Cuánto paga de IBI la vivienda media en Gijón
El Catastro tiene registradas en Gijón 147.615 viviendas, y su valor catastral medio en el padrón de 2026 es de 72.162 €. Con el tipo urbano de este año, del 0,45 %, esa vivienda media paga unos 325 € de IBI al año antes de bonificaciones.
La mediana de las 46 capitales de régimen común es de 350 €. El tipo por sí solo no ordena lo que se paga: una capital con un tipo bajo y valores catastrales altos puede cobrar más que otra con un tipo alto. La comparación completa, capital por capital, está en el mapa del IBI de la vivienda media en las capitales.
Tu recibo no tiene por qué coincidir: depende del valor catastral de tu vivienda, que figura en el propio recibo o en la Sede Electrónica del Catastro, y de las bonificaciones que tengas. Además, el garaje y el trastero con referencia catastral propia pagan un recibo aparte. Como referencia oficial, el recibo medio de todos los inmuebles urbanos de Gijón en 2025 (viviendas, garajes, trasteros, locales y naves) fue de 270 €.
El IBI de Gijón lo regula la Ordenanza fiscal 1.02 reguladora del IBI - Gijón, publicada en el BOPA (ordenanzas fiscales de 2026, sin cambios en el IBI). Se paga cada año por ser propietario o usufructuario de un inmueble del término municipal.
El Ayuntamiento fija el tipo cada ejercicio dentro del margen que le concede la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (Real Decreto Legislativo 2/2004). Ese margen explica que el recibo de una misma vivienda cambie tanto de una ciudad a otra.
Lo que dice la ley — texto literal
1. El tipo de gravamen mínimo y supletorio será el 0,4 por ciento cuando se trate de bienes inmuebles urbanos y el 0,3 por ciento cuando se trate de bienes inmuebles rústicos, y el máximo será el 1,10 por ciento para los urbanos y 0,90 por ciento para los rústicos.
[…]
3. Los ayuntamientos respectivos podrán incrementar los tipos fijados en el apartado 1 con los puntos porcentuales que para cada caso se indican, cuando concurra alguna de las circunstancias siguientes. En el supuesto de que sean varias, se podrá optar por hacer uso del incremento previsto para una sola, algunas o todas ellas:
Cómo se lee el IBI de Gijón 2026
Gijón entra en 2026 sin cambios en el IBI: el tipo urbano sigue en el 0,45 % y el rústico en el mismo 0,45 %. La ordenanza no recoge recargo para viviendas desocupadas. Sí ofrece un sistema especial de pago con una bonificación del 4 % sobre el pago a cuenta, con un tope de 60 euros, que carga el 60 % de la cuota el 20 de mayo y el resto en noviembre.
Con el 0,45 %, una vivienda de 200.000 euros de valor catastral paga 900 euros al año. Entre las capitales de provincia ocuparía el puesto 39 de 50, en la parte baja de la tabla.
La comparación natural es Oviedo, que aplica el 0,58 %: sobre el mismo valor catastral son 1.160 euros, 260 más que en Gijón. La bonificación para familias numerosas es del 70 % para viviendas de hasta 200.000 euros de valor catastral, y la de energía solar puede llegar al 50 % durante cinco años.
La otra gran ciudad de la provincia con ficha propia aplica en 2026: Avilés (0,68 %).
Tipos aplicables en Gijón
| Modalidad | Tipo | Aplicación |
|---|---|---|
| IBI urbano | 0,45 % | Vivienda, locales comerciales, oficinas, suelo urbano |
| IBI rústico | 0,45 % | Fincas y suelo agrario |
| IBI BICE | 0,79 % | Bienes de Características Especiales (centrales eléctricas, aeropuertos, etc.) |
| Concepto | Valor (%) |
|---|---|
| León | 0,766 % |
| Lugo | 0,740 % |
| Avilés | 0,680 % |
| Oviedo | 0,580 % |
| Gijón | 0,450 % |
| Santander | 0,400 % |
Bonificaciones aplicables
| Bonificación | Cuantía | Condiciones |
|---|---|---|
| VPO | 50 % | 3 años desde calificación definitiva (obligatorio art. 73.2 LRHL) |
| Familia numerosa | 70 % | 70 % de la cuota íntegra para bienes inmuebles urbanos con valor catastral que no exceda de 200.000 €, para titulares de familia numerosa cuyo único inmueble bonificado constituya su vivienda habitual. Duración: un periodo impositivo, renovable con la documentación actualizada; hay que solicitarla dentro del primer semestre del ejercicio. |
| Eficiencia energética | — | No la contempla la ordenanza |
| Autoconsumo solar | 50 % | Hasta el 50 % de la cuota íntegra durante 5 periodos impositivos desde la fecha del certificado de instalación eléctrica (CIE), para sistemas de aprovechamiento térmico o eléctrico de energía solar (autoconsumo individual o colectivo). Tope anual: 12 % del coste de ejecución material en instalaciones sin excedentes, 15 % en instalaciones eléctricas con excedentes (18 % en autoconsumo colectivo de polígonos industriales, parques tecnológicos o áreas residenciales). Cómo solicitarla |
Con placas solares. Con el recibo de la vivienda media de Gijón (325 €) y una instalación de 6.000 €, la bonificación supone como máximo unos 163 € al año, 815 € en total. Si la instalación termina en 2026, se suma la deducción del IRPF. Calcula lo que te ahorran las placas en Gijón.
Calcula tu IBI en Gijón
Introduce el valor catastral de tu vivienda para estimar la cuota del IBI en Gijón con el tipo urbano vigente de 2026 y las bonificaciones municipales (familia numerosa, VPO, autoconsumo) cuando correspondan. Es un cálculo orientativo sobre el valor catastral.
Si el valor del recibo no cuadra con el inmueble, la corrección se pide al Catastro, no al Ayuntamiento de Gijón: cómo recurrir el IBI por un valor catastral incorrecto.
Ejemplo: vivienda con valor catastral 76.000 € en Gijón
Ejemplo ilustrativo. Tomamos un piso en La Calzada, en Gijón, con un valor catastral de 76.000 €.
Sin bonificaciones, así se construye el recibo del IBI de 2026:
- Base imponible (valor catastral): 76.000 €
- Reducción por revisión catastral: 0 € (supuesto de una vivienda sin reducción)
- Base liquidable: 76.000 €
- Tipo en Gijón: 0,45 %
- Cuota íntegra: 342 € al año.
Si el propietario fuera familia numerosa con bonificación del 70 % aplicable, su cuota se reduciría a 103 €.
Calendario de pago del IBI en Gijón en 2026
El IBI de Gijón se cobra dentro del periodo voluntario que aprueba cada año el calendario fiscal municipal. Estas son las fechas y opciones de pago vigentes para el ejercicio 2026:
- Devengo
- 1 de enero de 2026 (titular en esa fecha)
- Periodo voluntario
- consulta el calendario fiscal municipal (sin fechas oficiales de 2026 localizadas)
- Domiciliación
- Sistema especial de pago (fraccionamiento) del IBI: bonificación del 4 % sobre el importe del 'pago a cuenta' (tope 60 €), con el primer plazo (60 % de la cuota) domiciliado el 20 de mayo y el segundo entre el 6 y el 20 de noviembre. No se ha podido confirmar en fuente oficial el calendario general (no domiciliado) de 2026.
- Recauda
- Ayuntamiento de Gijón/Xixón (gestión propia)
- Fuera de plazo
- Recargo del periodo ejecutivo: 5 % si abonas la deuda completa antes de que te notifiquen la providencia de apremio, 10 % si pagas dentro del plazo que abre esa providencia y 20 % más intereses de demora a partir de ese momento (art. 28 LGT). Lo que determina el recargo no es el mero paso de los días, sino en qué punto del procedimiento pagas.
El calendario lo fija cada Ayuntamiento y puede ajustarse durante el año: confirma siempre la fecha exacta en la sede electrónica municipal antes de que termine el periodo voluntario para evitar el recargo de apremio.
Preguntas frecuentes sobre IBI en Gijón
¿Cuánto se paga de IBI de media en Gijón?
Una vivienda de valor catastral medio en Gijón (72.162 € en el padrón catastral de 2026) paga unos 325 € al año con el tipo urbano del 0,45 %, antes de bonificaciones. Es una estimación con datos de la Dirección General del Catastro: tu recibo depende del valor catastral de tu vivienda y de tus bonificaciones, y el garaje o el trastero con referencia propia pagan aparte.
¿Cuál es el tipo de IBI urbano en Gijón para 2026?
0,45 % sobre el valor catastral de la vivienda. Es el tipo aprobado por la ordenanza fiscal vigente del Ayuntamiento de Gijón, publicado en el BOPA (ordenanzas fiscales de 2026, sin cambios en el IBI). Gijón mantiene en 2026 el IBI urbano en el 0,45 %, el mismo tipo que aplica a los inmuebles rústicos. Sin recargo a viviendas vacías y con un 70 % de bonificación para familias numerosas.
¿Cuánto pago de IBI por una vivienda de valor catastral 200.000 € en Gijón?
Sin bonificaciones, la cuota orientativa es de 900 € (0,45 % × 200.000 €). Si tienes derecho a bonificación familia numerosa (70 %), VPO (50 %) o autoconsumo solar, la cuota efectiva puede reducirse hasta un 70 %.
¿Hay recargo por viviendas vacías en Gijón?
Actualmente la ordenanza fiscal vigente de Gijón no recoge recargo por viviendas desocupadas. El Ayuntamiento puede aprobarlo modificando la ordenanza; desde la Ley 12/2023 del Derecho a la Vivienda solo alcanza a titulares de cuatro o más inmuebles, y la modificación tendría que publicarse en el boletín oficial antes de aplicarse. Consulta la última ordenanza en el BOPA (ordenanzas fiscales de 2026, sin cambios en el IBI). Para comparar con las capitales de provincia, está el estudio del recargo en las 50 capitales.
¿Hay bonificación de IBI para familia numerosa en Gijón?
Sí, bonificación del 70 % sobre la cuota íntegra del IBI de la vivienda habitual del titular familia numerosa. 70 % de la cuota íntegra para bienes inmuebles urbanos con valor catastral que no exceda de 200.000 €, para titulares de familia numerosa cuyo único inmueble bonificado constituya su vivienda habitual. Duración: un periodo impositivo, renovable con la documentación actualizada; hay que solicitarla dentro del primer semestre del ejercicio. La bonificación es potestativa: cada Ayuntamiento decide aplicarla y fija los porcentajes y condiciones.
¿Cuándo se paga el IBI en Gijón?
Periodo voluntario: consulta el calendario fiscal municipal (sin fechas oficiales de 2026 localizadas). El IBI se devenga el 1 de enero (el titular en esa fecha es el sujeto pasivo).
Si domicilias el recibo, el Ayuntamiento de Gijón bonifica un 4 % de la cuota (Sistema especial de pago (fraccionamiento) del IBI: bonificación del 4 % sobre el importe del 'pago a cuenta' (tope 60 €), con el primer plazo (60 % de la cuota) domiciliado el 20 de mayo y el segundo entre el 6 y el 20 de noviembre.
No se ha podido confirmar en fuente oficial el calendario general (no domiciliado) de 2026). Recauda: Ayuntamiento de Gijón/Xixón (gestión propia). Pasado el plazo se entra en periodo ejecutivo (art. 28 LGT); los recargos del 5, 10 y 20 % están en el calendario de pago.
¿Quién paga el IBI: propietario o inquilino?
Lo paga el titular del inmueble (propietario o usufructuario), no el inquilino, aunque el contrato de alquiler pacte que se lo reembolse. Si vendes durante el año, el Ayuntamiento reclama el recibo a quien era propietario el 1 de enero; el prorrateo con el comprador se pacta aparte, en la escritura.
