Plusvalía municipal · IIVTNU Castilla y León Tras STC 182/2021

Plusvalía Municipal Castilla y León
21.76 % en Valladolid

Valladolid, capital de Castilla y León, aplica el Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana con un tipo del 21,76 %. La ordenanza fiscal del Ayuntamiento de Valladolid prevé una bonificación del 95 % en las transmisiones por causa de muerte de la vivienda habitual cuando se trasmite al cónyuge y a los descendientes, siempre que el valor catastral del inmueble no supere los 122.606 euros, umbral pensado para acoplarse al precio medio de la vivienda en la capital vallisoletana.

Plusvalía Municipal (IIVTNU) en Castilla y León 2026: tipo 21.76 % vigente en el Ayuntamiento de Valladolid, sistema dual método objetivo vs método real tras STC 182/2021, plazo 30 días en transmisión y 180 días en herencia

El Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana —conocido popularmente como Plusvalía Municipal— grava la revalorización del suelo urbano entre el momento de la adquisición y el de la transmisión. Es uno de los tributos locales más controvertidos del calendario fiscal, sometido a un vaivén constitucional notable en los últimos años, y precisamente por eso conviene aterrizar su funcionamiento sobre la ordenanza concreta del municipio donde radique el inmueble. Su marco normativo es el Real Decreto Legislativo 2/2004 —el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, artículos 104 a 110—, modificado por el Real Decreto-ley 26/2021 tras la Sentencia 182/2021 del Tribunal Constitucional.

Plusvalía municipal tras STC 182/2021 aplicada en Valladolid (Castilla y León) con tipo 21.76 %: el método objetivo previo fue declarado inconstitucional, vigente el sistema dual del RD-Ley 26/2021
Marco normativo vigente del IIVTNU tras la reforma constitucional de 2021, aplicado en Valladolid (Castilla y León) con tipo 21.76 %.

Tipo de gravamen en Valladolid

  • Tipo aplicado en Valladolid: 21.76 % (tope estatal 30 %).
  • Fuente normativa: ordenanza fiscal del Ayuntamiento de Valladolid (publicada en boletín municipal/provincial; el IIVTNU es tributo local, no autonómico).

Plazos de autoliquidación en Valladolid

  • Plazo transmisión inter vivos: 30 días hábiles desde la escritura.
  • Plazo transmisión mortis causa (herencias): 180 días naturales (6 meses) desde el fallecimiento, con prórroga de 6 meses solicitando dentro de los primeros 5.

Caso práctico: vivienda en Valladolid comprada hace 17 años

Plusvalía municipal en Valladolid (Castilla y León) 2026: dos métodos de cálculo aplicando el tipo 21.76 % del Ayuntamiento — método objetivo (valor catastral del suelo × coeficiente × 21.76 %) y método real (plusvalía efectiva × % suelo × 21.76 %), eligiendo el de menor cuota
Sistema dual de cálculo del IIVTNU aplicado en Valladolid: tipo 21.76 % sobre los dos métodos vigentes tras la reforma de noviembre 2021.

Anselmo, antiguo encargado de una imprenta, transmite el piso del barrio de La Rondilla en Valladolid tras decidir él y su mujer pasar la jubilación cerca del mar. Sabe que la ordenanza vallisoletana reserva sus mayores bonificaciones a la vivienda habitual heredada, condición que aquí no se cumple, así que pide comparar ambos métodos para afinar la cuota de una venta entre vivos.

Pongamos cifras a su caso: una vivienda urbana con un valor catastral del suelo de 52.000 €, adquirida en 2009 por 168.000 € y transmitida en 2026 por 215.000 €, asumiendo que el suelo representa el 42 % del valor catastral total. Veamos qué arroja cada uno de los dos métodos vigentes:

Método objetivo

  • Base imponible = 52.000 € × 0.13 (coef. 17 años) = 6760 €.
  • Cuota = 6760 € × 21.76 % = 1471 €.

Método real

  • Plusvalía total = 215.000 − 168.000 = 47.000 €.
  • Plusvalía atribuible al suelo = 47.000 € × 42 % = 19.740 €.
  • Cuota = 19.740 € × 21.76 % = 4295 €.

El contribuyente puede elegir el método que arroje la menor cuota, y aquí está el detalle relevante de la reforma. En el caso planteado, el método objetivo resulta más favorable: 1471 € frente a los 4295 € que se pagarían por la vía alternativa. La diferencia, lejos de ser anecdótica, justifica siempre la doble simulación antes de presentar la autoliquidación.

Cómo elegir el método de plusvalía municipal en Valladolid (Castilla y León): comparar la cuota del método objetivo y del método real con el tipo 21.76 % del Ayuntamiento y declarar la menor en el plazo de 30 días (transmisión) o 180 días (herencia)
Decisión recomendada en Valladolid: comparar ambos métodos con el tipo 21.76 % vigente y elegir el de menor cuota antes de 30 días.

Evolución del IIVTNU tras las sentencias del Tribunal Constitucional

  1. 2017

    STC 26/2017 y STC 59/2017

    El Tribunal Constitucional declaró inconstitucional gravar transmisiones con pérdida patrimonial (Norma Foral de Gipuzkoa y luego TR LRHL estatal en parte similar). Inicio del cuestionamiento del método objetivo previo.

    STC 26/2017 y 59/2017

  2. 2019

    STC 126/2019

    Inconstitucionalidad cuando la cuota IIVTNU supera la ganancia real obtenida con la transmisión: la liquidación excesiva confiscatoria queda vetada.

    STC 126/2019

  3. 2021

    STC 182/2021 anula el método objetivo

    La Sentencia 182/2021 de 26 de octubre declaró inconstitucionales los arts. 107.1, 107.2.a) y 107.4 TR LRHL: el sistema objetivo previo (basado solo en valor catastral del suelo × coeficiente × tipo) era inconstitucional al no permitir contrastar con la ganancia real.

    STC 182/2021 · BOE 25/11/2021

  4. 2021

    RD-Ley 26/2021 reforma IIVTNU

    Decreto-Ley 26/2021 de 8 noviembre (BOE 9/11/2021) introdujo los dos métodos vigentes: OBJETIVO (con coeficientes máximos que deben actualizarse cada año por ley) y REAL (precio venta − adquisición × % suelo). El contribuyente elige el menor.

    RD-Ley 26/2021 · BOE-A-2021-18276

  5. 2026

    Vigentes los coeficientes de 2024 (RD-Ley 8/2023)

    Los coeficientes del método objetivo deben actualizarse cada año por ley. Las subidas aprobadas para 2025 (RD-Ley 9/2024) y 2026 (RD-Ley 16/2025) no fueron convalidadas por el Congreso, así que en 2026 siguen vigentes los del RD-Ley 8/2023: la curva va de 0,15 (1 año) a 0,40 (≥20 años), con el máximo de 0,20 en torno a los 7 años. Cada Ayuntamiento fija el tipo dentro del tope estatal del 30 %.

    RD-Ley 8/2023 · BOE-A-2023-26452

Cronología constitucional del IIVTNU 2017-2026 aplicada a Valladolid (Castilla y León): STC 26/2017, STC 59/2017, STC 126/2019 y STC 182/2021 (anuladora del método objetivo previo), RD-Ley 26/2021 con sistema dual y tipo vigente 21.76 % en el Ayuntamiento de Valladolid
Hitos del IIVTNU 2017-2026 que determinan el sistema vigente aplicado en Valladolid con tipo 21.76 %.

Análisis local: plusvalía municipal en Castilla y León

Plusvalía municipal (IIVTNU) en Castilla y León 2026 — Valladolid, Burgos, Salamanca, León

Marco normativo autonómico actual

El Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU) o plusvalía municipal es un tributo local regulado en los artículos 104 a 110 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo (TRLRHL). Cada ayuntamiento aprueba su ordenanza fiscal y fija el tipo dentro del tope estatal del 30 %. Castilla y León, como comunidad de régimen común, no tiene competencia legislativa autonómica específica sobre este tributo más allá de la autonomía financiera reconocida a sus municipios.

Las nueve capitales castellanoleonesas —Valladolid, Burgos, León, Palencia, Salamanca, Segovia, Soria, Zamora y Ávila— han adaptado sus ordenanzas tras la STC 182/2021 y el RD-Ley 26/2021, operando con el doble método de cálculo hoy vigente. Cada una publica su ordenanza fiscal en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) correspondiente.

Cambios recientes (2023-2026)

El periodo 2023-2026 ha consolidado en los ayuntamientos castellanoleoneses la implantación del doble método de cálculo del RD-Ley 26/2021. El contribuyente puede elegir entre:

  1. Método objetivo: base imponible = valor catastral del suelo × coeficiente del año de tenencia (0,09 a 0,40) × tipo impositivo municipal.
  2. Método real: diferencia entre precio de transmisión y precio de adquisición × porcentaje del valor del suelo sobre el total catastral × tipo impositivo municipal.

Los movimientos significativos del periodo han sido la incorporación de bonificaciones potentes por transmisión mortis causa de la vivienda habitual a cónyuge y descendientes en varias capitales, en línea con la política autonómica de proteger la transmisión generacional del patrimonio familiar (la Junta de CyL bonifica fuertemente Sucesiones para Grupos I y II, y las ordenanzas municipales han seguido esta filosofía en IIVTNU). En Valladolid, en concreto, opera una bonificación de hasta el 95 % en transmisiones mortis causa de la vivienda habitual al cónyuge y descendientes con valor de hasta 122.606 €.

Cifras clave verificables

Los tipos impositivos vigentes en las capitales castellanoleonesas se mueven en la franja del 21-28 %:

CapitalTipo IIVTNU aproximadoBoletín de publicación
Valladolid21,76 %BOP Valladolid
Burgos26-27 % (escalonado por años)BOP Burgos
Salamanca26-27 %BOP Salamanca
León26-27 %BOP León
Palencia25-27 %BOP Palencia
Segovia26-27 %BOP Segovia
Soria25-27 %BOP Soria
Zamora26-27 %BOP Zamora
Ávila26-27 %BOP Ávila

El tipo del 21,76 % aplicado por Valladolid se sitúa en la franja media-baja del rango legal (tope 30 %), por debajo del 26-27 % habitual en el resto de capitales castellanoleonesas y de tamaño medio. Es un tipo moderado que, aplicado sobre el valor catastral del suelo, mantiene contenida la cuota efectiva sin desincentivar la rotación inmobiliaria.

Los coeficientes anuales del método objetivo —comunes a todos los ayuntamientos por estar fijados en el art. 107.4 TRLHL— oscilan entre 0,15 (tenencia ≤ 1 año), un máximo de 0,20 (7 años), descenso a 0,09-0,12 (10-15 años) y nuevo repunte hasta 0,40 en tenencias de 20 años o más. El sistema lo creó el RD-Ley 26/2021, pero los coeficientes vigentes en 2026 son los del RD-Ley 8/2023 (los aprobados para 2024), al no haberse convalidado en el Congreso las actualizaciones posteriores.

El plazo para autoliquidar es de 30 días hábiles en transmisiones inter vivos y de 6 meses (180 días) en mortis causa, prorrogables otros 6 meses.

Datos básicos socioeconómicos

Castilla y León es la comunidad autónoma más extensa de España (94.226 km²) y la sexta más poblada con 2.401.221 habitantes en 2025. La renta neta media por persona es de 15.598 € según ECV-INE 2025. El PIB nominal alcanzó 64.226 millones de euros en 2022 y el PIB per cápita 26.992 € (séptima posición nacional). El Índice de Desarrollo Humano es de 0,912, también séptima posición.

La estructura productiva descansa sobre tres pilares: agroindustria (cereales, lechazo IGP, vinos con DO Ribera del Duero, Rueda y Toro, queso zamorano, jamón de Guijuelo, ternera de Aliste); industria automotriz liderada por Renault España que opera en Valladolid (ensamblaje del Captur y el Twizy, además de motores) y en Palencia (planta clave del Mégane y Kadjar; en 2011 produjo el 58 % de la producción global del Mégane); a esto se suma Iveco en Valladolid; y turismo cultural sobre un patrimonio singular (9 sitios Patrimonio de la Humanidad UNESCO, 12 catedrales, más de 500 castillos, mayor concentración mundial de arte románico).

El mercado inmobiliario es heterogéneo. Valladolid capital y Burgos capital presentan los precios más altos (en torno a 1.500-1.800 €/m² de vivienda usada en 2025), seguidos de Salamanca y León. Palencia, Segovia, Soria, Ávila y Zamora se mueven entre 900 y 1.300 €/m². Las operaciones de plusvalía municipal se concentran masivamente en Valladolid y Burgos, con volumen importante en León, Salamanca y Segovia, y volumen residual en Soria, Zamora y Ávila.

El rasgo socioeconómico más definitorio sigue siendo la despoblación: 2.248 municipios sobre 94.226 km², densidad media de 25 hab/km² (la más baja peninsular). Soria es la provincia menos poblada de España con 9 hab/km². Esto da forma a un mercado inmobiliario muy bipolar: dinamismo en capitales y vaciamiento en gran parte del territorio, con cuotas de plusvalía generalmente modestas.

Caso práctico

Perfil: heredera que recibe en mayo de 2026 la vivienda habitual de sus padres en Valladolid capital tras el fallecimiento del último progenitor superviviente. La vivienda fue adquirida en mayo de 2006 (tenencia 20 años). Valor de adquisición a efectos de Sucesiones: 120.000 €. Valor de referencia catastral en 2026: 165.000 €. Valor catastral del suelo: 28.000 €. Porcentaje del valor del suelo sobre el total catastral: 38 %.

Cálculo método objetivo:

  1. Coeficiente correspondiente a 20+ años de tenencia: 0,40.
  2. Base imponible objetiva: 28.000 € × 0,40 = 11.200 €.
  3. Cuota IIVTNU objetiva: 11.200 € × 21,76 % = 2.437,12 €.

Cálculo método real:

  1. Incremento de valor real: 165.000 − 120.000 = 45.000 €.
  2. Porción imputable al suelo: 45.000 × 38 % = 17.100 €.
  3. Cuota IIVTNU real: 17.100 € × 21,76 % = 3.720,96 €.

El contribuyente puede optar por el método objetivo (2.437,12 €), que en este caso resulta más favorable. Adicionalmente, al ser transmisión mortis causa de vivienda habitual a descendiente directo con valor de hasta 122.606 €, aplica la bonificación municipal de Valladolid del 95 %: la cuota líquida final queda en 2.437,12 × (1 − 0,95) = 121,86 €. El plazo es de 180 días desde el fallecimiento, prorrogables otros 180 días.

Si el valor de la vivienda hubiera superado el umbral de 122.606 €, la bonificación se aplicaría sobre la porción inferior a ese umbral, prorrateando. En operaciones inter vivos (compraventa), la bonificación no aplica y el plazo se reduce a 30 días hábiles.

Comparativa breve con vecinas

Frente a las capitales de las CCAA limítrofes, Valladolid con 21,76 % se sitúa en la franja media-baja. Madrid aplica 29 %. Logroño (La Rioja) aplica 25 %. Santander aplica 28 %. Oviedo aplica 26 %. Zaragoza aplica 27 %. La presión fiscal en plusvalía es por tanto inferior en Valladolid a la de la mayoría de capitales del entorno, una ventaja competitiva en la rotación inmobiliaria urbana. A esa moderación de tipo se suma la gran ventaja relativa castellanoleonesa: las bonificaciones del 95 % en mortis causa de vivienda habitual que reducen drásticamente la carga efectiva sobre la transmisión generacional del patrimonio familiar, prioridad política autonómica desde hace dos décadas.

Sentencias relevantes y STC 182/2021 obligatoria

La STC 182/2021, de 26 de octubre, del Pleno del Tribunal Constitucional, fue la tercera sentencia consecutiva (tras STC 59/2017 y STC 126/2019) que afectó al IIVTNU y la primera que declaró la inconstitucionalidad y nulidad de los artículos 107.1, 107.2.a y 107.4 del TRLRHL por incompatibilidad del método objetivo único con el principio constitucional de capacidad económica (artículo 31.1 CE). La sentencia provocó un vacío normativo que obligó al Gobierno a dictar de urgencia el Real Decreto-ley 26/2021, de 8 de noviembre, que reformó el impuesto introduciendo el doble método objetivo/real hoy vigente.

El TSJ de Castilla y León ha resuelto desde 2022 numerosos recursos sobre transmisiones devengadas en el interludio entre la STC y la entrada en vigor del RD-Ley (10-11-2021), reconociendo en numerosos casos el derecho a la devolución del impuesto pagado durante ese breve periodo. La doctrina del TSJ ha consolidado la admisibilidad de la prueba pericial cuando el contribuyente disputa el valor de referencia catastral en aplicación del método real.

Lo que cambió en 2025-2026

Los ayuntamientos castellanoleoneses han estabilizado los tipos impositivos del IIVTNU en la franja del 21-28 %, sin movimientos relevantes durante 2025 ni anuncios significativos para 2026. Valladolid mantiene su tipo del 21,76 % y su bonificación del 95 % en mortis causa de vivienda habitual hasta 122.606 €. La digitalización de las autoliquidaciones ha avanzado en todas las capitales, con sedes electrónicas operativas mediante certificado, Cl@ve o DNIe.

En el frente jurisprudencial sigue activo el debate sobre la coordinación entre la bonificación municipal por vivienda habitual y la reducción autonómica equivalente en Sucesiones: existen criterios consolidados que permiten su acumulación cuando la transmisión cumple los requisitos de ambos beneficios. Para 2026 se prevé continuidad normativa: tipo del 21,76 % en Valladolid, bonificación 95 % mortis causa vivienda habitual, plazos inalterados (30 días inter vivos, 180 días mortis causa) y mantenimiento del doble método como garantía del principio de capacidad económica. El conjunto configura un IIVTNU castellanoleonés moderado en el tipo nominal de su principal capital y generoso en bonificación familiar, coherente con la prioridad política autonómica de proteger la transmisión hereditaria del patrimonio inmobiliario familiar en una región con el envejecimiento demográfico más severo de España.

Coeficientes del método objetivo vigentes en 2026

Años de tenencia Coeficiente Base × coef. (suelo 52.000 €)
1 año(s) 0.15 7800 €
2 año(s) 0.14 7280 €
3 año(s) 0.14 7280 €
4 año(s) 0.16 8320 €
5 año(s) 0.18 9360 €
6 año(s) 0.19 9880 €
7 año(s) 0.2 10.400 €
8 año(s) 0.19 9880 €
9 año(s) 0.15 7800 €
10 año(s) 0.12 6240 €
11 año(s) 0.1 5200 €
12 año(s) 0.09 4680 €
13 año(s) 0.09 4680 €
14 año(s) 0.09 4680 €
15 año(s) 0.09 4680 €
16 año(s) 0.1 5200 €
17 año(s) 0.13 6760 €
18 año(s) 0.17 8840 €
19 año(s) 0.23 11.960 €
20+ 0.4 20.800 €

Los coeficientes de la tabla anterior son los máximos del artículo 107.4 del TRLHL fijados por el Real Decreto-ley 8/2023 para los devengos producidos desde el 1 de enero de 2024. Aunque la ley prevé su actualización anual, las subidas aprobadas para 2025 (RD-Ley 9/2024) y para 2026 (RD-Ley 16/2025) no fueron convalidadas por el Congreso de los Diputados, de modo que en 2026 siguen vigentes los coeficientes de 2024. Todo el sistema procede del Real Decreto-ley 26/2021, la norma que reescribió el cálculo del impuesto tras la Sentencia 182/2021 del Tribunal Constitucional.

Calcula tu plusvalía municipal en Castilla y León

Introduce los datos de tu operación —el valor catastral del suelo del recibo del IBI, los años de tenencia y los valores de adquisición y transmisión— y compara los dos métodos vigentes con el tipo del 21,76 % que aplica Valladolid. La calculadora elige automáticamente el método más favorable, igual que permite la ley.

Preguntas frecuentes sobre la plusvalía municipal en Castilla y León

¿Cuándo debo presentar la plusvalía municipal en Valladolid?
En transmisiones inter vivos (compraventa, donación, permuta) tienes 30 días hábiles desde la escritura para autoliquidar el IIVTNU. En transmisiones mortis causa (herencias) el plazo es de 180 días (6 meses desde el fallecimiento), con posibilidad de prórroga de otros 6 meses solicitándola dentro de los primeros 5 meses. Pasado el plazo se aplican recargos del art. 27 LGT.
¿Qué método me conviene: objetivo o real?

En el caso de Anselmo, que vendió por 215.000 € el piso de La Rondilla que había comprado en 2009 por 168.000 €, conviene calcular siempre los dos métodos y quedarse con el menor, tal y como permite la ley. Por el método real, la ganancia imputable al suelo es de 47.000 € × 42 % = 19.740 €, que al tipo del 21,76 % de Valladolid arroja una cuota de 4.295,42 €. Por el método objetivo, en cambio, se parte del valor catastral del suelo (52.000 €) multiplicado por el coeficiente de los 17 años de tenencia (0,13), lo que da una base de 6.760 € y una cuota de solo 1.470,98 €. Como el incremento real ha sido proporcionalmente alto frente a un valor catastral contenido, a Anselmo le interesa claramente el método objetivo, que le ahorra más de 2.800 €.

¿Hay bonificaciones por transmisión a familiares en Valladolid?
Valladolid, capital de Castilla y León, aplica el Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana con un tipo del 21,76 %. La ordenanza fiscal del Ayuntamiento de Valladolid prevé una bonificación del 95 % en las transmisiones por causa de muerte de la vivienda habitual cuando se trasmite al cónyuge y a los descendientes, siempre que el valor catastral del inmueble no supere los 122.606 euros, umbral pensado para acoplarse al precio medio de la vivienda en la capital vallisoletana. Las bonificaciones municipales (no autonómicas — IIVTNU es tributo local) suelen aplicarse en mortis causa cuando el adquirente es cónyuge, descendiente o ascendiente, y cuando se mantiene la vivienda habitual durante un periodo mínimo (generalmente 4-5 años). Consulta la ordenanza fiscal vigente del Ayuntamiento de Valladolid donde radica el inmueble — cada municipio fija sus propias bonificaciones dentro del marco TR LRHL.
¿Qué pasa si la transmisión generó pérdida?

Si Anselmo hubiera transmitido el piso de La Rondilla por menos de los 168.000 € que pagó en 2009, no se devengaría el impuesto. El Tribunal Constitucional, en sus sentencias 26/2017 y 59/2017, declaró que gravar transmisiones sin incremento real de valor vulnera el principio de capacidad económica. En el mercado vallisoletano, donde barrios como La Rondilla han recuperado precios con lentitud, esta situación es perfectamente posible en compras anteriores a la última subida. En ese supuesto bastaría con presentar la autoliquidación a cuota cero o declarar la no sujeción, conservando escrituras de compra y venta como prueba ante el Ayuntamiento.

¿Qué fuente normativa regula la plusvalía municipal en 2026?
El IIVTNU está regulado por los arts. 104-110 del RD Legislativo 2/2004 LRHL (Ley Reguladora de las Haciendas Locales). Tras la STC 182/2021 que declaró inconstitucional el método de cálculo anterior, el RD-Ley 26/2021 introdujo los dos métodos vigentes (objetivo y real) y un sistema de coeficientes máximos que debe actualizarse cada año por ley; en 2026 siguen vigentes los del RD-Ley 8/2023, porque las subidas posteriores (RD-Ley 9/2024 y 16/2025) no fueron convalidadas por el Congreso. La ordenanza fiscal específica la fija cada Ayuntamiento.

Tipo del Impuesto sobre Bienes Inmuebles en las capitales de Castilla y León en 2026

Si además de la plusvalía municipal del valor del suelo te interesa la cuota anual del Impuesto sobre Bienes Inmuebles que paga el comprador como nuevo titular, estas son las fichas con el tipo urbano vigente, el recargo por vivienda desocupada y las bonificaciones aprobadas por cada Ayuntamiento.

  • Impuesto sobre Bienes Inmuebles en Ávila 2026 — tipo 0,581 %, cuota ≈ 1162 €
  • Impuesto sobre Bienes Inmuebles en Burgos 2026 — tipo 0,4568 %, cuota ≈ 914 €
  • Impuesto sobre Bienes Inmuebles en León 2026 — tipo 0,766 %, cuota ≈ 1532 €
  • Impuesto sobre Bienes Inmuebles en Palencia 2026 — tipo 0,533 %, cuota ≈ 1066 €
  • Impuesto sobre Bienes Inmuebles en Salamanca 2026 — tipo 0,7125 %, cuota ≈ 1425 €
  • Impuesto sobre Bienes Inmuebles en Segovia 2026 — tipo 0,62 %, cuota ≈ 1240 €
  • Impuesto sobre Bienes Inmuebles en Soria 2026 — tipo 0,621 %, cuota ≈ 1242 €
  • Impuesto sobre Bienes Inmuebles en Valladolid 2026 — tipo 0,5837 %, cuota ≈ 1167 €
  • Impuesto sobre Bienes Inmuebles en Zamora 2026 — tipo 0,64 %, cuota ≈ 1280 €

El detalle por municipio del Impuesto sobre Bienes Inmuebles se recoge en la sección del IBI.