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Calculadora del Impuesto sobre
Sucesiones en Andalucía
Calcula al instante cuánto se paga por heredar de padres, cónyuge o hijos (Grupo II) en Andalucía en 2026: la herramienta aplica la reducción por parentesco y vivienda habitual y la bonificación o tarifa autonómica vigente, y muestra la cuota orientativa del modelo 650.
Por Cristian Corrales Fuentes: Ley 29/1987 del ISD y normativa autonómica Revisado el
Cómo calcular el Impuesto sobre Sucesiones en Andalucía
La calculadora de esta página aplica las reglas del Impuesto sobre Sucesiones vigentes en Andalucía para 2026 al heredero del Grupo II (hijos, cónyuge y ascendientes) y devuelve la cuota orientativa del modelo 650. Parte de la base imponible real: el importe heredado, más el valor de la vivienda habitual del causante si forma parte de esa misma herencia.
A esa base le resta primero la reducción autonómica por parentesco y, después, la reducción por vivienda habitual —del 99 % de su valor sin límite de importe—. Por último, sobre la base liquidable que reste, aplica la bonificación o la tarifa que corresponda.
Andalucía neutraliza el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones para descendientes y cónyuge (Grupos I y II) por una doble vía regulada en la Ley 5/2021, de 20 de octubre, de Tributos Cedidos: una reducción por parentesco de un millón de euros sobre la base imponible, que por sí sola deja exenta la inmensa mayoría de las herencias familiares, y, además, una bonificación del 99 % sobre la cuota que pudiera resultar en los patrimonios más elevados.
La reducción por vivienda habitual del causante alcanza el 99 % de su valor sin tope por importe, y la comunidad aplica una tarifa autonómica propia con tipos que van del 7 % al 26 %, inferiores a los de la escala estatal.
Tres escenarios calculados con el motor de esta calculadora
| Escenario | Base imponible | Cuota |
|---|---|---|
| 200.000 € con vivienda de 150.000 € | 200.000 € | 0 € |
| 80.000 € sin vivienda | 80.000 € | 0 € |
| 600.000 € con vivienda de 300.000 € | 600.000 € | 0 € |
Cifras orientativas para un heredero del Grupo II con patrimonio preexistente moderado. Cuando la tarifa autonómica propia de Andalucía no está modelada con exactitud para un tramo, la calculadora lo indica en lugar de arriesgar una cifra y remite a la ficha. Para tu caso exacto, usa la calculadora de arriba.
Normativa aplicable en Andalucía
Ley 5/2021, de 20 de octubre, de Tributos Cedidos de Andalucía (BOJA), sobre la Ley 29/1987 del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (marco estatal).
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