Cuánto paga de IBI la vivienda media en Vigo
El Catastro tiene registradas en Vigo 138.670 viviendas, y su valor catastral medio en el padrón de 2026 es de 37.345 €. Con el tipo urbano de este año, del 1,023 %, esa vivienda media paga unos 380 € de IBI al año antes de bonificaciones.
La mediana de las 46 capitales de régimen común es de 350 €. El tipo por sí solo no ordena lo que se paga: una capital con un tipo bajo y valores catastrales altos puede cobrar más que otra con un tipo alto. La comparación completa, capital por capital, está en el mapa del IBI de la vivienda media en las capitales.
Tu recibo no tiene por qué coincidir: depende del valor catastral de tu vivienda, que figura en el propio recibo o en la Sede Electrónica del Catastro, y de las bonificaciones que tengas. Además, el garaje y el trastero con referencia catastral propia pagan un recibo aparte. Como referencia oficial, el recibo medio de todos los inmuebles urbanos de Vigo en 2025 (viviendas, garajes, trasteros, locales y naves) fue de 344 €.
El Impuesto sobre Bienes Inmuebles —el IBI de toda la vida— se aplica en Vigo a través de la Ordenanza fiscal n.º 2 reguladora del IBI - Vigo. La aprobó el pleno municipal y se publicó en el BOP de Pontevedra de 28-11-2025. Es un tributo municipal y directo que se paga cada año por ser propietario o usufructuario de un inmueble del término municipal.
Grava viviendas y locales urbanos, fincas rústicas y los llamados bienes de características especiales, una categoría residual que va desde centrales eléctricas hasta aeropuertos. El Ayuntamiento de Vigo fija el tipo de gravamen cada ejercicio dentro del margen que le concede la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (Real Decreto Legislativo 2/2004). Ese margen explica que el recibo de una misma vivienda cambie tanto de una ciudad a otra.
Lo que dice la ley — texto literal
1. El tipo de gravamen mínimo y supletorio será el 0,4 por ciento cuando se trate de bienes inmuebles urbanos y el 0,3 por ciento cuando se trate de bienes inmuebles rústicos, y el máximo será el 1,10 por ciento para los urbanos y 0,90 por ciento para los rústicos.
[…]
3. Los ayuntamientos respectivos podrán incrementar los tipos fijados en el apartado 1 con los puntos porcentuales que para cada caso se indican, cuando concurra alguna de las circunstancias siguientes. En el supuesto de que sean varias, se podrá optar por hacer uso del incremento previsto para una sola, algunas o todas ellas:
Cómo se lee el IBI de Vigo 2026
El 1,023 % de Vigo llama la atención: es un 60 % más alto que el de Pontevedra, su capital de provincia (0,64 %). La ordenanza aplica el mismo 1,023 % a los bienes de características especiales y un 0,761 % a los rústicos. Contempla un recargo del 50 % para los inmuebles residenciales desocupados, pero excluye expresamente los que pertenecen a personas físicas, de modo que un particular con un piso vacío no lo paga.
Sobre el papel, 200.000 euros de valor catastral pagarían 2.046 euros al año, y entre las capitales de provincia solo Girona (1,041 %) tendría un tipo más alto. Pero un tipo tan elevado suele ir de la mano de valores catastrales antiguos y bajos: lo que importa para el recibo es el producto de los dos, y por eso no conviene comparar tipos entre ciudades sin mirar también el valor catastral de la vivienda.
En Galicia, las capitales se mueven entre el 0,51 % de Santiago de Compostela y el 0,64 % de Pontevedra, con A Coruña en el 0,618 %. Vigo ofrece una bonificación del 3 % a quien se acoja al sistema especial de pago, que divide el recibo en dos plazos domiciliados, y una del 90 % a las familias numerosas con ingresos por persona de hasta 7.051 euros.
Tipos aplicables en Vigo
| Modalidad | Tipo | Aplicación |
|---|---|---|
| IBI urbano | 1,023 % | Vivienda, locales comerciales, oficinas, suelo urbano |
| IBI rústico | 0,761 % | Fincas y suelo agrario |
| IBI BICE | 1,023 % | Bienes de Características Especiales (centrales eléctricas, aeropuertos, etc.) |
| Recargo viviendas vacías | +50 % | La ordenanza de Vigo prevé un recargo del 50 % para los inmuebles residenciales desocupados, pero no se aplica a los que son propiedad de personas físicas, de administraciones públicas ni de entidades sin fines lucrativos: en la práctica recae sobre sociedades |
| Concepto | Valor (%) |
|---|---|
| Vigo | 1,02 % |
| Pontevedra | 0,64 % |
| A Coruña | 0,62 % |
| Lugo | 0,74 % |
| Ourense | 0,45 % |
| Santiago de Compostela | 0,51 % |
Bonificaciones aplicables
| Bonificación | Cuantía | Condiciones |
|---|---|---|
| VPO | 50 % | 3 años desde calificación definitiva (obligatorio art. 73.2 LRHL) |
| Familia numerosa | 90 % | 90 % si los ingresos brutos anuales per cápita de la unidad familiar son iguales o inferiores a 7.051 €; 50 % si están entre 7.051 € y 9.013 €. Se aplica sobre la vivienda que constituya la residencia habitual de la familia. |
| Eficiencia energética | — | No la contempla la ordenanza |
| Autoconsumo solar | 50 % | 50 % de la cuota íntegra durante los 3 periodos impositivos siguientes a la instalación de sistemas de aprovechamiento de energía solar. Tope: el importe anual no puede superar el 50 % del coste de ejecución material de la instalación (o de la parte repercutida a cada propietario en régimen de propiedad horizontal); en cómputo global, la bonificación de los 3 ejercicios no puede superar el 95 % del coste de ejecución material. Cómo solicitarla |
Calcula tu IBI en Vigo
Introduce el valor catastral de tu vivienda para estimar la cuota del IBI en Vigo con el tipo urbano vigente de 2026 y las bonificaciones municipales (familia numerosa, VPO, autoconsumo) cuando correspondan. Es un cálculo orientativo sobre el valor catastral.
¿Y si el valor de tu recibo no cuadra con el inmueble, porque suma metros de más o una construcción que ya no existe? Esa corrección no se pide al Ayuntamiento de Vigo, sino al Catastro. En cómo recurrir el IBI por un valor catastral incorrecto están las vías, los plazos y la devolución de hasta cuatro años.
Ejemplo: vivienda con valor catastral 61.000 € en Vigo
Iria Domínguez vive en un piso de Coia, en Vigo, con un valor catastral de 61.000 €: una cifra baja, como es habitual en la ciudad.
Iria Domínguez no tiene derecho a ninguna bonificación de la ordenanza: no es familia numerosa, la vivienda no es de protección oficial y su certificado energético no llega a la letra A. Así se construye, paso a paso, su recibo del IBI de 2026:
- Base imponible (valor catastral): 61.000 €
- Reducción por revisión catastral: 0 € (vivienda no revisada recientemente)
- Base liquidable: 61.000 €
- Tipo Vigo: 1,023 %
- Cuota íntegra: 624 € al año.
Si Iria Domínguez tuviera título de familia numerosa podría pedir la bonificación de la ordenanza, que llega como máximo al 90 %. El porcentaje no es el mismo para todos: 90 % si los ingresos brutos anuales per cápita de la unidad familiar son iguales o inferiores a 7.051 €; 50 % si están entre 7.051 € y 9.013 €. Se aplica sobre la vivienda que constituya la residencia habitual de la familia. El que le corresponda se aplica sobre los 624 € de cuota íntegra.
Calendario de pago del IBI en Vigo en 2026
El IBI de Vigo se cobra dentro del periodo voluntario que aprueba cada año el calendario fiscal municipal. Estas son las fechas y opciones de pago vigentes para el ejercicio 2026:
- Devengo
- 1 de enero de 2026 (titular en esa fecha)
- Periodo voluntario
- 1 de septiembre – 2 de noviembre de 2026
- Domiciliación
- Bonificación del 3 % de la cuota por acogerse al «sistema especial de pagamento»: domiciliación con el pago dividido en dos plazos (50 % el 31 de mayo como pago a cuenta, y el resto el último día del periodo voluntario). Compatible con las demás bonificaciones de la ordenanza. Fecha límite general de domiciliación para que sea efectiva en el año en curso: 10 de agosto de 2026; cargo de los recibos domiciliados no acogidos al sistema especial: 2 de noviembre de 2026.
- Recauda
- Concello de Vigo (Oficina Tributaria)
- Fuera de plazo
- Recargo del periodo ejecutivo: 5 % si abonas la deuda completa antes de que te notifiquen la providencia de apremio, 10 % si pagas dentro del plazo que abre esa providencia y 20 % más intereses de demora a partir de ese momento (art. 28 LGT). Lo que determina el recargo no es el mero paso de los días, sino en qué punto del procedimiento pagas.
Fechas verificadas en fuente oficial (actualizado 20/09/2026).
El calendario lo fija cada Ayuntamiento y puede ajustarse durante el año: confirma siempre la fecha exacta en la sede electrónica municipal antes de que termine el periodo voluntario para evitar el recargo de apremio.
Preguntas frecuentes sobre IBI en Vigo
¿Cuánto se paga de IBI de media en Vigo?
Una vivienda de valor catastral medio en Vigo (37.345 € en el padrón catastral de 2026) paga unos 380 € al año con el tipo urbano del 1,023 %, antes de bonificaciones. Es una estimación con datos de la Dirección General del Catastro: tu recibo depende del valor catastral de tu vivienda y de tus bonificaciones, y el garaje o el trastero con referencia propia pagan aparte.
¿Cuál es el tipo de IBI urbano en Vigo para 2026?
1,023 % sobre el valor catastral de la vivienda. Es el tipo aprobado por la ordenanza fiscal vigente del Ayuntamiento de Vigo y publicado en el BOP de Pontevedra de 28-11-2025. Vigo aplica en 2026 un IBI urbano del 1,023 %, uno de los tipos más altos de España. El recibo se paga del 1 de septiembre al 2 de noviembre. El recargo del 50 % a viviendas vacías no alcanza a las de personas físicas.
¿Cuánto pago de IBI por una vivienda de valor catastral 200.000 € en Vigo?
Sin bonificaciones, la cuota orientativa es de 2.046 € (1,023 % × 200.000 €). Si tienes derecho a bonificación familia numerosa (90 %), VPO (50 %) o autoconsumo solar, la cuota efectiva puede reducirse hasta un 90 %.
¿Vigo aplica recargo por viviendas desocupadas?
Sí. La ordenanza de Vigo prevé un recargo del 50 % para los inmuebles residenciales desocupados, pero no se aplica a los que son propiedad de personas físicas, de administraciones públicas ni de entidades sin fines lucrativos: en la práctica recae sobre sociedades. El recargo se apoya en el art. 72.4 LRHL y se declara mediante expediente administrativo. Qué capitales lo tienen y a quién alcanza, en el estudio del recargo en las 50 capitales.
¿Hay bonificación de IBI para familia numerosa en Vigo?
Sí, bonificación de hasta el 90 % sobre la cuota íntegra del IBI de la vivienda habitual del titular familia numerosa. 90 % si los ingresos brutos anuales per cápita de la unidad familiar son iguales o inferiores a 7.051 €; 50 % si están entre 7.051 € y 9.013 €. Se aplica sobre la vivienda que constituya la residencia habitual de la familia. La bonificación es potestativa: cada Ayuntamiento decide aplicarla y fija los porcentajes y condiciones.
¿Cuándo se paga el IBI en Vigo?
Periodo voluntario: 1 de septiembre – 2 de noviembre de 2026. El IBI se devenga el 1 de enero (el titular en esa fecha es el sujeto pasivo).
Si domicilias el recibo, el Ayuntamiento de Vigo bonifica un 3 % de la cuota (Bonificación del 3 % de la cuota por acogerse al «sistema especial de pagamento»: domiciliación con el pago dividido en dos plazos (50 % el 31 de mayo como pago a cuenta, y el resto el último día del periodo voluntario). Compatible con las demás bonificaciones de la ordenanza.
Fecha límite general de domiciliación para que sea efectiva en el año en curso: 10 de agosto de 2026; cargo de los recibos domiciliados no acogidos al sistema especial: 2 de noviembre de 2026). Recauda: Concello de Vigo (Oficina Tributaria). Pasado el plazo se entra en periodo ejecutivo (art. 28 LGT).
El recargo es del 5 % si pagas la deuda completa antes de que te notifiquen la providencia de apremio. Sube al 10 % si pagas dentro del plazo que abre esa providencia, y al 20 % más intereses de demora a partir de ese momento.
¿Quién paga el IBI: propietario o inquilino?
El IBI lo paga siempre el titular del inmueble (propietario o usufructuario), no el inquilino. Aunque en el contrato de alquiler se pacte que el inquilino reembolse el IBI al propietario, la obligación tributaria frente al Ayuntamiento es del titular. Si vendes la vivienda durante el año, el IBI lo paga el propietario a 1 de enero (es habitual pactar prorrateo en escritura, pero el Ayuntamiento solo se dirige al titular registral).