Tipo de gravamen de la plusvalía en Lugo
Lugo no aplica un tipo único: baja con los años de tenencia, así que quien vende o hereda un inmueble antiguo paga proporcionalmente menos. Estos son los tramos:
| Años de tenencia | Tipo de gravamen |
|---|---|
| Hasta 5 años | 28 % |
| 6 años o más | 27 % |
Frente al dato de Hacienda, los coeficientes aplicables en 2026 difieren de los que figuran en la consulta de Hacienda del ejercicio 2025. Prevalece la ordenanza vigente en 2026.
Lo que dice la ordenanza — texto literal
A cota deste imposto será a resultante de aplicar á base impoñible o tipo que corresponda entre os seguintes: a) Se o período de xeración do incremento de valor é ata 5 anos, o 28%. b) Se o período de xeración do incremento de valor é de mais de 5 anos e ata 20 anos, o 27%.
Coeficientes de 2026 en Lugo
La ordenanza de Lugo remite a los máximos que fija el artículo 107.4 del texto refundido de la Ley de Haciendas Locales, así que aplica los coeficientes máximos vigentes en 2026.
| Años de tenencia | Coeficiente en Lugo | Máximo estatal 2026 |
|---|---|---|
| Menos de un año | 0,15 | 0,15 |
| 1 año | 0,15 | 0,15 |
| 2 años | 0,14 | 0,14 |
| 3 años | 0,14 | 0,14 |
| 4 años | 0,16 | 0,16 |
| 5 años | 0,18 | 0,18 |
| 6 años | 0,19 | 0,19 |
| 7 años | 0,20 | 0,20 |
| 8 años | 0,19 | 0,19 |
| 9 años | 0,15 | 0,15 |
| 10 años | 0,12 | 0,12 |
| 11 años | 0,10 | 0,10 |
| 12 años | 0,09 | 0,09 |
| 13 años | 0,09 | 0,09 |
| 14 años | 0,09 | 0,09 |
| 15 años | 0,09 | 0,09 |
| 16 años | 0,10 | 0,10 |
| 17 años | 0,13 | 0,13 |
| 18 años | 0,17 | 0,17 |
| 19 años | 0,23 | 0,23 |
| 20 años o más | 0,40 | 0,40 |
Fuente de los coeficientes: máximos estatales (artículo 107.4 TRLRHL, RD-ley 8/2023), según remite la ordenanza.
Lo que dice la ordenanza — texto literal
O coeficiente para aplicar sobre o valor do terreo no momento da devindiación […] Dende o 28/01/2026
Desde el 1 de diciembre de 2026: los coeficientes nuevos en Lugo
El Real Decreto-ley 29/2026, de 6 de octubre, cambia los coeficientes máximos de la plusvalía municipal con efectos desde el 1 de diciembre de 2026. El decreto-ley está en vigor desde el 8 de octubre de 2026, pero necesita la convalidación del Congreso. Con las Cortes disueltas por el Real Decreto 806/2026, que convoca elecciones generales para el 29 de noviembre de 2026, le corresponde a la Diputación Permanente.
Lugo tiene su propia tabla de coeficientes. Cuando un máximo baja por debajo de ella, la ley dispone lo siguiente:
Lo que dice la ley — texto literal
Si, como consecuencia de la actualización referida en el párrafo anterior, alguno de los coeficientes aprobados por la vigente ordenanza fiscal resultara ser superior al correspondiente nuevo máximo legal, se aplicará este directamente hasta que entre en vigor la nueva ordenanza fiscal que corrija dicho exceso.
En los periodos de 17 años o más, el coeficiente de la ordenanza supera el máximo nuevo, así que baja solo desde el 1 de diciembre:
- 17 años: de 0,13 a 0,11.
- 18 años: de 0,17 a 0,13.
- 19 años: de 0,23 a 0,20.
- 20 años o más: de 0,40 a 0,30.
En los periodos de menos de un año a 16 años, el máximo nuevo es mayor que el coeficiente de Lugo. Ahí no cambia nada por sí solo: sube únicamente si el Ayuntamiento aprueba una ordenanza nueva.
| Años de tenencia | Hasta el 30 de noviembre | Máximo nuevo | Desde el 1 de diciembre |
|---|---|---|---|
| Menos de un año | 0,15 | 0,17 | 0,15 |
| 1 año | 0,15 | 0,16 | 0,15 |
| 2 años | 0,14 | 0,16 | 0,14 |
| 3 años | 0,14 | 0,17 | 0,14 |
| 4 años | 0,16 | 0,17 | 0,16 |
| 5 años | 0,18 | 0,19 | 0,18 |
| 6 años | 0,19 | 0,21 | 0,19 |
| 7 años | 0,20 | 0,23 | 0,20 |
| 8 años | 0,19 | 0,24 | 0,19 |
| 9 años | 0,15 | 0,25 | 0,15 |
| 10 años | 0,12 | 0,22 | 0,12 |
| 11 años | 0,10 | 0,18 | 0,10 |
| 12 años | 0,09 | 0,14 | 0,09 |
| 13 años | 0,09 | 0,12 | 0,09 |
| 14 años | 0,09 | 0,11 | 0,09 |
| 15 años | 0,09 | 0,11 | 0,09 |
| 16 años | 0,10 | 0,11 | 0,10 |
| 17 años | 0,13 | 0,11 | 0,11 |
| 18 años | 0,17 | 0,13 | 0,13 |
| 19 años | 0,23 | 0,20 | 0,20 |
| 20 años o más | 0,40 | 0,30 | 0,30 |
Verde, el coeficiente baja. Todo depende de que el Congreso convalide el decreto-ley.
En la herencia del ejemplo, con más de 20 años de tenencia, la cuota íntegra pasaría de 4.320,00 € a 3.240,00 €. Con la bonificación del 25 %, la cuota a pagar pasaría de 3.240,00 € a 2.430,00 €.
Para ver el efecto en tu caso, elige la fecha en la calculadora de más abajo. Los nuevos máximos, periodo a periodo, están en la pieza sobre los coeficientes de diciembre de 2026.
Bonificación por herencia en Lugo
Bonificación por tramos de valor catastral del suelo: 95 % hasta 8.000 €, 50 % de 8.000,01 a 16.000 € y 25 % de 16.000,01 a 40.000 € (sin bonificación por encima). Solo para la vivienda habitual del fallecido (la que figure en el padrón al fallecer) y para descendientes, ascendientes, cónyuge o pareja con registro público. Se pide dentro del plazo de la declaración.
| Supuesto | Bonificación |
|---|---|
| Valor catastral del suelo de 0 a 8.000 € | 95 % |
| De 8.000,01 a 16.000 € | 50 % |
| De 16.000,01 a 40.000 € | 25 % |
Quién puede beneficiarse. Descendientes y adoptados, ascendientes y adoptantes, cónyuge del causante o persona que convivía con él con análoga relación de afectividad inscrita en un registro público.
Qué inmueble. Bien inmueble urbano que sea la vivienda habitual del causante: la que figure como domicilio en el padrón de habitantes en la fecha del fallecimiento.
Requisitos. Solicitud dentro del plazo de presentación de la declaración (art. 110 TRLRHL). No se exige mantener el inmueble. Por encima de 40.000 € de valor catastral del suelo la ordenanza no prevé bonificación.
Lo que dice la ordenanza — texto literal
Nas trasmisións dos terreos e nas trasmisións ou constitucións de dereitos reais de goce limitativos de dominio a título lucrativo, por causa de morte, cando os suxeitos pasivos do imposto sexan descendentes e adoptados ou ascendentes e adoptantes, cónxuxe do causante ou persoa con que convivira o causante con análoga relación de afectividade e así conste nun rexistro público, establécese unha bonificación sobre a cota íntegra do imposto correspondente ó ben inmoble de natureza urbana que sexa a vivenda habitual do causante, en función do valor catastral do solo e segundo o seguinte cadro: Valor catastral do solo Porcentaxe De 0 a 8.000 95 % De 8.000,01 a 16.000 50 % De 16.000,01 a 40.000 25 % A estes efectos, considerarase vivenda habitual aquela que figure como domicilio do causante no padrón de habitantes na data do seu falecemento.
Esta bonificación deberá solicitarse dentro do prazo habilitado no artigo 110 do Real decreto lexislativo 2/2004, do 5 de marzo, polo que se aproba a texto refundido da Lei reguladora das facendas locais, para a presentación da declaración deste imposto.
La bonificación de la plusvalía no sustituye a la del impuesto de sucesiones: son dos tributos distintos, uno municipal y otro en Galicia. Los detalles del segundo están en sucesiones y donaciones en Galicia.
Calcula la plusvalía en Lugo
La calculadora usa el tipo y los coeficientes de la ordenanza de Lugo. Introduce los valores de tu escritura y el recibo del IBI, y elige si es una venta o una herencia.
Dos ejemplos calculados en Lugo
Venta tras 8 años
Ejemplo ilustrativo. Una vivienda con valor catastral de 100.000 €, de los que 40.000 € corresponden al suelo, se compró por 180.000 € y se vende 8 años después por 230.000 €.
- Método objetivo: 40.000 € × 0,19 (coeficiente de 8 años) = base de 7.600,00 €; con el tipo del 27 %, la cuota es de 2.052,00 €.
- Método real: la ganancia de 50.000 € se reparte según el peso del suelo (40 %), lo que da una base de 20.000,00 € y una cuota de 5.400,00 €.
Se paga el método más barato si el contribuyente lo pide. Aquí sale el método objetivo, con una cuota de 2.052,00 €. Una venta no tiene la bonificación de las herencias.
Herencia de la vivienda habitual de la madre
Ejemplo ilustrativo. Un hijo hereda la vivienda habitual de su madre, que la tuvo más de 20 años. El valor catastral total es de 100.000 € y el del suelo, de 40.000 €. El hijo no vivía en ella, no tiene discapacidad y no hay otros inmuebles en la herencia; sus ingresos superan los umbrales de renta que fijan algunas ordenanzas.
- Base: 40.000 € × 0,40 (coeficiente de 20 años o más) = 16.000,00 €.
- Cuota íntegra, con el tipo del 27 %: 4.320,00 €.
- Bonificación del 25 %: −1.080,00 €.
- Cuota a pagar: 3.240,00 €.
El suelo del caso, de 40.000 euros, entra en el último tramo bonificado, el de 16.000,01 a 40.000 euros, para la vivienda habitual de la causante.
Con este mismo caso, Lugo ocupa el puesto 14 de las 47 capitales que cobran el impuesto, ordenadas de la cuota más alta a la más baja. Las tienes todas en lo que cuesta heredar una vivienda en cada capital.
Sin la bonificación, el mismo caso pagaría 4.320,00 €: la diferencia es de 1.080,00 €.
En una herencia real, el valor de adquisición y el de transmisión son los declarados en el impuesto de sucesiones; con ellos se puede comparar también el método real, como en el ejemplo de la venta.
Gestión y plazos en Lugo
Autoliquidación obligatoria con ingreso en entidades colaboradoras. Plazos: 30 días hábiles en inter vivos (incluidas donaciones); 6 meses desde el fallecimiento en mortis causa, prorrogables hasta un año a solicitud del sujeto pasivo.
Los plazos y el modo de presentar el impuesto los concreta la ordenanza de Lugo, dentro del marco del artículo 110 del texto refundido de la Ley de Haciendas Locales.
Lo que dice la ordenanza — texto literal
1. Os suxeitos pasivos están obrigados a practicar autoliquidación do imposto e a ingresar o seu importe nas entidades bancarias colaboradoras que se designen, nos prazos seguintes: a) Nas transmisións inter-vivos e na constitución de dereitos reais de goce, así como nas doazóns, dentro dos 30 días hábiles seguintes a aquel no que tivera lugar o feito impoñible. b) Nas transmisións mortis-causa, dentro do prazo de seis meses a contares dende a data de falecemento do causante, prorrogables ata un ano a solicitude do suxeito pasivo.
Preguntas frecuentes sobre la plusvalía en Lugo
¿Cuánto es la plusvalía municipal en Lugo en 2026?
El tipo de gravamen es de entre el 27 % y el 28 %, según los años de tenencia sobre la base imponible. Sus coeficientes son los máximos estatales vigentes en 2026. En un ejemplo de venta tras 8 años, con suelo de 40.000 €, una compra de 180.000 € y una venta de 230.000 €, la cuota es de 2.052,00 € por el método objetivo.
¿Hay bonificación de la plusvalía por heredar en Lugo?
Bonificación por tramos de valor catastral del suelo: 95 % hasta 8.000 €, 50 % de 8.000,01 a 16.000 € y 25 % de 16.000,01 a 40.000 € (sin bonificación por encima). Solo para la vivienda habitual del fallecido (la que figure en el padrón al fallecer) y para descendientes, ascendientes, cónyuge o pareja con registro público. Se pide dentro del plazo de la declaración.
Beneficiarios: descendientes y adoptados, ascendientes y adoptantes, cónyuge del causante o persona que convivía con él con análoga relación de afectividad inscrita en un registro público.
¿Cuánto se paga de plusvalía por heredar una vivienda en Lugo?
Depende de los requisitos. En un caso tipo (suelo de 40.000 € y más de 20 años de tenencia), la cuota íntegra es de 4.320,00 €; con la bonificación del 25 % quedan 3.240,00 €. El suelo del caso, de 40.000 euros, entra en el último tramo bonificado, el de 16.000,01 a 40.000 euros, para la vivienda habitual de la causante.
¿Cuándo y cómo se presenta la plusvalía en Lugo?
Autoliquidación obligatoria con ingreso en entidades colaboradoras. Plazos: 30 días hábiles en inter vivos (incluidas donaciones); 6 meses desde el fallecimiento en mortis causa, prorrogables hasta un año a solicitud del sujeto pasivo. Si el plazo ya ha pasado, el Ayuntamiento puede reclamar recargos e intereses, así que conviene no demorarlo.
¿Cambia la plusvalía en Lugo el 1 de diciembre de 2026?
Si el Congreso convalida el Real Decreto-ley 29/2026, bajaría en los periodos de 17 años o más, donde el coeficiente de la ordenanza supera el nuevo máximo. Para 20 años o más de tenencia, pasaría de 0,40 a 0,30. En el resto de los periodos no cambia hasta que Lugo apruebe una ordenanza nueva.
¿Cuándo no se paga la plusvalía municipal en Lugo?
No se paga si no hay incremento de valor: si el precio de venta no supera al de compra, la operación no está sujeta (art. 104.5 del texto refundido de la Ley de Haciendas Locales y STC 182/2021).
Fuentes
- Ordenanza fiscal de la plusvalía municipal de Lugo. Ordenanza fiscal 201, con las modificaciones aprobadas por el Pleno el 17 de diciembre de 2024 para regir desde el 1 de enero de 2025. Texto comprobado el 23 de octubre de 2026.
- Consulta de información impositiva municipal del Ministerio de Hacienda: tipos y coeficientes del ejercicio 2025, que usamos para contrastar la ordenanza.
- Texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, artículos 104 a 110 (hecho imponible, base imponible, coeficientes, bonificaciones y gestión).
