El Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica —el impuesto de circulación de toda la vida— es un tributo municipal que se paga cada año por la mera titularidad de un vehículo apto para circular, esté o no en uso. Cada ayuntamiento parte del cuadro estatal del artículo 95.1 de la Ley de Haciendas Locales y puede multiplicarlo por un coeficiente de hasta 2; el de Granada queda recogido en su ordenanza fiscal. Lo que sigue es el cuadro vigente en 2026 para turismos, la bonificación de eléctricos e híbridos, y cuándo se paga.
Cuadro 2026: cuota anual de turismos por potencia fiscal
| Potencia fiscal (turismos) | Cuota anual 2026 |
|---|---|
| Menos de 8 CVF | 25,24 € |
| De 8 a 11,99 CVF | 68,16 € |
| De 12 a 15,99 CVF | 143,88 € |
| De 16 a 19,99 CVF | 179,22 € |
| 20 CVF o más | 224,00 € |
Fuente: OF nº 6 IVTM Granada + Calendario Fiscal 2026. Cuotas en vigor desde 1-1-2020 (BOP 246, 27-12-2019), no pueden subir (coef máx 2,0); calendario 2026 confirma padrón. La potencia fiscal exacta de tu vehículo figura en la casilla P.2.1 de la ficha técnica. Motos, furgones, camiones y remolques tienen cuadros propios en la misma ordenanza.
El dato en contexto
Los 68,16 euros que paga en Granada un turismo de 8 a 11,99 caballos fiscales no son una cifra cualquiera: equivalen exactamente a la tarifa estatal multiplicada por 2, el coeficiente máximo que permite la ley. Granada comparte ese techo, tramo a tramo, con Barcelona, Murcia o Palma, y dentro de Andalucía solo Huelva la iguala. Hay, sin embargo, un consuelo estructural: las cuotas están en vigor desde el 1 de enero de 2020 y, al estar ya en el máximo legal, no pueden subir; seis años después, el paso del tiempo ha ido erosionando su peso real sin que el Ayuntamiento pueda compensarlo.
El margen de maniobra del vecino está en el artículo 6 de la ordenanza. La bonificación del 75 por ciento dura cinco períodos desde la matriculación (o la reforma del vehículo) y es inusualmente amplia: cubre eléctricos, híbridos e incluso GLP y gas natural. Sobre el tramo medio son 51,12 euros de ahorro al año y 255,60 en el quinquenio; en un turismo grande de 16 a 19,99 caballos (179,22 euros), la rebaja anual asciende a 134,42 euros. A eso se suma un 5 por ciento adicional por domiciliar el recibo. Cuidado con dos cosas: la exención de clásicos exige catalogación formal —la mera antigüedad de 25 años no basta— y circula por internet una noticia de que se puede pagar hasta el 24 de junio que corresponde en realidad al año COVID de 2020. El período real de 2026 va del 27 de marzo al 27 de mayo, según el anuncio de cobranza del boletín provincial.
Frente a sus vecinas, Granada es cara sin paliativos: 17,04 euros más al año que Jaén (51,12) y 11,25 más que Córdoba (56,91) por el mismo turismo medio. La paradoja está en la gama alta: como Jaén también aplica el coeficiente 2 a partir de 20 caballos, ambas capitales cobran idénticos 224 euros al deportivo de gran cilindrada, y toda la diferencia entre la capital más cara y la más barata de Andalucía se concentra en los coches normales.
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Bonificaciones en Granada: eléctricos, híbridos e históricos
- Eléctricos / cero emisiones: 75% durante 5 períodos siguientes a matriculación o reforma (art. 6.2 OF 6; BEV, PHEV, GLP, GN, solares)
- Híbridos / etiqueta ECO: 75% durante 5 períodos (mismo art. 6.2)
- Históricos / antigüedad: 100% solo CATALOGADOS (RD 1247/1995, catalogación Junta de Andalucía); NO por mera antigüedad +25
Dos avisos prácticos: la mayoría de estas bonificaciones son rogadas —hay que solicitarlas, a veces con plazo— y suelen exigir estar al corriente de pago de los tributos municipales. El marco estatal (art. 95.6 TRLHL) fija los máximos; cada ayuntamiento decide porcentaje, duración y requisitos.
Cuándo se paga en 2026 (y quién paga si el coche se vende)
Periodo de pago del recibo anual en Granada: 27 marzo - 27 mayo 2026 (anuncio cobranza padrón IVTM 2026, BOP Granada 69, 14-04-2026). El impuesto se devenga el 1 de enero: el recibo completo del año corresponde a quien fuera titular del vehículo en esa fecha, aunque lo venda en febrero. Solo hay prorrateo por trimestres naturales en tres casos: primera matriculación (pagas los trimestres que quedan), baja definitiva en la DGT y baja temporal por robo. Un turismo medio matriculado en julio en Granada, por ejemplo, paga 34,08 € ese primer año — la mitad de los 68,16 € anuales.
Fuera de plazo, el recibo pasa a vía de apremio con recargo del 5, 10 o 20 % según el momento en que se regularice (art. 28 LGT), más intereses de demora: sobre el recibo del turismo medio de Granada, eso son de 3,41 € a 13,63 € añadidos por el retraso. Si el vehículo ya no existe o no circula, la única salida limpia es la baja definitiva en la DGT: mientras el vehículo siga dado de alta, el impuesto se sigue devengando cada 1 de enero.
Preguntas frecuentes sobre el IVTM en Granada
¿Cuánto se paga de impuesto de circulación en Granada en 2026?
Depende de la potencia fiscal del turismo. Un coche medio de 11,5 CVF paga 68,16 € al año en Granada; el cuadro completo va desde 25,24 € (menos de 8 caballos fiscales) hasta 224,00 € en el tramo más alto. La potencia fiscal figura en la casilla P.2.1 de la ficha técnica del vehículo.
¿Cuándo se paga el IVTM en Granada en 2026?
El periodo de pago es: 27 marzo - 27 mayo 2026 (anuncio cobranza padrón IVTM 2026, BOP Granada 69, 14-04-2026). El impuesto se devenga el 1 de enero: paga quien fuera titular del vehículo en esa fecha, aunque lo venda después. Pasado el periodo voluntario se aplica el recargo de apremio del 5-20 % (art. 28 LGT).
¿Qué descuento tienen los coches eléctricos e híbridos en Granada?
Eléctricos: 75% durante 5 períodos siguientes a matriculación o reforma (art. 6.2 OF 6; BEV, PHEV, GLP, GN, solares). Híbridos: 75% durante 5 períodos (mismo art. 6.2). Estas bonificaciones son potestativas de cada ayuntamiento (art. 95.6 TRLHL permite hasta el 75 %) y en la mayoría de los casos hay que solicitarlas expresamente.
Vendí el coche en marzo: ¿quién paga el IVTM de este año en Granada?
El vendedor. El impuesto se devenga el 1 de enero y el sujeto pasivo es quien figure como titular en esa fecha; la venta posterior no divide el recibo: el titular a 1 de enero de un turismo medio en Granada responde de los 68,16 € íntegros aunque venda el coche en febrero (no hay prorrateo por transmisión entre particulares, solo por primera adquisición, baja definitiva o robo). En la práctica, comprador y vendedor pueden pactar repartírselo en el contrato, pero ante el ayuntamiento responde el titular a 1 de enero.
¿Está exento algún vehículo del IVTM en Granada?
Las exenciones del art. 93 TRLHL aplican en todos los municipios: vehículos de personas con discapacidad igual o superior al 33 % para su uso exclusivo (un solo vehículo por titular, hay que solicitarla), vehículos de movilidad reducida, ambulancias, transporte público urbano de más de 9 plazas y tractores con Cartilla de Inspección Agrícola. La exención por discapacidad es rogada, no se aplica sola — y en Granada supone ahorrar de 25,24 € a 224,00 € al año según la potencia del vehículo.