media de separación de residuos de la ciudad. Como casi todas las bonificaciones municipales, suelen ser rogadas —hay que pedirlas, a veces con plazo— y exigen mantener los requisitos cada ejercicio.

Cuándo y cómo se paga en 2026

Periodo de pago en Logroño: Recibo propio semestral cobrado junto con las tasas de agua y alcantarillado: el 2º semestre 2025 se pagó del 6 de febrero al 7 de abril de 2026 (domiciliados: cargo 5 de marzo); el 1er semestre 2026 se cobra en verano-otoño (en 2025 fue del 5 de agosto al 6 de octubre, domiciliados 5 de septiembre). El obligado al pago es, con carácter general, quien ocupa u obtiene utilidad de la vivienda; en los pisos de alquiler es habitual que la ordenanza señale como sustituto al propietario, que puede repercutir la tasa al inquilino si el contrato lo prevé. Fuera del periodo voluntario, el recibo pasa a vía de apremio con recargo del 5, 10 o 20 % (art. 28 LGT).

Preguntas frecuentes sobre la tasa de basura en Logroño

¿Cuánto se paga de tasa de basura en Logroño en 2026?

Una vivienda tipo paga 100,50 € al año (supuesto: Vivienda de 90 m² (tramo 70-99 m²) en calle de 3ª categoría fiscal (la categoría media de las 5, usada por el propio Ayuntamiento en sus ejemplos) con 2 personas empadronadas: (21,91 + 13,55 + 14,79) €/semestre = 50,25 € x 2 = 100,50 €/año.). Tarifa 1 (viviendas, garajes de comunidad y locales sin actividad) = suma de tres tramos SEMESTRALES: (1) categoría fiscal de la calle: 1ª 50,46 € / 2ª 31,97 € / 3ª 21,91 € / 4ª 16,31 € / 5ª 13,35 €; (2) superficie catastral: <70 m² 7,38 € / 70-99 m² 13,55 € / 100-129 m² 19,71 € / 130-159 m² 25,87 € / ≥160 m² 32,03 €; (3) personas empadronadas a 1 de enero: 0 → 0 € / 1 → 7,39 € / 2 → 14,79 € / 3 → 22,18 € / 4 → 29,58 € / 5 → 36,97 € / 6 → 44,37 € / 7+ → 51,76 €. En el diseño, ~50% de la cuota pesa la calle, ~25% la superficie y ~25% el empadronamiento. La horquilla para viviendas va de De 41,46 €/año (calle 5ª, <70 m², 0 empadronados) a 268,50 €/año (calle 1ª, ≥160 m², 7+ empadronados), sin bonificaciones.

¿Cómo se calcula la tasa de basura en Logroño?

Logroño usa el criterio "tarifa mixta". Tarifa 1 (viviendas, garajes de comunidad y locales sin actividad) = suma de tres tramos SEMESTRALES: (1) categoría fiscal de la calle: 1ª 50,46 € / 2ª 31,97 € / 3ª 21,91 € / 4ª 16,31 € / 5ª 13,35 €; (2) superficie catastral: <70 m² 7,38 € / 70-99 m² 13,55 € / 100-129 m² 19,71 € / 130-159 m² 25,87 € / ≥160 m² 32,03 €; (3) personas empadronadas a 1 de enero: 0 → 0 € / 1 → 7,39 € / 2 → 14,79 € / 3 → 22,18 € / 4 → 29,58 € / 5 → 36,97 € / 6 → 44,37 € / 7+ → 51,76 €. En el diseño, ~50% de la cuota pesa la calle, ~25% la superficie y ~25% el empadronamiento. Este criterio lo decide cada ayuntamiento: la Ley 7/2022 obliga a que la tasa cubra el coste real del servicio, pero no impone una fórmula única, y por eso el recibo varía tanto entre ciudades.

¿Por qué ha subido (o cambiado) la tasa de basura?

Por la Ley 7/2022 de residuos: su artículo 11.3 obligó a los municipios a tener, antes de abril de 2025, una tasa específica, diferenciada y no deficitaria — es decir, que cubra lo que de verdad cuesta recoger y tratar la basura. Situación en Logroño: nueva 2025, actualizada 2026: la OF nº 8 preexistía pero la basura doméstica se cobraba como cuota plana por calle junto al recibo semestral del agua; se reformó íntegramente por la Ley 7/2022 (aprobación nov-2024, BOR nº 220 de 08-11-2024, en vigor 01-01-2025) introduciendo el cálculo por calle+superficie+empadronados; para 2026 las ordenanzas fiscales (pleno oct-nov 2025) consolidan la tasa y la actualizan un 2,7% (IPC de agosto).

¿Cuándo se paga la tasa de basura en Logroño en 2026?

Recibo propio semestral cobrado junto con las tasas de agua y alcantarillado: el 2º semestre 2025 se pagó del 6 de febrero al 7 de abril de 2026 (domiciliados: cargo 5 de marzo); el 1er semestre 2026 se cobra en verano-otoño (en 2025 fue del 5 de agosto al 6 de octubre, domiciliados 5 de septiembre). Quien paga es, con carácter general, quien ocupa la vivienda (propietario o, según la ordenanza, el usuario del servicio); en alquiler conviene mirar qué dice el contrato sobre su repercusión.

¿Hay bonificaciones o exenciones en Logroño?

Sí: Familia numerosa general 20% / especial 30% (familias monoparentales equiparadas), aplicada sobre el tramo de empadronamiento, rogada (solicitud en los 2 primeros meses del ejercicio); 10% de oficio sobre el tramo de categoría de calle si la zona (ruta de recogida) iguala o supera la media de separación de residuos de la ciudad. Como casi todas las bonificaciones municipales, suelen ser rogadas (hay que solicitarlas) y exigen cumplir los requisitos de la ordenanza cada ejercicio.