Plusvalía municipal · Castelló de la Plana · Tributo municipal · Ordenanza 2026

Plusvalía municipal Castelló de la Plana
2026

Castelló de la Plana cobra la plusvalía municipal con un tipo de entre el 21 % y el 27 %, según los años de tenencia. Fija coeficientes propios, inferiores al máximo estatal en 11 de los 21 periodos de tenencia. Heredar tiene una bonificación del 75 % si se cumplen los requisitos de la ordenanza.

Plusvalía municipal en Castelló de la Plana 2026: tipo 21 % a 27 %, coeficientes y bonificación por herencia del 75 % según la ordenanza fiscal del Ayuntamiento
Ilustración · Guía Fiscal

Tipo de gravamen de la plusvalía en Castelló de la Plana

Castelló de la Plana no aplica un tipo único: baja con los años de tenencia, así que quien vende o hereda un inmueble antiguo paga proporcionalmente menos. Estos son los tramos:

Años de tenencia Tipo de gravamen
Hasta 10 años 21 %
11 años o más 27 %

Coeficientes de 2026 en Castelló de la Plana

La ordenanza de Castelló de la Plana fija sus propios coeficientes. En 11 de los 21 periodos quedan por debajo del máximo estatal. La ordenanza conserva su propia tabla; cuando un coeficiente supera el máximo estatal vigente, se aplica el máximo, como ordena el artículo 107.4 del texto refundido de la Ley de Haciendas Locales.

Años de tenencia Coeficiente en Castelló de la Plana Máximo estatal 2026
Menos de un año 0,14 0,15
1 año 0,13 0,15
2 años 0,14 0,14
3 años 0,14 0,14
4 años 0,16 0,16
5 años 0,17 0,18
6 años 0,16 0,19
7 años 0,12 0,20
8 años 0,10 0,19
9 años 0,09 0,15
10 años 0,08 0,12
11 años 0,08 0,10
12 años 0,08 0,09
13 años 0,08 0,09
14 años 0,09 0,09
15 años 0,09 0,09
16 años 0,10 0,10
17 años 0,13 0,13
18 años 0,17 0,17
19 años 0,23 0,23
20 años o más 0,40 0,40

Las filas sombreadas son los periodos en que Castelló de la Plana aplica un coeficiente inferior al máximo.

Fuente de los coeficientes: ordenanza fiscal de 2026.

Desde el 1 de diciembre de 2026: los coeficientes nuevos en Castelló de la Plana

El Real Decreto-ley 29/2026, de 6 de octubre, cambia los coeficientes máximos de la plusvalía municipal con efectos desde el 1 de diciembre de 2026. El decreto-ley está en vigor desde el 8 de octubre de 2026, pero necesita la convalidación del Congreso. Con las Cortes disueltas por el Real Decreto 806/2026, que convoca elecciones generales para el 29 de noviembre de 2026, le corresponde a la Diputación Permanente.

Castelló de la Plana tiene su propia tabla de coeficientes. Cuando un máximo baja por debajo de ella, la ley dispone lo siguiente:

En los periodos de 17 años o más, el coeficiente de la ordenanza supera el máximo nuevo, así que baja solo desde el 1 de diciembre:

  • 17 años: de 0,13 a 0,11.
  • 18 años: de 0,17 a 0,13.
  • 19 años: de 0,23 a 0,20.
  • 20 años o más: de 0,40 a 0,30.

En los periodos de menos de un año a 16 años, el máximo nuevo es mayor que el coeficiente de Castelló de la Plana. Ahí no cambia nada por sí solo: sube únicamente si el Ayuntamiento aprueba una ordenanza nueva.

Años de tenencia Hasta el 30 de noviembre Máximo nuevo Desde el 1 de diciembre
Menos de un año 0,14 0,17 0,14
1 año 0,13 0,16 0,13
2 años 0,14 0,16 0,14
3 años 0,14 0,17 0,14
4 años 0,16 0,17 0,16
5 años 0,17 0,19 0,17
6 años 0,16 0,21 0,16
7 años 0,12 0,23 0,12
8 años 0,10 0,24 0,10
9 años 0,09 0,25 0,09
10 años 0,08 0,22 0,08
11 años 0,08 0,18 0,08
12 años 0,08 0,14 0,08
13 años 0,08 0,12 0,08
14 años 0,09 0,11 0,09
15 años 0,09 0,11 0,09
16 años 0,10 0,11 0,10
17 años 0,13 0,11 0,11
18 años 0,17 0,13 0,13
19 años 0,23 0,20 0,20
20 años o más 0,40 0,30 0,30

Verde, el coeficiente baja. Todo depende de que el Congreso convalide el decreto-ley.

En la herencia del ejemplo, con más de 20 años de tenencia, la cuota íntegra pasaría de 4.320,00 € a 3.240,00 €. Con la bonificación del 75 %, la cuota a pagar pasaría de 1.080,00 € a 810,00 €.

Para ver el efecto en tu caso, elige la fecha en la calculadora de más abajo. Los nuevos máximos, periodo a periodo, están en la pieza sobre los coeficientes de diciembre de 2026.

Bonificación por herencia en Castelló de la Plana

Castelló bonifica un 75 % de la cuota en herencias a favor de descendientes, cónyuges y ascendientes. Si se reciben varios inmuebles, solo se bonifica el de menor valor catastral (sin contar garajes ni trasteros).

Quién puede beneficiarse. Descendientes y adoptados, cónyuges y ascendientes y adoptantes.

Qué inmueble. Terrenos (y derechos reales de goce) transmitidos por causa de muerte; no exige vivienda habitual ni límite de valor. Con varios inmuebles, solo el de menor valor catastral, salvo que solo se reciban garajes o trasteros.

Requisitos. El texto no fija otros requisitos que los de la regla de un solo inmueble; al documento de autoliquidación se acompañan los justificantes de las bonificaciones reclamadas.

Otras bonificaciones y exenciones

  • Exención por dación en pago de la vivienda habitual del deudor hipotecario o garante y ejecuciones hipotecarias (100 %).

La bonificación de la plusvalía no sustituye a la del impuesto de sucesiones: son dos tributos distintos, uno municipal y otro en la Comunitat Valenciana. Los detalles del segundo están en sucesiones y donaciones en la Comunitat Valenciana.

Calcula la plusvalía en Castelló de la Plana

La calculadora usa el tipo y los coeficientes de la ordenanza de Castelló de la Plana. Introduce los valores de tu escritura y el recibo del IBI, y elige si es una venta o una herencia.

Dos ejemplos calculados en Castelló de la Plana

Venta tras 8 años

Ejemplo ilustrativo. Una vivienda con valor catastral de 100.000 €, de los que 40.000 € corresponden al suelo, se compró por 180.000 € y se vende 8 años después por 230.000 €.

  • Método objetivo: 40.000 € × 0,10 (coeficiente de 8 años) = base de 4.000,00 €; con el tipo del 21 %, la cuota es de 840,00 €.
  • Método real: la ganancia de 50.000 € se reparte según el peso del suelo (40 %), lo que da una base de 20.000,00 € y una cuota de 4.200,00 €.

Se paga el método más barato si el contribuyente lo pide. Aquí sale el método objetivo, con una cuota de 840,00 €. Una venta no tiene la bonificación de las herencias.

Herencia de la vivienda habitual de la madre

Ejemplo ilustrativo. Un hijo hereda la vivienda habitual de su madre, que la tuvo más de 20 años. El valor catastral total es de 100.000 € y el del suelo, de 40.000 €. El hijo no vivía en ella, no tiene discapacidad y no hay otros inmuebles en la herencia; sus ingresos superan los umbrales de renta que fijan algunas ordenanzas.

  • Base: 40.000 € × 0,40 (coeficiente de 20 años o más) = 16.000,00 €.
  • Cuota íntegra, con el tipo del 27 %: 4.320,00 €.
  • Bonificación del 75 %: −3.240,00 €.
  • Cuota a pagar: 1.080,00 €.

La ordenanza fija un único porcentaje para descendientes; con un solo inmueble en la herencia no entra en juego la regla del inmueble de menor valor.

Con este mismo caso, Castelló de la Plana ocupa el puesto 29 de las 47 capitales que cobran el impuesto, ordenadas de la cuota más alta a la más baja. Las tienes todas en lo que cuesta heredar una vivienda en cada capital.

Sin la bonificación, el mismo caso pagaría 4.320,00 €: la diferencia es de 3.240,00 €.

En una herencia real, el valor de adquisición y el de transmisión son los declarados en el impuesto de sucesiones; con ellos se puede comparar también el método real, como en el ejemplo de la venta.

Gestión y plazos en Castelló de la Plana

Autoliquidación obligatoria (salvo cuando el terreno no tiene valor catastral fijado, que se declara y liquida el Ayuntamiento). Plazos: 30 días hábiles en actos inter vivos; seis meses prorrogables hasta un año en actos por causa de muerte.

Los plazos y el modo de presentar el impuesto los concreta la ordenanza de Castelló de la Plana, dentro del marco del artículo 110 del texto refundido de la Ley de Haciendas Locales.

Preguntas frecuentes sobre la plusvalía en Castelló de la Plana

¿Cuánto es la plusvalía municipal en Castelló de la Plana en 2026?

El tipo de gravamen es de entre el 21 % y el 27 %, según los años de tenencia sobre la base imponible. Fija coeficientes propios, inferiores al máximo estatal en 11 de los 21 periodos de tenencia. En un ejemplo de venta tras 8 años, con suelo de 40.000 €, una compra de 180.000 € y una venta de 230.000 €, la cuota es de 840,00 € por el método objetivo.

¿Hay bonificación de la plusvalía por heredar en Castelló de la Plana?

Castelló bonifica un 75 % de la cuota en herencias a favor de descendientes, cónyuges y ascendientes. Si se reciben varios inmuebles, solo se bonifica el de menor valor catastral (sin contar garajes ni trasteros). Beneficiarios: descendientes y adoptados, cónyuges y ascendientes y adoptantes.

¿Cuánto se paga de plusvalía por heredar una vivienda en Castelló de la Plana?

Depende de los requisitos. En un caso tipo (suelo de 40.000 € y más de 20 años de tenencia), la cuota íntegra es de 4.320,00 €; con la bonificación del 75 % quedan 1.080,00 €. La ordenanza fija un único porcentaje para descendientes; con un solo inmueble en la herencia no entra en juego la regla del inmueble de menor valor.

¿Cuándo y cómo se presenta la plusvalía en Castelló de la Plana?

Autoliquidación obligatoria (salvo cuando el terreno no tiene valor catastral fijado, que se declara y liquida el Ayuntamiento). Plazos: 30 días hábiles en actos inter vivos; seis meses prorrogables hasta un año en actos por causa de muerte. Si el plazo ya ha pasado, el Ayuntamiento puede reclamar recargos e intereses, así que conviene no demorarlo.

¿Cambia la plusvalía en Castelló de la Plana el 1 de diciembre de 2026?

Si el Congreso convalida el Real Decreto-ley 29/2026, bajaría en los periodos de 17 años o más, donde el coeficiente de la ordenanza supera el nuevo máximo. Para 20 años o más de tenencia, pasaría de 0,40 a 0,30. En el resto de los periodos no cambia hasta que Castelló de la Plana apruebe una ordenanza nueva.

¿Cuándo no se paga la plusvalía municipal en Castelló de la Plana?

No se paga si no hay incremento de valor: si el precio de venta no supera al de compra, la operación no está sujeta (art. 104.5 del texto refundido de la Ley de Haciendas Locales y STC 182/2021). Además, la ordenanza de Castelló de la Plana recoge otros beneficios. Exención por dación en pago de la vivienda habitual del deudor hipotecario o garante y ejecuciones hipotecarias.

Fuentes