Glosario fiscal

Contrato indefinido

También conocido como: contrato fijo , contrato por tiempo indefinido

Definición

Modalidad de contrato sin fecha de fin pactada. Desde la reforma laboral de 2021 es la regla general; la temporalidad requiere causa tasada y limitada.

El contrato indefinido es el contrato laboral que se concierta sin fijar fecha de finalización, articulando una relación estable y permanente entre empresa y trabajador. Tras la reforma laboral aprobada por el Real Decreto-Ley 32/2021, que limitó drásticamente el uso de los contratos temporales, ha pasado a ser la modalidad por defecto en el mercado laboral español. Su marco normativo lo recoge el artículo 15 del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015.

El contrato indefinido admite varias modalidades. La forma básica es el indefinido ordinario, que puede pactarse a tiempo completo o parcial. Junto a él existe el indefinido con bonificaciones para colectivos específicos —jóvenes, mujeres, mayores de cuarenta y cinco años o personas con discapacidad—, con descuentos en cuotas a la Seguridad Social que oscilan entre 100 y 1.500 € anuales durante uno a tres años. Una tercera modalidad es el indefinido fijo discontinuo, profundamente modificado por el Real Decreto-Ley 32/2021, pensado para trabajos de naturaleza estacional con periodos alternos de actividad e inactividad. Finalmente, la conversión de contratos temporales en indefinidos también disfruta de bonificaciones específicas como incentivo a la estabilización de plantillas.

El periodo de prueba está sujeto a límites máximos según el grupo profesional del trabajador: seis meses para técnicos titulados y dos meses para el resto. Durante esa fase inicial, la empresa puede rescindir el contrato sin causa justificada y sin pago de indemnización, conforme al artículo 14 del Estatuto de los Trabajadores. Una vez superado el periodo de prueba, la rescisión exige causa justificada y, si la jurisdicción social declara el despido improcedente, surge la obligación de pagar la indemnización legalmente prevista.

Conviene contrastar el contrato indefinido con el contrato temporal, que tiene fecha de finalización pactada de antemano por una causa específica: obra o servicio determinado, eventualidad por circunstancias de la producción o sustitución de trabajador con derecho a reserva del puesto. Tras la reforma laboral de 2022, los contratos temporales han quedado limitados de manera muy notable: solo pueden formalizarse por circunstancias excepcionales tasadas, con plazos máximos cortos —entre seis y doce meses según el caso— y bajo la amenaza de conversión automática en indefinido si la empresa incumple los requisitos.

Tampoco debe equipararse con el contrato fijo discontinuo, una figura intermedia con personalidad propia. El fijo discontinuo es indefinido por su naturaleza pero incorpora periodos de inactividad recurrentes; resulta típico en sectores como la hostelería de temporada, el comercio estacional o la agricultura. El trabajador es llamado al inicio de cada periodo de actividad y conserva el derecho a la reserva de su puesto, y durante las épocas de inactividad puede cobrar prestación contributiva por desempleo si reúne los requisitos exigidos por la normativa.

Las consecuencias económicas a la extinción del contrato indefinido varían según la causa. La baja voluntaria no genera indemnización alguna. El despido objetivo procedente da derecho a veinte días por año trabajado con un tope de doce mensualidades; el despido improcedente, a treinta y tres días por año con tope de veinticuatro mensualidades, sin perjuicio de los cuarenta y cinco días por año aplicables a los servicios anteriores al 12 de febrero de 2012. El despido procedente —sea objetivo o disciplinario— y la jubilación no generan indemnización. Todas estas indemnizaciones por despido quedan exentas en el IRPF hasta los límites fijados por el artículo 7.e de la Ley del IRPF.

Un caso práctico ayuda a fijar las cifras. Tomemos a una trabajadora con contrato indefinido desde 2023 —tres años de antigüedad— y salario bruto anual de 30.000 €, lo que equivale a 82,19 € de salario diario equivalente (30.000 € entre 365 días). Si en 2026 es despedida por causas objetivas, como una reorganización empresarial, la indemnización legal será de veinte días por año durante tres años, lo que arroja ≈4.931 € a percibir. El plazo para impugnar judicialmente el despido es de veinte días hábiles ante el Juzgado de lo Social. Si gana la impugnación y el despido es declarado improcedente, la indemnización ascenderá entonces a treinta y tres días por año durante tres años, esto es, ≈8.137 € en total.

Los errores más habituales en torno al contrato indefinido son tres y conviene anotarlos. El primero, confundir contrato temporal con periodo de prueba, dos figuras técnicamente distintas que provocan problemas si se mezclan. El segundo, no formalizar correctamente el periodo de prueba, que debe constar por escrito en el contrato y respetar los plazos máximos legalmente fijados. Y el tercero, despedir durante el periodo de prueba justificando una causa cuando no era necesario, ya que la rescisión durante esa fase inicial no exige motivación. Para entender el cálculo concreto de la indemnización por despido conviene apoyarse en nuestra calculadora de finiquito →.

Calculadoras donde aparece este término

Conceptos relacionados