Datos 2026 IRPF · base del ahorro

Calculadora FIFO de
venta de acciones y ETF

Introduce cada lote de compra por separado y los datos de la venta, y comprueba qué títulos ha vendido la ley por ti, cuánto ganas o pierdes de verdad una vez descontadas las comisiones y con qué cartera te quedas para la próxima operación.

Por qué el orden de venta no lo eliges tú

Cuando se venden valores homogéneos comprados en fechas distintas y no se venden todos a la vez, el artículo 37.2 de la Ley del IRPF no deja margen de elección: se consideran transmitidos los adquiridos en primer lugar, el criterio conocido como FIFO. Es una regla obligatoria, no una opción del contribuyente, y ahí está la diferencia con otras jurisdicciones que sí permiten la identificación específica de lotes para escoger el más caro y rebajar la ganancia declarada. En España esa vía no existe: si compraste cien acciones en marzo a veinte euros y otras cien en octubre a treinta, y vendes cien en diciembre, la ley entiende vendidas las de marzo, te convenga o no. Lo que decide si dos compras cuentan como el mismo valor a estos efectos es el concepto de valores homogéneos del artículo 8 del Reglamento del IRPF: los que proceden de un mismo emisor, con igual naturaleza y régimen de transmisión y un contenido sustancialmente similar de derechos. La homogeneidad no se rompe por haber comprado en fechas o a precios distintos, así que una misma acción o un mismo fondo cotizado adquiridos en momentos diferentes siguen siendo, a efectos fiscales, la misma cosa.

Hay un motivo por el que el informe fiscal de tu bróker puede no coincidir con el resultado de esta calculadora, y conviene tenerlo presente antes de dar una cifra por buena: cada intermediario aplica el FIFO únicamente sobre las posiciones que él custodia, mientras que la ley habla de los valores transmitidos por el contribuyente sin mencionar en qué entidad estén depositados. Si tienes el mismo valor repartido entre dos brókeres, el orden correcto se calcula sobre el conjunto de ambas cuentas, y el informe de uno solo de ellos no basta. Puedes ampliar todo este mecanismo, con la tributación de los dividendos y la doble imposición internacional incluida, en la guía completa de acciones y dividendos en el IRPF, y repasar el caso específico de los fondos cotizados —que quedan excluidos del régimen de traspasos sin tributar propio de los fondos tradicionales— en la guía de fiscalidad de los ETF.

Qué NO cubre esta calculadora

Calcula la ganancia o pérdida patrimonial de una venta de valores homogéneos —acciones, participaciones de ETF— aplicando el FIFO del artículo 37.2 y la regla de recompra del artículo 33.5, letras f) y g), de la Ley del IRPF. Queda fuera el préstamo de valores, donde el orden de las transmisiones se invierte por la disposición adicional 18.ª.2.b).5.º de la Ley 62/2003, todavía vigente para el IRPF aunque ya derogada para el Impuesto sobre Sociedades; las acciones liberadas y los derechos de suscripción, que tienen sus propias reglas de reparto del valor de adquisición en el artículo 37.1, letras a) y b); la doble imposición internacional sobre dividendos del artículo 80 de la ley, y los regímenes forales de Navarra y País Vasco. Si el resultado de tu venta arroja pérdida, conviene revisar además cómo se integra en tu base del ahorro junto con el resto de tus rentas del año en la guía completa de compensación de pérdidas y ganancias en el IRPF.

Preguntas frecuentes

¿Puedo elegir vender primero las acciones que compré más caras para pagar menos impuesto? +
No. El artículo 37.2 de la Ley del IRPF impone el criterio FIFO —«first in, first out»— cuando se transmiten valores homogéneos adquiridos en fechas distintas y no se venden todos a la vez: se consideran transmitidos siempre los que se adquirieron en primer lugar. No es una opción del contribuyente ni una recomendación de buena práctica, es una regla de orden imperativo. A diferencia de lo que ocurre en otras jurisdicciones, en España no existe la identificación específica de lotes que permitiría escoger el lote más caro para minimizar la ganancia declarada: la ley decide por ti, y esta calculadora aplica exactamente ese orden.
¿Qué son los valores homogéneos y por qué determinan tanto en esta cuenta? +
El artículo 8 del Reglamento del IRPF los define como los procedentes de un mismo emisor, que forman parte de una misma operación financiera o responden a una unidad de propósito, con igual naturaleza y régimen de transmisión y un contenido sustancialmente similar de derechos y obligaciones para su titular. No es un término coloquial ni se refiere solo a «la misma empresa»: la homogeneidad no se rompe por haber comprado en fechas distintas ni a precios distintos, así que la misma acción adquirida en enero y en octubre son, a efectos fiscales, exactamente la misma cosa. Ese concepto es el que activa dos consecuencias con dinero de por medio: el orden FIFO de la venta y la regla de recompra que puede bloquear una pérdida.
¿Por qué el informe fiscal de mi bróker puede no coincidir con lo que calculo aquí? +
Porque cada bróker solo ve y solo aplica el FIFO sobre su propia cuenta, mientras que la ley habla de los valores transmitidos «por el contribuyente», sin mencionar en ningún momento dónde estén depositados. Si tienes la misma acción o el mismo fondo cotizado repartido entre dos entidades distintas, el orden correcto de venta se calcula sobre el conjunto de tus valores homogéneos, no sobre lo que cada intermediario tiene registrado por separado. Es la situación que con más frecuencia estropea una declaración: el informe fiscal de tu bróker es un buen punto de partida, pero no sustituye llevar tú mismo la cuenta de todos los lotes, estén donde estén.
Vendí con pérdidas y había comprado el mismo valor poco antes o poco después, ¿qué pasa? +
Si la venta arroja pérdida y has adquirido valores homogéneos dentro de la ventana que marca el artículo 33.5, letras f) y g), de la Ley del IRPF —dos meses antes o después de la venta si el valor cotiza en un mercado regulado, o un año antes o después si no cotiza—, esa pérdida no se computa en el ejercicio de la venta. No se pierde para siempre: queda en suspenso y se va integrando a medida que transmitas los valores homogéneos que te queden en el patrimonio. El matiz que más se pasa por alto es que la ventana mira también hacia atrás, así que una recompra anterior a la venta bloquea la pérdida exactamente igual que una posterior.