Tipo de gravamen de la plusvalía en A Coruña
El mismo tipo vale para cualquier periodo de tenencia, de menos de un año a veinte o más. La ley estatal permite a los ayuntamientos llegar al 30 %.
Lo que dice la ordenanza — texto literal
1. A cota do imposto será a que resulte de aplicar á base impoñible o tipo do 25%.
Coeficientes de 2026 en A Coruña
La ordenanza de A Coruña remite a los máximos que fija el artículo 107.4 del texto refundido de la Ley de Haciendas Locales, así que aplica los coeficientes máximos vigentes en 2026.
| Años de tenencia | Coeficiente en A Coruña | Máximo estatal 2026 |
|---|---|---|
| Menos de un año | 0,15 | 0,15 |
| 1 año | 0,15 | 0,15 |
| 2 años | 0,14 | 0,14 |
| 3 años | 0,14 | 0,14 |
| 4 años | 0,16 | 0,16 |
| 5 años | 0,18 | 0,18 |
| 6 años | 0,19 | 0,19 |
| 7 años | 0,20 | 0,20 |
| 8 años | 0,19 | 0,19 |
| 9 años | 0,15 | 0,15 |
| 10 años | 0,12 | 0,12 |
| 11 años | 0,10 | 0,10 |
| 12 años | 0,09 | 0,09 |
| 13 años | 0,09 | 0,09 |
| 14 años | 0,09 | 0,09 |
| 15 años | 0,09 | 0,09 |
| 16 años | 0,10 | 0,10 |
| 17 años | 0,13 | 0,13 |
| 18 años | 0,17 | 0,17 |
| 19 años | 0,23 | 0,23 |
| 20 años o más | 0,40 | 0,40 |
Fuente de los coeficientes: máximos estatales (artículo 107.4 TRLRHL, RD-ley 8/2023), según remite la ordenanza.
Lo que dice la ordenanza — texto literal
na redacción vixente no momento da devindicación
Desde el 1 de diciembre de 2026: los coeficientes nuevos en A Coruña
El Real Decreto-ley 29/2026, de 6 de octubre, cambia los coeficientes máximos de la plusvalía municipal con efectos desde el 1 de diciembre de 2026. El decreto-ley está en vigor desde el 8 de octubre de 2026, pero necesita la convalidación del Congreso. Con las Cortes disueltas por el Real Decreto 806/2026, que convoca elecciones generales para el 29 de noviembre de 2026, le corresponde a la Diputación Permanente.
La ordenanza de A Coruña remite al máximo legal vigente en cada momento. Por eso, salvo que el Ayuntamiento disponga otra cosa, aplicaría los máximos nuevos desde esa fecha, tanto los que bajan como los que suben.
Bajan en los periodos de 17 años o más. Suben en los periodos de menos de un año a 16 años. Para 20 años o más de tenencia, el coeficiente pasa de 0,40 a 0,30.
| Años de tenencia | Hasta el 30 de noviembre | Máximo nuevo | Desde el 1 de diciembre |
|---|---|---|---|
| Menos de un año | 0,15 | 0,17 | 0,17 |
| 1 año | 0,15 | 0,16 | 0,16 |
| 2 años | 0,14 | 0,16 | 0,16 |
| 3 años | 0,14 | 0,17 | 0,17 |
| 4 años | 0,16 | 0,17 | 0,17 |
| 5 años | 0,18 | 0,19 | 0,19 |
| 6 años | 0,19 | 0,21 | 0,21 |
| 7 años | 0,20 | 0,23 | 0,23 |
| 8 años | 0,19 | 0,24 | 0,24 |
| 9 años | 0,15 | 0,25 | 0,25 |
| 10 años | 0,12 | 0,22 | 0,22 |
| 11 años | 0,10 | 0,18 | 0,18 |
| 12 años | 0,09 | 0,14 | 0,14 |
| 13 años | 0,09 | 0,12 | 0,12 |
| 14 años | 0,09 | 0,11 | 0,11 |
| 15 años | 0,09 | 0,11 | 0,11 |
| 16 años | 0,10 | 0,11 | 0,11 |
| 17 años | 0,13 | 0,11 | 0,11 |
| 18 años | 0,17 | 0,13 | 0,13 |
| 19 años | 0,23 | 0,20 | 0,20 |
| 20 años o más | 0,40 | 0,30 | 0,30 |
Verde, el coeficiente baja. Ámbar, sube. Todo depende de que el Congreso convalide el decreto-ley.
En la herencia del ejemplo, con más de 20 años de tenencia, la cuota íntegra pasaría de 4.000,00 € a 3.000,00 €.
Para ver el efecto en tu caso, elige la fecha en la calculadora de más abajo. Los nuevos máximos, periodo a periodo, están en la pieza sobre los coeficientes de diciembre de 2026.
Bonificación por herencia en A Coruña
Bonificación para la vivienda habitual del causante, que depende de la renta de la unidad familiar por miembro. Es del 95 % si es igual o inferior al IPREM, del 70 % hasta el doble, del 30 % hasta el triple y del 20 % por encima. No es automática: hay que pedirla.
| Supuesto | Bonificación |
|---|---|
| Renta neta de la unidad familiar por miembro hasta IPREM | 95 % |
| Renta por miembro más de IPREM y hasta 2 x IPREM | 70 % |
| Renta por miembro más de 2 x IPREM y hasta 3 x IPREM | 30 % |
| Renta por miembro más de 3 x IPREM | 20 % |
Quién puede beneficiarse. Descendientes y adoptados, cónyuges (equiparada la pareja de hecho de Galicia con 1 año de convivencia), ascendientes y adoptantes.
Qué inmueble. Vivienda habitual del causante (unidad urbana de uso residencial en la que residía, presumida la del padrón).
Requisitos. Rogada: puede pedirse desde el devengo hasta el fin del plazo de declaración-autoliquidación; la renta es la de las personas empadronadas o residentes en la vivienda, incluido el causante, en el último ejercicio declarado.
Lo que dice la ordenanza — texto literal
2.
Aplicarase unha bonificación na cota íntegra do imposto aos suxeitos pasivos cando o feito impoñible consista na transmisión de dominio, constitución ou transmisión de calquera dereito real de goce limitativo de dominio, realizada a título lucrativo por causa de morte, en relación coa vivenda habitual, a favor dos descendentes e adoptados, os cónxuxes e os ascendentes e adoptantes. […] A bonificación será de acordo cos seguintes tramos, en base ao nivel de renda da unidade familiar ou convivencial do/da suxeito pasivo, (entendéndose por tal a dos/das empadroados/ as así como aqueles que residan habitualmente na vivenda, incluído o/a causante) no último exercicio declarado: a) Renda neta da unidade familiar dividida polo número de membros igual ou inferior ao IPREM: bonificación do 95%. b) Renda neta da unidade familiar dividida polo número de membros superior ao IPREM e ata o dobre do IPREM: bonificación do 70%. c) Renda neta da unidade familiar dividida polo número de membros superior ao dobre do IPREM e ata o triplo do IMPREM: bonificación do 30%. d) Renda neta da unidade familiar dividida polo número de membros superior ao triplo do IPREM: bonificación do 20% […] A bonificación establecida no punto 2 do presente artigo terá carácter rogado, podendo solicitarse desde a data de devindicación do imposto ata a finalización do prazo de declaración-liquidación do mesmo, regulado no artigo 10.2 desta ordenanza fiscal.
A antedita bonificación deberá solicitarse ben mediante o modelo de solicitude aprobado polo Concello ou ben mediante escrito formulado expresamente e dirixido ao Departamento de Facenda para a súa tramitación.
La bonificación de la plusvalía no sustituye a la del impuesto de sucesiones: son dos tributos distintos, uno municipal y otro en Galicia. Los detalles del segundo están en sucesiones y donaciones en Galicia.
Calcula la plusvalía en A Coruña
La calculadora usa el tipo y los coeficientes de la ordenanza de A Coruña. Introduce los valores de tu escritura y el recibo del IBI, y elige si es una venta o una herencia.
Dos ejemplos calculados en A Coruña
Venta tras 8 años
Ejemplo ilustrativo. Una vivienda con valor catastral de 100.000 €, de los que 40.000 € corresponden al suelo, se compró por 180.000 € y se vende 8 años después por 230.000 €.
- Método objetivo: 40.000 € × 0,19 (coeficiente de 8 años) = base de 7.600,00 €; con el tipo del 25 %, la cuota es de 1.900,00 €.
- Método real: la ganancia de 50.000 € se reparte según el peso del suelo (40 %), lo que da una base de 20.000,00 € y una cuota de 5.000,00 €.
Se paga el método más barato si el contribuyente lo pide. Aquí sale el método objetivo, con una cuota de 1.900,00 €. Una venta no tiene la bonificación de las herencias.
Herencia de la vivienda habitual de la madre
Ejemplo ilustrativo. Un hijo hereda la vivienda habitual de su madre, que la tuvo más de 20 años. El valor catastral total es de 100.000 € y el del suelo, de 40.000 €. El hijo no vivía en ella, no tiene discapacidad y no hay otros inmuebles en la herencia; sus ingresos superan los umbrales de renta que fijan algunas ordenanzas.
- Base: 40.000 € × 0,40 (coeficiente de 20 años o más) = 16.000,00 €.
- Cuota íntegra, con el tipo del 25 %: 4.000,00 €.
- Bonificación de entre el 20 % y el 95 %: entre −800,00 € y −3.800,00 €.
- Cuota a pagar: entre 200,00 € y 3.200,00 €.
La bonificación depende de la renta por miembro de la unidad familiar de la vivienda heredada, es decir, de los empadronados, incluida la causante. Va del 20 % con rentas altas al 95 % con rentas por debajo del IPREM.
Con este mismo caso, A Coruña comparte el puesto 15 con otra capital, de las 47 que cobran el impuesto, ordenadas de la cuota más alta a la más baja. Las tienes todas en lo que cuesta heredar una vivienda en cada capital.
Sin la bonificación, el mismo caso pagaría 4.000,00 €: la diferencia es de 800,00 €.
En una herencia real, el valor de adquisición y el de transmisión son los declarados en el impuesto de sucesiones; con ellos se puede comparar también el método real, como en el ejemplo de la venta.
Gestión y plazos en A Coruña
Declaración con autoliquidación. Plazos: 30 días hábiles en inter vivos; 6 meses en mortis causa, prorrogables hasta un año (se entiende concedida por silencio si pasa un mes).
Los plazos y el modo de presentar el impuesto los concreta la ordenanza de A Coruña, dentro del marco del artículo 110 del texto refundido de la Ley de Haciendas Locales.
Lo que dice la ordenanza — texto literal
2. A declaración para a autoliquidación deberá ser realizada nos seguintes prazos, que se contarán desde a data na que se produza a xeración do imposto: […] a) Cando se trate de actos inter vivos, o prazo será de trinta días hábiles. […] b) Cando se trate de actos por causa de morte, o prazo será de seis meses prorrogables ata un ano por solicitude do suxeito pasivo.
Preguntas frecuentes sobre la plusvalía en A Coruña
¿Cuánto es la plusvalía municipal en A Coruña en 2026?
El tipo de gravamen es del 25 % sobre la base imponible. Sus coeficientes son los máximos estatales vigentes en 2026. En un ejemplo de venta tras 8 años, con suelo de 40.000 €, una compra de 180.000 € y una venta de 230.000 €, la cuota es de 1.900,00 € por el método objetivo.
¿Hay bonificación de la plusvalía por heredar en A Coruña?
Bonificación para la vivienda habitual del causante, que depende de la renta de la unidad familiar por miembro. Es del 95 % si es igual o inferior al IPREM, del 70 % hasta el doble, del 30 % hasta el triple y del 20 % por encima. No es automática: hay que pedirla. Beneficiarios: descendientes y adoptados, cónyuges (equiparada la pareja de hecho de Galicia con 1 año de convivencia), ascendientes y adoptantes.
¿Cuánto se paga de plusvalía por heredar una vivienda en A Coruña?
Depende de los requisitos. En un caso tipo (suelo de 40.000 € y más de 20 años de tenencia), la cuota íntegra es de 4.000,00 €; con la bonificación, que va del 20 % al 95 %, quedan entre 200,00 € y 3.200,00 €. La bonificación depende de la renta por miembro de la unidad familiar de la vivienda heredada, es decir, de los empadronados, incluida la causante. Va del 20 % con rentas altas al 95 % con rentas por debajo del IPREM.
¿Cuándo y cómo se presenta la plusvalía en A Coruña?
Declaración con autoliquidación. Plazos: 30 días hábiles en inter vivos; 6 meses en mortis causa, prorrogables hasta un año (se entiende concedida por silencio si pasa un mes). Si el plazo ya ha pasado, el Ayuntamiento puede reclamar recargos e intereses, así que conviene no demorarlo.
¿Cambia la plusvalía en A Coruña el 1 de diciembre de 2026?
Si el Congreso convalida el Real Decreto-ley 29/2026, sí. La ordenanza de A Coruña remite al máximo legal vigente, así que desde el 1 de diciembre de 2026 aplicaría los nuevos máximos. Para 20 años o más de tenencia, el coeficiente pasaría de 0,40 a 0,30.
¿Cuándo no se paga la plusvalía municipal en A Coruña?
No se paga si no hay incremento de valor: si el precio de venta no supera al de compra, la operación no está sujeta (art. 104.5 del texto refundido de la Ley de Haciendas Locales y STC 182/2021).
Fuentes
- Ordenanza fiscal de la plusvalía municipal de A Coruña. Ordenanza fiscal 53, aprobada por el Pleno el 28 de diciembre de 2023 y en vigor desde el 1 de enero de 2024. Texto comprobado el 23 de octubre de 2026.
- Consulta de información impositiva municipal del Ministerio de Hacienda: tipos y coeficientes del ejercicio 2025, que usamos para contrastar la ordenanza.
- Texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, artículos 104 a 110 (hecho imponible, base imponible, coeficientes, bonificaciones y gestión).
