La tasa de basura —formalmente, la tasa por el servicio de recogida y tratamiento de residuos urbanos— se ha convertido en el tributo municipal más movido de los últimos años: la Ley 7/2022 de residuos obligó a todos los municipios a tener, antes de abril de 2025, una tasa específica y no deficitaria, y eso ha traído tasas nuevas o subidas notables en buena parte de las capitales. Situación en Santa Cruz de Tenerife: adaptada 2026: modificación de la ordenanza fiscal de la tasa de gestión de residuos de 2009 (BOP nº 255/2009) dictada expresamente para cumplir la disposición final 8ª de la Ley 7/2022 (tasa no deficitaria); aprobación provisional por el Pleno el 09-10-2025, definitiva en diciembre, publicada en el BOP de Santa Cruz de Tenerife nº 157 de 29-12-2025, en vigor el 01-01-2026. RECURRIDA: el PSOE interpuso recurso contencioso-administrativo en enero de 2026 (cálculos mal hechos, grava a vulnerables, no fomenta reciclaje) y el Ayuntamiento APLAZÓ EL COBRO de las liquidaciones 2026 a septiembre de 2026. Sustituye a la tasa anterior (~62 €/año de media por hogar): subida media ≈ 50%.. Lo que sigue es el criterio de cálculo vigente en 2026, lo que paga una vivienda tipo, las bonificaciones y cuándo se paga.
Cómo se calcula en Santa Cruz de Tenerife (criterio 2026)
Santa Cruz de Tenerife aplica el criterio tarifa mixta. Cuota = CRR × CVC × CGR: cuota de referencia residencial (CRR, 111,34 € en 2026 = coste del servicio / nº inmuebles residenciales) × coeficiente de capacidad económica por tramos de VALOR CATASTRAL (CVC, de 0,85 hasta 24.000 € de VC a 2,5 por encima de 1.000.000 €) × coeficiente de generación por nº de EMPADRONADOS (CGR, de 0,75 con 1 residente a 1,4 con 7+). Disposición transitoria 2ª: solo en 2026 el CGR es 1 para todas las viviendas, por lo que la cuota 2026 depende únicamente del valor catastral: de 94,64 € (VC ≤ 24.000) a 278,35 € (VC > 1.000.000).
Para poder comparar entre ciudades, calculamos la cuota de una vivienda tipo bajo un supuesto estandarizado — en Santa Cruz de Tenerife: Vivienda con valor catastral de 80.000 € → Grupo 4 (60.001–96.000 €), CVC 1,1, CGR 1 (transitorio 2026): 111,34 × 1,1 × 1 = 122,48 €/año — que da 122,48 € al año. La horquilla real para viviendas va de En 2026 (CGR=1): 94,64 € – 278,35 €/año según tramo de valor catastral; desde 2027, con el coeficiente por empadronados, el rango teórico va de 70,98 € (VC bajo, 1 residente) a 389,69 € (VC > 1M, 7+ residentes), según el caso concreto.
Fuente: Ordenanza fiscal reguladora de la Tasa de Gestión de Residuos de Competencia Municipal, Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife — texto consolidado 2026 (Pleno extraordinario 09-10-2025; BOP Santa Cruz de Tenerife nº 157 de 29-12-2025; vigor 01-01-2026). 2026 (en vigor desde el 1 de enero de 2026; cobro aplazado a septiembre de 2026).
El dato en contexto
La de Santa Cruz de Tenerife es la tasa más judicializada de las diez que analizamos aquí. La ordenanza, aprobada en pleno extraordinario el 9 de octubre de 2025 y publicada en el BOP el 29 de diciembre, entró en vigor el 1 de enero de 2026 para cumplir la Ley 7/2022, pero el PSOE la recurrió en enero ante la jurisdicción contencioso-administrativa —cálculos mal hechos, carga sobre los vulnerables, escaso incentivo al reciclaje, según el recurso— y el Ayuntamiento aplazó el cobro de las liquidaciones de 2026 a partir de septiembre, a la espera del pronunciamiento judicial. El trasfondo del malestar es la magnitud del salto: sustituye a una tasa que costaba de media unos 62 euros por hogar, con una subida media cercana al 50 %, y la bonificación a las personas vulnerables bajó del 100 % al 50 %.
La fórmula multiplica tres factores: una cuota de referencia de 111,34 euros —el coste del servicio dividido entre los inmuebles residenciales—, un coeficiente por tramos de valor catastral que va de 0,85 a 2,5, y otro por número de empadronados. Pero una disposición transitoria fija este último en 1 para todas las viviendas durante 2026, así que este año solo cuenta el valor catastral: de 94,64 euros para valores de hasta 24.000 a 278,35 por encima del millón. La vivienda del supuesto, con 80.000 euros de valor catastral, cae en el coeficiente 1,1 y paga 122,48. Desde 2027, el factor de empadronados (de 0,75 a 1,4) abrirá el abanico teórico de 70,98 a 389,69 euros. Hay bonificaciones del 50 % por renta de hasta tres veces el IPREM, del 25 % para inmuebles desocupados, del 10 % por separar la orgánica y de hasta el 100 % donde el contenedor queda lejos, como en Anaga.
Aun con la subida, la comparación con la otra capital canaria juega ahora en contra: la tasa de 149,33 euros de Las Palmas de Gran Canaria fue anulada por el TSJC en julio de 2026, así que el recibo chicharrero es hoy el único que pagan los hogares capitalinos del archipiélago. Si el recurso del PSOE prospera, todo esto podría anularse o reescribirse, como ya ocurrió en la capital vecina.
La Ley 7/2022: por qué el recibo cambió (o va a cambiar)
Hasta 2025 muchos ayuntamientos financiaban la basura con cargo al presupuesto general —algunos ni siquiera cobraban tasa—. El artículo 11.3 de la Ley 7/2022 lo prohibió: la tasa debe ser específica (solo basura), diferenciada y no deficitaria (cubrir el coste real del servicio, incluido el tratamiento). El resultado es el mapa desigual de 2026: ciudades con cuota fija, ciudades que la ligan al valor catastral de la vivienda, al consumo de agua o a la generación estimada de residuos por zona. En Santa Cruz de Tenerife: adaptada 2026: modificación de la ordenanza fiscal de la tasa de gestión de residuos de 2009 (BOP nº 255/2009) dictada expresamente para cumplir la disposición final 8ª de la Ley 7/2022 (tasa no deficitaria); aprobación provisional por el Pleno el 09-10-2025, definitiva en diciembre, publicada en el BOP de Santa Cruz de Tenerife nº 157 de 29-12-2025, en vigor el 01-01-2026. RECURRIDA: el PSOE interpuso recurso contencioso-administrativo en enero de 2026 (cálculos mal hechos, grava a vulnerables, no fomenta reciclaje) y el Ayuntamiento APLAZÓ EL COBRO de las liquidaciones 2026 a septiembre de 2026. Sustituye a la tasa anterior (~62 €/año de media por hogar): subida media ≈ 50%..
Bonificaciones en Santa Cruz de Tenerife
La ordenanza vigente recoge: 50% por nivel de renta (ingresos de todos los empadronados ≤ 3 × IPREM en 14 pagas y sin otros inmuebles urbanos; renovación trienal, mayores de 65 pensionistas exentos de renovar); 50% familia numerosa de categoría especial (ingresos ≤ 9,5 × IPREM); 25% inmuebles desocupados (sin empadronados y sin suministro de agua); 10% por separación de orgánica en contenedor marrón; 50%–100% si la recogida no es a pie de vivienda y el contenedor está lejos (zonas rurales, Parque Rural de Anaga). La bonificación a vulnerables bajó del 100% al 50% respecto al régimen anterior, uno de los focos de la polémica.. Como casi todas las bonificaciones municipales, suelen ser rogadas —hay que pedirlas, a veces con plazo— y exigen mantener los requisitos cada ejercicio.
Cuándo y cómo se paga en 2026
Periodo de pago en Santa Cruz de Tenerife: Cobro aplazado: las liquidaciones 2026 (notificación individual según la disposición transitoria 3ª) se emitirán entre septiembre y noviembre de 2026, a la espera del pronunciamiento judicial sobre el recurso; desde el 20-05-2026 el Ayuntamiento habilitó la consulta anticipada de datos fiscales y el pago anticipado voluntario (Oficina Virtual del Contribuyente, kioscos ciudadanos y OAC).. El obligado al pago es, con carácter general, quien ocupa u obtiene utilidad de la vivienda; en los pisos de alquiler es habitual que la ordenanza señale como sustituto al propietario, que puede repercutir la tasa al inquilino si el contrato lo prevé. Fuera del periodo voluntario, el recibo pasa a vía de apremio con recargo del 5, 10 o 20 % (art. 28 LGT).
Preguntas frecuentes sobre la tasa de basura en Santa Cruz de Tenerife
¿Cuánto se paga de tasa de basura en Santa Cruz de Tenerife en 2026?
Una vivienda tipo paga 122,48 € al año (supuesto: Vivienda con valor catastral de 80.000 € → Grupo 4 (60.001–96.000 €), CVC 1,1, CGR 1 (transitorio 2026): 111,34 × 1,1 × 1 = 122,48 €/año). Cuota = CRR × CVC × CGR: cuota de referencia residencial (CRR, 111,34 € en 2026 = coste del servicio / nº inmuebles residenciales) × coeficiente de capacidad económica por tramos de VALOR CATASTRAL (CVC, de 0,85 hasta 24.000 € de VC a 2,5 por encima de 1.000.000 €) × coeficiente de generación por nº de EMPADRONADOS (CGR, de 0,75 con 1 residente a 1,4 con 7+). Disposición transitoria 2ª: solo en 2026 el CGR es 1 para todas las viviendas, por lo que la cuota 2026 depende únicamente del valor catastral: de 94,64 € (VC ≤ 24.000) a 278,35 € (VC > 1.000.000). La horquilla para viviendas va de En 2026 (CGR=1): 94,64 € – 278,35 €/año según tramo de valor catastral; desde 2027, con el coeficiente por empadronados, el rango teórico va de 70,98 € (VC bajo, 1 residente) a 389,69 € (VC > 1M, 7+ residentes).
¿Cómo se calcula la tasa de basura en Santa Cruz de Tenerife?
Santa Cruz de Tenerife usa el criterio "tarifa mixta". Cuota = CRR × CVC × CGR: cuota de referencia residencial (CRR, 111,34 € en 2026 = coste del servicio / nº inmuebles residenciales) × coeficiente de capacidad económica por tramos de VALOR CATASTRAL (CVC, de 0,85 hasta 24.000 € de VC a 2,5 por encima de 1.000.000 €) × coeficiente de generación por nº de EMPADRONADOS (CGR, de 0,75 con 1 residente a 1,4 con 7+). Disposición transitoria 2ª: solo en 2026 el CGR es 1 para todas las viviendas, por lo que la cuota 2026 depende únicamente del valor catastral: de 94,64 € (VC ≤ 24.000) a 278,35 € (VC > 1.000.000). Este criterio lo decide cada ayuntamiento: la Ley 7/2022 obliga a que la tasa cubra el coste real del servicio, pero no impone una fórmula única, y por eso el recibo varía tanto entre ciudades.
¿Por qué ha subido (o cambiado) la tasa de basura?
Por la Ley 7/2022 de residuos: su artículo 11.3 obligó a los municipios a tener, antes de abril de 2025, una tasa específica, diferenciada y no deficitaria — es decir, que cubra lo que de verdad cuesta recoger y tratar la basura. Situación en Santa Cruz de Tenerife: adaptada 2026: modificación de la ordenanza fiscal de la tasa de gestión de residuos de 2009 (BOP nº 255/2009) dictada expresamente para cumplir la disposición final 8ª de la Ley 7/2022 (tasa no deficitaria); aprobación provisional por el Pleno el 09-10-2025, definitiva en diciembre, publicada en el BOP de Santa Cruz de Tenerife nº 157 de 29-12-2025, en vigor el 01-01-2026. RECURRIDA: el PSOE interpuso recurso contencioso-administrativo en enero de 2026 (cálculos mal hechos, grava a vulnerables, no fomenta reciclaje) y el Ayuntamiento APLAZÓ EL COBRO de las liquidaciones 2026 a septiembre de 2026. Sustituye a la tasa anterior (~62 €/año de media por hogar): subida media ≈ 50%..
¿Cuándo se paga la tasa de basura en Santa Cruz de Tenerife en 2026?
Cobro aplazado: las liquidaciones 2026 (notificación individual según la disposición transitoria 3ª) se emitirán entre septiembre y noviembre de 2026, a la espera del pronunciamiento judicial sobre el recurso; desde el 20-05-2026 el Ayuntamiento habilitó la consulta anticipada de datos fiscales y el pago anticipado voluntario (Oficina Virtual del Contribuyente, kioscos ciudadanos y OAC).. Quien paga es, con carácter general, quien ocupa la vivienda (propietario o, según la ordenanza, el usuario del servicio); en alquiler conviene mirar qué dice el contrato sobre su repercusión.
¿Hay bonificaciones o exenciones en Santa Cruz de Tenerife?
Sí: 50% por nivel de renta (ingresos de todos los empadronados ≤ 3 × IPREM en 14 pagas y sin otros inmuebles urbanos; renovación trienal, mayores de 65 pensionistas exentos de renovar); 50% familia numerosa de categoría especial (ingresos ≤ 9,5 × IPREM); 25% inmuebles desocupados (sin empadronados y sin suministro de agua); 10% por separación de orgánica en contenedor marrón; 50%–100% si la recogida no es a pie de vivienda y el contenedor está lejos (zonas rurales, Parque Rural de Anaga). La bonificación a vulnerables bajó del 100% al 50% respecto al régimen anterior, uno de los focos de la polémica.. Como casi todas las bonificaciones municipales, suelen ser rogadas (hay que solicitarlas) y exigen cumplir los requisitos de la ordenanza cada ejercicio.