Tabla completa de tramos autonómicos IRPF en Cantabria
La escala autonómica del IRPF de Cantabria es la segunda parte del IRPF (complementa a la estatal del art. 63.1 LIRPF) y se publica oficialmente en el BOC. Los tramos siguientes son los vigentes para el ejercicio 2026, según DLeg 62/2008 de medidas fiscales Cantabria, modificado por Ley 3/2023 (reducción a 6 tramos, marginal 24,5 %).
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Lo que dice la ley — texto literal
1. En el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, las Comunidades Autónomas podrán asumir competencias normativas sobre:
a) El importe del mínimo personal y familiar aplicable para el cálculo del gravamen autonómico. A estos efectos, las Comunidades Autónomas podrán establecer incrementos o disminuciones en las cuantías correspondientes al mínimo del contribuyente y a los mínimos por descendientes, ascendientes y discapacidad a que se refieren los artículos 57, 58, 59 y 60 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas con el límite del 10 por ciento para cada una de las cuantías.
b) La escala autonómica aplicable a la base liquidable general: La estructura de esta escala deberá ser progresiva.
| Desde | Hasta | Tipo |
|---|---|---|
| 0 € | 13.000 € | 8,5 % |
| 13.000 € | 21.000 € | 11 % |
| 21.000 € | 35.200 € | 14,5 % |
| 35.200 € | 60.000 € | 18 % |
| 60.000 € | 90.000 € | 22,5 % |
| 90.000 € | en adelante | 24,5 % |
Escala combinada: estatal + autonómica
Para calcular tu cuota íntegra en régimen común no basta con la escala autonómica de Cantabria: debes sumar también la escala estatal del art. 63.1 LIRPF. Ambas se aplican a la misma base liquidable y se calculan en paralelo. La tabla resume ambas escalas para que puedas ver de un vistazo el tipo marginal total por tramo.
| Tramo estatal | Tipo estatal |
|---|---|
| 0 € — 12.450 € | 9,5 % |
| 12.450 € — 20.200 € | 12 % |
| 20.200 € — 35.200 € | 15 % |
| 35.200 € — 60.000 € | 18,5 % |
| 60.000 € — 300.000 € | 22,5 % |
| 300.000 € — en adelante | 24,5 % |
Fuente estatal: Ley 35/2006 del IRPF, art. 63.1 (redacción vigente 2026). Verificado contra BOE.
| Concepto | Valor (%) |
|---|---|
| Cantabria | 24.5 |
| Principado de Asturias | 26 |
| País Vasco | 49 |
| Castilla y León | 21.5 |
- Cantabria: 24,5 %
- Asturias: 26 %
- País Vasco: 49 %
- Castilla y León: 21,5 %
Tres ejemplos prácticos con rentas reales
Para hacer tangible el IRPF de Cantabria, calculamos la cuota completa para tres niveles representativos: 20 000 €, 40 000 € y 70 000 € anuales de base liquidable. Los importes aplican el mínimo personal general (5 550 €) y sumamos la escala estatal más la autonómica propia de Cantabria.
Base neta 20.000 € — Cántabros
tipo efectivo 13,44 %- Base liquidable
- 14.450 €
- Cuota estatal
- 1422,75 €
- Cuota autonómica
- 1264,50 €
- Cuota total
- 2687,25 €
- Tipo marginal
- 23 %
Base neta 40.000 € — Cántabros
tipo efectivo 20,46 %- Base liquidable
- 34.450 €
- Cuota estatal
- 4250,25 €
- Cuota autonómica
- 3935,25 €
- Cuota total
- 8185,50 €
- Tipo marginal
- 29,5 %
Base neta 70.000 € — Cántabros
tipo efectivo 27,8 %- Base liquidable
- 64.450 €
- Cuota estatal
- 9952,00 €
- Cuota autonómica
- 9509,25 €
- Cuota total
- 19.461,25 €
- Tipo marginal
- 45 %
Los cálculos son orientativos: no incluyen deducciones autonómicas específicas, mínimos familiares por descendientes/ascendientes ni reducciones por rendimientos de trabajo. Para un cálculo personalizado, usa la calculadora interactiva seleccionando Cantabria en el desplegable de CCAA.
Análisis local: IRPF en Cantabria
Particularidad tributaria del IRPF autonómico en Cantabria
Cantabria sometió su tarifa autonómica del IRPF a una reforma simplificadora estructural a finales de 2023 mediante la Ley 3/2023, de 26 de diciembre, que redujo la escala de siete a seis tramos y fijó el marginal máximo en el 24,5 % a partir de 90.000 € de base liquidable. La medida -aprobada por el Gobierno de María José Sáenz de Buruaga (PP) tras la victoria en las elecciones autonómicas de mayo 2023- buscaba simplificar la liquidación, evitar errores de salto entre tramos demasiado cercanos y posicionar Cantabria en una franja media-baja de presión IRPF.
La segunda particularidad es el primer tramo del 8,5 %, uno de los más bajos del régimen común (solo igualado por Madrid y Murcia entre las CCAA con tarifa propia consolidada). Este tipo de entrada amable beneficia especialmente a pensionistas, trabajadores con sueldos próximos al SMI y autónomos del rural cántabro, donde la base imponible media es claramente inferior a la urbana de Santander y litoral.
La tercera peculiaridad es la articulación de un paquete deductivo específico para residentes en municipios con reto demográfico -55 municipios identificados por la Orden HAC/11/2024, de 27 de junio, de los cuales 39 están en riesgo de despoblamiento extremo (Liébana, Pasiego, Saja-Nansa, Campoo, Valderredible)-. La Ley 3/2024, de 23 de diciembre reforzó este paquete coordinándolo con IBI, ITP e ISD, lo que convierte a Cantabria, junto con Asturias y Galicia, en una de las tres CCAA con política antidespoblación fiscal más articulada de España.
Cifras clave verificables del boletín autonómico
La tarifa autonómica IRPF vigente para 2025-2026, fijada por la Ley 3/2023 y verificada en el Manual Práctico IRPF de la AEAT y en el texto consolidado BOE-A-2024-1373:
| Base liquidable (€) | Cuota íntegra (€) | Resto base hasta (€) | Tipo (%) |
|---|---|---|---|
| 0,00 | 0,00 | 13.000,00 | 8,50 |
| 13.000,00 | 1.105,00 | 8.000,00 | 11,00 |
| 21.000,00 | 1.985,00 | 14.200,00 | 14,50 |
| 35.200,00 | 4.044,00 | 24.800,00 | 18,00 |
| 60.000,00 | 8.508,00 | 30.000,00 | 22,50 |
| 90.000,00 | 15.258,00 | — | 24,50 |
Las principales deducciones autonómicas Cantabria (DL 62/2008 y reformas Ley 3/2023 y 3/2024) son:
- Arrendamiento de vivienda habitual: 10 % del alquiler (máx. 300 €), elevado al 20 % (máx. 600 €) para jóvenes <36, familias numerosas o personas con discapacidad.
- Nacimiento o adopción: 700 € por hijo nacido o adoptado (compatible con deducción estatal y autonómica por familia numerosa).
- Cuidado de familiares dependientes: hasta 300 € por dependiente a cargo del contribuyente con grado II o III.
- Adquisición o rehabilitación de vivienda habitual en zonas rurales con reto demográfico: 15 % del importe (máx. 1.000 €), incentivo específico cántabro.
- Donación a familiares directos para adquisición vivienda habitual: deducción específica para padres y abuelos que donen capital a descendientes <36 para compra de primera vivienda en Cantabria.
- Familia numerosa: 250 € (general), 400 € (especial).
- Residencia habitual en municipios con riesgo de despoblamiento (<2.000 habitantes): deducción del 20 % sobre cuota íntegra autonómica (con tope ajustado por renta), incentivo único en España por su magnitud.
- Obras de conservación, mejora y eficiencia energética en vivienda habitual: 15 % gastos (máx. 1.000 €).
- Gastos de enfermedad y salud: 10 % de gastos médicos no cubiertos por seguro público o privado.
- Gastos de guardería y custodia de menores 0-3: 15-30 % de gastos según renta y municipio.
- Donaciones a entidades sin fines lucrativos cántabras: 15 % del donativo.
- Inversión en empresas de nueva creación con domicilio social en Cantabria: 15-25 % (máx. 1.000-3.000 €).
Datos socioeconómicos regionales
Cantabria cuenta con una población próxima a los 588.000 habitantes, distribuida entre la franja costera concentrada (Santander, Torrelavega, Camargo, Castro Urdiales suman ~60 % del total) y un interior montañoso con regresión demográfica severa. Los 39 municipios en riesgo de despoblamiento identificados por ICANE sumaban 25.071 habitantes en 2023 frente a 25.194 cuatro años antes -una sangría que el Gobierno autonómico trata de frenar con la batería de incentivos IRPF, ITP e IBI antes descrita-.
El perfil productivo cántabro combina: (i) industria de mediana intensidad -química (Solvay), automoción, papelera (Sniace), conservas, transformados metálicos en el corredor del Besaya-; (ii) turismo natural y rural -Picos de Europa, Costa Cantábrica, Camino Lebaniego-; (iii) ganadería bovina y producción láctea -Cantabria es históricamente una de las principales cuencas lácteas de España-; y (iv) servicios urbanos en Santander, con la Universidad de Cantabria y la sede del Banco Santander como anclajes terciarios. La industria aporta ~18 % del PIB regional.
La renta neta disponible per cápita se sitúa en torno a 17.500-18.500 € (ICANE 2023), por encima de la media nacional pero claramente por debajo de Madrid o Cataluña. El mercado inmobiliario está fuertemente segmentado: el litoral oriental (Castro Urdiales, Laredo, Noja) sostiene precios de costa con alta presión de Bilbao y País Vasco; Santander capital mantiene precios medios cercanos a Cataluña (~2.500 €/m²); el interior rural ofrece vivienda heredada con precios <60.000 €, mercado donde la deducción por adquisición vivienda en zona reto demográfico opera como verdadera política de fijación poblacional.
Caso práctico específico
Elena, 34 años, profesora interina en colegio público de Santander, base liquidable general de 35.000 €. Soltera, vive de alquiler por 700 €/mes (8.400 €/año). Su madre, de 76 años con dependencia grado II, vive en casa de Elena y depende de ella económicamente.
Cálculo de la cuota íntegra autonómica:
- Primer tramo (13.000 × 8,5 %) = 1.105 €
- Segundo tramo ((21.000 − 13.000) × 11 %) = 880 €
- Tercer tramo ((35.000 − 21.000) × 14,5 %) = 2.030 €
- Cuota íntegra autonómica: 4.015 € (tipo medio 11,47 %)
Deducciones autonómicas aplicables:
- Arrendamiento vivienda habitual jóvenes <36 (20 % × 8.400, tope 600 €): 600 €
- Cuidado familiares dependientes (madre con dependencia grado II): 300 €
Cuota autonómica resultante: 4.015 − 900 = 3.115 €. Si Elena trasladara su residencia a un municipio cántabro con menos de 2.000 habitantes (por ejemplo Valderredible, Hermandad de Campoo de Suso, o cualquiera de los 39 municipios en riesgo), podría aplicar adicionalmente la deducción del 20 % sobre cuota íntegra (estimada en aprox. 800 €), llevando el ahorro fiscal total a más de 1.700 € anuales. Este incentivo, único en España por intensidad, es el corazón de la política cántabra antidespoblación.
Comparativa con vecinas
Cantabria comparte fronteras con Asturias, Castilla y León y País Vasco. Frente a Asturias (marginal 26 %, primer tramo 9 %), Cantabria es 0,5 puntos más barata en primer tramo (8,5 % vs 9 %) y 1,5 puntos más barata en gama altísima (24,5 % vs 26 %). Frente a Castilla y León (marginal 21,5 %, primer tramo 9 %), Cantabria es más cara en gama alta pero ligeramente más barata en entrada.
Frente a País Vasco -con tributación foral propia y marginales típicamente entre 22 % y 25 %- Cantabria es relativamente competitiva en gama media. La diferencia clave es la disponibilidad de deducciones (más amplia en País Vasco por el régimen foral). En el corredor Castro Urdiales-Bilbao, donde muchos contribuyentes cántabros trabajan en Bilbao y residen en Castro, la elección de domicilio fiscal y residencia habitual tiene impacto directo, lo que ha hecho que el debate de armonización foral sea recurrente en Cantabria.
Timeline normativo 2023-2026
- 2008 — DL 62/2008, de 19 de junio: aprobación del TR vigente de Medidas Fiscales en tributos cedidos. Tarifa inicial con marginal del 21,5 %.
- 2017-2022 — Reformas técnicas: ampliación progresiva del marginal hasta el 25,5 % en la legislatura PRC-PSOE, con 7 tramos.
- Mayo 2023: elecciones autonómicas y cambio de gobierno (PP, Sáenz de Buruaga).
- 26 diciembre 2023 — Ley 3/2023: reforma estructural. Reducción de la escala a 6 tramos, marginal máximo en 24,5 %, primer tramo en 8,5 %. Refuerzo de deducciones por arrendamiento, dependientes, y deducción específica para municipios reto demográfico.
- 27 junio 2024 — Orden HAC/11/2024: publicación del listado oficial de 55 municipios con condición de zona rural con reto demográfico para 2024.
- 23 diciembre 2024 — Ley 3/2024: profundización de la reforma. Coordinación entre IRPF, ITP, ISD e IBI para residentes en municipios despoblados. Refuerzo del 95 % reducción vivienda habitual en ISD. Nueva bonificación del 50 % en cuota ISD para Grupo III (hermanos del causante).
Lo que cambió en 2025-2026
El cambio decisivo en Cantabria respecto al ejercicio 2022 (último con la tarifa anterior de 7 tramos) consiste en tres movimientos coordinados:
Primero, la simplificación tarifaria (Ley 3/2023): de 7 a 6 tramos, con marginal cierre en 24,5 %. La reforma aporta claridad y reduce el riesgo de errores de cálculo en las declaraciones, especialmente para autónomos y rentas mixtas.
Segundo, el despliegue del paquete despoblación (Orden HAC/11/2024 + Ley 3/2024). La articulación de un listado oficial de 55 municipios reto demográfico, con efectos cruzados en IRPF (deducción 20 % cuota para residentes en municipios <2.000 habitantes), ITP (bonificación 90 % en cuota), ISD (reducciones reforzadas) e IBI (exenciones municipales coordinadas), constituye la política antidespoblación fiscal más ambiciosa de España.
Tercero, la extensión de la deducción por dependientes y por adquisición de vivienda en zonas despobladas. La Ley 3/2024 mejora estas deducciones e introduce nueva bonificación ISD del 50 % para hermanos del causante (Grupo III), reforzando la posición fiscal de Cantabria como una de las CCAA con régimen de tributos cedidos más generoso en su conjunto, aunque con un marginal IRPF intermedio.
Contexto fiscal y económico de Cantabria
Cantabria es una de las comunidades más pequeñas en superficie (5.300 km²) y población (584.000 habitantes), con una economía equilibrada entre industria (química y siderurgia en el área de Santander), servicios financieros (sede histórica del Banco Santander), turismo de naturaleza (Parque Nacional Picos de Europa, costa cántabra) y pesca. La estructura socioeconómica genera rentas medias estables y una distribución del empleo más diversificada que en las CCAA cercanas.
Tras la Ley 3/2023, Cantabria tiene una escala autonómica con 6 tramos y marginal del 24,5 %. Las deducciones más relevantes en 2026 incluyen alquiler de vivienda habitual con cuantías mejoradas, nacimiento con incremento por familia numerosa, y deducción por cuidado de dependientes. La gestión recae en la Agencia Cántabra de Administración Tributaria, que mantiene una de las administraciones autonómicas más eficientes en términos de tiempos medios de resolución de expedientes.
Caso práctico: empleada de banca en Santander con sueldo bruto 33.000 €, soltera y sin hijos, tributa aproximadamente 5.000 € de cuota total IRPF. La misma trabajadora en Asturias (CCAA vecina al oeste) pagaría unos 80 € más por su escala autonómica algo superior. Frente a País Vasco (vecina al este, régimen foral propio): la comparación no es directa porque las normas forales del IRPF vasco difieren significativamente del régimen común, generalmente con tarifas más altas en bases medias-altas.
Deducciones autonómicas destacadas en Cantabria
Además de la tarifa autonómica, Cantabria regula sus propias deducciones sobre la cuota íntegra. Se publican cada año en el BOC y los importes exactos pueden variar según la ley autonómica en vigor. A continuación, un resumen de las más relevantes para los cántabros:
Alquiler vivienda habitual para jóvenes
Deducción por alquiler habitual con limitaciones por edad y renta.
Municipios en riesgo de despoblación
Deducción por residencia habitual en municipios cántabros de menos de determinado umbral poblacional.
Adquisición vivienda habitual
Deducción por adquisición de primera vivienda habitual en Cantabria.
Obras de mejora energética
Deducción por obras de mejora de eficiencia energética en vivienda habitual.
Familia numerosa
Deducción complementaria a la estatal por familia numerosa residente en Cantabria.
Consulta el importe y los requisitos exactos de cada deducción en la normativa vigente publicada en el BOC o en tu declaración de la Renta mediante Renta WEB (AEAT).
Comparativa con CCAA vecinas
Para contextualizar el IRPF de Cantabria, comparamos el tipo mínimo (primer tramo) y el tipo máximo (tramo marginal superior) con las CCAA vecinas geográfica o fiscalmente. Esta comparativa es solo orientativa: no tiene en cuenta mínimos personales ni deducciones autonómicas, que también varían.
| Comunidad | Tipo mínimo | Tipo máximo | Régimen |
|---|---|---|---|
| Cantabria (esta página) | 8,5 % | 24,5 % | Común |
| Principado de Asturias | 9 % | 26 % | Común |
| País Vasco | 23 % | 49 % | Foral |
| Castilla y León | 9 % | 21,5 % | Común |
Importante: los tipos forales representan el IRPF total de esas Haciendas. No se suman con la escala estatal. Los tipos de régimen común sí se suman con los tramos estatales para obtener el tipo marginal real.