Cuánto paga de IBI la vivienda media en Getafe
El Catastro tiene registradas en Getafe 80.782 viviendas, y su valor catastral medio en el padrón de 2026 es de 101.007 €. Con el tipo urbano de este año, del 0,41 %, esa vivienda media paga unos 415 € de IBI al año antes de bonificaciones.
La mediana de las 46 capitales de régimen común es de 350 €. El tipo por sí solo no ordena lo que se paga: una capital con un tipo bajo y valores catastrales altos puede cobrar más que otra con un tipo alto. La comparación completa, capital por capital, está en el mapa del IBI de la vivienda media en las capitales.
Tu recibo no tiene por qué coincidir: depende del valor catastral de tu vivienda, que figura en el propio recibo o en la Sede Electrónica del Catastro, y de las bonificaciones que tengas. Además, el garaje y el trastero con referencia catastral propia pagan un recibo aparte. Como referencia oficial, el recibo medio de todos los inmuebles urbanos de Getafe en 2025 (viviendas, garajes, trasteros, locales y naves) fue de 478 €.
El Impuesto sobre Bienes Inmuebles —el IBI de toda la vida— se aplica en Getafe a través de la Ordenanza fiscal reguladora del IBI - Getafe. La aprobó el pleno municipal y se publicó en el BOCM núm. 307 de 26-12-2025. Es un tributo municipal y directo que se paga cada año por ser propietario o usufructuario de un inmueble del término municipal.
Grava viviendas y locales urbanos, fincas rústicas y los llamados bienes de características especiales, una categoría residual que va desde centrales eléctricas hasta aeropuertos. El Ayuntamiento de Getafe fija el tipo de gravamen cada ejercicio dentro del margen que le concede la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (Real Decreto Legislativo 2/2004). Ese margen explica que el recibo de una misma vivienda cambie tanto de una ciudad a otra.
Lo que dice la ley — texto literal
1. El tipo de gravamen mínimo y supletorio será el 0,4 por ciento cuando se trate de bienes inmuebles urbanos y el 0,3 por ciento cuando se trate de bienes inmuebles rústicos, y el máximo será el 1,10 por ciento para los urbanos y 0,90 por ciento para los rústicos.
[…]
3. Los ayuntamientos respectivos podrán incrementar los tipos fijados en el apartado 1 con los puntos porcentuales que para cada caso se indican, cuando concurra alguna de las circunstancias siguientes. En el supuesto de que sean varias, se podrá optar por hacer uso del incremento previsto para una sola, algunas o todas ellas:
Cómo se lee el IBI de Getafe 2026
El tipo urbano de Getafe sigue en el 0,410 % en 2026: la modificación publicada en el BOCM de 26 de diciembre de 2025 solo amplió a ocho años la bonificación de las viviendas de protección oficial. La ordenanza tiene una singularidad que conviene conocer: prevé un recargo del 50 % para las viviendas desocupadas, pero su propio texto lo limita a entidades bancarias, promotoras, constructoras y fondos de inversión, y añade que en ningún caso se aplicará a la vivienda vacía de un particular.
El 0,41 % equivale a 820 euros al año para 200.000 euros de valor catastral. Entre las capitales de provincia ocuparía el puesto 45 de 50, entre los tipos más bajos del país.
Getafe empata con Alcalá de Henares y queda prácticamente igual que Madrid capital (0,414 %); Fuenlabrada está un escalón por debajo (0,40 %) y Móstoles claramente por encima (0,49 %). Domiciliar el recibo tiene premio: un 5 % de la cuota, con un tope de 40 euros.
Las otras grandes ciudades de la provincia con ficha propia aplican en 2026: Rivas-Vaciamadrid (0,57 %) , Torrejón de Ardoz (0,525 %) , Móstoles (0,49 %) , Alcorcón (0,4872 %) , Parla (0,433 %) , Pozuelo de Alarcón (0,425 %) , Alcalá de Henares (0,41 %) , Fuenlabrada (0,4 %) , Leganés (0,4 %) , Alcobendas (0,4 %) y Las Rozas de Madrid (0,4 %) .
Tipos aplicables en Getafe
| Modalidad | Tipo | Aplicación |
|---|---|---|
| IBI urbano | 0,41 % | Vivienda, locales comerciales, oficinas, suelo urbano |
| IBI rústico | 1,01 % | Fincas y suelo agrario |
| IBI BICE | 1,3 % | Bienes de Características Especiales (centrales eléctricas, aeropuertos, etc.) |
| Recargo viviendas vacías | +50 % | La ordenanza de Getafe prevé un recargo del 50 % para las viviendas desocupadas, pero solo se exige a entidades bancarias, promotoras, constructoras y fondos de inversión: su propio texto dice que en ningún caso se aplicará a la vivienda vacía de una persona particular |
| Concepto | Valor (%) |
|---|---|
| Getafe | 0,41 % |
| Madrid | 0,41 % |
| Toledo | 0,44 % |
| Guadalajara | 0,54 % |
| Segovia | 0,66 % |
| Ávila | 0,58 % |
| Móstoles | 0,49 % |
| Alcalá de Henares | 0,41 % |
| Fuenlabrada | 0,4 % |
| Alcorcón | 0,49 % |
| Torrejón de Ardoz | 0,53 % |
| Leganés | 0,4 % |
| Parla | 0,43 % |
| Alcobendas | 0,4 % |
| Las Rozas de Madrid | 0,4 % |
| Pozuelo de Alarcón | 0,43 % |
| Rivas-Vaciamadrid | 0,57 % |
Bonificaciones aplicables
| Bonificación | Cuantía | Condiciones |
|---|---|---|
| VPO | 50 % | 3 años desde calificación definitiva (obligatorio art. 73.2 LRHL) |
| Familia numerosa | 90 % | Bonificación de la vivienda habitual según número de hijos: 50 % hasta tres hijos, 70 % con cuatro hijos, 90 % con cinco o más. Alternativamente, con independencia del número de hijos, los sujetos pasivos pueden alcanzar el máximo del 90 % (tope 400 €) acreditando que la unidad familiar no supera determinados umbrales de renta IRPF (por ejemplo, 29.820,56 € para 5 miembros) y que no es titular de más inmuebles que su vivienda habitual. |
| Eficiencia energética | — | No la contempla la ordenanza |
| Autoconsumo solar | 30 % | 30 % de la cuota íntegra durante los 10 primeros años siguientes a la instalación de sistemas de aprovechamiento térmico o eléctrico de energía solar (por separado); 50 % si se instalan simultáneamente ambos sistemas. Tope: el 10 % del coste de la instalación, limitado a 400 € en uso residencial y 5.000 € en el resto de usos. Cómo solicitarla |
Calcula tu IBI en Getafe
Introduce el valor catastral de tu vivienda para estimar la cuota del IBI en Getafe con el tipo urbano vigente de 2026 y las bonificaciones municipales (familia numerosa, VPO, autoconsumo) cuando correspondan. Es un cálculo orientativo sobre el valor catastral.
¿Y si el valor de tu recibo no cuadra con el inmueble, porque suma metros de más o una construcción que ya no existe? Esa corrección no se pide al Ayuntamiento de Getafe, sino al Catastro. En cómo recurrir el IBI por un valor catastral incorrecto están las vías, los plazos y la devolución de hasta cuatro años.
Ejemplo: vivienda con valor catastral 98.000 € en Getafe
Rubén Villalba compró hace años un piso en el Sector III de Getafe que hoy tiene un valor catastral de 98.000 €.
Rubén Villalba no tiene derecho a ninguna bonificación de la ordenanza: no es familia numerosa, la vivienda no es de protección oficial y su certificado energético no llega a la letra A. Así se construye, paso a paso, su recibo del IBI de 2026:
- Base imponible (valor catastral): 98.000 €
- Reducción por revisión catastral: 0 € (vivienda no revisada recientemente)
- Base liquidable: 98.000 €
- Tipo Getafe: 0,41 %
- Cuota íntegra: 402 € al año.
Si Rubén Villalba tuviera título de familia numerosa podría pedir la bonificación de la ordenanza, que llega como máximo al 90 %. El porcentaje no es el mismo para todos: bonificación de la vivienda habitual según número de hijos: 50 % hasta tres hijos, 70 % con cuatro hijos, 90 % con cinco o más.
Alternativamente, con independencia del número de hijos, los sujetos pasivos pueden alcanzar el máximo del 90 % (tope 400 €) acreditando que la unidad familiar no supera determinados umbrales de renta IRPF (por ejemplo, 29.820,56 € para 5 miembros) y que no es titular de más inmuebles que su vivienda habitual. El que le corresponda se aplica sobre los 402 € de cuota íntegra.
Calendario de pago del IBI en Getafe en 2026
El IBI de Getafe se cobra dentro del periodo voluntario que aprueba cada año el calendario fiscal municipal, y el de 2026 ya se ha cerrado: terminó el 31 de julio de 2026. Estas son las fechas del ejercicio y lo que conviene hacer si el recibo sigue sin pagar:
- Devengo
- 1 de enero de 2026 (titular en esa fecha)
- Periodo voluntario
- 1 de junio – 31 de julio de 2026
- Domiciliación
- 5 % de bonificación sobre la cuota líquida por pago mediante domiciliación, con un tope de 40 €. El cargo en cuenta de los recibos domiciliados de IBI urbana se realiza el 30 de junio de 2026, dentro del periodo voluntario (1 junio - 31 julio).
- Recauda
- Órgano de Gestión Tributaria del Ayuntamiento de Getafe
- Si aún no has pagado
- Recargo del periodo ejecutivo: 5 % si abonas la deuda completa antes de que te notifiquen la providencia de apremio, 10 % si pagas dentro del plazo que abre esa providencia y 20 % más intereses de demora a partir de ese momento (art. 28 LGT). Lo que determina el recargo no es el mero paso de los días, sino en qué punto del procedimiento pagas.
Fechas verificadas en fuente oficial (actualizado 20/09/2026).
Si el recibo de este año sigue pendiente, no esperes al próximo plazo. Pide la carta de pago en la sede electrónica del organismo que recauda y liquídalo cuanto antes: el recargo crece conforme avanza el procedimiento. Domiciliar el recibo del ejercicio siguiente es la forma más simple de no repetirlo.
Preguntas frecuentes sobre IBI en Getafe
¿Cuánto se paga de IBI de media en Getafe?
Una vivienda de valor catastral medio en Getafe (101.007 € en el padrón catastral de 2026) paga unos 415 € al año con el tipo urbano del 0,41 %, antes de bonificaciones. Es una estimación con datos de la Dirección General del Catastro: tu recibo depende del valor catastral de tu vivienda y de tus bonificaciones, y el garaje o el trastero con referencia propia pagan aparte.
¿Cuál es el tipo de IBI urbano en Getafe para 2026?
0,41 % sobre el valor catastral de la vivienda. Es el tipo aprobado por la ordenanza fiscal vigente del Ayuntamiento de Getafe y publicado en el BOCM núm. 307 de 26-12-2025. Getafe mantiene en 2026 el IBI urbano en el 0,41 %. El recargo del 50 % a viviendas vacías solo se exige a bancos, promotoras, constructoras y fondos de inversión, nunca a particulares.
¿Cuánto pago de IBI por una vivienda de valor catastral 200.000 € en Getafe?
Sin bonificaciones, la cuota orientativa es de 820 € (0,41 % × 200.000 €). Si tienes derecho a bonificación familia numerosa (90 %), VPO (50 %) o autoconsumo solar, la cuota efectiva puede reducirse hasta un 90 %.
¿Getafe aplica recargo por viviendas desocupadas?
Sí. La ordenanza de Getafe prevé un recargo del 50 % para las viviendas desocupadas, pero solo se exige a entidades bancarias, promotoras, constructoras y fondos de inversión: su propio texto dice que en ningún caso se aplicará a la vivienda vacía de una persona particular. El recargo se apoya en el art. 72.4 LRHL y se declara mediante expediente administrativo. Qué capitales lo tienen y a quién alcanza, en el estudio del recargo en las 50 capitales.
¿Hay bonificación de IBI para familia numerosa en Getafe?
Sí, bonificación de hasta el 90 % sobre la cuota íntegra del IBI de la vivienda habitual del titular familia numerosa. Bonificación de la vivienda habitual según número de hijos: 50 % hasta tres hijos, 70 % con cuatro hijos, 90 % con cinco o más.
Alternativamente, con independencia del número de hijos, los sujetos pasivos pueden alcanzar el máximo del 90 % (tope 400 €) acreditando que la unidad familiar no supera determinados umbrales de renta IRPF (por ejemplo, 29.820,56 € para 5 miembros) y que no es titular de más inmuebles que su vivienda habitual. La bonificación es potestativa: cada Ayuntamiento decide aplicarla y fija los porcentajes y condiciones.
¿Cuándo se paga el IBI en Getafe?
Periodo voluntario: 1 de junio – 31 de julio de 2026. El periodo voluntario de 2026 terminó el 31 de julio de 2026; el recibo pendiente entra en vía ejecutiva con los recargos del art. 28 LGT. El IBI se devenga el 1 de enero (el titular en esa fecha es el sujeto pasivo).
Si domicilias el recibo, el Ayuntamiento de Getafe bonifica un 5 % de la cuota (5 % de bonificación sobre la cuota líquida por pago mediante domiciliación, con un tope de 40 €. El cargo en cuenta de los recibos domiciliados de IBI urbana se realiza el 30 de junio de 2026, dentro del periodo voluntario (1 junio - 31 julio)). Recauda: Órgano de Gestión Tributaria del Ayuntamiento de Getafe.
Pasado el plazo se entra en periodo ejecutivo (art. 28 LGT). El recargo es del 5 % si pagas la deuda completa antes de que te notifiquen la providencia de apremio. Sube al 10 % si pagas dentro del plazo que abre esa providencia, y al 20 % más intereses de demora a partir de ese momento.
¿Quién paga el IBI: propietario o inquilino?
El IBI lo paga siempre el titular del inmueble (propietario o usufructuario), no el inquilino. Aunque en el contrato de alquiler se pacte que el inquilino reembolse el IBI al propietario, la obligación tributaria frente al Ayuntamiento es del titular. Si vendes la vivienda durante el año, el IBI lo paga el propietario a 1 de enero (es habitual pactar prorrateo en escritura, pero el Ayuntamiento solo se dirige al titular registral).