Cuota RETA 2026 900 €/mes Tramo 2 · tabla reducida

Cuánto paga un autónomo con 900 € al mes

En un rendimiento neto próximo al SMI proporcional, la cuota mínima a la Seguridad Social que corresponde abonar en 2026 asciende a 226,47 €/mes, lo que supone 2717,64 € a lo largo del ejercicio, siempre que el autónomo cotice por la base mínima del tramo 2. Sobre la base elegida —que cada profesional puede mover entre el mínimo y el máximo permitidos dentro del tramo— se aplica un tipo total del 31.50 %.

Cuota de autónomo 2026 con 900 €/mes de rendimiento neto: tramo 2 (tabla reducida) de la Orden PJC/297/2026, cuota mínima 226,47 €/mes (2717,64 €/año) aplicando el 31.50 % sobre la base de cotización del tramo
Cómo se reparten tus 900 €/mes de rendimiento neto
Cuota RETA tramo 2: 226,47 €/mes Disponible 673,53 €/mes (74.8 %)

Rendimiento neto

900 €/mes

Cuota mínima

226,47 €/mes

Coste anual

2717,64 €

Tarifa plana

80 €/mes

Contexto

Rendimiento neto mensual en torno al SMI proporcional. Perfil habitual: autónomo con uno o dos clientes estables, profesional a tiempo parcial o comercial con comisiones modestas. Aún dentro de la tabla reducida (tramo 2).

El caso de Amparo Belmonte: modista de barrio con clientela fiel pero pequeña

Amparo Belmonte · 54 años · costurera y arreglos de ropa · Xàtiva (Valencia)

Amparo Belmonte enhebró su primera aguja profesional a los diecinueve años, de aprendiza en un taller de confección de Alcoi, y desde hace casi tres décadas regenta su propio obrador de costura y compostura en una callejuela del casco antiguo de Xàtiva. No diseña colecciones ni despacha por internet más allá de un perfil parco donde avisa de que mete bajos, ajusta vestidos de comunión y rescata prendas que cualquier otro habría tirado. Su negocio descansa entero sobre el boca a boca y una clientela que la llama por su nombre de pila, así que sus cuentas son tan limpias como discretas: descontados el arrendamiento del local, las bobinas, las agujas industriales y la corriente que se beben sus dos máquinas, lo que le queda en el bolsillo —su rendimiento neto— ronda los 900 euros al mes.

Esa cifra la coloca de lleno en el tramo 2 de la tabla reducida que fija la Orden PJC/297/2026, la norma que ordena las cuotas del RETA para este ejercicio. Traducido a su economía cotidiana, Amparo puede oscilar entre una cuota mínima de 226,47 euros mensuales, que sale de aplicar el tipo a la base mínima de 718,95 euros, y una cuota máxima de 283,50 euros si optara por cotizar tomando como base esos 900 euros de ganancia. Ella encara ese desembolso igual que el recibo de la luz o el seguro del local: un gasto pétreo que retira el día uno, antes de echar cuentas de nada, y que en los meses magros —el agosto desierto, el enero de cuesta— le muerde de verdad el margen.

El consejo para este perfil

A Amparo le diría, sin envolverlo en algodones, que se acerque a la Seguridad Social y compruebe si todavía le resta cupo de tarifa plana: si reabrió el alta hace poco o nunca la llegó a apurar, esa cuota reducida de 80 euros le ahorraría más de 140 euros cada mes frente a la mínima del tramo, un balón de oxígeno para quien ingresa lo que ella. Si esa puerta ya quedó atrás, su disyuntiva auténtica se reduce a dos opciones: cotizar por la base mínima y abonar 226,47 euros o estirarse hasta el techo del tramo. Como apenas la separa una década de la jubilación, no descartaría que algún año próspero subiera base, y sobre todo le insistiría en exprimir sus gastos deducibles: cada carrete, cada repuesto de la Singer y cada factura de luz del taller que justifique le rebaja el rendimiento neto y, con él, la cuota que le toca pagar.

Reforma del RETA: del sistema clásico a la cotización por ingresos reales

  1. 2022

    Acuerdo de reforma

    El diálogo social pacta cotizar por ingresos reales en vez de elegir base libremente con topes.

    RD-Ley 13/2022 de 26 julio

  2. 2023

    Entrada en vigor

    Arranca el sistema de 15 tramos por rendimiento neto, con período transitorio 2023-2025.

    RD-Ley 13/2022 efectos 1-1-2023

  3. 2024

    Segundo año de ajuste

    Se actualizan las bases y el MEI sube al 0,80 %.

    Orden ISM/835/2023

  4. 2026

    Orden PJC/297/2026 vigente

    Nueva tabla de tramos, MEI al 0,90 %, base mínima general 950,98 € y máxima 5.101,20 €, con regularización anual sobre el rendimiento real.

    Orden PJC/297/2026

Desglose de los 31,50 % de la cuota

Cotizando por la base mínima del tramo 2, que se sitúa en 718,95 €/mes, la cuota de 226,47 €/mes se reparte entre cinco conceptos diferenciados, de acuerdo con el artículo 18 de la Orden PJC/297/2026. Cada uno de ellos cubre un riesgo distinto del sistema y, por eso mismo, importa entender qué se está pagando en cada porcentaje. El detalle es el siguiente:

Concepto Tipo Importe mensual

Contingencias comunes

Cubre incapacidad temporal por enfermedad común, maternidad/paternidad y jubilación.

28.30 % 203,46 €

Contingencias profesionales

Cubre accidentes de trabajo y enfermedades profesionales derivadas de la actividad.

1.30 % 9,35 €

Cese de actividad

Prestación equivalente al paro: cobertura cuando se cierra la actividad por causas tasadas.

0.90 % 6,47 €

Formación profesional

Cuota finalista destinada a acciones formativas para autónomos.

0.10 % 0,72 €

MEI (Mecanismo de Equidad Intergeneracional)

Refuerzo del sistema de pensiones; en 2026 sube al 0,90 %.

0.90 % 6,47 €
Total cuota mensual 31.50 % 226,47 €

Para Amparo, los cinco porcentajes que componen su cuota no son jerga de gestoría, sino el inventario exacto de lo que cada mes se le escapa de las manos. El bloque mayor, el 28,30 % de contingencias comunes, le compra el derecho a una baja por enfermedad y va engordando su futura pensión; el 1,30 % de contingencias profesionales la cubre si se clava la aguja o resbala entre los maniquíes; el 0,90 % de cese de actividad sería su paro de autónoma el día que bajara la persiana; el 0,10 % de formación apenas se percibe en el recibo; y el 0,90 % del MEI es el recargo de cuño reciente que apuntala las pensiones venideras. Sumados, arrojan un tipo del 31,50 % sobre su base.

¿Base mínima o base máxima del tramo?

Dentro del tramo, el autónomo elige la base entre la mínima y la máxima. La decisión afecta a la cuota de cada mes, pero también a la base reguladora de la pensión futura y a las prestaciones por incapacidad temporal: condiciona el bolsillo a corto plazo y los derechos a largo.

Opción Base Cuota mensual Coste anual
Cotizar por base mínima del tramo 2 718,95 € 226,47 € 2717,64 €
Cotizar por base máxima del tramo 2 900,00 € 283,50 € 3402,00 €

Subir la base a partir de los cuarenta y siete años refuerza la base reguladora de la pensión; antes de esa edad el ahorro inmediato suele pesar más en la decisión.

Tarifa plana para nuevos autónomos

Al situarse el rendimiento neto mensual por debajo del Salario Mínimo Interprofesional anual proporcional, el nuevo autónomo puede acogerse a la tarifa plana de 80 € al mes durante los primeros doce meses de actividad y, además, prorrogarla otros doce meses —hasta sumar veinticuatro en total— siempre que mantenga ese nivel de ingresos. La tabla siguiente recoge la comparativa completa frente a la cuota normal del tramo, con el ahorro acumulado en cada escenario:

Concepto Tarifa plana Cuota normal Ahorro
Cuota mensual 80,00 € 226,47 € 146,47 €
12 meses (primer año) 960,00 € 2717,64 € 1757,64 €
24 meses (con prórroga) 1 920,00 € 5435,28 € 3515,28 €

La pregunta del millón para alguien que factura lo que Amparo es si la tarifa plana de 80 euros sigue a su alcance. Esa bonificación, nacida del RD-Ley 13/2022 y pensada para los primeros tramos de actividad —con posibilidad de prórroga si el negocio no levanta cabeza—, se dirige a quien arranca o vuelve a empezar, de modo que una modista con casi treinta años de delantal lo más probable es que ya la tenga consumida. Aun así conviene que lo verifique en el portal Importass antes de darlo por perdido, porque hubo etapas en que cursó baja y reanudó el alta más adelante. Si encajara, pagaría 80 euros en vez de los 226,47 de la mínima del tramo 2; de lo contrario, lo prudente es cotizar por la base mínima y reservar el salto a una base mayor para esos meses en que las bodas y las comuniones le abarrotan el taller. Todo ello lo puede tantear en la calculadora de cuota.

Qué pensión estás construyendo

Aquí asoma el verdadero nudo de Amparo, y merece decírselo a las claras: cotizar por la base mínima de 718,95 euros le aligera el recibo de hoy, pero le adelgaza la pensión de mañana, porque lo que cobre cuando cuelgue el dedal se calcula sobre las bases por las que haya ido cotizando a lo largo de toda su trayectoria. Con poco más de una década por delante hasta la edad ordinaria de retiro, aún llega a tiempo de que unos cuantos años cotizando por el techo del tramo —esos 900 euros, con cuota de 283,50— levanten algún peldaño su futura pensión, si bien el empujón será comedido justamente porque le queda escaso margen. Mi recomendación franca es que, si la salud y la caja se lo consienten, no se atornille de por vida a la base mínima: el ahorro mensual es palpable, pero también lo es el recorte que arrastrará durante todos los años de jubilación, que suelen ser muchos.

La pensión depende de toda la vida de cotización, no solo de los últimos años; conviene revisar el informe de bases en Importass.

Cómo tributa un taller de costura y arreglos

El oficio de Amparo se inscribe en el epígrafe del IAE que ampara la confección a medida y el arreglo de prendas, una actividad que a efectos del IVA va al tipo general del 21 %: cada bajo que mete y cada vestido que ajusta llevan ese impuesto, que liquida trimestralmente con el modelo 303. Conviene deshacer aquí un equívoco muy extendido: el recargo de equivalencia, ese régimen que complica la vida a tantos negocios, no le afecta, porque solo recae sobre quien revende productos sin transformarlos, y ella no despacha ropa hecha, la cose y la repara.

En el IRPF, una modista de barrio como Amparo suele determinar su rendimiento en estimación directa simplificada, que le permite restar de sus ingresos las bobinas, las agujas industriales, la electricidad del obrador y el arrendamiento del local, además de un 5 % adicional por gastos de difícil justificación. Como factura sobre todo a particulares, sus facturas no soportan retención, de modo que es ella quien adelanta el impuesto cada trimestre con el modelo 130. Cuanto mejor afine ese registro de gastos deducibles, menor será el rendimiento neto sobre el que giran tanto su IRPF como su cuota.

Otros niveles de rendimiento

Así evoluciona la cuota mensual en los niveles de rendimiento más próximos a los 900 €/mes de esta página, útil para anticipar el efecto de un aumento de facturación antes de comunicar el cambio de tramo en Importass.

Rendimiento neto Tramo Cuota mínima Coste anual
670 € / mes Tramo 1 205,88 € 2470,56 €
1200 € / mes Tramo 4 299,56 € 3594,72 €
1500 € / mes Tramo 5 302,65 € 3631,80 €
1800 € / mes Tramo 7 360,29 € 4323,48 €
900 € / mes (actual) Tramo 2 226,47 € 2717,64 €

La progresión por tramos no es lineal: una subida modesta del rendimiento puede saltar de tramo. Para un caso concreto, usa la calculadora interactiva. Ajustar la base cada vez que cambian los ingresos, y no solo una vez al año al regularizar, es el tipo de seguimiento que muchas gestorías llevan incluido en su cuota mensual; existe una herramienta que recomienda la gestoría según los ingresos declarados.

Preguntas frecuentes

En agosto y enero el taller se queda vacío, ¿puedo rebajar la cuota esos meses flojos?
Sí. El sistema de cotización por ingresos reales te deja reajustar la base de cotización hasta seis veces al año desde el portal Importass de la Tesorería, de manera que en los meses en que prevés ganar poco te sitúas en la base mínima del tramo (718,95 euros, con cuota de 226,47) y la elevas cuando llega el aluvión de comuniones y bodas. La regularización que la Seguridad Social practica al ejercicio siguiente cuadra lo que cotizaste con lo que de verdad ganaste, así que afinar mes a mes no te penaliza: a lo sumo, ajusta cuentas a posteriori.
Las bobinas, las agujas industriales y el alquiler del obrador, ¿me rebajan la cuota de autónoma?
De forma indirecta, sí. Esos costes son gastos deducibles que se restan de tus ingresos para obtener el rendimiento neto, que es la cifra que decide en qué tramo caes. Cuantos más gastos legítimos del taller documentes con factura —hilo, repuestos de las máquinas, la luz del local, el arrendamiento—, menor saldrá tu rendimiento neto y más holgado te resultará permanecer en un tramo de cuota contenida. Guardar los recibos en la caja de costura no es papeleo estéril: es lo que sostiene que tu cuota sea la justa y no una de más.
Si un día tuviera que cerrar el obrador, ¿ese 0,90 % de cese de actividad me daría algo?
Ese 0,90 % que abonas cada mes es precisamente lo que te abre la puerta a la prestación por cese de actividad, el equivalente al paro de los asalariados. No cae solo: hay que demostrar que el cierre obedece a motivos justificados —pérdidas sostenidas, por ejemplo— y reunir un periodo mínimo cotizado por esa contingencia. Para un negocio menudo y estable como el tuyo es una red modesta pero tangible, y conviene conocer los requisitos antes de necesitarla, no cuando ya tienes el agua al cuello y las máquinas paradas.
A mi edad, ¿de verdad me sale a cuenta cotizar por 900 euros en lugar de por la mínima?
Depende de tu horizonte vital. La diferencia mensual son unos 57 euros (283,50 frente a 226,47), poco más de 684 euros al año. A cambio engordas la base sobre la que se calculará tu pensión y tus eventuales bajas. A tus 54 años, con el retiro más cerca que lejos, esos años de base más alta sí pesan de forma apreciable en el cómputo final, mientras que para una autónoma de treinta el efecto se diluiría en el tiempo. Mi consejo es que lo simules con tus propios números en la calculadora de cuota y decidas con cifras delante, no con corazonadas.
¿La cuota de autónomos se puede deducir en el IRPF?
Sí. La cuota RETA es un gasto deducible en su totalidad del rendimiento neto de actividades económicas (art. 30 LIRPF). Se consigna en la casilla correspondiente del modelo 100 y también reduce la base sobre la que se calcula la cotización del ejercicio siguiente (ciclo de regularización anual).
¿Qué pasa si el año que viene facturo más o menos?
La Tesorería General de la Seguridad Social regulariza las cuotas anualmente comparando lo cotizado en el año con el rendimiento neto real declarado en IRPF. Si cotizaste por un tramo inferior al que te correspondía, pagas la diferencia; si cotizaste por uno superior, te la devuelven. Se puede ajustar el tramo hasta 6 veces al año a través del portal Importass para minimizar el desajuste.
¿Influye mi comunidad autónoma —incluidas Navarra y País Vasco— en la cuota?
No en la cuota RETA: la fija la Seguridad Social a escala estatal según el rendimiento neto, de modo que un autónomo con 900 €/mes paga lo mismo en Madrid, en Canarias o en Extremadura: 226,47 €/mes cotizando por la base mínima del tramo. Lo que cambia entre territorios es el IRPF: las comunidades de régimen común aplican su tramo autonómico propio y Navarra y País Vasco una tarifa foral gestionada por sus Haciendas Forales, no por la AEAT. La cuota RETA, eso sí, sigue siendo gasto deducible también en régimen foral.
¿Por qué el importe de mi recibo no coincide con esta cuota mínima?
La cuota mínima que calculamos aquí (226,47 €/mes) es la que sale eligiendo la base mínima del tramo 2. En tu recibo de la TGSS puede figurar otro importe si: (a) elegiste voluntariamente una base superior dentro del tramo, (b) tienes algún recargo activo, (c) eres autónomo societario (su base mínima es mayor, 1.000 € en 2026) o (d) tu rendimiento real al cierre del año cayó en otro tramo y se regularizó. La cifra exacta está siempre en el portal Importass.