Cuánto paga de IBI la vivienda media en Torrent
El Catastro tiene registradas en Torrent 37.686 viviendas, y su valor catastral medio en el padrón de 2026 es de 74.347 €. Con el tipo urbano de este año, del 0,49 %, esa vivienda media paga unos 365 € de IBI al año antes de bonificaciones.
La mediana de las 46 capitales de régimen común es de 350 €. El tipo por sí solo no ordena lo que se paga: una capital con un tipo bajo y valores catastrales altos puede cobrar más que otra con un tipo alto. La comparación completa, capital por capital, está en el mapa del IBI de la vivienda media en las capitales.
Tu recibo no tiene por qué coincidir: depende del valor catastral de tu vivienda, que figura en el propio recibo o en la Sede Electrónica del Catastro, y de las bonificaciones que tengas. Además, el garaje y el trastero con referencia catastral propia pagan un recibo aparte. Como referencia oficial, el recibo medio de todos los inmuebles urbanos de Torrent en 2025 (viviendas, garajes, trasteros, locales y naves) fue de 302 €.
El IBI de Torrent lo regula la Ordenanza fiscal reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles - Torrent. Fuente oficial: texto de la ordenanza para 2026 (última modificación publicada en el BOP núm. 251 de 31-12-2024, sin cambio de tipo en 2026). Se paga cada año por ser propietario o usufructuario de un inmueble del término municipal.
El Ayuntamiento fija el tipo cada ejercicio dentro del margen que le concede la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (Real Decreto Legislativo 2/2004). Ese margen explica que el recibo de una misma vivienda cambie tanto de una ciudad a otra.
Lo que dice la ley — texto literal
1. El tipo de gravamen mínimo y supletorio será el 0,4 por ciento cuando se trate de bienes inmuebles urbanos y el 0,3 por ciento cuando se trate de bienes inmuebles rústicos, y el máximo será el 1,10 por ciento para los urbanos y 0,90 por ciento para los rústicos.
[…]
3. Los ayuntamientos respectivos podrán incrementar los tipos fijados en el apartado 1 con los puntos porcentuales que para cada caso se indican, cuando concurra alguna de las circunstancias siguientes. En el supuesto de que sean varias, se podrá optar por hacer uso del incremento previsto para una sola, algunas o todas ellas:
Cómo se lee el IBI de Torrent 2026
Torrent mantiene en 2026 el IBI urbano en el 0,49 %, el mismo tipo que en 2025. Los inmuebles rústicos pagan también el 0,49 % y los de características especiales, el 1,0251 %. La ordenanza no recoge recargo para las viviendas vacías ni bonificación por eficiencia energética. La última ponencia de valores catastrales del municipio es de 2008.
Con el 0,49 %, una vivienda de 200.000 euros de valor catastral paga 980 euros al año. Entre las capitales de provincia ocuparía el puesto 37 de 50, entre Córdoba (0,5081 %) y Burgos (0,4568 %).
València, la capital de la provincia, aplica el 0,5784 %: sobre el mismo valor catastral son 1.157 euros, 177 más que en Torrent. En la Comunitat Valenciana, Elche está en el 0,83 % y Torrevieja en el 0,40 %. La familia numerosa se bonifica hasta el 90 % en categoría especial en viviendas de hasta 100.000 euros de valor catastral.
La otra gran ciudad de la provincia con ficha propia aplica en 2026: Gandia (0,94 %).
Tipos aplicables en Torrent
| Modalidad | Tipo | Aplicación |
|---|---|---|
| IBI urbano | 0,49 % | Vivienda, locales comerciales, oficinas, suelo urbano |
| IBI rústico | 0,49 % | Fincas y suelo agrario |
| IBI BICE | 1,0251 % | Bienes de Características Especiales (centrales eléctricas, aeropuertos, etc.) |
| Concepto | Valor (%) |
|---|---|
| Gandia | 0,940 % |
| Elche | 0,830 % |
| Benidorm | 0,820 % |
| Orihuela | 0,695 % |
| Castelló de la Plana | 0,636 % |
| Alicante | 0,620 % |
| València | 0,578 % |
| Torrent | 0,490 % |
| Torrevieja | 0,400 % |
Bonificaciones aplicables
| Bonificación | Cuantía | Condiciones |
|---|---|---|
| VPO | 50 % | 3 años desde calificación definitiva (obligatorio art. 73.2 LRHL) |
| Familia numerosa | 90 % | Para la vivienda habitual de titulares de familia numerosa. En viviendas de hasta 100.000 € de valor catastral, el 40 % en categoría general y el 90 % en especial; por encima de 100.000 €, el 20 % y el 60 %. Hay que pedirla, el cabeza de familia debe estar empadronado en Torrent y surte efecto desde el periodo impositivo siguiente. |
| Eficiencia energética | — | No la contempla la ordenanza |
| Autoconsumo solar | 50 % | El 50 % de la cuota, solo para edificios plurifamiliares con fin de obra anterior al año 2000 que instalen sistemas solares térmicos o eléctricos. Si producen calor, los colectores deben estar homologados. Se pide por solicitud y se aplica en el periodo siguiente. No hay bonificación general para viviendas unifamiliares ni por eficiencia energética. Cómo solicitarla |
Con placas solares. Con el recibo de la vivienda media de Torrent (365 €) y una instalación de 6.000 €, la bonificación supone unos 183 € al año. Si la instalación termina en 2026, se suma la deducción del IRPF. Calcula lo que te ahorran las placas en Torrent.
Calcula tu IBI en Torrent
Introduce el valor catastral de tu vivienda para estimar la cuota del IBI en Torrent con el tipo urbano vigente de 2026 y las bonificaciones municipales (familia numerosa, VPO, autoconsumo) cuando correspondan. Es un cálculo orientativo sobre el valor catastral.
Si el valor del recibo no cuadra con el inmueble, la corrección se pide al Catastro, no al Ayuntamiento de Torrent: cómo recurrir el IBI por un valor catastral incorrecto.
Ejemplo: vivienda con valor catastral 62.000 € en Torrent
Ejemplo ilustrativo. Tomamos un piso en el barrio de Xenillet, en Torrent, con un valor catastral de 62.000 €.
Sin bonificaciones, así se construye el recibo del IBI de 2026:
- Base imponible (valor catastral): 62.000 €
- Reducción por revisión catastral: 0 € (supuesto de una vivienda sin reducción)
- Base liquidable: 62.000 €
- Tipo en Torrent: 0,49 %
- Cuota íntegra: 304 € al año.
Si el propietario tuviera título de familia numerosa podría pedir la bonificación de la ordenanza, que llega como máximo al 90 %. El porcentaje no es el mismo para todos: para la vivienda habitual de titulares de familia numerosa.
En viviendas de hasta 100.000 € de valor catastral, el 40 % en categoría general y el 90 % en especial; por encima de 100.000 €, el 20 % y el 60 %. Hay que pedirla, el cabeza de familia debe estar empadronado en Torrent y surte efecto desde el periodo impositivo siguiente. El que le corresponda se aplica sobre los 304 € de cuota íntegra.
Calendario de pago del IBI en Torrent en 2026
El IBI de Torrent se cobra dentro del periodo voluntario que aprueba cada año el calendario fiscal municipal, y el de 2026 ya se ha cerrado: terminó el 27 de julio de 2026. Estas son las fechas del ejercicio y lo que conviene hacer si el recibo sigue sin pagar:
- Devengo
- 1 de enero de 2026 (titular en esa fecha)
- Periodo voluntario
- 25 de mayo – 27 de julio de 2026
- Domiciliación
- Se puede domiciliar hasta el 17 de junio de 2026. Los recibos de más de 120 euros domiciliados se cargan en dos plazos del 50 %: el primero en la primera semana de julio y el segundo en la primera semana de octubre de 2026. Los de menos de 120 euros, y quien pida pago único, se cargan enteros en el primer plazo. No hay bonificación por domiciliar.
- Recauda
- Recaptació de Torrent Unipersonal Municipal, S.A. (RETOSA)
- Si aún no has pagado
- Recargo del periodo ejecutivo: 5 % si abonas la deuda completa antes de que te notifiquen la providencia de apremio, 10 % si pagas dentro del plazo que abre esa providencia y 20 % más intereses de demora a partir de ese momento (art. 28 LGT). Lo que determina el recargo no es el mero paso de los días, sino en qué punto del procedimiento pagas.
Fechas verificadas en fuente oficial (actualizado 02/10/2026).
Si el recibo de este año sigue pendiente, no esperes al próximo plazo. Pide la carta de pago en la sede electrónica del organismo que recauda y liquídalo cuanto antes: el recargo crece conforme avanza el procedimiento. Domiciliar el recibo del ejercicio siguiente es la forma más simple de no repetirlo.
Preguntas frecuentes sobre IBI en Torrent
¿Cuánto se paga de IBI de media en Torrent?
Una vivienda de valor catastral medio en Torrent (74.347 € en el padrón catastral de 2026) paga unos 365 € al año con el tipo urbano del 0,49 %, antes de bonificaciones. Es una estimación con datos de la Dirección General del Catastro: tu recibo depende del valor catastral de tu vivienda y de tus bonificaciones, y el garaje o el trastero con referencia propia pagan aparte.
¿Cuál es el tipo de IBI urbano en Torrent para 2026?
0,49 % sobre el valor catastral de la vivienda. Es el tipo aprobado por la ordenanza fiscal vigente del Ayuntamiento de Torrent, según la fuente oficial: texto de la ordenanza para 2026 (última modificación publicada en el BOP núm. 251 de 31-12-2024, sin cambio de tipo en 2026). Torrent mantiene en 2026 un IBI urbano del 0,49 %, por debajo del 0,5784 % de València.
El recibo se paga entre el 25 de mayo y el 27 de julio y, domiciliado y de más de 120 euros, se divide en dos plazos del 50 %.
¿Cuánto pago de IBI por una vivienda de valor catastral 200.000 € en Torrent?
Sin bonificaciones, la cuota orientativa es de 980 € (0,49 % × 200.000 €). Si tienes derecho a bonificación familia numerosa (90 %), VPO (50 %) o autoconsumo solar, la cuota efectiva puede reducirse hasta un 90 %.
¿Hay recargo por viviendas vacías en Torrent?
No. La ordenanza de Torrent no recoge ningún recargo a las viviendas desocupadas. Para comparar con las capitales de provincia, está el estudio del recargo en las 50 capitales.
¿Hay bonificación de IBI para familia numerosa en Torrent?
Sí, bonificación de hasta el 90 % sobre la cuota íntegra del IBI de la vivienda habitual del titular familia numerosa. Para la vivienda habitual de titulares de familia numerosa. En viviendas de hasta 100.000 € de valor catastral, el 40 % en categoría general y el 90 % en especial; por encima de 100.000 €, el 20 % y el 60 %.
Hay que pedirla, el cabeza de familia debe estar empadronado en Torrent y surte efecto desde el periodo impositivo siguiente. La bonificación es potestativa: cada Ayuntamiento decide aplicarla y fija los porcentajes y condiciones.
¿Cuándo se paga el IBI en Torrent?
Periodo voluntario: 25 de mayo – 27 de julio de 2026. El periodo voluntario de 2026 terminó el 27 de julio de 2026; el recibo pendiente entra en vía ejecutiva con los recargos del art. 28 LGT. El IBI se devenga el 1 de enero (el titular en esa fecha es el sujeto pasivo). Puedes pagar en oficinas, vía web municipal o por domiciliación bancaria.
Recauda: Recaptació de Torrent Unipersonal Municipal, S.A. (RETOSA). Pasado el plazo se entra en periodo ejecutivo (art. 28 LGT); los recargos del 5, 10 y 20 % están en el calendario de pago.
¿Quién paga el IBI: propietario o inquilino?
Lo paga el titular del inmueble (propietario o usufructuario), no el inquilino, aunque el contrato de alquiler pacte que se lo reembolse. Si vendes durante el año, el Ayuntamiento reclama el recibo a quien era propietario el 1 de enero; el prorrateo con el comprador se pacta aparte, en la escritura.
