Tipo de gravamen de la plusvalía en Bilbao
El mismo tipo vale para cualquier periodo de tenencia, de menos de un año a veinte o más. En territorio foral, el máximo lo fija la norma foral del territorio.
Lo que dice la ordenanza — texto literal
El tipo de gravamen aplicable a la base imponible, al que se remite el artículo 11 de la Ordenanza, será: Tipo de gravamen 17,00 %
Coeficientes de 2026 en Bilbao
La ordenanza de Bilbao fija sus propios coeficientes, que no están limitados por los máximos de la ley estatal.
| Años de tenencia | Coeficiente en Bilbao | Máximo estatal 2026 |
|---|---|---|
| Menos de un año | 0,09 | No rige en territorio foral |
| 1 año | 0,08 | No rige en territorio foral |
| 2 años | 0,08 | No rige en territorio foral |
| 3 años | 0,08 | No rige en territorio foral |
| 4 años | 0,09 | No rige en territorio foral |
| 5 años | 0,10 | No rige en territorio foral |
| 6 años | 0,11 | No rige en territorio foral |
| 7 años | 0,12 | No rige en territorio foral |
| 8 años | 0,13 | No rige en territorio foral |
| 9 años | 0,12 | No rige en territorio foral |
| 10 años | 0,09 | No rige en territorio foral |
| 11 años | 0,07 | No rige en territorio foral |
| 12 años | 0,06 | No rige en territorio foral |
| 13 años | 0,06 | No rige en territorio foral |
| 14 años | 0,06 | No rige en territorio foral |
| 15 años | 0,06 | No rige en territorio foral |
| 16 años | 0,06 | No rige en territorio foral |
| 17 años | 0,07 | No rige en territorio foral |
| 18 años | 0,09 | No rige en territorio foral |
| 19 años | 0,12 | No rige en territorio foral |
| 20 años o más | 0,19 | No rige en territorio foral |
Fuente de los coeficientes: ordenanza fiscal de 2026.
Lo que dice la ordenanza — texto literal
Los coeficientes a aplicar sobre el valor del terreno según los períodos de generación del incremento del valor, a los que se remite el artículo 6.3 de la Ordenanza, serán los siguientes:
Desde el 1 de diciembre de 2026: los coeficientes nuevos en Bilbao
El Real Decreto-ley 29/2026, de 6 de octubre, cambia los coeficientes máximos de la plusvalía municipal con efectos desde el 1 de diciembre de 2026. El decreto-ley está en vigor desde el 8 de octubre de 2026, pero necesita la convalidación del Congreso. Con las Cortes disueltas por el Real Decreto 806/2026, que convoca elecciones generales para el 29 de noviembre de 2026, le corresponde a la Diputación Permanente.
Esos máximos son los del artículo 107.4 de la ley estatal, que no rigen en territorio foral. Los coeficientes de Bilbao los fijan su norma foral y su ordenanza, de modo que este decreto-ley no los toca.
Los nuevos máximos, periodo a periodo, están en la pieza sobre los coeficientes de diciembre de 2026.
Bonificación por herencia en Bilbao
Bilbao bonifica un 33 % de la cuota del impuesto cuando se hereda a favor de descendientes, adoptados, cónyuges o parejas de hecho y ascendientes o adoptantes, siempre que la declaración se presente en plazo con la documentación.
Quién puede beneficiarse. Descendientes y adoptados, cónyuges o parejas de hecho (Ley 2/2003) y ascendientes y adoptantes.
Qué inmueble. Cualquier terreno o derecho real transmitido a título lucrativo por causa de muerte; el texto no exige que sea vivienda habitual ni fija límite de valor catastral.
Requisitos. Presentar la declaración del impuesto, con la documentación requerida, dentro del plazo del artículo 14 b) (un año en transmisiones por causa de muerte).
Lo que dice la ordenanza — texto literal
En las transmisiones de terrenos y en la transmisión o constitución de derechos reales de goce limitativos del dominio, realizadas a título lucrativo por causa de muerte a favor de los descendientes y adoptados, los cónyuges o parejas de hecho constituidas conforme a lo dispuesto en la Ley 2/2003, de 7 de mayo, y los ascendientes y adoptantes, se bonificará en un 33 % la cuota íntegra del impuesto siempre que la declaración a efectos del impuesto se presente, junto con la documentación requerida, en el plazo establecido en el artículo 14 b).
Otras bonificaciones y exenciones
- Exención de las transmisiones de la vivienda habitual por dación en pago o ejecución hipotecaria del deudor o garante, con condiciones (100 %).
La bonificación de la plusvalía no sustituye a la del impuesto de sucesiones: son dos tributos distintos, uno municipal y otro en el País Vasco. Los detalles del segundo están en sucesiones y donaciones en el País Vasco.
Calcula la plusvalía en Bilbao
La calculadora usa el tipo y los coeficientes de la ordenanza de Bilbao. Introduce los valores de tu escritura y el recibo del IBI, y elige si es una venta o una herencia.
Dos ejemplos calculados en Bilbao
Venta tras 8 años
Ejemplo ilustrativo. Una vivienda con valor catastral de 100.000 €, de los que 40.000 € corresponden al suelo, se compró por 180.000 € y se vende 8 años después por 230.000 €.
- Método objetivo: 40.000 € × 0,13 (coeficiente de 8 años) = base de 5.200,00 €; con el tipo del 17 %, la cuota es de 884,00 €.
- Método real: la ganancia de 50.000 € se reparte según el peso del suelo (40 %), lo que da una base de 20.000,00 € y una cuota de 3.400,00 €.
Se paga el método más barato si el contribuyente lo pide. Aquí sale el método objetivo, con una cuota de 884,00 €. Una venta no tiene la bonificación de las herencias.
Herencia de la vivienda habitual de la madre
Ejemplo ilustrativo. Un hijo hereda la vivienda habitual de su madre, que la tuvo más de 20 años. El valor catastral total es de 100.000 € y el del suelo, de 40.000 €. El hijo no vivía en ella, no tiene discapacidad y no hay otros inmuebles en la herencia; sus ingresos superan los umbrales de renta que fijan algunas ordenanzas.
- Base: 40.000 € × 0,19 (coeficiente de 20 años o más) = 7.600,00 €.
- Cuota íntegra, con el tipo del 17 %: 1.292,00 €.
- Bonificación del 33 %: −426,36 €.
- Cuota a pagar: 865,64 €.
La ordenanza fija un único porcentaje para descendientes, sin límite de valor ni exigencia de vivienda habitual, siempre que se presente la declaración en plazo.
Con este mismo caso, Bilbao ocupa el puesto 30 de las 47 capitales que cobran el impuesto, ordenadas de la cuota más alta a la más baja. Las tienes todas en lo que cuesta heredar una vivienda en cada capital.
Sin la bonificación, el mismo caso pagaría 1.292,00 €: la diferencia es de 426,36 €.
En una herencia real, el valor de adquisición y el de transmisión son los declarados en el impuesto de sucesiones; con ellos se puede comparar también el método real, como en el ejemplo de la venta.
Gestión y plazos en Bilbao
Declaración presentada al Ayuntamiento (el Ayuntamiento practica la liquidación); no consta autoliquidación general. Plazos: 30 días hábiles en actos inter vivos; un año en actos por causa de muerte (sin la fórmula de 6 meses prorrogables).
Los plazos y el modo de presentar el impuesto los fija la ordenanza de Bilbao, dentro del marco de la norma foral de su territorio.
Lo que dice la ordenanza — texto literal
Los sujetos pasivos vendrán obligados a presentar ante el órgano competente de la Administración Municipal la declaración correspondiente por el Impuesto, según el modelo oficial que se facilitará y que contendrá los elementos de la relación tributaria y demás datos necesarios e imprescindibles para que dicha administración practique la liquidación que proceda. […] a) Cuando se trate de actos inter vivos, el plazo será de 30 días hábiles. b) Cuando se trate de actos por causa de muerte, el plazo será de un año.
Preguntas frecuentes sobre la plusvalía en Bilbao
¿Cuánto es la plusvalía municipal en Bilbao en 2026?
El tipo de gravamen es del 17 % sobre la base imponible. Como territorio foral, aplica sus propios coeficientes, sin el tope de la ley estatal. En un ejemplo de venta tras 8 años, con suelo de 40.000 €, una compra de 180.000 € y una venta de 230.000 €, la cuota es de 884,00 € por el método objetivo.
¿Hay bonificación de la plusvalía por heredar en Bilbao?
Bilbao bonifica un 33 % de la cuota del impuesto cuando se hereda a favor de descendientes, adoptados, cónyuges o parejas de hecho y ascendientes o adoptantes, siempre que la declaración se presente en plazo con la documentación. Beneficiarios: descendientes y adoptados, cónyuges o parejas de hecho (Ley 2/2003) y ascendientes y adoptantes.
¿Cuánto se paga de plusvalía por heredar una vivienda en Bilbao?
Depende de los requisitos. En un caso tipo (suelo de 40.000 € y más de 20 años de tenencia), la cuota íntegra es de 1.292,00 €; con la bonificación del 33 % quedan 865,64 €. La ordenanza fija un único porcentaje para descendientes, sin límite de valor ni exigencia de vivienda habitual, siempre que se presente la declaración en plazo.
¿Cuándo y cómo se presenta la plusvalía en Bilbao?
Declaración presentada al Ayuntamiento (el Ayuntamiento practica la liquidación); no consta autoliquidación general. Plazos: 30 días hábiles en actos inter vivos; un año en actos por causa de muerte (sin la fórmula de 6 meses prorrogables). Si el plazo ya ha pasado, el Ayuntamiento puede reclamar recargos e intereses, así que conviene no demorarlo.
¿Cambia la plusvalía en Bilbao el 1 de diciembre de 2026?
El Real Decreto-ley 29/2026 modifica los máximos del artículo 107.4 de la Ley de Haciendas Locales, que no rigen en territorio foral. Los coeficientes de Bilbao los fija su norma foral y su ordenanza, así que este cambio no los toca.
¿Cuándo no se paga la plusvalía municipal en Bilbao?
No se paga si no hay incremento de valor: si el precio de venta no supera al de compra, la operación no está sujeta (art. 104.5 del texto refundido de la Ley de Haciendas Locales y STC 182/2021). Además, la ordenanza de Bilbao recoge otros beneficios. Exención de las transmisiones de la vivienda habitual por dación en pago o ejecución hipotecaria del deudor o garante, con condiciones.
Fuentes
- Ordenanza fiscal de la plusvalía municipal de Bilbao. Ordenanza fiscal 04, modificada por el Pleno el 26 de junio de 2025 y con efectos desde el 1 de enero de 2026. Texto comprobado el 23 de octubre de 2026.
- Texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, artículos 104 a 110 (hecho imponible, base imponible, coeficientes, bonificaciones y gestión).
