Cuánto paga de IBI la vivienda media en Vélez-Málaga
El Catastro tiene registradas en Vélez-Málaga 47.271 viviendas, y su valor catastral medio en el padrón de 2026 es de 89.792 €. Con el tipo urbano de este año, del 0,64 %, esa vivienda media paga unos 575 € de IBI al año antes de bonificaciones.
La mediana de las 46 capitales de régimen común es de 350 €. El tipo por sí solo no ordena lo que se paga: una capital con un tipo bajo y valores catastrales altos puede cobrar más que otra con un tipo alto. La comparación completa, capital por capital, está en el mapa del IBI de la vivienda media en las capitales.
Tu recibo no tiene por qué coincidir: depende del valor catastral de tu vivienda, que figura en el propio recibo o en la Sede Electrónica del Catastro, y de las bonificaciones que tengas. Además, el garaje y el trastero con referencia catastral propia pagan un recibo aparte. Como referencia oficial, el recibo medio de todos los inmuebles urbanos de Vélez-Málaga en 2025 (viviendas, garajes, trasteros, locales y naves) fue de 492 €.
El Impuesto sobre Bienes Inmuebles —el IBI de toda la vida— se aplica en Vélez-Málaga a través de la Ordenanza fiscal reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles - Vélez-Málaga. La aprobó el pleno municipal. Fuente oficial: texto publicado por el Órgano de Gestión Tributaria; tipos de gravamen según la modificación publicada en el BOP de Málaga n.º 151 de 8-8-2023. Es un tributo municipal y directo que se paga cada año por ser propietario o usufructuario de un inmueble del término municipal.
Grava viviendas y locales urbanos, fincas rústicas y los llamados bienes de características especiales, una categoría residual que va desde centrales eléctricas hasta aeropuertos. El Ayuntamiento de Vélez-Málaga fija el tipo de gravamen cada ejercicio dentro del margen que le concede la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (Real Decreto Legislativo 2/2004). Ese margen explica que el recibo de una misma vivienda cambie tanto de una ciudad a otra.
Lo que dice la ley — texto literal
1. El tipo de gravamen mínimo y supletorio será el 0,4 por ciento cuando se trate de bienes inmuebles urbanos y el 0,3 por ciento cuando se trate de bienes inmuebles rústicos, y el máximo será el 1,10 por ciento para los urbanos y 0,90 por ciento para los rústicos.
[…]
3. Los ayuntamientos respectivos podrán incrementar los tipos fijados en el apartado 1 con los puntos porcentuales que para cada caso se indican, cuando concurra alguna de las circunstancias siguientes. En el supuesto de que sean varias, se podrá optar por hacer uso del incremento previsto para una sola, algunas o todas ellas:
Cómo se lee el IBI de Vélez-Málaga 2026
Vélez-Málaga repite en 2026 el IBI urbano del 0,64 %. Los rústicos pagan el 0,60 % y los de características especiales, el 0,85 %. La última ponencia de valores del municipio es de 2008. La ordenanza no establece recargo alguno a las viviendas vacías. El artículo de los tipos figura en la modificación publicada en el BOP el 8 de agosto de 2023.
Con el 0,64 %, una vivienda de 200.000 euros de valor catastral paga 1.280 euros al año. Entre las capitales de provincia ocuparía el puesto 18 de 50, igualada con Pontevedra (0,64 %), entre Jaén (0,65 %) y Granada (0,639 %).
Málaga, la capital de la provincia, aplica el 0,451 %: sobre el mismo valor catastral son 902 euros, 378 menos que en Vélez-Málaga. En la misma provincia, Mijas está en el 0,4826 % y Fuengirola en el 0,50 %. La familia numerosa se bonifica al 50 %, con un tope de 90 o 150 euros si el valor catastral pasa de 50.000 euros.
Las otras grandes ciudades de la provincia con ficha propia aplican en 2026: Torremolinos (0,75 %) , Marbella (0,65 %) , Benalmádena (0,65 %) , Fuengirola (0,5 %) y Mijas (0,4826 %) .
Tipos aplicables en Vélez-Málaga
| Modalidad | Tipo | Aplicación |
|---|---|---|
| IBI urbano | 0,64 % | Vivienda, locales comerciales, oficinas, suelo urbano |
| IBI rústico | 0,6 % | Fincas y suelo agrario |
| IBI BICE | 0,85 % | Bienes de Características Especiales (centrales eléctricas, aeropuertos, etc.) |
| Concepto | Valor (%) |
|---|---|
| Vélez-Málaga | 0,64 % |
| Málaga | 0,45 % |
| Almería | 0,58 % |
| Cádiz | 0,74 % |
| Córdoba | 0,51 % |
| Granada | 0,64 % |
| Jerez de la Frontera | 0,65 % |
| Marbella | 0,65 % |
| Dos Hermanas | 0,44 % |
| Algeciras | 0,9 % |
| San Fernando | 0,99 % |
| El Puerto de Santa María | 0,73 % |
| Roquetas de Mar | 0,75 % |
| Chiclana de la Frontera | 0,61 % |
| Mijas | 0,48 % |
| Fuengirola | 0,5 % |
| El Ejido | 0,81 % |
| Alcalá de Guadaíra | 0,52 % |
| Torremolinos | 0,75 % |
| Benalmádena | 0,65 % |
Bonificaciones aplicables
| Bonificación | Cuantía | Condiciones |
|---|---|---|
| VPO | 50 % | 3 años desde calificación definitiva (obligatorio art. 73.2 LRHL) |
| Familia numerosa | 50 % | El 50 % de la cuota para el titular de familia numerosa, en su vivienda habitual, con la familia empadronada al menos un año antes del devengo. Si el valor catastral supera 50.000 euros, la bonificación no puede pasar de 90 euros en categoría general ni de 150 en especial. Se pide antes del 1 de febrero la primera vez. |
| Eficiencia energética | — | No la contempla la ordenanza |
| Autoconsumo solar | 50 % | El 50 % de la cuota durante un máximo de tres años en inmuebles con placas solares térmicas o fotovoltaicas, con licencia y sin que la instalación sea obligatoria, y con un tope anual del 33 % del coste de la instalación. Se pide antes del 31 de enero de cada año. Cómo solicitarla |
Con placas solares. Con el recibo de la vivienda media de Vélez-Málaga (575 €) y una instalación de 6.000 €, la bonificación supone unos 288 € al año, 864 € en total. Si la instalación termina en 2026, se suma la deducción del IRPF. Calcula lo que te ahorran las placas en Vélez-Málaga.
Calcula tu IBI en Vélez-Málaga
Introduce el valor catastral de tu vivienda para estimar la cuota del IBI en Vélez-Málaga con el tipo urbano vigente de 2026 y las bonificaciones municipales (familia numerosa, VPO, autoconsumo) cuando correspondan. Es un cálculo orientativo sobre el valor catastral.
¿Y si el valor de tu recibo no cuadra con el inmueble, porque suma metros de más o una construcción que ya no existe? Esa corrección no se pide al Ayuntamiento de Vélez-Málaga, sino al Catastro. En cómo recurrir el IBI por un valor catastral incorrecto están las vías, los plazos y la devolución de hasta cuatro años.
Ejemplo: vivienda con valor catastral 86.300 € en Vélez-Málaga
Antonio Moreno Gálvez es propietario de un piso en el barrio de Torre del Mar, en Vélez-Málaga, con un valor catastral de 86.300 €.
Antonio Moreno Gálvez no tiene derecho a ninguna bonificación de la ordenanza: no es familia numerosa, la vivienda no es de protección oficial y su certificado energético no llega a la letra A. Así se construye, paso a paso, su recibo del IBI de 2026:
- Base imponible (valor catastral): 86.300 €
- Reducción por revisión catastral: 0 € (supuesto de una vivienda sin reducción)
- Base liquidable: 86.300 €
- Tipo Vélez-Málaga: 0,64 %
- Cuota íntegra: 552 € al año.
Si Antonio Moreno Gálvez tuviera título de familia numerosa, la ordenanza bonifica el 50 % de la cuota, pero con un tope de 90 € al año cuando el valor catastral supera los 50.000 € (categoría general). Con ese tope, y si cumple las condiciones de la ordenanza, su cuota de 552 € quedaría en 462 €.
Calendario de pago del IBI en Vélez-Málaga en 2026
El IBI de Vélez-Málaga se cobra dentro del periodo voluntario que aprueba cada año el calendario fiscal municipal, y el de 2026 ya se ha cerrado: terminó el 16 de septiembre de 2026. Estas son las fechas del ejercicio y lo que conviene hacer si el recibo sigue sin pagar:
- Devengo
- 1 de enero de 2026 (titular en esa fecha)
- Periodo voluntario
- 16 de junio – 16 de septiembre de 2026
- Domiciliación
- Quien tiene el recibo domiciliado lo paga con cargo directo en su cuenta, sin hacer gestión alguna; el Patronato no publica una fecha de cargo en el calendario. La ordenanza de Vélez-Málaga no prevé bonificación por domiciliar.
- Recauda
- Patronato de Recaudación Provincial de Málaga (Diputación de Málaga)
- Si aún no has pagado
- Recargo del periodo ejecutivo: 5 % si abonas la deuda completa antes de que te notifiquen la providencia de apremio, 10 % si pagas dentro del plazo que abre esa providencia y 20 % más intereses de demora a partir de ese momento (art. 28 LGT). Lo que determina el recargo no es el mero paso de los días, sino en qué punto del procedimiento pagas.
Fechas verificadas en fuente oficial (actualizado 02/10/2026).
Si el recibo de este año sigue pendiente, no esperes al próximo plazo. Pide la carta de pago en la sede electrónica del organismo que recauda y liquídalo cuanto antes: el recargo crece conforme avanza el procedimiento. Domiciliar el recibo del ejercicio siguiente es la forma más simple de no repetirlo.
Preguntas frecuentes sobre IBI en Vélez-Málaga
¿Cuánto se paga de IBI de media en Vélez-Málaga?
Una vivienda de valor catastral medio en Vélez-Málaga (89.792 € en el padrón catastral de 2026) paga unos 575 € al año con el tipo urbano del 0,64 %, antes de bonificaciones. Es una estimación con datos de la Dirección General del Catastro: tu recibo depende del valor catastral de tu vivienda y de tus bonificaciones, y el garaje o el trastero con referencia propia pagan aparte.
¿Cuál es el tipo de IBI urbano en Vélez-Málaga para 2026?
0,64 % sobre el valor catastral de la vivienda. Es el tipo aprobado por la ordenanza fiscal vigente del Ayuntamiento de Vélez-Málaga, según la fuente oficial: texto publicado por el Órgano de Gestión Tributaria; tipos de gravamen según la modificación publicada en el BOP de Málaga n.º 151 de 8-8-2023. Vélez-Málaga mantiene en 2026 el IBI urbano en el 0,64 %, por encima del 0,451 % de Málaga. El pago en periodo voluntario fue del 16 de junio al 16 de septiembre.
¿Cuánto pago de IBI por una vivienda de valor catastral 200.000 € en Vélez-Málaga?
Sin bonificaciones, la cuota orientativa es de 1.280 € (0,64 % × 200.000 €). Si tienes derecho a bonificación familia numerosa (50 %), VPO (50 %) o autoconsumo solar, la cuota efectiva puede reducirse hasta un 50 %.
¿Hay recargo por viviendas vacías en Vélez-Málaga?
No. La ordenanza de Vélez-Málaga no establece ningún recargo para las viviendas desocupadas: el único «recargo» que menciona es el de las cooperativas agrarias. La ley vigente (art. 72.4 del texto refundido de Haciendas Locales, tras la Ley 12/2023) permitiría al Ayuntamiento fijarlo para viviendas vacías más de dos años de titulares de cuatro o más inmuebles residenciales, pero no lo ha hecho. Para comparar con las capitales de provincia, está el estudio del recargo en las 50 capitales.
¿Hay bonificación de IBI para familia numerosa en Vélez-Málaga?
Sí, bonificación de hasta el 50 % sobre la cuota íntegra del IBI de la vivienda habitual del titular familia numerosa. El 50 % de la cuota para el titular de familia numerosa, en su vivienda habitual, con la familia empadronada al menos un año antes del devengo.
Si el valor catastral supera 50.000 euros, la bonificación no puede pasar de 90 euros en categoría general ni de 150 en especial. Se pide antes del 1 de febrero la primera vez. La bonificación es potestativa: cada Ayuntamiento decide aplicarla y fija los porcentajes y condiciones.
¿Cuándo se paga el IBI en Vélez-Málaga?
Periodo voluntario: 16 de junio – 16 de septiembre de 2026. El periodo voluntario de 2026 terminó el 16 de septiembre de 2026; el recibo pendiente entra en vía ejecutiva con los recargos del art. 28 LGT. El IBI se devenga el 1 de enero (el titular en esa fecha es el sujeto pasivo). Puedes pagar en oficinas, vía web municipal o por domiciliación bancaria.
Recauda: Patronato de Recaudación Provincial de Málaga (Diputación de Málaga). Pasado el plazo se entra en periodo ejecutivo (art. 28 LGT). El recargo es del 5 % si pagas la deuda completa antes de que te notifiquen la providencia de apremio. Sube al 10 % si pagas dentro del plazo que abre esa providencia, y al 20 % más intereses de demora a partir de ese momento.
¿Quién paga el IBI: propietario o inquilino?
El IBI lo paga siempre el titular del inmueble (propietario o usufructuario), no el inquilino. Aunque en el contrato de alquiler se pacte que el inquilino reembolse el IBI al propietario, la obligación tributaria frente al Ayuntamiento es del titular. Si vendes la vivienda durante el año, el IBI lo paga el propietario a 1 de enero (es habitual pactar prorrateo en escritura, pero el Ayuntamiento solo se dirige al titular registral).