IVTM · Santander Tributo municipal Actualizado 2 jul 2026

Impuesto de circulación en Santander
IVTM 2026

Un turismo medio (11,5 CVF) paga 67,96 € al año en Santander: la 12ª cuota más alta de las 50 capitales de provincia, entre los 89,25 € de Donostia / San Sebastián y los 34,08 € de Santa Cruz de Tenerife.

Impuesto de circulación (IVTM) en Santander 2026: cuadro de cuotas para turismos por caballos fiscales según la ordenanza fiscal vigente

El Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica —el impuesto de circulación de toda la vida— es un tributo municipal que se paga cada año por la mera titularidad de un vehículo apto para circular, esté o no en uso. Cada ayuntamiento parte del cuadro estatal del artículo 95.1 de la Ley de Haciendas Locales y puede multiplicarlo por un coeficiente de hasta 2; el de Santander queda recogido en su ordenanza fiscal. Lo que sigue es el cuadro vigente en 2026 para turismos, la bonificación de eléctricos e híbridos, y cuándo se paga.

Cuadro 2026: cuota anual de turismos por potencia fiscal

Potencia fiscal (turismos) Cuota anual 2026
Menos de 8 CVF 25,16 €
De 8 a 11,99 CVF 67,96 €
De 12 a 15,99 CVF 143,45 €
De 16 a 19,99 CVF 178,68 €
20 CVF o más 223,33 €

Fuente: OF 3-I IVTM Santander — Ejercicio 2026 (Pleno 11-10-2023, BOC 246 27-12-2023). 2026: PDF rotulado 'Ejercicio 2026'; texto de 2023 (desde 1-1-2024, vigente hasta modificación). La potencia fiscal exacta de tu vehículo figura en la casilla P.2.1 de la ficha técnica. Motos, furgones, camiones y remolques tienen cuadros propios en la misma ordenanza.

El dato en contexto

Lo primero que llama la atención de la ordenanza santanderina no son las cuotas sino el calendario: el periodo de pago está escrito en el propio articulado, del 1 de abril al 5 de junio de cada ejercicio, de modo que el contribuyente conoce las fechas sin esperar a ningún edicto anual. En 2026 rigen esas mismas fechas y el cargo a los domiciliados llega al final del periodo, el 5 de junio. Las tarifas, en cambio, no dan tregua: el multiplicador implícito ronda el 1,994, a un suspiro del máximo legal, y el turismo de 11,5 CVF paga 67,96 euros, la 12ª cuota más alta de las 50 capitales.

El catálogo de rebajas distingue con precisión entre tecnologías. Los eléctricos y demás vehículos de emisiones nulas tienen un 75 por ciento sin fecha de fin, que sobre esos 67,96 euros supone ahorrar 50,97 al año y dejar el recibo en 16,99. Los híbridos de fábrica disfrutan del mismo 75 por ciento pero solo durante cuatro años naturales desde la primera matriculación, y el gas (GLP, GNC o GNL) se conforma con un 50 por ciento únicamente el año del estreno. Los históricos y los coches con 25 o más años tienen el 100 por cien, con una letra pequeña que conviene subrayar: la solicitud debe presentarse antes del 31 de diciembre del año anterior, y todas las bonificaciones exigen estar al corriente de pago.

La comparación natural es Bilbao, a cien kilómetros y bajo norma foral. Por el coche medio la diferencia parece menor, 71,45 euros allí frente a 67,96 en Santander, apenas 3,49. Pero el cuadro vizcaíno parte en dos el tramo de 12 a 15,99 CVF, y ahí la brecha se abre de golpe: un 14 CVF paga 216,95 euros en Bilbao y 143,45 en Santander, 73,50 de diferencia anual. En la cima, los 361,70 euros bilbaínos por un 20 CVF frente a los 223,33 santanderinos suponen 138,37 euros cada año por el mismo vehículo.

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Bonificaciones en Santander: eléctricos, híbridos e históricos

  • Eléctricos / cero emisiones: 75% sin fecha fin (eléctricos/emisiones nulas); rogada
  • Híbridos / etiqueta ECO: 75% durante 4 años naturales desde 1ª matriculación (híbridos de fábrica); GLP/GNC/GNL: 50% solo año de 1ª matriculación
  • Históricos / antigüedad: 100% históricos o ≥25 años; solicitud antes del 31-dic del año anterior

Dos avisos prácticos: la mayoría de estas bonificaciones son rogadas —hay que solicitarlas, a veces con plazo— y suelen exigir estar al corriente de pago de los tributos municipales. El marco estatal (art. 95.6 TRLHL) fija los máximos; cada ayuntamiento decide porcentaje, duración y requisitos.

Cuándo se paga en 2026 (y quién paga si el coche se vende)

Periodo de pago del recibo anual en Santander: 1 abril - 5 junio (art. 9, fijo cada ejercicio); secundaria: cargo domiciliados 5 junio 2026. El impuesto se devenga el 1 de enero: el recibo completo del año corresponde a quien fuera titular del vehículo en esa fecha, aunque lo venda en febrero. Solo hay prorrateo por trimestres naturales en tres casos: primera matriculación (pagas los trimestres que quedan), baja definitiva en la DGT y baja temporal por robo. Un turismo medio matriculado en julio en Santander, por ejemplo, paga 33,98 € ese primer año — la mitad de los 67,96 € anuales.

Fuera de plazo, el recibo pasa a vía de apremio con recargo del 5, 10 o 20 % según el momento en que se regularice (art. 28 LGT), más intereses de demora: sobre el recibo del turismo medio de Santander, eso son de 3,40 € a 13,59 € añadidos por el retraso. Si el vehículo ya no existe o no circula, la única salida limpia es la baja definitiva en la DGT: mientras el vehículo siga dado de alta, el impuesto se sigue devengando cada 1 de enero.

Preguntas frecuentes sobre el IVTM en Santander

¿Cuánto se paga de impuesto de circulación en Santander en 2026?

Depende de la potencia fiscal del turismo. Un coche medio de 11,5 CVF paga 67,96 € al año en Santander; el cuadro completo va desde 25,16 € (menos de 8 caballos fiscales) hasta 223,33 € en el tramo más alto. La potencia fiscal figura en la casilla P.2.1 de la ficha técnica del vehículo.

¿Cuándo se paga el IVTM en Santander en 2026?

El periodo de pago es: 1 abril - 5 junio (art. 9, fijo cada ejercicio); secundaria: cargo domiciliados 5 junio 2026. El impuesto se devenga el 1 de enero: paga quien fuera titular del vehículo en esa fecha, aunque lo venda después. Pasado el periodo voluntario se aplica el recargo de apremio del 5-20 % (art. 28 LGT).

¿Qué descuento tienen los coches eléctricos e híbridos en Santander?

Eléctricos: 75% sin fecha fin (eléctricos/emisiones nulas); rogada. Híbridos: 75% durante 4 años naturales desde 1ª matriculación (híbridos de fábrica); GLP/GNC/GNL: 50% solo año de 1ª matriculación. Estas bonificaciones son potestativas de cada ayuntamiento (art. 95.6 TRLHL permite hasta el 75 %) y en la mayoría de los casos hay que solicitarlas expresamente.

Vendí el coche en marzo: ¿quién paga el IVTM de este año en Santander?

El vendedor. El impuesto se devenga el 1 de enero y el sujeto pasivo es quien figure como titular en esa fecha; la venta posterior no divide el recibo: el titular a 1 de enero de un turismo medio en Santander responde de los 67,96 € íntegros aunque venda el coche en febrero (no hay prorrateo por transmisión entre particulares, solo por primera adquisición, baja definitiva o robo). En la práctica, comprador y vendedor pueden pactar repartírselo en el contrato, pero ante el ayuntamiento responde el titular a 1 de enero.

¿Está exento algún vehículo del IVTM en Santander?

Las exenciones del art. 93 TRLHL aplican en todos los municipios: vehículos de personas con discapacidad igual o superior al 33 % para su uso exclusivo (un solo vehículo por titular, hay que solicitarla), vehículos de movilidad reducida, ambulancias, transporte público urbano de más de 9 plazas y tractores con Cartilla de Inspección Agrícola. La exención por discapacidad es rogada, no se aplica sola — y en Santander supone ahorrar de 25,16 € a 223,33 € al año según la potencia del vehículo.