El Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica —el impuesto de circulación de toda la vida— es un tributo municipal que se paga cada año por la mera titularidad de un vehículo apto para circular, esté o no en uso. Cada ayuntamiento parte del cuadro estatal del artículo 95.1 de la Ley de Haciendas Locales y puede multiplicarlo por un coeficiente de hasta 2; el de Almería queda recogido en su ordenanza fiscal. Lo que sigue es el cuadro vigente en 2026 para turismos, la bonificación de eléctricos e híbridos, y cuándo se paga.
Cuadro 2026: cuota anual de turismos por potencia fiscal
| Potencia fiscal (turismos) | Cuota anual 2026 |
|---|---|
| Menos de 8 CVF | 21,96 € |
| De 8 a 11,99 CVF | 59,30 € |
| De 12 a 15,99 CVF | 125,18 € |
| De 16 a 19,99 CVF | 155,92 € |
| 20 CVF o más | 194,88 € |
Fuente: OF.04 IVTM Almería (Pleno 15/10/2025, definitiva BOP 245 23/12/2025). 2026 — vigor 1/1/2026 (leído en el texto). La potencia fiscal exacta de tu vehículo figura en la casilla P.2.1 de la ficha técnica. Motos, furgones, camiones y remolques tienen cuadros propios en la misma ordenanza.
El dato en contexto
Almería hizo en octubre de 2025 algo infrecuente en el impuesto de circulación: bajarlo. El Pleno del 15 de octubre aprobó para 2026 un coeficiente único de 1,740, cuando la versión 2024-2025 aplicaba 1,8320, un recorte de en torno al 5 % en todos los tramos. El turismo de 8 a 11,99 CVF pasa de 62,43 a 59,30 euros (3,13 menos) y el de 20 CVF o más, de 205,18 a 194,88 (10,30 menos). La consecuencia práctica es que las tablas del año pasado, que siguen circulando por otros portales, están derogadas: si un simulador le devuelve 62,43 euros, está usando cifras viejas.
La ordenanza es además de las más generosas con la electrificación en sentido amplio: el 75 % de bonificación durante cuatro períodos no se limita a eléctricos puros, de rango extendido, de pila de combustible o de hidrógeno, sino que alcanza también a híbridos enchufables, híbridos convencionales e incluso microhíbridos y vehículos a gas. Sobre los 59,30 euros del tramo tipo, son 44,48 euros de ahorro al año y 177,90 en el cuatrienio, previa solicitud, contando desde el ejercicio siguiente a la primera matriculación. Cuidado con los clásicos: la exención del 100 % exige 30 años de antigüedad o catalogación como histórico, no los 25 habituales en otras ciudades. El período voluntario, leído en el edicto de cobranza del BOP de Almería, va del 10 de marzo al 12 de mayo de 2026.
La rebaja consolida a Almería como la tercera capital andaluza más barata para el turismo de 8 a 11,99 CVF, solo por detrás de Jaén (51,12 euros) y Córdoba (56,91). El contraste dentro de la comunidad es notable: Granada y Huelva cobran el máximo del régimen común, 68,16 euros, es decir, 8,86 más que Almería por el mismo coche, con Cádiz en 67,25, Málaga en 65,80 y Sevilla en 61,00.
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Bonificaciones en Almería: eléctricos, híbridos e históricos
- Eléctricos / cero emisiones: 75% durante 4 períodos desde ejercicio siguiente a 1ª matriculación: BEV, REEV, FCEV, HICEV; rogada (art. 8.2-8.3)
- Híbridos / etiqueta ECO: 75% durante 4 períodos: PHEV, MHEV, HEV y GNC/GNL/GLP (art. 8.2)
- Históricos / antigüedad: 100% históricos o antigüedad ≥30 AÑOS (art. 8.1) — OJO 30, no 25
Dos avisos prácticos: la mayoría de estas bonificaciones son rogadas —hay que solicitarlas, a veces con plazo— y suelen exigir estar al corriente de pago de los tributos municipales. El marco estatal (art. 95.6 TRLHL) fija los máximos; cada ayuntamiento decide porcentaje, duración y requisitos.
Cuándo se paga en 2026 (y quién paga si el coche se vende)
Periodo de pago del recibo anual en Almería: 10 marzo - 12 mayo 2026 (edicto cobranza, BOP Almería 246 26/12/2025). El impuesto se devenga el 1 de enero: el recibo completo del año corresponde a quien fuera titular del vehículo en esa fecha, aunque lo venda en febrero. Solo hay prorrateo por trimestres naturales en tres casos: primera matriculación (pagas los trimestres que quedan), baja definitiva en la DGT y baja temporal por robo. Un turismo medio matriculado en julio en Almería, por ejemplo, paga 29,65 € ese primer año — la mitad de los 59,30 € anuales.
Fuera de plazo, el recibo pasa a vía de apremio con recargo del 5, 10 o 20 % según el momento en que se regularice (art. 28 LGT), más intereses de demora: sobre el recibo del turismo medio de Almería, eso son de 2,97 € a 11,86 € añadidos por el retraso. Si el vehículo ya no existe o no circula, la única salida limpia es la baja definitiva en la DGT: mientras el vehículo siga dado de alta, el impuesto se sigue devengando cada 1 de enero.
Preguntas frecuentes sobre el IVTM en Almería
¿Cuánto se paga de impuesto de circulación en Almería en 2026?
Depende de la potencia fiscal del turismo. Un coche medio de 11,5 CVF paga 59,30 € al año en Almería; el cuadro completo va desde 21,96 € (menos de 8 caballos fiscales) hasta 194,88 € en el tramo más alto. La potencia fiscal figura en la casilla P.2.1 de la ficha técnica del vehículo.
¿Cuándo se paga el IVTM en Almería en 2026?
El periodo de pago es: 10 marzo - 12 mayo 2026 (edicto cobranza, BOP Almería 246 26/12/2025). El impuesto se devenga el 1 de enero: paga quien fuera titular del vehículo en esa fecha, aunque lo venda después. Pasado el periodo voluntario se aplica el recargo de apremio del 5-20 % (art. 28 LGT).
¿Qué descuento tienen los coches eléctricos e híbridos en Almería?
Eléctricos: 75% durante 4 períodos desde ejercicio siguiente a 1ª matriculación: BEV, REEV, FCEV, HICEV; rogada (art. 8.2-8.3). Híbridos: 75% durante 4 períodos: PHEV, MHEV, HEV y GNC/GNL/GLP (art. 8.2). Estas bonificaciones son potestativas de cada ayuntamiento (art. 95.6 TRLHL permite hasta el 75 %) y en la mayoría de los casos hay que solicitarlas expresamente.
Vendí el coche en marzo: ¿quién paga el IVTM de este año en Almería?
El vendedor. El impuesto se devenga el 1 de enero y el sujeto pasivo es quien figure como titular en esa fecha; la venta posterior no divide el recibo: el titular a 1 de enero de un turismo medio en Almería responde de los 59,30 € íntegros aunque venda el coche en febrero (no hay prorrateo por transmisión entre particulares, solo por primera adquisición, baja definitiva o robo). En la práctica, comprador y vendedor pueden pactar repartírselo en el contrato, pero ante el ayuntamiento responde el titular a 1 de enero.
¿Está exento algún vehículo del IVTM en Almería?
Las exenciones del art. 93 TRLHL aplican en todos los municipios: vehículos de personas con discapacidad igual o superior al 33 % para su uso exclusivo (un solo vehículo por titular, hay que solicitarla), vehículos de movilidad reducida, ambulancias, transporte público urbano de más de 9 plazas y tractores con Cartilla de Inspección Agrícola. La exención por discapacidad es rogada, no se aplica sola — y en Almería supone ahorrar de 21,96 € a 194,88 € al año según la potencia del vehículo.