IBI · Mérida Tributo municipal Datos 2026

IBI Mérida
2026

Mérida, la capital de Extremadura, mantiene en 2026 un IBI urbano del 0,70 %, casi el mismo que Badajoz y Cáceres. La familia numerosa tiene un 60 % de bonificación con tope en euros.

Por Cristian Corrales Fuentes: TRLHL (RDLeg 2/2004) y ordenanza fiscal municipal Revisado el

IBI en Mérida 2026: tipo urbano 0,7 % sobre valor catastral, bonificaciones VPO y familia numerosa según ordenanza fiscal vigente del Ayuntamiento de Mérida

Cuánto paga de IBI la vivienda media en Mérida

El Catastro tiene registradas en Mérida 29.166 viviendas, y su valor catastral medio en el padrón de 2026 es de 51.452 €. Con el tipo urbano de este año, del 0,7 %, esa vivienda media paga unos 360 € de IBI al año antes de bonificaciones.

La mediana de las 46 capitales de régimen común es de 350 €. El tipo por sí solo no ordena lo que se paga: una capital con un tipo bajo y valores catastrales altos puede cobrar más que otra con un tipo alto. La comparación completa, capital por capital, está en el mapa del IBI de la vivienda media en las capitales.

Tu recibo no tiene por qué coincidir: depende del valor catastral de tu vivienda, que figura en el propio recibo o en la Sede Electrónica del Catastro, y de las bonificaciones que tengas. Además, el garaje y el trastero con referencia catastral propia pagan un recibo aparte. Como referencia oficial, el recibo medio de todos los inmuebles urbanos de Mérida en 2025 (viviendas, garajes, trasteros, locales y naves) fue de 370 €.

El Impuesto sobre Bienes Inmuebles —el IBI de toda la vida— se aplica en Mérida a través de la Ordenanza fiscal reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles - Mérida. La aprobó el pleno municipal y se publicó en el BOP de Badajoz n.º 220 de 17-11-2017. Es un tributo municipal y directo que se paga cada año por ser propietario o usufructuario de un inmueble del término municipal.

Grava viviendas y locales urbanos, fincas rústicas y los llamados bienes de características especiales, una categoría residual que va desde centrales eléctricas hasta aeropuertos. El Ayuntamiento de Mérida fija el tipo de gravamen cada ejercicio dentro del margen que le concede la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (Real Decreto Legislativo 2/2004). Ese margen explica que el recibo de una misma vivienda cambie tanto de una ciudad a otra.

Cómo se lee el IBI de Mérida 2026

Mérida aplica un IBI urbano del 0,70 % con una ordenanza que no ha cambiado de tipo desde su última modificación de 2017. Los rústicos pagan el 1,217 % y los de características especiales, el 1,30 %. No tiene recargo a viviendas vacías, y la bonificación por placas solares es de solo el 10 %.

Con el 0,70 %, una vivienda de 200.000 euros de valor catastral paga 1.400 euros al año. Entre las capitales de provincia ocuparía el puesto 14 de 50, entre Murcia (0,7115 %) y Sevilla (0,662 %).

Badajoz, la capital de su provincia, y Cáceres aplican el 0,72 %: sobre el mismo valor catastral son 1.440 euros, 40 más que en Mérida. La bonificación de familia numerosa es del 60 %, pero con un tope de 250 euros al año (280 en categoría especial).

Tipos aplicables en Mérida

Modalidad Tipo Aplicación
IBI urbano 0,7 % Vivienda, locales comerciales, oficinas, suelo urbano
IBI rústico 1,217 % Fincas y suelo agrario
IBI BICE 1,3 % Bienes de Características Especiales (centrales eléctricas, aeropuertos, etc.)

Bonificaciones aplicables

Bonificación Cuantía Condiciones
VPO 50 % 3 años desde calificación definitiva (obligatorio art. 73.2 LRHL)
Familia numerosa 60 % El 60 % de la cuota de la vivienda habitual, con un máximo de 250 € al año en categoría general y de 280 € en especial. Se concede por dos años, prorrogables mientras se mantengan los requisitos.
Eficiencia energética — No la contempla la ordenanza
Autoconsumo solar 10 % Solo el 10 % de la cuota, para instalaciones solares no obligatorias que acrediten un ahorro de al menos el 20 % del consumo del edificio. Cómo solicitarla

Calcula tu IBI en Mérida

Introduce el valor catastral de tu vivienda para estimar la cuota del IBI en Mérida con el tipo urbano vigente de 2026 y las bonificaciones municipales (familia numerosa, VPO, autoconsumo) cuando correspondan. Es un cálculo orientativo sobre el valor catastral.

¿Y si el valor de tu recibo no cuadra con el inmueble, porque suma metros de más o una construcción que ya no existe? Esa corrección no se pide al Ayuntamiento de Mérida, sino al Catastro. En cómo recurrir el IBI por un valor catastral incorrecto están las vías, los plazos y la devolución de hasta cuatro años.

Ejemplo: vivienda con valor catastral 58.300 € en Mérida

Antonio Gragera Muñoz es propietario de un piso en el barrio de Nueva Ciudad, en Mérida, con un valor catastral de 58.300 €.

Antonio Gragera Muñoz no tiene derecho a ninguna bonificación de la ordenanza: no es familia numerosa, la vivienda no es de protección oficial y su certificado energético no llega a la letra A. Así se construye, paso a paso, su recibo del IBI de 2026:

  • Base imponible (valor catastral): 58.300 €
  • Reducción por revisión catastral: 0 € (vivienda no revisada recientemente)
  • Base liquidable: 58.300 €
  • Tipo Mérida: 0,7 %
  • Cuota íntegra: 408 € al año.

Si Antonio Gragera Muñoz fuera familia numerosa con bonificación del 60 % aplicable, su cuota se reduciría a 163 €.

Calendario de pago del IBI en Mérida en 2026

El IBI de Mérida se cobra dentro del periodo voluntario que aprueba cada año el calendario fiscal municipal. Estas son las fechas y opciones de pago vigentes para el ejercicio 2026:

Devengo
1 de enero de 2026 (titular en esa fecha)
Periodo voluntario
consulta el calendario del Organismo Autónomo de Recaudación de Badajoz (sin fechas oficiales de 2026 localizadas)
Recauda
Organismo Autónomo de Recaudación de la Diputación de Badajoz
Fuera de plazo
Recargo del periodo ejecutivo: 5 % si abonas la deuda completa antes de que te notifiquen la providencia de apremio, 10 % si pagas dentro del plazo que abre esa providencia y 20 % más intereses de demora a partir de ese momento (art. 28 LGT). Lo que determina el recargo no es el mero paso de los días, sino en qué punto del procedimiento pagas.

El calendario lo fija cada Ayuntamiento y puede ajustarse durante el año: confirma siempre la fecha exacta en la sede electrónica municipal antes de que termine el periodo voluntario para evitar el recargo de apremio.

Preguntas frecuentes sobre IBI en Mérida

¿Cuánto se paga de IBI de media en Mérida?

Una vivienda de valor catastral medio en Mérida (51.452 € en el padrón catastral de 2026) paga unos 360 € al año con el tipo urbano del 0,7 %, antes de bonificaciones. Es una estimación con datos de la Dirección General del Catastro: tu recibo depende del valor catastral de tu vivienda y de tus bonificaciones, y el garaje o el trastero con referencia propia pagan aparte.

¿Cuál es el tipo de IBI urbano en Mérida para 2026?

0,7 % sobre el valor catastral de la vivienda. Es el tipo aprobado por la ordenanza fiscal vigente del Ayuntamiento de Mérida y publicado en el BOP de Badajoz n.º 220 de 17-11-2017. Mérida, la capital de Extremadura, mantiene en 2026 un IBI urbano del 0,70 %, casi el mismo que Badajoz y Cáceres. La familia numerosa tiene un 60 % de bonificación con tope en euros.

¿Cuánto pago de IBI por una vivienda de valor catastral 200.000 € en Mérida?

Sin bonificaciones, la cuota orientativa es de 1.400 € (0,7 % × 200.000 €). Si tienes derecho a bonificación familia numerosa (60 %), VPO (50 %) o autoconsumo solar, la cuota efectiva puede reducirse hasta un 60 %.

¿Hay recargo por viviendas vacías en Mérida?

Actualmente la ordenanza fiscal vigente de Mérida no recoge recargo por viviendas desocupadas. Algunas capitales con altas tasas de inmueble vacío están estudiando incorporarlo en ordenanzas próximas tras la Ley 12/2023 del Derecho a la Vivienda. Consulta la última ordenanza en el BOP de Badajoz n.º 220 de 17-11-2017. Qué capitales lo tienen y a quién alcanza, en el estudio del recargo en las 50 capitales.

¿Hay bonificación de IBI para familia numerosa en Mérida?

Sí, bonificación del 60 % sobre la cuota íntegra del IBI de la vivienda habitual del titular familia numerosa. El 60 % de la cuota de la vivienda habitual, con un máximo de 250 € al año en categoría general y de 280 € en especial. Se concede por dos años, prorrogables mientras se mantengan los requisitos. La bonificación es potestativa: cada Ayuntamiento decide aplicarla y fija los porcentajes y condiciones.

¿Cuándo se paga el IBI en Mérida?

Periodo voluntario: consulta el calendario del Organismo Autónomo de Recaudación de Badajoz (sin fechas oficiales de 2026 localizadas). El IBI se devenga el 1 de enero (el titular en esa fecha es el sujeto pasivo). Puedes pagar en oficinas, vía web municipal o por domiciliación bancaria. Recauda: Organismo Autónomo de Recaudación de la Diputación de Badajoz. Pasado el plazo se entra en periodo ejecutivo (art. 28 LGT).

El recargo es del 5 % si pagas la deuda completa antes de que te notifiquen la providencia de apremio. Sube al 10 % si pagas dentro del plazo que abre esa providencia, y al 20 % más intereses de demora a partir de ese momento.

¿Quién paga el IBI: propietario o inquilino?

El IBI lo paga siempre el titular del inmueble (propietario o usufructuario), no el inquilino. Aunque en el contrato de alquiler se pacte que el inquilino reembolse el IBI al propietario, la obligación tributaria frente al Ayuntamiento es del titular. Si vendes la vivienda durante el año, el IBI lo paga el propietario a 1 de enero (es habitual pactar prorrateo en escritura, pero el Ayuntamiento solo se dirige al titular registral).