IBI · L'Hospitalet de Llobregat Tributo municipal Datos 2026

IBI L'Hospitalet de Llobregat
2026

L'Hospitalet de Llobregat aplica en 2026 un IBI urbano del 0,846 %, sin cambios. El recibo domiciliado se reparte de oficio en cuatro plazos sin intereses.

Por Cristian Corrales Fuentes: TRLHL (RDLeg 2/2004) y ordenanza fiscal municipal Revisado el

IBI en L'Hospitalet de Llobregat 2026: tipo urbano 0,846 % sobre valor catastral, bonificaciones VPO y familia numerosa según ordenanza fiscal vigente del Ayuntamiento de L'Hospitalet de Llobregat

Cuánto paga de IBI la vivienda media en L'Hospitalet de Llobregat

El Catastro tiene registradas en L'Hospitalet de Llobregat 107.262 viviendas, y su valor catastral medio en el padrón de 2026 es de 51.800 €. Con el tipo urbano de este año, del 0,846 %, esa vivienda media paga unos 440 € de IBI al año antes de bonificaciones.

La mediana de las 46 capitales de régimen común es de 350 €. El tipo por sí solo no ordena lo que se paga: una capital con un tipo bajo y valores catastrales altos puede cobrar más que otra con un tipo alto. La comparación completa, capital por capital, está en el mapa del IBI de la vivienda media en las capitales.

Tu recibo no tiene por qué coincidir: depende del valor catastral de tu vivienda, que figura en el propio recibo o en la Sede Electrónica del Catastro, y de las bonificaciones que tengas. Además, el garaje y el trastero con referencia catastral propia pagan un recibo aparte. Como referencia oficial, el recibo medio de todos los inmuebles urbanos de L'Hospitalet de Llobregat en 2025 (viviendas, garajes, trasteros, locales y naves) fue de 474 €.

El Impuesto sobre Bienes Inmuebles —el IBI de toda la vida— se aplica en L'Hospitalet de Llobregat a través de la Ordenança fiscal 1.01 de l'impost sobre béns immobles - L'Hospitalet de Llobregat. La aprobó el pleno municipal y se publicó en el BOPB (aprobación definitiva del Pleno de 20-12-2024; sin modificación para 2026). Es un tributo municipal y directo que se paga cada año por ser propietario o usufructuario de un inmueble del término municipal.

Grava viviendas y locales urbanos, fincas rústicas y los llamados bienes de características especiales, una categoría residual que va desde centrales eléctricas hasta aeropuertos. El Ayuntamiento de L'Hospitalet de Llobregat fija el tipo de gravamen cada ejercicio dentro del margen que le concede la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (Real Decreto Legislativo 2/2004). Ese margen explica que el recibo de una misma vivienda cambie tanto de una ciudad a otra.

Cómo se lee el IBI de L'Hospitalet de Llobregat 2026

L'Hospitalet mantiene en 2026 el tipo general del 0,846 % para los inmuebles urbanos y del 0,43 % para los rústicos; su ordenanza no fija un tipo propio para los bienes de características especiales ni recargo por vivienda vacía. La gestión está delegada en el Organisme de Gestió Tributària de la Diputació de Barcelona.

El 0,846 % equivale a 1.692 euros al año para 200.000 euros de valor catastral, y entre las capitales de provincia ocuparía el quinto puesto, solo por detrás de Girona, Tarragona, Lleida y Huelva. Como siempre, el tipo hay que leerlo junto al valor catastral, que en los barrios densos de la ciudad suele ser modesto.

Barcelona aplica el 0,66 %: L'Hospitalet está 0,186 puntos por encima, 372 euros más al año sobre el mismo valor catastral. La bonificación de familia numerosa es limitada, del 40 % al 70 % según el número de hijos y solo para viviendas de menos de 74.778 euros de valor catastral. A cambio, quien domicilia paga en cuatro plazos: 1 de junio, 1 de julio, 1 de octubre y 2 de noviembre.

Las otras grandes ciudades de la provincia con ficha propia aplican en 2026: Manresa (1,03 %) , Badalona (0,811 %) , Terrassa (0,7686 %) , Rubí (0,758 %) , Mataró (0,6959 %) , Cornellà de Llobregat (0,68 %) , Sant Boi de Llobregat (0,664 %) , Sabadell (0,6556 %) , Santa Coloma de Gramenet (0,609 %) y Sant Cugat del Vallès (0,555 %) .

Tipos aplicables en L'Hospitalet de Llobregat

Modalidad Tipo Aplicación
IBI urbano 0,846 % Vivienda, locales comerciales, oficinas, suelo urbano
IBI rústico 0,43 % Fincas y suelo agrario
IBI BICE Sin tipo propio en la ordenanza Bienes de Características Especiales (centrales eléctricas, aeropuertos, etc.)

Bonificaciones aplicables

Bonificación Cuantía Condiciones
VPO 50 % 3 años desde calificación definitiva (obligatorio art. 73.2 LRHL)
Familia numerosa 70 % Escalonada por número de hijos, solo para la vivienda habitual empadronada con valor catastral inferior a 74.778 €: 40 % hasta 3 hijos (2 si uno tiene discapacidad legal); 50 % con 4 hijos (3 si discapacidad); 60 % con 5 hijos (4 si discapacidad); 70 % con 6 o más hijos (5 si discapacidad). Debe solicitarse antes del 1 de junio.
Eficiencia energética — No la contempla la ordenanza
Autoconsumo solar 50 % 50 % de la cuota íntegra en viviendas unifamiliares/plurifamiliares con instalación fotovoltaica que cubra al menos el 50 % del gasto energético anual, durante un máximo de 5 ejercicios (tope acumulado: 50 % del coste total de la instalación). En instalaciones fotovoltaicas de servicios comunes de un edificio plurifamiliar la bonificación baja al 5 % para todas las viviendas vinculadas, con el mismo tope acumulado del 50 % del coste. Cómo solicitarla

Con placas solares. Con el recibo de la vivienda media de L'Hospitalet de Llobregat (440 €) y una instalación de 6.000 €, la bonificación supone como máximo unos 220 € al año, 1.100 € en total. Si la instalación termina en 2026, se suma la deducción del IRPF. Calcula lo que te ahorran las placas en L'Hospitalet de Llobregat.

Calcula tu IBI en L'Hospitalet de Llobregat

Introduce el valor catastral de tu vivienda para estimar la cuota del IBI en L'Hospitalet de Llobregat con el tipo urbano vigente de 2026 y las bonificaciones municipales (familia numerosa, VPO, autoconsumo) cuando correspondan. Es un cálculo orientativo sobre el valor catastral.

¿Y si el valor de tu recibo no cuadra con el inmueble, porque suma metros de más o una construcción que ya no existe? Esa corrección no se pide al Ayuntamiento de L'Hospitalet de Llobregat, sino al Catastro. En cómo recurrir el IBI por un valor catastral incorrecto están las vías, los plazos y la devolución de hasta cuatro años.

Ejemplo: vivienda con valor catastral 58.000 € en L'Hospitalet de Llobregat

Montserrat Aguilar vive en un piso de Collblanc, en L'Hospitalet de Llobregat, con un valor catastral de 58.000 €.

Montserrat Aguilar no tiene derecho a ninguna bonificación de la ordenanza: no es familia numerosa, la vivienda no es de protección oficial y su certificado energético no llega a la letra A. Así se construye, paso a paso, su recibo del IBI de 2026:

  • Base imponible (valor catastral): 58.000 €
  • Reducción por revisión catastral: 0 € (supuesto de una vivienda sin reducción)
  • Base liquidable: 58.000 €
  • Tipo L'Hospitalet de Llobregat: 0,846 %
  • Cuota íntegra: 491 € al año.

Si Montserrat Aguilar tuviera título de familia numerosa podría pedir la bonificación de la ordenanza, que llega como máximo al 70 %.

El porcentaje no es el mismo para todos: escalonada por número de hijos, solo para la vivienda habitual empadronada con valor catastral inferior a 74.778 €: 40 % hasta 3 hijos (2 si uno tiene discapacidad legal); 50 % con 4 hijos (3 si discapacidad); 60 % con 5 hijos (4 si discapacidad); 70 % con 6 o más hijos (5 si discapacidad). Debe solicitarse antes del 1 de junio. El que le corresponda se aplica sobre los 491 € de cuota íntegra.

Calendario de pago del IBI en L'Hospitalet de Llobregat en 2026

El IBI de L'Hospitalet de Llobregat se cobra dentro del periodo voluntario que aprueba cada año el calendario fiscal municipal, y el de 2026 ya se ha cerrado: terminó el 24 de julio de 2026. Estas son las fechas del ejercicio y lo que conviene hacer si el recibo sigue sin pagar:

Devengo
1 de enero de 2026 (titular en esa fecha)
Periodo voluntario
22 de mayo – 24 de julio de 2026
Domiciliación
No hay bonificación porcentual por domiciliación, pero el recibo domiciliado se fracciona de oficio en 4 plazos sin intereses: 1 de junio, 1 de julio, 1 de octubre y 2 de noviembre de 2026 (IBI urbana). El IBI rústico domiciliado se carga en un único plazo el 1 de junio de 2026.
Recauda
ORGT (Organisme de Gestió Tributària) de la Diputació de Barcelona, por delegación del Ajuntament de l'Hospitalet de Llobregat
Si aún no has pagado
Recargo del periodo ejecutivo: 5 % si abonas la deuda completa antes de que te notifiquen la providencia de apremio, 10 % si pagas dentro del plazo que abre esa providencia y 20 % más intereses de demora a partir de ese momento (art. 28 LGT). Lo que determina el recargo no es el mero paso de los días, sino en qué punto del procedimiento pagas.

Fechas verificadas en fuente oficial (actualizado 20/09/2026).

Si el recibo de este año sigue pendiente, no esperes al próximo plazo. Pide la carta de pago en la sede electrónica del organismo que recauda y liquídalo cuanto antes: el recargo crece conforme avanza el procedimiento. Domiciliar el recibo del ejercicio siguiente es la forma más simple de no repetirlo.

Preguntas frecuentes sobre IBI en L'Hospitalet de Llobregat

¿Cuánto se paga de IBI de media en L'Hospitalet de Llobregat?

Una vivienda de valor catastral medio en L'Hospitalet de Llobregat (51.800 € en el padrón catastral de 2026) paga unos 440 € al año con el tipo urbano del 0,846 %, antes de bonificaciones. Es una estimación con datos de la Dirección General del Catastro: tu recibo depende del valor catastral de tu vivienda y de tus bonificaciones, y el garaje o el trastero con referencia propia pagan aparte.

¿Cuál es el tipo de IBI urbano en L'Hospitalet de Llobregat para 2026?

0,846 % sobre el valor catastral de la vivienda. Es el tipo aprobado por la ordenanza fiscal vigente del Ayuntamiento de L'Hospitalet de Llobregat, publicado en el BOPB (aprobación definitiva del Pleno de 20-12-2024; sin modificación para 2026). L'Hospitalet de Llobregat aplica en 2026 un IBI urbano del 0,846 %, sin cambios. El recibo domiciliado se reparte de oficio en cuatro plazos sin intereses.

¿Cuánto pago de IBI por una vivienda de valor catastral 200.000 € en L'Hospitalet de Llobregat?

Sin bonificaciones, la cuota orientativa es de 1.692 € (0,846 % × 200.000 €). Si tienes derecho a bonificación familia numerosa (70 %), VPO (50 %) o autoconsumo solar, la cuota efectiva puede reducirse hasta un 70 %.

¿Hay recargo por viviendas vacías en L'Hospitalet de Llobregat?

Actualmente la ordenanza fiscal vigente de L'Hospitalet de Llobregat no recoge recargo por viviendas desocupadas. El Ayuntamiento puede aprobarlo modificando la ordenanza; desde la Ley 12/2023 del Derecho a la Vivienda solo alcanza a titulares de cuatro o más inmuebles, y la modificación tendría que publicarse en el boletín oficial antes de aplicarse. Consulta la última ordenanza en el BOPB (aprobación definitiva del Pleno de 20-12-2024; sin modificación para 2026). Para comparar con las capitales de provincia, está el estudio del recargo en las 50 capitales.

¿Hay bonificación de IBI para familia numerosa en L'Hospitalet de Llobregat?

Sí, bonificación de hasta el 70 % sobre la cuota íntegra del IBI de la vivienda habitual del titular familia numerosa.

Escalonada por número de hijos, solo para la vivienda habitual empadronada con valor catastral inferior a 74.778 €: 40 % hasta 3 hijos (2 si uno tiene discapacidad legal); 50 % con 4 hijos (3 si discapacidad); 60 % con 5 hijos (4 si discapacidad); 70 % con 6 o más hijos (5 si discapacidad). Debe solicitarse antes del 1 de junio. La bonificación es potestativa: cada Ayuntamiento decide aplicarla y fija los porcentajes y condiciones.

¿Cuándo se paga el IBI en L'Hospitalet de Llobregat?

Periodo voluntario: 22 de mayo – 24 de julio de 2026. El periodo voluntario de 2026 terminó el 24 de julio de 2026; el recibo pendiente entra en vía ejecutiva con los recargos del art. 28 LGT. El IBI se devenga el 1 de enero (el titular en esa fecha es el sujeto pasivo). Puedes pagar en oficinas, vía web municipal o por domiciliación bancaria.

Recauda: ORGT (Organisme de Gestió Tributària) de la Diputació de Barcelona, por delegación del Ajuntament de l'Hospitalet de Llobregat. Pasado el plazo se entra en periodo ejecutivo (art. 28 LGT). El recargo es del 5 % si pagas la deuda completa antes de que te notifiquen la providencia de apremio.

Sube al 10 % si pagas dentro del plazo que abre esa providencia, y al 20 % más intereses de demora a partir de ese momento.

¿Quién paga el IBI: propietario o inquilino?

El IBI lo paga siempre el titular del inmueble (propietario o usufructuario), no el inquilino. Aunque en el contrato de alquiler se pacte que el inquilino reembolse el IBI al propietario, la obligación tributaria frente al Ayuntamiento es del titular. Si vendes la vivienda durante el año, el IBI lo paga el propietario a 1 de enero (es habitual pactar prorrateo en escritura, pero el Ayuntamiento solo se dirige al titular registral).