Andalucía · Datos 2026 · Modelo 651 · Grupo II

Calculadora del Impuesto sobre
Donaciones en Andalucía

Bonificación del 99 % en cuota (Grupos I y II). La calculadora aplica la bonificación del 99 % a una donación de padres a hijos (Grupo II) y da la cuota orientativa del modelo 651.

Cómo calcular el Impuesto sobre Donaciones en Andalucía

El 99 % exige escritura pública por encima de 5.000 €: desde 2026 (Ley 8/2025, de presupuestos) las donaciones familiares de Grupos I-II de hasta 5.000 € acumulados en tres años no necesitan documento público; por encima de ese umbral, la donación bien documentada paga el 1 % y la informal, la tarifa completa.

En las donaciones inter vivos no se aplican la reducción estatal por parentesco ni la de vivienda habitual, de modo que la tarifa grava desde el primer euro.

Ejemplo: donar 100.000 € de padre a hijo en Andalucía

  • Importe donado: 100.000 €
  • Base liquidable: 100.000 €
  • Cuota íntegra estatal: 12.415 € · bonificación 99 %
  • Cuota a ingresar (modelo 651): 124 €

Cifra orientativa para una donación dineraria del Grupo II en escritura pública y con patrimonio preexistente moderado. Requisitos y detalle, en la guía de Donaciones por comunidad.

Normativa aplicable en Andalucía

Ley 5/2021, de tributos cedidos (art. 33 ter), sobre la Ley 29/1987 del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (marco estatal).