El Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica —el impuesto de circulación de toda la vida— es un tributo municipal que se paga cada año por la mera titularidad de un vehículo apto para circular, esté o no en uso. Cada ayuntamiento parte del cuadro estatal del artículo 95.1 de la Ley de Haciendas Locales y puede multiplicarlo por un coeficiente de hasta 2; el de Cáceres queda recogido en su ordenanza fiscal. Lo que sigue es el cuadro vigente en 2026 para turismos, la bonificación de eléctricos e híbridos, y cuándo se paga.
Cuadro 2026: cuota anual de turismos por potencia fiscal
| Potencia fiscal (turismos) | Cuota anual 2026 |
|---|---|
| Menos de 8 CVF | 19,00 € |
| De 8 a 11,99 CVF | 54,00 € |
| De 12 a 15,99 CVF | 113,00 € |
| De 16 a 19,99 CVF | 140,00 € |
| 20 CVF o más | 224,00 € |
Fuente: OF IVTM Cáceres — BOP Cáceres nº 246 28-12-2021 (anuncio BOP-2021-5782, Pleno 16-12-2021) + PDF 'VIGENTE - 2022' de ayto-caceres.es. Texto BOP 28-12-2021 (vigor 01-01-2022, 'hasta su modificación o derogación expresa') verificado como vigente a 03-07-2026: barrido de la API del BOP (entidad Ayto. Cáceres) sin más anuncios IVTM que los de 2021. La potencia fiscal exacta de tu vehículo figura en la casilla P.2.1 de la ficha técnica. Motos, furgones, camiones y remolques tienen cuadros propios en la misma ordenanza.
El dato en contexto
Las cuotas cacereñas son las únicas de su entorno que se recuerdan de memoria: 19, 54, 113, 140 y 224 euros, números enteros verificados carácter a carácter contra el BOP de diciembre de 2021, que sigue vigente. Esa redondez esconde una estructura desigual: los coeficientes implícitos rondan el 1,5 en los cuatro primeros tramos, lo que hace de Cáceres la sexta capital más barata de España para el turismo de 8 a 11,99 CVF, pero el tramo de 20 CVF o más salta al coeficiente 2,0 exacto y cobra el techo estatal de 224 euros. Coche modesto, recibo suave; gran cilindrada, tarifa de capital cara.
La joya de la ordenanza está en los clásicos: los vehículos de más de 25 años tienen exención del 100 % de oficio, sin que el titular mueva un dedo, algo poco habitual (los históricos catalogados también quedan exentos, pero previa catalogación). Los eléctricos e híbridos de fábrica descuentan el 75 %, aunque solo durante dos años incluido el de matriculación (40,50 euros de ahorro anual sobre el tramo tipo, 81 en total), y conviene solicitarlo antes de matricular para no perder el primer ejercicio. El punto flaco es el calendario: la ordenanza dice que se paga dentro del primer trimestre, pero la capital no publica edicto de cobranza en el BOP desde 2003 y las fechas exactas de 2026 no constan en fuente primaria. Desconfíe del 10 de marzo a 20 de mayo que dan algunos portales (contradice a la propia ordenanza) y de la campaña del OARGT del 20 de marzo al 22 de junio, que solo vale para municipios que delegan: la capital recauda por su cuenta. Consulte sede.caceres.es o el 927 255 800.
Frente a Badajoz el duelo extremeño es un empate con letra pequeña: 54,00 euros aquí contra 53,61 allí por el turismo tipo, apenas 39 céntimos, pero el deportivo de 20 CVF paga en Cáceres 224 euros y en Badajoz 176,18, una diferencia de 47,82 euros cada año. Ojo, además: el anuncio BOP-2026-3099 sobre modificación del IVTM corresponde a La Garganta, no a la capital.
Calcula la cuota de tu coche en Cáceres
Bonificaciones en Cáceres: eléctricos, híbridos e históricos
- Eléctricos / cero emisiones: 75% durante 2 años incluido el de matriculación (art. 4.2.b); rogada (pedir antes de matricular para el 1er año)
- Híbridos / etiqueta ECO: 75% 2 años (misma bonificación: eléctrico-gasolina/diésel/gas de fábrica)
- Históricos / antigüedad: 100% históricos o >25 años; la de +25 DE OFICIO; histórico requiere catalogación
Dos avisos prácticos: la mayoría de estas bonificaciones son rogadas —hay que solicitarlas, a veces con plazo— y suelen exigir estar al corriente de pago de los tributos municipales. El marco estatal (art. 95.6 TRLHL) fija los máximos; cada ayuntamiento decide porcentaje, duración y requisitos.
Cuándo se paga en 2026 (y quién paga si el coche se vende)
Periodo de pago del recibo anual en Cáceres: dentro del primer trimestre del año (art. 10.1 de la ordenanza; el Ayuntamiento anuncia las fechas exactas cada año en su tablón municipal — consulta sede.caceres.es o el 927 255 800). El impuesto se devenga el 1 de enero: el recibo completo del año corresponde a quien fuera titular del vehículo en esa fecha, aunque lo venda en febrero. Solo hay prorrateo por trimestres naturales en tres casos: primera matriculación (pagas los trimestres que quedan), baja definitiva en la DGT y baja temporal por robo. Un turismo medio matriculado en julio en Cáceres, por ejemplo, paga 27,00 € ese primer año — la mitad de los 54,00 € anuales.
Fuera de plazo, el recibo pasa a vía de apremio con recargo del 5, 10 o 20 % según el momento en que se regularice (art. 28 LGT), más intereses de demora: sobre el recibo del turismo medio de Cáceres, eso son de 2,70 € a 10,80 € añadidos por el retraso. Si el vehículo ya no existe o no circula, la única salida limpia es la baja definitiva en la DGT: mientras el vehículo siga dado de alta, el impuesto se sigue devengando cada 1 de enero.
Preguntas frecuentes sobre el IVTM en Cáceres
¿Cuánto se paga de impuesto de circulación en Cáceres en 2026?
Depende de la potencia fiscal del turismo. Un coche medio de 11,5 CVF paga 54,00 € al año en Cáceres; el cuadro completo va desde 19,00 € (menos de 8 caballos fiscales) hasta 224,00 € en el tramo más alto. La potencia fiscal figura en la casilla P.2.1 de la ficha técnica del vehículo.
¿Cuándo se paga el IVTM en Cáceres en 2026?
El periodo de pago es: dentro del primer trimestre del año (art. 10.1 de la ordenanza; el Ayuntamiento anuncia las fechas exactas cada año en su tablón municipal — consulta sede.caceres.es o el 927 255 800). El impuesto se devenga el 1 de enero: paga quien fuera titular del vehículo en esa fecha, aunque lo venda después. Pasado el periodo voluntario se aplica el recargo de apremio del 5-20 % (art. 28 LGT).
¿Qué descuento tienen los coches eléctricos e híbridos en Cáceres?
Eléctricos: 75% durante 2 años incluido el de matriculación (art. 4.2.b); rogada (pedir antes de matricular para el 1er año). Híbridos: 75% 2 años (misma bonificación: eléctrico-gasolina/diésel/gas de fábrica). Estas bonificaciones son potestativas de cada ayuntamiento (art. 95.6 TRLHL permite hasta el 75 %) y en la mayoría de los casos hay que solicitarlas expresamente.
Vendí el coche en marzo: ¿quién paga el IVTM de este año en Cáceres?
El vendedor. El impuesto se devenga el 1 de enero y el sujeto pasivo es quien figure como titular en esa fecha; la venta posterior no divide el recibo: el titular a 1 de enero de un turismo medio en Cáceres responde de los 54,00 € íntegros aunque venda el coche en febrero (no hay prorrateo por transmisión entre particulares, solo por primera adquisición, baja definitiva o robo). En la práctica, comprador y vendedor pueden pactar repartírselo en el contrato, pero ante el ayuntamiento responde el titular a 1 de enero.
¿Está exento algún vehículo del IVTM en Cáceres?
Las exenciones del art. 93 TRLHL aplican en todos los municipios: vehículos de personas con discapacidad igual o superior al 33 % para su uso exclusivo (un solo vehículo por titular, hay que solicitarla), vehículos de movilidad reducida, ambulancias, transporte público urbano de más de 9 plazas y tractores con Cartilla de Inspección Agrícola. La exención por discapacidad es rogada, no se aplica sola — y en Cáceres supone ahorrar de 19,00 € a 224,00 € al año según la potencia del vehículo.