Ilustración editorial de un ticket de compra con código QR TBAI sobrepuesto a la silueta de los tres territorios históricos del País Vasco
Foral · País Vasco 18 min lectura Actualizado 1 mayo 2026

TicketBAI
País Vasco 2026

Guía operativa del sistema TicketBAI y el régimen Batuz para autónomos y pymes con domicilio fiscal en Bizkaia, Gipuzkoa o Álava. Diferencias por territorio histórico, comparativa con Verifactu estatal, requisitos técnicos, sanciones y los errores más habituales al facturar a clientes fuera del País Vasco.

Por Cristian Corrales · Fuentes: BOTHA, BOG, BOB, Hacienda Foral Bizkaia/Gipuzkoa/Álava

Qué es ticketBAI y por qué el País Vasco se ha adelantado al resto de España

ticketBAI —acrónimo de "Tax Bizkaia/Gipuzkoa/Álava Identifier"— es el sistema obligatorio de control de la facturación implantado por las tres diputaciones forales del País Vasco. Cada factura que emite un empresario o profesional con domicilio fiscal en territorio foral debe firmarse digitalmente, encadenarse con la anterior mediante una huella SHA-256 y enviarse, en tiempo real en el caso de Bizkaia y Gipuzkoa, al servidor de la hacienda foral correspondiente. La factura impresa lleva, además, un código QR visible y un código TBAI alfanumérico que permiten al receptor verificar la autenticidad de la operación en la sede electrónica foral.

El sistema persigue, en realidad, dos objetivos complementarios. El primero es cerrar el fraude por facturación oculta, ya que cada factura emitida queda inalterable y trazable en el sistema desde el segundo en el que se firma. El segundo, no menos importante, es simplificar las obligaciones formales de empresarios y profesionales: los modelos 303, 347 y 390, así como las propuestas de IRPF y de Impuesto sobre Sociedades, se precargan automáticamente a partir de los datos enviados a través de ticketBAI. En Bizkaia, además, este sistema se integra dentro de una arquitectura mayor llamada Batuz, que añade la exigencia de un Libro Registro de Operaciones Económicas (LROE) consolidado.

Batuz, el sistema integral de la Hacienda Foral de Bizkaia

Batuz es el sistema integral de cumplimiento fiscal de la Hacienda Foral de Bizkaia, vigente desde el 1 de enero de 2024 con carácter obligatorio para todos los contribuyentes con domicilio fiscal en el territorio. Su arquitectura combina tres componentes que conviene examinar por separado para entender por qué Bizkaia se ha alejado, en este punto, del resto de territorios:

  1. TicketBAI obligatorio: cada factura emitida pasa por el sistema, con firma TBAI y envío síncrono al servidor de la HFB.
  2. LROE (Libro Registro de Operaciones Económicas): sustituye a los libros registro tradicionales del IVA y al libro de IRPF. Consolida ingresos, gastos y operaciones por trimestre y se presenta vía sede HFB. Reemplaza el modelo 140 antiguo y es la fuente de la propuesta automática de IRPF.
  3. Propuesta de declaración: la HFB precarga los datos del modelo de IRPF (modelo foral 109/110/111) o del Impuesto sobre Sociedades a partir del LROE. El contribuyente solo confirma o ajusta. Es una novedad sin equivalente en territorio común: la AEAT precarga datos en Renta WEB pero solo en personas físicas y con menos alcance que el LROE.

En Gipuzkoa y en Álava, por el contrario, no existe un Libro Registro de Operaciones Económicas consolidado equivalente al de Bizkaia. Hay ticketBAI obligatorio, sí, pero los libros registro y los modelos siguen presentándose por separado. Esta es la diferencia más importante entre los tres territorios históricos y la fuente, también, de la mayor parte de la confusión que arrastra el sistema: "Batuz" no equivale a "ticketBAI". La relación correcta es la contraria: ticketBAI está incluido dentro de Batuz, y Batuz, como tal, solo existe en Bizkaia.

Tres territorios, tres velocidades: cómo se aplica ticketBAI según dónde tributes

Los tres territorios forales del País Vasco aplican ticketBAI con calendarios y particularidades técnicas distintas, hasta el punto de que un mismo software no sirve indistintamente en los tres. La regla práctica que conviene retener es sencilla: la hacienda foral receptora es la del territorio en el que el contribuyente tiene su domicilio fiscal del Impuesto sobre Actividades Económicas. Si la actividad se desarrolla en varios territorios, las facturas siguen pasando por la hacienda foral del domicilio fiscal principal y la coordinación con las otras administraciones se hace después por la vía de las cifras de tributación entre territorios.

Diferencias TicketBAI por territorio histórico País Vasco 2026.
Aspecto Bizkaia (HFB) Gipuzkoa (HFG) Álava (HFA)
Sistema TicketBAI + Batuz (LROE) TicketBAI TicketBAI vía ATXN
Envío al servidor Síncrono inmediato Síncrono inmediato Síncrono o asíncrono según sector
LROE consolidado Sí (obligatorio) No No
Propuesta automática IRPF y Sociedades No No
Listado software homologado bizkaia.eus gipuzkoa.eus araba.eus
Norma foral base NF 5/2020, modificada NF 6/2022 NF 1/2022 NF 33/2013, sucesivas actualizaciones
Sanción base no cumplir 1 % importe operaciones, mín 240 €/T Similar (NF 1/2022) Hasta 200 € por factura

Un calendario de implantación escalonado, ya plenamente vencido en 2026

ticketBAI no entró simultáneamente en los tres territorios, sino que cada diputación foral fue diseñando su propio calendario en función de la madurez técnica del proyecto y de las negociaciones con sectores afectados. Las fechas de obligatoriedad están ya agotadas en todos ellos: en 2026 cualquier autónomo o sociedad con domicilio fiscal en el País Vasco está plenamente sujeta, y quien todavía no se haya adaptado se enfrenta a sanciones acumuladas desde la fecha original de su entrada. El recorrido por territorio fue el siguiente:

  • Gipuzkoa: implantación gradual desde 1 de julio de 2022 (sectores piloto), generalizada el 1 de enero de 2023.
  • Bizkaia: voluntario en 2022, obligatorio para todos desde el 1 de enero de 2024 dentro del sistema Batuz integral.
  • Álava: implantación por sectores entre el 1 de abril de 2022 y el 31 de diciembre de 2024. Generalizada en 2025.

Conviene matizar dos casos particulares. Quien iniciaba actividad en 2026 entra en ticketBAI desde la primera factura, sin excepción ni período de adaptación; y los traslados de domicilio fiscal hacia territorio foral arrastran el cumplimiento desde el primer día del trimestre siguiente al traslado, sin posibilidad de gradualidad.

ticketBAI y Verifactu, dos sistemas paralelos para dos territorios distintos

Verifactu —regulado por el Real Decreto 1007/2023 y con su calendario aplazado a 2027 por el Real Decreto-ley 15/2025— es el equivalente estatal de ticketBAI. No son sistemas competitivos sino paralelos: cada uno aplica a su ámbito territorial y la convivencia entre ambos está pensada para que un mismo empresario no esté obligado a usar los dos al mismo tiempo. Los puntos de fricción típicos entre ambos sistemas son los que recoge la tabla siguiente:

Comparativa TicketBAI vs Verifactu.
Aspecto TicketBAI Verifactu
Competencia Foral (HFB, HFG, HFA) Estatal (AEAT)
Ámbito País Vasco (3 territorios) Resto de España (territorio común)
Norma base NF 5/2020 BOB / NF 1/2022 BOG / NF 33/2013 BOTHA RD 1007/2023, Orden HAC/1177/2024, RDL 15/2025
Estado En vigor (sancionando desde 2023) Vigor 1 ene 2027 (sociedades) / 1 jul 2027 (autónomos)
Firma técnica SHA-256 + cadena TBAI propia SHA-256 + cadena Verifactu propia
Modalidad Solo síncrona (excepto Álava sectores) Verifactu (síncrona) o SIF no verificable (asíncrona)
QR factura Obligatorio, enlaza con sede foral Obligatorio (ISO/IEC 18004), enlaza con AEAT
Software Listado homologado por cada hacienda foral Listado AEAT + programa gratuito sede

Conviene leer la comparativa con una idea sencilla en mente: un autónomo que tributa en Bizkaia no usa Verifactu, sino ticketBAI; un autónomo que tributa en Madrid no usa ticketBAI y usará Verifactu desde 2027. Si trasladas tu domicilio fiscal de Madrid a Bilbao, sales automáticamente del calendario Verifactu y entras en ticketBAI desde el primer día del trimestre siguiente al traslado, sin opciones intermedias.

Requisitos técnicos: cómo se construye una factura ticketBAI por dentro

Aunque el contribuyente medio no necesita conocer al detalle el funcionamiento técnico del sistema, sí conviene tener una idea aproximada de qué hace el software en cada factura. Cada documento ticketBAI genera un fichero XML cuya estructura está definida en el esquema oficial de las tres haciendas forales, que son entre sí esencialmente compatibles. Los campos clave que componen ese XML son los siguientes:

  • Cabecera: NIF emisor, NIF receptor (si aplica), serie y número, fecha de operación, fecha de expedición.
  • Detalle: descripción de operaciones, base imponible, tipo IVA, cuota, claves de operación (régimen general, exenta, exportación, intracomunitaria, etc.).
  • Firma electrónica: certificado digital del emisor o de su representante. La firma se aplica al XML completo siguiendo el estándar XAdES.
  • Huella anterior (encadenamiento): SHA-256 de la factura previa emitida con el mismo certificado. Esta cadena de huellas garantiza inalterabilidad: si se modifica una factura, todas las posteriores quedan inválidas.
  • Código TBAI: cadena alfanumérica calculada como hash de los campos clave. Es el "identificador legible" que se imprime en la factura junto al QR.

El software homologado se encarga de toda la cocina técnica que acabamos de describir. El empresario o profesional se limita a introducir los datos de la factura como lo haría en cualquier ERP convencional, y el sistema firma, encadena, envía y recibe la confirmación de la hacienda foral correspondiente. La factura impresa lleva el código QR y el código TBAI con un formato visual estandarizado por la diputación, idéntico para todos los emisores del territorio.

Cómo adaptarte paso a paso si vas a empezar o a trasladar tu domicilio fiscal

Para quien ya tributa en territorio foral o tiene previsto trasladar próximamente su domicilio fiscal, los ocho pasos del HowTo de cabecera permiten ir de cero a ticketBAI plenamente operativo. Dos de ellos son, en mi lectura editorial, mucho más importantes que el resto. El paso 2, identificar el territorio y el régimen aplicable, evita el error más común: confundir los listados de software entre las haciendas forales de Bizkaia, Gipuzkoa y Álava. El paso 4, verificar la homologación oficial, evita una infracción tributaria sutil pero costosa: usar software no homologado por la hacienda foral propia constituye infracción aunque técnicamente el programa cumpla con todos los requisitos del esquema oficial.

Cómo se integra ticketBAI con los modelos 347, 303 y, en Bizkaia, con el LROE

Es importante deshacer un malentendido frecuente: ticketBAI no sustituye a los modelos forales periódicos. Las obligaciones tradicionales —303 trimestral del IVA foral, 390 anual, 347 de operaciones con terceros, 111, 115 y 123 de retenciones y 109, 110 o 200 según el caso de IRPF o Impuesto sobre Sociedades— siguen vigentes íntegramente. Lo que sí hace ticketBAI es precargarlos: las haciendas forales utilizan los registros para preparar borradores que el contribuyente solo tiene que confirmar. Conviene cuidar la coherencia entre ambos mundos: las discrepancias entre lo que figura en ticketBAI y lo declarado en los modelos disparan paralelos automáticos, esto es, notificaciones que solicitan aclaración o, en último término, imponen sanción.

En Bizkaia, además, el Libro Registro de Operaciones Económicas consolida los libros tradicionales del IVA y del IRPF en un único registro que se presenta vía sede de la Hacienda Foral de Bizkaia cada trimestre. Quien no presenta este libro en plazo se enfrenta a sanciones específicas previstas en el artículo 137 quater de la Norma Foral 5/2020. Como referencia, conviene recordar que el modelo 347 estatal tiene su equivalente foral en cada diputación, con la misma idea pero distinto formulario y plazo de presentación.

Sanciones específicas que aplican cada una de las tres haciendas forales

Las haciendas forales empezaron a sancionar los incumplimientos de ticketBAI ya en 2023 en el caso de Bizkaia y en 2024 en el de Álava y Gipuzkoa, así que la amenaza no es teórica: hay liquidaciones notificadas. El régimen sancionador típico responde a cuatro grandes supuestos:

  • Emitir factura sin TicketBAI estando obligado: 1 % del importe de la factura no comunicada, con un mínimo por factura/trimestre. Topes anuales del 20 % de las operaciones del periodo.
  • Usar software no homologado: sanción fija por trimestre + obligación de migrar inmediatamente al software conforme.
  • Manipulación o eliminación de registros: tipificada como infracción muy grave en las normas forales generales, con sanciones del 50 % al 150 % de la cuota tributaria oculta, más posible delito fiscal si supera 120 000 €.
  • Reducciones aplicables: 30 % por conformidad y 40 % adicional por pronto pago (acumuladas, sanción efectiva del 35 %).

Las sanciones se imponen, en la práctica, por la vía del paralelo automático cuando la hacienda foral detecta cualquier discrepancia entre ticketBAI y los modelos presentados. Tras la propuesta de liquidación, el contribuyente dispone de quince días para presentar alegaciones; una vez firme la liquidación, opera el plazo de pago voluntario previsto en la Norma Foral General Tributaria correspondiente. Es una arquitectura sancionadora rápida y, en su mayor parte, automatizada.

Cuatro casos prácticos para ver el sistema en marcha

Caso 1 — Autónomo de Álava factura a cliente de Bizkaia

Un consultor con domicilio fiscal en Vitoria-Gasteiz factura 5.000 € + IVA 21 % a una empresa de Bilbao. El emisor está obligado a TicketBAI por la HFA: emite la factura desde software homologado en Álava, con firma TBAI, envío al servidor foral alavés y QR verificable en sede HFA. El cliente bilbaíno la recibe como factura ordinaria; su sistema Batuz la incorpora al LROE como gasto deducible. La hacienda foral de Bizkaia no interactúa con el emisor; solo recibe el dato vía cruce inter-foral. No hay duplicidad ni doble TicketBAI.

Caso 2 — Profesional de Donostia factura a cliente de Madrid

Una profesional con domicilio fiscal en Donostia factura 3.500 € + IVA 21 % a una empresa de Madrid. La emisora pasa la factura por TicketBAI HFG (síncrono, software homologado Gipuzkoa). El cliente madrileño recibe una factura con QR vasco; la incorpora a su contabilidad común sin más. En 2027, cuando entre Verifactu, ese cliente tendrá que cumplir Verifactu en sus PROPIAS facturas emitidas, pero las facturas RECIBIDAS de emisores forales seguirán llegando con TicketBAI. La factura se contabiliza igual: gasto deducible con NIF y base imponible normales.

Caso 3 — Vendedor de Madrid factura a cliente de Bilbao

Un autónomo con domicilio fiscal en Madrid vende 2.000 € + IVA 21 % a una empresa de Bilbao. NO emite TicketBAI: emite factura ordinaria como cualquier autónomo de territorio común (en 2026 todavía sin Verifactu, pues Verifactu entra en 2027). El cliente bilbaíno recibe la factura, la registra en su LROE Batuz como gasto deducible, y ese gasto cuadra perfectamente con el modelo 347 estatal del proveedor madrileño. La asimetría territorial es la regla, no la excepción: las haciendas forales y AEAT cruzan datos con normalidad.

Caso 4 — Autónomo de Bizkaia con cese de actividad

Un autónomo con domicilio fiscal en Bilbao cesa actividad el 30 de junio de 2026 (modelo 037 foral, baja censal). Hasta el día del cese, todas sus facturas pasaron por TicketBAI + Batuz LROE. Tras el cese, presenta el 303 foral y el LROE final del 2T como cualquier otro trimestre, y queda exento del 4T. El sistema TicketBAI conserva los registros durante el plazo de prescripción foral (4 años con posible ampliación). Si en 2027 el autónomo se reincorpora con nueva alta en Bizkaia, vuelve a TicketBAI desde la primera factura.

Errores típicos al usar TicketBAI

  1. Confundir TicketBAI con Batuz. Batuz solo existe en Bizkaia y suma LROE + propuesta automática. En Gipuzkoa y Álava hay TicketBAI sin Batuz.
  2. Pensar que TicketBAI sustituye a los modelos forales. TicketBAI los PRECARGA, no los sustituye. Sigues presentando 303, 347, 390, IRPF/Sociedades en sus plazos forales.
  3. Usar software homologado en otro territorio. Un programa homologado solo en Gipuzkoa NO sirve para emisor con domicilio en Álava. Hay que verificar homologación territorio a territorio.
  4. Olvidar el QR en facturas impresas. La factura en papel debe llevar el QR visible y legible. Las facturas digitales lo llevan embebido como imagen.
  5. No cuadrar TicketBAI con el modelo 303 foral. Las haciendas forales cruzan automáticamente. Cualquier factura olvidada en TicketBAI o duplicada en el 303 dispara paralelo.
  6. Emitir desde un domicilio incorrecto. Si el IAE está en Bizkaia pero el software apunta a HFG, las facturas no se reciben en la hacienda correcta y se acumulan como no comunicadas.
  7. No comunicar caídas técnicas. El régimen de excepciones obliga a documentar la incidencia y sincronizar las facturas en 24-72 h. Saltarse el sistema sin justificación se sanciona.
  8. Mezclar TicketBAI con SII. Quien tributa en País Vasco no presenta SII; presentar SII por error duplica trabajo y puede generar discrepancias en cruces.

Preguntas frecuentes

¿Tengo que usar TicketBAI si vivo en Madrid pero facturo a un cliente del País Vasco?
No. TicketBAI se aplica por DOMICILIO FISCAL DEL EMISOR, no del cliente. Si tu domicilio fiscal está en Madrid (territorio común), facturas con tu sistema habitual: a partir de 2027 deberás estar adaptado a Verifactu (RD 1007/2023), pero no a TicketBAI. El cliente del País Vasco recibirá tu factura normal y la incorporará a su propia contabilidad. Solo si trasladas tu domicilio fiscal a Bizkaia, Gipuzkoa o Álava, entras en TicketBAI desde el primer día del trimestre siguiente al traslado.
¿Soy autónomo en Bilbao y vendo a clientes de toda España: cómo aplico TicketBAI?
Todas las facturas que emitas pasan por TicketBAI sin excepciones, independientemente del domicilio del cliente. Una venta a un cliente de Madrid o Sevilla genera el mismo XML, la misma firma TBAI y el mismo QR que una venta intra-Bizkaia. El cliente ve una factura normal con un QR vasco; no necesita hacer nada distinto. Tu hacienda receptora es la HFB y el sistema Batuz se encarga del cruce. Las exportaciones, ventas intracomunitarias y ventas a Canarias/Ceuta/Melilla también pasan por TicketBAI con sus claves específicas.
¿Qué diferencias prácticas hay entre TicketBAI y Verifactu?
TicketBAI lleva en producción desde 2022 (Bizkaia/Gipuzkoa) y 2023-2024 (Álava); Verifactu entra en vigor en 2027. TicketBAI es competencia foral (3 haciendas distintas + Navarra); Verifactu es estatal AEAT. TicketBAI usa firma TBAI con SHA-256 propio; Verifactu usa hash + cadena propios del RD 1007/2023. TicketBAI exige envío síncrono en Bizkaia/Gipuzkoa; Verifactu admite síncrono o asíncrono diferido. TicketBAI ya está sancionando incumplimientos; Verifactu solo sancionará desde 2027. Quien factura desde el País Vasco usa TicketBAI; quien factura desde el resto de España, Verifactu.
¿Qué es exactamente Batuz y cómo se relaciona con TicketBAI?
Batuz es el sistema integral de control fiscal de la HACIENDA FORAL DE BIZKAIA. Tiene tres patas: (1) TicketBAI obligatorio para emitir facturas, (2) LROE (Libro Registro de Operaciones Económicas) que sustituye a los libros tradicionales y consolida ingresos/gastos por trimestre, (3) propuesta de declaración (la HFB precarga el modelo IRPF / Sociedades a partir de los datos LROE). Solo Bizkaia tiene Batuz completo. Gipuzkoa y Álava tienen TicketBAI pero NO LROE consolidado: siguen usando libros tradicionales. Confundir TicketBAI con Batuz es muy frecuente; TicketBAI ⊂ Batuz, pero solo en Bizkaia.
¿Qué pasa si emito una factura fuera de TicketBAI por un fallo técnico?
Cada hacienda foral tiene un régimen de excepciones documentado. Bizkaia y Gipuzkoa permiten emitir facturas en modo "alta posterior" si hay caída del servidor foral, fallo de internet o error técnico del software, siempre que se documente la incidencia y se sincronice antes de las 24-72 h siguientes (varía por territorio). Si el fallo es por avería persistente del software, hay que comunicarlo al organismo competente (HFB, HFG, HFA). Emitir una factura "olvidando" TicketBAI sin justificación documentada constituye infracción tributaria sancionable.
¿Qué multas hay por no usar TicketBAI cuando estoy obligado?
Las sanciones varían por territorio y se han ido endureciendo desde 2022. En Bizkaia (Norma Foral 5/2020 modificada por NF 6/2022): infracción tributaria del 1 % del importe de las operaciones no declaradas con un mínimo de 240 € por trimestre, hasta máximo del 20 % anual. En Gipuzkoa (NF 1/2022): sanciones similares. En Álava (NF 33/2013 actualizada): hasta 200 € por factura no comunicada con tope. Las haciendas forales también pueden aplicar las sanciones generales de la LFGT por defraudación si detectan ocultación dolosa. Estas sanciones SON ya aplicables y se han impuesto desde 2023.
¿Hay alguna actividad o régimen especial exento de TicketBAI?
Sí. Las exenciones varían pero las más comunes en los tres territorios son: (1) particulares no empresariales (un padre que vende su coche a otro particular no emite factura TicketBAI), (2) operaciones financieras y de seguros del art. 20 LIVA exentas y sin derecho a deducción, (3) administraciones públicas en operaciones no sujetas, (4) operaciones intra-grupo bajo régimen de neutralidad, (5) sectores con calendarios diferenciados (algunos en Álava). Los autónomos en módulos sí están obligados. Recargo de equivalencia sí entra para la parte que no sea pago al proveedor. Antes de asumir exención, consulta con tu hacienda foral porque la casuística es compleja.
¿Qué pasa si me equivoco al emitir una factura TicketBAI?
No se modifica: se rectifica con una factura rectificativa también dentro del sistema TicketBAI. La factura original queda en el sistema con su firma TBAI; la rectificativa lleva la suya propia más una referencia a la original. Las haciendas forales aceptan tres tipos de rectificativas: (R1) anulación total con factura inversa por el mismo importe negativo, (R2) sustitución por nueva factura corregida, (R3) modificación de bases imponibles por descuentos posteriores. Cualquier rectificativa fuera de plazo (más de 4 años desde la original) pierde la posibilidad de regularización por prescripción.
¿Cómo se relaciona TicketBAI con el modelo 347 anual?
TicketBAI alimenta automáticamente el modelo 347 (operaciones con terceros superiores a 3.005,06 €) en las tres haciendas forales: las facturas emitidas y recibidas con identificación del cliente/proveedor se agregan al modelo. En Bizkaia, además, el LROE de Batuz incluye la información del 347 y la propuesta llega precargada (solo confirmas). En Gipuzkoa y Álava sigues presentando modelo 347 anual el 28 de febrero, pero la mayor parte de los datos se rellenan automáticamente desde TicketBAI. Las discrepancias entre TicketBAI y 347 son uno de los focos típicos de paralelos forales.
¿Tengo que presentar SII si estoy en TicketBAI?
No: TicketBAI sustituye al SII en el ámbito territorial vasco. El SII (Suministro Inmediato de Información del IVA) es competencia AEAT y aplica solo a sujetos pasivos con domicilio fiscal en territorio común y volumen superior a 6 millones de euros, o por opción voluntaria. Si tu domicilio fiscal está en una de las tres diputaciones vascas, no presentas SII bajo ninguna circunstancia: TicketBAI ya transmite tus operaciones a tu hacienda foral en tiempo real. Cambiar de domicilio fiscal a territorio común te saca de TicketBAI y te puede meter en SII si superas los umbrales, en una transición que requiere comunicación a ambas haciendas.

Disclaimer. Esta guía es orientativa y no sustituye el asesoramiento fiscal de un profesional colegiado en territorio foral. Las normas forales se actualizan con frecuencia y las particularidades de cada territorio histórico pueden cambiar. Antes de adaptarte a TicketBAI, consulta el portal oficial de tu hacienda foral o un asesor especializado en fiscalidad foral vasca.

Fuentes. Hacienda Foral de Bizkaia (batuz.eus); Hacienda Foral de Gipuzkoa (gipuzkoa.eus); Hacienda Foral de Álava (araba.eus); Norma Foral 5/2020 BOB; Norma Foral 1/2022 BOG; Norma Foral 33/2013 BOTHA; Real Decreto 1007/2023 (BOE-A-2023-24840) y Orden HAC/1177/2024 (BOE-A-2024-21518) para el contraste con Verifactu.