IBI · Alcobendas Tributo municipal Datos 2026

IBI Alcobendas
2026

Alcobendas mantiene en 2026 el IBI urbano en el 0,4 %, el mínimo legal. Domiciliar el recibo y pagarlo entero tiene un 5 % de bonificación, con un máximo de 100 euros.

Por Cristian Corrales Fuentes: TRLHL (RDLeg 2/2004) y ordenanza fiscal municipal Revisado el

IBI en Alcobendas 2026: tipo urbano 0,4 % sobre valor catastral, bonificaciones VPO y familia numerosa según ordenanza fiscal vigente del Ayuntamiento de Alcobendas

Cuánto paga de IBI la vivienda media en Alcobendas

El Catastro tiene registradas en Alcobendas 42.663 viviendas, y su valor catastral medio en el padrón de 2026 es de 145.121 €. Con el tipo urbano de este año, del 0,4 %, esa vivienda media paga unos 580 € de IBI al año antes de bonificaciones.

La mediana de las 46 capitales de régimen común es de 350 €. El tipo por sí solo no ordena lo que se paga: una capital con un tipo bajo y valores catastrales altos puede cobrar más que otra con un tipo alto. La comparación completa, capital por capital, está en el mapa del IBI de la vivienda media en las capitales.

Tu recibo no tiene por qué coincidir: depende del valor catastral de tu vivienda, que figura en el propio recibo o en la Sede Electrónica del Catastro, y de las bonificaciones que tengas. Además, el garaje y el trastero con referencia catastral propia pagan un recibo aparte. Como referencia oficial, el recibo medio de todos los inmuebles urbanos de Alcobendas en 2025 (viviendas, garajes, trasteros, locales y naves) fue de 492 €.

El Impuesto sobre Bienes Inmuebles —el IBI de toda la vida— se aplica en Alcobendas a través de la Ordenanza fiscal n.º 4.1 reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles - Alcobendas. La aprobó el pleno municipal y se publicó en el libro de ordenanzas fiscales de 2026 del Ayuntamiento de Alcobendas. Es un tributo municipal y directo que se paga cada año por ser propietario o usufructuario de un inmueble del término municipal.

Grava viviendas y locales urbanos, fincas rústicas y los llamados bienes de características especiales, una categoría residual que va desde centrales eléctricas hasta aeropuertos. El Ayuntamiento de Alcobendas fija el tipo de gravamen cada ejercicio dentro del margen que le concede la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (Real Decreto Legislativo 2/2004). Ese margen explica que el recibo de una misma vivienda cambie tanto de una ciudad a otra.

Cómo se lee el IBI de Alcobendas 2026

Alcobendas aplica el IBI urbano mínimo que permite la ley, el 0,4 %, y no lo ha cambiado para 2026. Los inmuebles industriales, de oficinas y comerciales de más valor pagan tipos diferenciados. La ordenanza no tiene recargo a viviendas vacías.

Con el 0,4 %, una vivienda de 200.000 euros de valor catastral paga 800 euros al año. Entre las capitales de provincia ocuparía el puesto 45 de 50, empatada con Santander y Zaragoza: solo las cuatro capitales forales cobran menos.

Madrid aplica el 0,414 %: sobre el mismo valor catastral son 828 euros, 28 más que en Alcobendas. Leganés y Fuenlabrada, en el sur metropolitano, aplican el mismo 0,4 %. La bonificación de familia numerosa llega al 85 % y es compatible con la solar, que alcanza el 50 % durante tres años.

Las otras grandes ciudades de la provincia con ficha propia aplican en 2026: Rivas-Vaciamadrid (0,57 %) , Torrejón de Ardoz (0,525 %) , Móstoles (0,49 %) , Alcorcón (0,4872 %) , Parla (0,433 %) , Pozuelo de Alarcón (0,425 %) , Alcalá de Henares (0,41 %) , Getafe (0,41 %) , Fuenlabrada (0,4 %) , Leganés (0,4 %) y Las Rozas de Madrid (0,4 %) .

Tipos aplicables en Alcobendas

Modalidad Tipo Aplicación
IBI urbano 0,4 % Vivienda, locales comerciales, oficinas, suelo urbano
IBI rústico 0,9 % Fincas y suelo agrario
IBI BICE 1,3 % Bienes de Características Especiales (centrales eléctricas, aeropuertos, etc.)

Bonificaciones aplicables

Bonificación Cuantía Condiciones
VPO 50 % 3 años desde calificación definitiva (obligatorio art. 73.2 LRHL)
Familia numerosa 85 % Hasta tres hijos (o dos si uno tiene discapacidad), el 85 % con un valor catastral de menos de 111.895 € y el 65 % hasta 177.166 €; desde cuatro hijos, el 85 % por debajo de 149.192 € y el 65 % hasta 177.166 €; por encima de 177.166 €, el 40 %. Hay que estar empadronados en la vivienda y pedirla antes del 31 de diciembre del año anterior.
Eficiencia energética — No la contempla la ordenanza
Autoconsumo solar 50 % El 40 % de la cuota durante tres años si la instalación solar cubre al menos el 30 % del consumo energético del inmueble, y el 50 % si cubre al menos la mitad. Es compatible con la de familia numerosa y no se aplica si la instalación es obligatoria. Cómo solicitarla

Calcula tu IBI en Alcobendas

Introduce el valor catastral de tu vivienda para estimar la cuota del IBI en Alcobendas con el tipo urbano vigente de 2026 y las bonificaciones municipales (familia numerosa, VPO, autoconsumo) cuando correspondan. Es un cálculo orientativo sobre el valor catastral.

¿Y si el valor de tu recibo no cuadra con el inmueble, porque suma metros de más o una construcción que ya no existe? Esa corrección no se pide al Ayuntamiento de Alcobendas, sino al Catastro. En cómo recurrir el IBI por un valor catastral incorrecto están las vías, los plazos y la devolución de hasta cuatro años.

Ejemplo: vivienda con valor catastral 95.300 € en Alcobendas

Beatriz Herranz Cobo es propietaria de un piso en el barrio de El Soto, en Alcobendas, con un valor catastral de 95.300 €.

Beatriz Herranz Cobo no tiene derecho a ninguna bonificación de la ordenanza: no es familia numerosa, la vivienda no es de protección oficial y su certificado energético no llega a la letra A. Así se construye, paso a paso, su recibo del IBI de 2026:

  • Base imponible (valor catastral): 95.300 €
  • Reducción por revisión catastral: 0 € (vivienda no revisada recientemente)
  • Base liquidable: 95.300 €
  • Tipo Alcobendas: 0,4 %
  • Cuota íntegra: 381 € al año.

Si Beatriz Herranz Cobo tuviera título de familia numerosa podría pedir la bonificación de la ordenanza, que llega como máximo al 85 %.

El porcentaje no es el mismo para todos: hasta tres hijos (o dos si uno tiene discapacidad), el 85 % con un valor catastral de menos de 111.895 € y el 65 % hasta 177.166 €; desde cuatro hijos, el 85 % por debajo de 149.192 € y el 65 % hasta 177.166 €; por encima de 177.166 €, el 40 %.

Hay que estar empadronados en la vivienda y pedirla antes del 31 de diciembre del año anterior. El que le corresponda se aplica sobre los 381 € de cuota íntegra.

Calendario de pago del IBI en Alcobendas en 2026

El IBI de Alcobendas se cobra dentro del periodo voluntario que aprueba cada año el calendario fiscal municipal, y el de 2026 ya se ha cerrado: terminó el 4 de mayo de 2026. Estas son las fechas del ejercicio y lo que conviene hacer si el recibo sigue sin pagar:

Devengo
1 de enero de 2026 (titular en esa fecha)
Periodo voluntario
2 de marzo – 4 de mayo de 2026
Domiciliación
Los recibos domiciliados se cargan a partir del 25 de marzo de 2026. Domiciliar y pagar el recibo entero tiene una bonificación del 5 %, con un máximo de 100 €; si se fracciona en dos plazos (el segundo en junio), es del 2,5 %.
Recauda
Ayuntamiento de Alcobendas
Si aún no has pagado
Recargo del periodo ejecutivo: 5 % si abonas la deuda completa antes de que te notifiquen la providencia de apremio, 10 % si pagas dentro del plazo que abre esa providencia y 20 % más intereses de demora a partir de ese momento (art. 28 LGT). Lo que determina el recargo no es el mero paso de los días, sino en qué punto del procedimiento pagas.

Fechas verificadas en fuente oficial (actualizado 27/09/2026).

Si el recibo de este año sigue pendiente, no esperes al próximo plazo. Pide la carta de pago en la sede electrónica del organismo que recauda y liquídalo cuanto antes: el recargo crece conforme avanza el procedimiento. Domiciliar el recibo del ejercicio siguiente es la forma más simple de no repetirlo.

Preguntas frecuentes sobre IBI en Alcobendas

¿Cuánto se paga de IBI de media en Alcobendas?

Una vivienda de valor catastral medio en Alcobendas (145.121 € en el padrón catastral de 2026) paga unos 580 € al año con el tipo urbano del 0,4 %, antes de bonificaciones. Es una estimación con datos de la Dirección General del Catastro: tu recibo depende del valor catastral de tu vivienda y de tus bonificaciones, y el garaje o el trastero con referencia propia pagan aparte.

¿Cuál es el tipo de IBI urbano en Alcobendas para 2026?

0,4 % sobre el valor catastral de la vivienda. Es el tipo aprobado por la ordenanza fiscal vigente del Ayuntamiento de Alcobendas y publicado en el libro de ordenanzas fiscales de 2026 del Ayuntamiento de Alcobendas. Alcobendas mantiene en 2026 el IBI urbano en el 0,4 %, el mínimo legal. Domiciliar el recibo y pagarlo entero tiene un 5 % de bonificación, con un máximo de 100 euros.

¿Cuánto pago de IBI por una vivienda de valor catastral 200.000 € en Alcobendas?

Sin bonificaciones, la cuota orientativa es de 800 € (0,4 % × 200.000 €). Si tienes derecho a bonificación familia numerosa (85 %), VPO (50 %) o autoconsumo solar, la cuota efectiva puede reducirse hasta un 85 %.

¿Hay recargo por viviendas vacías en Alcobendas?

Actualmente la ordenanza fiscal vigente de Alcobendas no recoge recargo por viviendas desocupadas. Algunas capitales con altas tasas de inmueble vacío están estudiando incorporarlo en ordenanzas próximas tras la Ley 12/2023 del Derecho a la Vivienda. Consulta la última ordenanza en el libro de ordenanzas fiscales de 2026 del Ayuntamiento de Alcobendas. Qué capitales lo tienen y a quién alcanza, en el estudio del recargo en las 50 capitales.

¿Hay bonificación de IBI para familia numerosa en Alcobendas?

Sí, bonificación de hasta el 85 % sobre la cuota íntegra del IBI de la vivienda habitual del titular familia numerosa.

Hasta tres hijos (o dos si uno tiene discapacidad), el 85 % con un valor catastral de menos de 111.895 € y el 65 % hasta 177.166 €; desde cuatro hijos, el 85 % por debajo de 149.192 € y el 65 % hasta 177.166 €; por encima de 177.166 €, el 40 %.

Hay que estar empadronados en la vivienda y pedirla antes del 31 de diciembre del año anterior. La bonificación es potestativa: cada Ayuntamiento decide aplicarla y fija los porcentajes y condiciones.

¿Cuándo se paga el IBI en Alcobendas?

Periodo voluntario: 2 de marzo – 4 de mayo de 2026. El periodo voluntario de 2026 terminó el 4 de mayo de 2026; el recibo pendiente entra en vía ejecutiva con los recargos del art. 28 LGT. El IBI se devenga el 1 de enero (el titular en esa fecha es el sujeto pasivo).

Si domicilias el recibo, el Ayuntamiento de Alcobendas bonifica un 5 % de la cuota (Los recibos domiciliados se cargan a partir del 25 de marzo de 2026. Domiciliar y pagar el recibo entero tiene una bonificación del 5 %, con un máximo de 100 €; si se fracciona en dos plazos (el segundo en junio), es del 2,5 %). Recauda: Ayuntamiento de Alcobendas.

Pasado el plazo se entra en periodo ejecutivo (art. 28 LGT). El recargo es del 5 % si pagas la deuda completa antes de que te notifiquen la providencia de apremio. Sube al 10 % si pagas dentro del plazo que abre esa providencia, y al 20 % más intereses de demora a partir de ese momento.

¿Quién paga el IBI: propietario o inquilino?

El IBI lo paga siempre el titular del inmueble (propietario o usufructuario), no el inquilino. Aunque en el contrato de alquiler se pacte que el inquilino reembolse el IBI al propietario, la obligación tributaria frente al Ayuntamiento es del titular. Si vendes la vivienda durante el año, el IBI lo paga el propietario a 1 de enero (es habitual pactar prorrateo en escritura, pero el Ayuntamiento solo se dirige al titular registral).