El Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica —el impuesto de circulación de toda la vida— es un tributo municipal que se paga cada año por la mera titularidad de un vehículo apto para circular, esté o no en uso. Cada ayuntamiento parte del cuadro estatal del artículo 95.1 de la Ley de Haciendas Locales y puede multiplicarlo por un coeficiente de hasta 2; el de Jaén queda recogido en su ordenanza fiscal. Lo que sigue es el cuadro vigente en 2026 para turismos, la bonificación de eléctricos e híbridos, y cuándo se paga.
Cuadro 2026: cuota anual de turismos por potencia fiscal
| Potencia fiscal (turismos) | Cuota anual 2026 |
|---|---|
| Menos de 8 CVF | 17,67 € |
| De 8 a 11,99 CVF | 51,12 € |
| De 12 a 15,99 CVF | 114,38 € |
| De 16 a 19,99 CVF | 152,34 € |
| 20 CVF o más | 224,00 € |
Fuente: OF IVTM Jaén — BOP Jaén nº 24 05-02-2019 (edicto 2019/410); calendario dipujaen.es. Texto 2019 verificado como vigente a 03-07-2026 (sede lo enlaza, página actualizada 23-12-2025; los anuncios IVTM del BOP 2024-2026 son de Montizón/Santiago de Calatrava/Arjonilla, no de la capital). Calendario 2026 confirmado (Diputación). La potencia fiscal exacta de tu vehículo figura en la casilla P.2.1 de la ficha técnica. Motos, furgones, camiones y remolques tienen cuadros propios en la misma ordenanza.
El dato en contexto
Con Jaén hay que empezar por una advertencia, porque es la capital donde más fácil resulta pagar de más por culpa de una tabla muerta. Varios portales siguen republicando el cuadro de 2005 —20,07, 54,18, 114,38, 142,48 y 178,08 euros, con un coeficiente plano del 1,59— que pervive como PDF antiguo y sigue posicionando en los buscadores. Ese cuadro está derogado: la modificación aprobada por el Pleno el 26 de noviembre de 2018 y publicada en el BOP de Jaén el 5 de febrero de 2019 sustituyó el coeficiente único por una escala creciente de 1,40, 1,50, 1,59, 1,70 y 2,00 según el tramo, y las cuotas vigentes son 17,67, 51,12, 114,38, 152,34 y 224,00 euros. La comparación entre ambas tablas es reveladora: el tramo de 12 a 15,99 caballos fiscales coincide al céntimo (114,38 euros, porque ahí el coeficiente sigue siendo 1,59), lo que da una falsa sensación de que "todo sigue igual", pero un utilitario de menos de 8 caballos paga hoy 2,40 euros menos de lo que dice la tabla vieja y un vehículo de 20 o más caballos paga 45,92 euros más (224,00 frente a 178,08).
Con la tabla correcta en la mano, Jaén sale muy bien parada: sus 51,12 euros para un turismo de 11,5 caballos fiscales la convierten en la capital más barata de Andalucía y en la cuarta más barata de las cincuenta capitales comparadas, solo por detrás de Palencia (51,04 euros, apenas 8 céntimos menos), Zamora y Santa Cruz de Tenerife. Frente a Granada o Huelva, que aplican 68,16 euros en ese mismo tramo, el jienense se ahorra 17,04 euros cada año.
Quien tenga un eléctrico o un híbrido eléctrico-gasolina dispone además de una bonificación del 75 %, pero con fecha límite estricta: hay que solicitarla antes del 31 de enero. Aplicada sobre la cuota de 51,12 euros, deja el recibo en 12,78 euros, un ahorro anual de 38,34. También hay un 75 % para GLP y etanol E85 y un 25 % para biodiésel al 100 %. El pago del padrón se hace del 1 de abril al 5 de junio de 2026, dentro de la primera campaña voluntaria del SPGR de la Diputación, junto con el IBI de urbana.
Calcula la cuota de tu coche en Jaén
Bonificaciones en Jaén: eléctricos, híbridos e históricos
- Eléctricos / cero emisiones: 75% solo motor eléctrico (art. 5.4; rogada antes del 31 de enero; sin límite mientras la mantenga la ordenanza)
- Híbridos / etiqueta ECO: 75% híbridos (eléctrico+gasolina), rogada antes del 31-ene; también 75% GLP y etanol E85 (motores gasolina adaptados), 25% biodiésel 100%
- Históricos / antigüedad: 75% declarados históricos (RD 1247/1995); 50% antigüedad ≥25 años no catalogados (ambas rogadas antes 31-ene)
Dos avisos prácticos: la mayoría de estas bonificaciones son rogadas —hay que solicitarlas, a veces con plazo— y suelen exigir estar al corriente de pago de los tributos municipales. El marco estatal (art. 95.6 TRLHL) fija los máximos; cada ayuntamiento decide porcentaje, duración y requisitos.
Cuándo se paga en 2026 (y quién paga si el coche se vende)
Periodo de pago del recibo anual en Jaén: 1 abril - 5 junio 2026 (1ª Campaña Voluntaria SPGR Diputación de Jaén, junto con IBI urbana). El impuesto se devenga el 1 de enero: el recibo completo del año corresponde a quien fuera titular del vehículo en esa fecha, aunque lo venda en febrero. Solo hay prorrateo por trimestres naturales en tres casos: primera matriculación (pagas los trimestres que quedan), baja definitiva en la DGT y baja temporal por robo. Un turismo medio matriculado en julio en Jaén, por ejemplo, paga 25,56 € ese primer año — la mitad de los 51,12 € anuales.
Fuera de plazo, el recibo pasa a vía de apremio con recargo del 5, 10 o 20 % según el momento en que se regularice (art. 28 LGT), más intereses de demora: sobre el recibo del turismo medio de Jaén, eso son de 2,56 € a 10,22 € añadidos por el retraso. Si el vehículo ya no existe o no circula, la única salida limpia es la baja definitiva en la DGT: mientras el vehículo siga dado de alta, el impuesto se sigue devengando cada 1 de enero.
Preguntas frecuentes sobre el IVTM en Jaén
¿Cuánto se paga de impuesto de circulación en Jaén en 2026?
Depende de la potencia fiscal del turismo. Un coche medio de 11,5 CVF paga 51,12 € al año en Jaén; el cuadro completo va desde 17,67 € (menos de 8 caballos fiscales) hasta 224,00 € en el tramo más alto. La potencia fiscal figura en la casilla P.2.1 de la ficha técnica del vehículo.
¿Cuándo se paga el IVTM en Jaén en 2026?
El periodo de pago es: 1 abril - 5 junio 2026 (1ª Campaña Voluntaria SPGR Diputación de Jaén, junto con IBI urbana). El impuesto se devenga el 1 de enero: paga quien fuera titular del vehículo en esa fecha, aunque lo venda después. Pasado el periodo voluntario se aplica el recargo de apremio del 5-20 % (art. 28 LGT).
¿Qué descuento tienen los coches eléctricos e híbridos en Jaén?
Eléctricos: 75% solo motor eléctrico (art. 5.4; rogada antes del 31 de enero; sin límite mientras la mantenga la ordenanza). Híbridos: 75% híbridos (eléctrico+gasolina), rogada antes del 31-ene; también 75% GLP y etanol E85 (motores gasolina adaptados), 25% biodiésel 100%. Estas bonificaciones son potestativas de cada ayuntamiento (art. 95.6 TRLHL permite hasta el 75 %) y en la mayoría de los casos hay que solicitarlas expresamente.
Vendí el coche en marzo: ¿quién paga el IVTM de este año en Jaén?
El vendedor. El impuesto se devenga el 1 de enero y el sujeto pasivo es quien figure como titular en esa fecha; la venta posterior no divide el recibo: el titular a 1 de enero de un turismo medio en Jaén responde de los 51,12 € íntegros aunque venda el coche en febrero (no hay prorrateo por transmisión entre particulares, solo por primera adquisición, baja definitiva o robo). En la práctica, comprador y vendedor pueden pactar repartírselo en el contrato, pero ante el ayuntamiento responde el titular a 1 de enero.
¿Está exento algún vehículo del IVTM en Jaén?
Las exenciones del art. 93 TRLHL aplican en todos los municipios: vehículos de personas con discapacidad igual o superior al 33 % para su uso exclusivo (un solo vehículo por titular, hay que solicitarla), vehículos de movilidad reducida, ambulancias, transporte público urbano de más de 9 plazas y tractores con Cartilla de Inspección Agrícola. La exención por discapacidad es rogada, no se aplica sola — y en Jaén supone ahorrar de 17,67 € a 224,00 € al año según la potencia del vehículo.