IBI · Manresa · Tributo municipal · Datos 2026

IBI Manresa
2026

Manresa sube en 2026 el IBI urbano al 1,03 %, desde el 1,005 % de 2025. El recargo a viviendas vacías solo alcanza a titulares de cuatro o más inmuebles residenciales y exige una declaración municipal previa.

IBI en Manresa 2026: tipo urbano 1,03 % sobre valor catastral, bonificaciones VPO y familia numerosa según ordenanza fiscal vigente del Ayuntamiento de Manresa
Ilustración · Guía Fiscal

Cuánto paga de IBI la vivienda media en Manresa

El Catastro tiene registradas en Manresa 33.892 viviendas, y su valor catastral medio en el padrón de 2026 es de 61.748 €. Con el tipo urbano de este año, del 1,03 %, esa vivienda media paga unos 635 € de IBI al año antes de bonificaciones.

La mediana de las 46 capitales de régimen común es de 350 €. El tipo por sí solo no ordena lo que se paga: una capital con un tipo bajo y valores catastrales altos puede cobrar más que otra con un tipo alto. La comparación completa, capital por capital, está en el mapa del IBI de la vivienda media en las capitales.

Tu recibo no tiene por qué coincidir: depende del valor catastral de tu vivienda, que figura en el propio recibo o en la Sede Electrónica del Catastro, y de las bonificaciones que tengas. Además, el garaje y el trastero con referencia catastral propia pagan un recibo aparte. Como referencia oficial, el recibo medio de todos los inmuebles urbanos de Manresa en 2025 (viviendas, garajes, trasteros, locales y naves) fue de 453 €.

El IBI de Manresa lo regula la Ordenança fiscal número 1, reguladora de l'impost sobre béns immobles - Manresa, publicada en el BOPB de 19-12-2025 (aprobación definitiva del Pleno de 18-12-2025; vigente desde el 1-1-2026). Se paga cada año por ser propietario o usufructuario de un inmueble del término municipal.

El Ayuntamiento fija el tipo cada ejercicio dentro del margen que le concede la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (Real Decreto Legislativo 2/2004). Ese margen explica que el recibo de una misma vivienda cambie tanto de una ciudad a otra.

Cómo se lee el IBI de Manresa 2026

Manresa sube en 2026 el IBI urbano del 1,005 % al 1,03 %, un 2,5 % más que el tipo anterior. Los inmuebles rústicos pagan el 0,438 % y los de características especiales, el 1,30 %. Comercial, ocio y hostelería, industria, deportivo, oficinas y espectáculos tributan al 1,23 % cuando superan el valor catastral que fija la ordenanza para cada uso. La última ponencia de valores catastrales es de 2008.

Con el 1,03 %, una vivienda de 200.000 euros de valor catastral paga 2.060 euros al año. Entre las capitales de provincia ocuparía el puesto 2 de 50, entre Girona (1,041 %) y Tarragona (1,023 %).

Barcelona, la capital de la provincia, aplica el 0,66 %: sobre el mismo valor catastral son 1.320 euros, 740 menos que en Manresa. En la misma provincia, Terrassa está en el 0,7686 % y Sabadell en el 0,6556 %. La familia numerosa se bonifica entre el 10 % y el 90 % según la renta, y quien domicilia y anticipa el pago obtiene un 2 % de descuento.

Las otras grandes ciudades de la provincia con ficha propia aplican en 2026: L'Hospitalet de Llobregat (0,846 %), Badalona (0,811 %), Terrassa (0,7686 %), Rubí (0,758 %), Mataró (0,6959 %), Cornellà de Llobregat (0,68 %), Sant Boi de Llobregat (0,664 %), Sabadell (0,6556 %), Santa Coloma de Gramenet (0,609 %) y Sant Cugat del Vallès (0,555 %).

Tipos aplicables en Manresa

Modalidad Tipo Aplicación
IBI urbano 1,03 % Vivienda, locales comerciales, oficinas, suelo urbano
IBI rústico 0,438 % Fincas y suelo agrario
IBI BICE 1,3 % Bienes de Características Especiales (centrales eléctricas, aeropuertos, etc.)
Recargo viviendas vacías +50 % Solo para inmuebles urbanos de uso residencial que lleven desocupados de forma continuada y sin causa justificada más de dos años y pertenezcan a titulares de cuatro o más inmuebles de uso residencial. Es del 50 % de la cuota líquida, se devenga el 31 de diciembre y exige una declaración municipal previa de desocupación permanente

Bonificaciones aplicables

Bonificación Cuantía Condiciones
VPO 50 % 3 años desde calificación definitiva (obligatorio art. 73.2 LRHL)
Familia numerosa 90 % Entre el 10 % y el 90 % para la vivienda habitual de la familia, según el nivel de renta anual y el número de miembros. El 90 % solo se alcanza en categoría especial con una renta anual de hasta 15.636 euros para dos personas y de hasta 33.678 euros para siete o más. Hay que pedirla, autorizar a la Agencia Tributaria a informar de los ingresos y tener el título vigente; se concede mientras dure el título y surte efecto desde el ejercicio siguiente al de la solicitud.
Eficiencia energética — No la contempla la ordenanza
Autoconsumo solar 50 % El 50 % de la cuota durante los cuatro periodos impositivos siguientes a la instalación de placas solares térmicas o eléctricas de autoconsumo, también cuando el consumo lo hacen terceros, con un límite de 200 euros por kW instalado y año y de 2.500 euros anuales. En viviendas plurifamiliares con placas fotovoltaicas solo para los elementos comunes, el 5 % de la cuota de cada elemento vinculado. Exige título habilitante previo, certificado de la instalación e inscripción en el Registro de Autoconsumo de Cataluña. Cómo solicitarla

Con placas solares. Con el recibo de la vivienda media de Manresa (635 €) y una instalación de 6.000 €, la bonificación supone unos 318 € al año, 1.272 € en total. Si la instalación termina en 2026, se suma la deducción del IRPF. Calcula lo que te ahorran las placas en Manresa.

Calcula tu IBI en Manresa

Introduce el valor catastral de tu vivienda para estimar la cuota del IBI en Manresa con el tipo urbano vigente de 2026 y las bonificaciones municipales (familia numerosa, VPO, autoconsumo) cuando correspondan. Es un cálculo orientativo sobre el valor catastral.

Si el valor del recibo no cuadra con el inmueble, la corrección se pide al Catastro, no al Ayuntamiento de Manresa: cómo recurrir el IBI por un valor catastral incorrecto.

Ejemplo: vivienda con valor catastral 96.300 € en Manresa

Ejemplo ilustrativo. Tomamos un piso en el barrio de Valldaura, en Manresa, con un valor catastral de 96.300 €.

Sin bonificaciones, así se construye el recibo del IBI de 2026:

  • Base imponible (valor catastral): 96.300 €
  • Reducción por revisión catastral: 0 € (supuesto de una vivienda sin reducción)
  • Base liquidable: 96.300 €
  • Tipo en Manresa: 1,03 %
  • Cuota íntegra: 992 € al año.

Si el propietario tuviera título de familia numerosa podría pedir la bonificación de la ordenanza, que llega como máximo al 90 %. El porcentaje no es el mismo para todos: entre el 10 % y el 90 % para la vivienda habitual de la familia, según el nivel de renta anual y el número de miembros.

El 90 % solo se alcanza en categoría especial con una renta anual de hasta 15.636 euros para dos personas y de hasta 33.678 euros para siete o más. Hay que pedirla, autorizar a la Agencia Tributaria a informar de los ingresos y tener el título vigente; se concede mientras dure el título y surte efecto desde el ejercicio siguiente al de la solicitud. El que le corresponda se aplica sobre los 992 € de cuota íntegra.

Calendario de pago del IBI en Manresa en 2026

El IBI de Manresa se cobra dentro del periodo voluntario que aprueba cada año el calendario fiscal municipal, y el de 2026 ya se ha cerrado: terminó el 21 de julio de 2026. Estas son las fechas del ejercicio y lo que conviene hacer si el recibo sigue sin pagar:

Devengo
1 de enero de 2026 (titular en esa fecha)
Periodo voluntario
7 de abril – 21 de julio de 2026
Domiciliación
Quien tiene el recibo domiciliado lo paga, por regla general, en cuatro cargos: el 7 de abril, el 2 de junio, el 2 de julio y el 2 de octubre de 2026. Puede pedir un único cargo, en los primeros cinco días de julio, y los recibos de menos de 100 euros se cargan enteros. Quien se acoge al pago avanzado (domiciliado y pedido en el plazo del calendario del contribuyente) paga en febrero, con cargo el 2 de febrero, y obtiene una bonificación del 2 % de lo anticipado.
Recauda
Ajuntament de Manresa
Si aún no has pagado
Recargo del periodo ejecutivo: 5 % si abonas la deuda completa antes de que te notifiquen la providencia de apremio, 10 % si pagas dentro del plazo que abre esa providencia y 20 % más intereses de demora a partir de ese momento (art. 28 LGT). Lo que determina el recargo no es el mero paso de los días, sino en qué punto del procedimiento pagas.

Fechas verificadas en fuente oficial (actualizado 02/10/2026).

Si el recibo de este año sigue pendiente, no esperes al próximo plazo. Pide la carta de pago en la sede electrónica del organismo que recauda y liquídalo cuanto antes: el recargo crece conforme avanza el procedimiento. Domiciliar el recibo del ejercicio siguiente es la forma más simple de no repetirlo.

Preguntas frecuentes sobre IBI en Manresa

¿Cuánto se paga de IBI de media en Manresa?

Una vivienda de valor catastral medio en Manresa (61.748 € en el padrón catastral de 2026) paga unos 635 € al año con el tipo urbano del 1,03 %, antes de bonificaciones. Es una estimación con datos de la Dirección General del Catastro: tu recibo depende del valor catastral de tu vivienda y de tus bonificaciones, y el garaje o el trastero con referencia propia pagan aparte.

¿Cuál es el tipo de IBI urbano en Manresa para 2026?

1,03 % sobre el valor catastral de la vivienda. Es el tipo aprobado por la ordenanza fiscal vigente del Ayuntamiento de Manresa, publicado en el BOPB de 19-12-2025 (aprobación definitiva del Pleno de 18-12-2025; vigente desde el 1-1-2026). Manresa sube en 2026 el IBI urbano al 1,03 %, desde el 1,005 % de 2025. El recargo a viviendas vacías solo alcanza a titulares de cuatro o más inmuebles residenciales y exige una declaración municipal previa.

¿Cuánto pago de IBI por una vivienda de valor catastral 200.000 € en Manresa?

Sin bonificaciones, la cuota orientativa es de 2.060 € (1,03 % × 200.000 €). Si tienes derecho a bonificación familia numerosa (90 %), VPO (50 %) o autoconsumo solar, la cuota efectiva puede reducirse hasta un 90 %.

¿Manresa aplica recargo por viviendas desocupadas?

Sí. Solo para inmuebles urbanos de uso residencial que lleven desocupados de forma continuada y sin causa justificada más de dos años y pertenezcan a titulares de cuatro o más inmuebles de uso residencial. Es del 50 % de la cuota líquida, se devenga el 31 de diciembre y exige una declaración municipal previa de desocupación permanente. El recargo se apoya en el art. 72.4 LRHL y se declara mediante expediente administrativo. Para comparar con las capitales de provincia, está el estudio del recargo en las 50 capitales.

¿Hay bonificación de IBI para familia numerosa en Manresa?

Sí, bonificación de hasta el 90 % sobre la cuota íntegra del IBI de la vivienda habitual del titular familia numerosa. Entre el 10 % y el 90 % para la vivienda habitual de la familia, según el nivel de renta anual y el número de miembros.

El 90 % solo se alcanza en categoría especial con una renta anual de hasta 15.636 euros para dos personas y de hasta 33.678 euros para siete o más. Hay que pedirla, autorizar a la Agencia Tributaria a informar de los ingresos y tener el título vigente; se concede mientras dure el título y surte efecto desde el ejercicio siguiente al de la solicitud. La bonificación es potestativa: cada Ayuntamiento decide aplicarla y fija los porcentajes y condiciones.

¿Cuándo se paga el IBI en Manresa?

Periodo voluntario: 7 de abril – 21 de julio de 2026. El periodo voluntario de 2026 terminó el 21 de julio de 2026; el recibo pendiente entra en vía ejecutiva con los recargos del art. 28 LGT. El IBI se devenga el 1 de enero (el titular en esa fecha es el sujeto pasivo). Puedes pagar en oficinas, vía web municipal o por domiciliación bancaria. Recauda: Ajuntament de Manresa.

Pasado el plazo se entra en periodo ejecutivo (art. 28 LGT); los recargos del 5, 10 y 20 % están en el calendario de pago.

¿Quién paga el IBI: propietario o inquilino?

Lo paga el titular del inmueble (propietario o usufructuario), no el inquilino, aunque el contrato de alquiler pacte que se lo reembolse. Si vendes durante el año, el Ayuntamiento reclama el recibo a quien era propietario el 1 de enero; el prorrateo con el comprador se pacta aparte, en la escritura.