IRPF 2026 Datos oficiales · fuente BOE Actualizado 5 julio 2026

Tramos del IRPF 2026
tablas de tipos y escala

Las tablas del IRPF de 2026, con el matiz que casi ningún sitio explica bien: el impuesto de la renta se calcula sumando dos escalas —la estatal y la de tu comunidad—, así que no existe una única tabla de tipos. Aquí tienes la escala estatal exacta, el tipo marginal máximo real de cada comunidad, la escala del ahorro y el mínimo personal, cada dato con su fuente oficial.

Por Cristian Corrales · Fuentes: art. 63.1 y 74 LIRPF (Ley 35/2006), normativa autonómica vigente

Cómo se calcula el IRPF: las dos mitades del impuesto

La confusión más extendida sobre el IRPF nace de un malentendido de base: mucha gente busca "la tabla del IRPF" como si existiera una sola. No existe.

El Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas es un tributo parcialmente cedido a las comunidades autónomas, de modo que la cuota que pagas por tu salario, tu pensión o los beneficios de tu actividad se calcula aplicando dos escalas de gravamen que se suman: la escala estatal, regulada en el artículo 63.1 de la Ley 35/2006, idéntica para todo el territorio común; y la escala autonómica, regulada en el artículo 74 de la misma ley, que cada parlamento autonómico aprueba con plena competencia sobre sus tramos y tipos.

Estas escalas no se aplican sobre la base imponible sin más, sino sobre la base liquidable, que es la base imponible ya reducida por las aportaciones a planes de pensiones, la tributación conjunta o las pensiones compensatorias.

Esto significa que dos personas con la misma renta pagan importes distintos según dónde tengan su residencia fiscal. La parte estatal es siempre la misma; la autonómica cambia. Una comunidad puede rebajar la carga de las rentas medias, como ha hecho Madrid deflactando su tarifa, o endurecerla para las rentas altas creando tramos adicionales, como han hecho Cataluña o la Comunidad Valenciana.

El resultado es un mapa fiscal donde el tipo marginal máximo —el que se aplica al último euro de las rentas más altas— oscila varios puntos de una comunidad a otra.

A esta escala general —la que grava las rentas del trabajo, de actividades económicas, los alquileres y las pensiones— se le añade una segunda escala completamente separada: la base del ahorro, que grava los intereses, los dividendos y las ganancias patrimoniales por vender acciones, fondos, inmuebles o criptomonedas. Esa escala del ahorro sí es uniforme en todo el territorio común.

Y, por encima de todo, están los dos territorios forales —Navarra y el País Vasco— que no aplican la escala estatal en absoluto: calculan la totalidad del IRPF con su propia tarifa. Vayamos por partes.

La escala estatal del IRPF 2026

Esta es la mitad estatal de la tarifa, común a las quince comunidades de régimen común. Son los tipos del artículo 63.1 de la Ley del IRPF, sin cambios desde que la Ley 11/2020 de Presupuestos para 2021 añadió el sexto tramo del 24,5 % para las rentas superiores a 300.000 euros. A estos porcentajes hay que sumarles siempre el tramo autonómico correspondiente.

Base liquidable general (desde) Hasta Tipo estatal
0 € 12.450 € 9,5 %
12.450 € 20.200 € 12 %
20.200 € 35.200 € 15 %
35.200 € 60.000 € 18,5 %
60.000 € 300.000 € 22,5 %
300.000 € En adelante 24,5 %

Conviene leer esta tabla con una advertencia: estos no son los tipos que pagas, sino la mitad estatal. Si vives en un territorio común, tu tipo real por cada tramo es este más el autonómico.

Y, como los tramos autonómicos rondan porcentajes muy parecidos a los estatales, una regla mental útil es que el tipo total aproximado duplica estos porcentajes: el primer tramo se acerca al 19 %, el sexto al entorno del 45-47 %. Pero es solo una aproximación: el dato exacto es el que figura en la tabla por comunidad que viene a continuación.

Tipo marginal máximo del IRPF por comunidad autónoma

Aquí está el dato que de verdad diferencia lo que paga cada contribuyente por sus rentas altas. La tabla ordena las diecisiete comunidades por su tipo marginal máximo en 2026, es decir, el porcentaje que grava el último euro de las rentas más elevadas.

Para las quince comunidades de régimen común, ese marginal es la suma del tramo estatal más alto (24,5 %) y del tramo autonómico más alto de cada una. Para Navarra y el País Vasco, que aplican una escala foral propia, es directamente el tipo más alto de su tarifa. Cada fila enlaza con la norma autonómica de la que procede el dato.

Comunidad autónoma Tipo marginal máximo Composición Fuente
Comunidad Valenciana 53,9 % Estatal 24,5 % + autonómico 29,35 % Norma oficial
Navarra (foral) 52 % Escala foral propia (11 tramos) Norma oficial
La Rioja 51,5 % Estatal 24,5 % + autonómico 27 % Norma oficial
Asturias 50,5 % Estatal 24,5 % + autonómico 26 % Norma oficial
Canarias 50,5 % Estatal 24,5 % + autonómico 26 % Norma oficial
Aragón 50 % Estatal 24,5 % + autonómico 25,5 % Norma oficial
Cataluña 50 % Estatal 24,5 % + autonómico 25,5 % Norma oficial
Extremadura 49,5 % Estatal 24,5 % + autonómico 25 % Norma oficial
Islas Baleares 49,3 % Estatal 24,5 % + autonómico 24,75 % Norma oficial
Cantabria 49 % Estatal 24,5 % + autonómico 24,5 % Norma oficial
País Vasco (foral) 49 % Escala foral propia (8 tramos) Norma oficial
Andalucía 47 % Estatal 24,5 % + autonómico 22,5 % Norma oficial
Castilla-La Mancha 47 % Estatal 24,5 % + autonómico 22,5 % Norma oficial
Galicia 47 % Estatal 24,5 % + autonómico 22,5 % Norma oficial
Región de Murcia 47 % Estatal 24,5 % + autonómico 22,5 % Norma oficial
Castilla y León 46 % Estatal 24,5 % + autonómico 21,5 % Norma oficial
Comunidad de Madrid 45 % Estatal 24,5 % + autonómico 20,5 % Norma oficial

La lectura de la tabla confirma la magnitud de la brecha territorial: entre el marginal más bajo, el 45 % de Comunidad de Madrid, y el más alto, el 53,9 % de Comunidad Valenciana, hay una diferencia de 8,9 % sobre el último tramo de renta.

Es una distancia que solo afecta a las rentas realmente altas —los tramos superiores arrancan por encima de los 60.000 o los 300.000 euros según la comunidad—, pero que ilustra hasta qué punto la residencia fiscal condiciona la factura de las rentas elevadas.

Para las rentas medias, las diferencias existen pero son mucho más contenidas, y dependen tanto de los umbrales de cada tramo como de las deducciones autonómicas, que esta tabla no recoge.

La escala de la base del ahorro (19 %–30 %)

Paralela a la escala general corre una segunda tarifa que grava las rentas del ahorro: los intereses de cuentas y depósitos, los dividendos de acciones, y las ganancias patrimoniales que afloran al vender acciones, fondos de inversión, inmuebles o criptomonedas. A diferencia de la escala general, esta es uniforme en todo el territorio común: no tiene mitad autonómica. Sus tramos para 2026 son los siguientes.

Base del ahorro (desde) Hasta Tipo
0 € 6.000 € 19 %
6.000 € 50.000 € 21 %
50.000 € 200.000 € 23 %
200.000 € 300.000 € 27 %
300.000 € En adelante 30 %

El dato que conviene retener, porque es reciente y muchas tablas todavía no lo reflejan, es que el último tramo subió del 28 % al 30 % para las rentas del ahorro superiores a 300.000 euros. El cambio lo introdujo la Ley 7/2024, de 20 de diciembre, con efectos desde el ejercicio 2025 —el que se declara en la campaña de la Renta de 2026—.

Es un tramo que afecta a pocos contribuyentes, pero cualquier tabla que siga marcando el 28 % en la cúspide del ahorro está desactualizada. Los territorios forales, de nuevo, aplican su propia escala del ahorro, con tipos y umbrales ligeramente distintos de los del régimen común. Cada producto tiene sus propias reglas de declaración, que puedes consultar uno a uno en la sección de fiscalidad de las inversiones.

Conviene añadir un matiz que la tabla por sí sola no deja ver, y es que esta escala no se aplica sobre la suma bruta de todo lo que hayas ganado, sino sobre el saldo que queda después de compensar las pérdidas con las ganancias.

Esa compensación tiene un orden estricto y un tope que se malinterpreta casi siempre: las pérdidas de vender acciones o fondos solo pueden aliviar los intereses y dividendos del mismo año hasta el 25 % de estos, y ese 25 % es un cupo único del ejercicio que las pérdidas arrastradas de años anteriores han de compartir con las del año en curso.

Cómo funciona el mecanismo completo, y por qué una pérdida pendiente puede llegar a caducar sin haberse podido aprovechar, está explicado en la guía sobre cómo compensar pérdidas y ganancias en el IRPF.

El mínimo personal y familiar

Antes de aplicar cualquier escala, el IRPF reconoce que una parte de la renta se destina a cubrir las necesidades básicas y no debe tributar: es el mínimo personal y familiar del artículo 57 de la Ley del IRPF.

El mínimo personal general es de 5.550 euros al año, que se eleva a 6.700 euros para los contribuyentes mayores de 65 años y a 8.100 euros para los mayores de 75.

A esta cantidad se suman los mínimos por descendientes a cargo (que crecen con cada hijo), por ascendientes mayores de 65 años que convivan con el contribuyente, y por discapacidad, importes que además muchas comunidades amplían con sus propias competencias.

Un matiz técnico que suele malinterpretarse: el mínimo no se resta de la base como si fuera una reducción. Lo que hace la ley es aplicar la escala a ese mínimo por separado y restar el resultado de la cuota. El efecto práctico es que ese primer tramo de renta queda exento, pero todos los contribuyentes —tributen al tipo que tributen— se benefician exactamente del mismo tipo sobre el mínimo, garantizando que la ventaja no sea mayor para las rentas altas.

La "tabla agregada de referencia" y por qué no fiarse de ella

Al buscar los tramos del IRPF es habitual encontrar una tabla que presenta seis tipos cerrados —típicamente 19 %, 24 %, 30 %, 37 %, 45 % y 47 %— como si fueran los tipos del impuesto.

Esa tabla no es incorrecta, pero sí incompleta y fácil de malinterpretar: es la suma de la escala estatal y de la escala autonómica supletoria, la que se aplicaría en una comunidad que no hubiera aprobado tarifa propia. Sirve como referencia orientativa, pero se cumple al pie de la letra en muy pocos territorios.

La realidad es la de la tabla por comunidad de más arriba. Madrid, con su tarifa deflactada, deja el marginal máximo en el 45 %, por debajo de esa referencia. Cataluña y la Comunidad Valenciana lo elevan por encima con tramos adicionales para rentas altas. Y Navarra (52 %) y el País Vasco (49 %) juegan en otra liga, con escalas forales que ni siquiera parten de la estatal.

Fiarse de la tabla genérica para estimar lo que se paga en una comunidad concreta es la vía rápida al error; el dato bueno siempre es el de la tarifa autonómica vigente, que es la que enlazamos comunidad por comunidad.

Para el ejercicio 2026, precisamente la Comunitat Valenciana y Extremadura han rebajado su escala con efectos retroactivos al 1 de enero: el detalle de ambos cambios está en las novedades de la Renta 2027.

Navarra y País Vasco: escala foral propia

Los territorios forales merecen un apartado propio porque su IRPF no funciona como el del resto de España. Al amparo del Convenio Económico de Navarra (Ley 28/1990) y del Concierto Económico del País Vasco (Ley 12/2002), estas haciendas tienen competencia para regular el impuesto en su totalidad, no solo una mitad autonómica. Su tarifa no se suma a ninguna escala estatal: es la escala completa.

Navarra aplica una de las tarifas más progresivas de España, con 11 tramos y un tipo marginal máximo del 52 % para las rentas más altas. El País Vasco —con una escala uniforme en las tres diputaciones forales de Álava, Bizkaia y Gipuzkoa— tiene 8 tramos y un marginal máximo del 49 %.

Ambos disponen además de sus propias escalas del ahorro, sus propias deducciones y sus propios mínimos, de modo que cualquier comparación con el régimen común debe hacerse con cautela: los umbrales de cada tramo, y no solo los tipos, determinan la carga final.

En Bizkaia, además, conviene no confundir esta escala —que liquida el impuesto del ejercicio— con la retención que se aplica cada mes en la nómina: para las rentas del trabajo, la empresa no recurre al algoritmo del Reglamento estatal, sino que consulta la tabla de retenciones de Bizkaia, aprobada por el Decreto Foral 134/2025, de 29 de diciembre, y localiza directamente el porcentaje que corresponde según el rendimiento anual y el número de descendientes.

De la tabla a tu caso: calcula tu IRPF

Una tabla de tramos dice cuánto se grava cada franja de renta, pero no cuánto pagas tú: para eso hay que aplicar la escala completa a tu base, descontar el mínimo personal, sumar las retenciones ya practicadas y tener en cuenta las deducciones de tu comunidad. En lugar de hacerlo a mano, estas herramientas parten de estos mismos datos oficiales y te dan la cifra directamente:

Preguntas frecuentes

¿Cuáles son los tramos del IRPF en 2026?
El IRPF de la renta general se calcula sumando dos escalas por tramos: la estatal, común a todo el territorio, que va del 9,5 % (hasta 12.450 €) al 24,5 % (a partir de 300.000 €); y la autonómica, que cada comunidad fija por su cuenta. Por eso no existe una única tabla de tipos: el tipo marginal máximo real oscila entre el 45 % de Comunidad de Madrid y el 53,9 % de Comunidad Valenciana. Las rentas del ahorro (intereses, dividendos, ganancias por venta de acciones o cripto) siguen una escala aparte, igual en todo el territorio común, del 19 % al 30 %.
¿Por qué la "tabla del IRPF" que veo en otras webs no coincide con lo que pago?
Porque esa tabla —normalmente 19 %, 24 %, 30 %, 37 %, 45 % y 47 %— es una referencia agregada que suma la escala estatal y la autonómica "por defecto", y solo se cumple exactamente en las comunidades que no han modificado su tarifa. En la práctica, cada comunidad ajusta sus tramos: Madrid rebaja el tipo, Cataluña y la Comunidad Valenciana lo suben con tramos adicionales para rentas altas, y los territorios forales (Navarra y País Vasco) aplican una escala propia e independiente del Estado. La tabla por comunidad de esta página muestra el marginal máximo real de cada una.
¿Qué diferencia hay entre el tipo marginal y el tipo medio?
El tipo marginal es el porcentaje que se aplica al último euro que ganas: el del tramo más alto que alcanzas. El tipo medio o efectivo es lo que realmente pagas sobre el total, y siempre es menor, porque los primeros tramos tributan a tipos bajos. Un ejemplo: alguien con 40.000 € de base en un territorio común tiene un marginal del 30-37 %, pero un tipo efectivo que ronda el 20-24 % una vez aplicada toda la escala y el mínimo personal. Confundir ambos es el error más común al leer una tabla de tramos.
¿Cuánto es el mínimo personal y familiar en 2026?
El mínimo personal —la parte de tu renta que no tributa— es de 5.550 € con carácter general, que sube a 6.700 € a partir de los 65 años y a 8.100 € a partir de los 75 (art. 57 LIRPF). A esa cifra se suman los mínimos por descendientes, ascendientes y discapacidad, que cada comunidad puede ampliar. El mínimo no se resta de la base: se le aplica la escala y el resultado minora la cuota, de modo que todos se benefician del mismo tipo sobre ese tramo exento.
¿A cuánto tributan las ganancias del ahorro en 2026?
La base del ahorro —intereses, dividendos, y ganancias por vender acciones, fondos, inmuebles o criptomonedas— tributa con una escala propia, igual en todo el territorio común: 19 % hasta 6.000 €, 21 % de 6.000 a 50.000 €, 23 % de 50.000 a 200.000 €, 27 % de 200.000 a 300.000 € y 30 % a partir de 300.000 €. Este último tramo subió del 28 % al 30 % con la Ley 7/2024, con efectos desde el ejercicio 2025. Los territorios forales aplican su propia escala del ahorro, con tipos y tramos ligeramente distintos.
¿Los tramos del IRPF cambian cada año?
La escala estatal lleva sin cambios desde 2021, cuando la Ley 11/2020 añadió el tramo del 24,5 % para rentas superiores a 300.000 €. Lo que sí se mueve casi todos los años es la escala autonómica: varias comunidades han deflactado sus tramos (subir los umbrales para compensar la inflación) o han creado tramos nuevos para rentas altas. Por eso conviene consultar la tarifa vigente de tu comunidad y no una tabla genérica: en esta página cada dato autonómico enlaza con su boletín oficial.