Cuánto paga de IBI la vivienda media en Cartagena
El Catastro tiene registradas en Cartagena 125.575 viviendas, y su valor catastral medio en el padrón de 2026 es de 46.452 €. Con el tipo urbano de este año, del 0,597584229159 %, esa vivienda media paga unos 280 € de IBI al año antes de bonificaciones.
La mediana de las 46 capitales de régimen común es de 350 €. El tipo por sí solo no ordena lo que se paga: una capital con un tipo bajo y valores catastrales altos puede cobrar más que otra con un tipo alto. La comparación completa, capital por capital, está en el mapa del IBI de la vivienda media en las capitales.
Tu recibo no tiene por qué coincidir: depende del valor catastral de tu vivienda, que figura en el propio recibo o en la Sede Electrónica del Catastro, y de las bonificaciones que tengas. Además, el garaje y el trastero con referencia catastral propia pagan un recibo aparte. Como referencia oficial, el recibo medio de todos los inmuebles urbanos de Cartagena en 2025 (viviendas, garajes, trasteros, locales y naves) fue de 256 €.
El Impuesto sobre Bienes Inmuebles —el IBI de toda la vida— se aplica en Cartagena a través de la Ordenanza fiscal reguladora del IBI - Cartagena. La aprobó el pleno municipal y se publicó en el BORM núm. 254 de 3-11-2025. Es un tributo municipal y directo que se paga cada año por ser propietario o usufructuario de un inmueble del término municipal.
Grava viviendas y locales urbanos, fincas rústicas y los llamados bienes de características especiales, una categoría residual que va desde centrales eléctricas hasta aeropuertos. El Ayuntamiento de Cartagena fija el tipo de gravamen cada ejercicio dentro del margen que le concede la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (Real Decreto Legislativo 2/2004). Ese margen explica que el recibo de una misma vivienda cambie tanto de una ciudad a otra.
Lo que dice la ley — texto literal
1. El tipo de gravamen mínimo y supletorio será el 0,4 por ciento cuando se trate de bienes inmuebles urbanos y el 0,3 por ciento cuando se trate de bienes inmuebles rústicos, y el máximo será el 1,10 por ciento para los urbanos y 0,90 por ciento para los rústicos.
[…]
3. Los ayuntamientos respectivos podrán incrementar los tipos fijados en el apartado 1 con los puntos porcentuales que para cada caso se indican, cuando concurra alguna de las circunstancias siguientes. En el supuesto de que sean varias, se podrá optar por hacer uso del incremento previsto para una sola, algunas o todas ellas:
Cómo se lee el IBI de Cartagena 2026
El tipo de Cartagena se publica con doce decimales, tal cual aparece en el edicto del BORM de 3 de noviembre de 2025, que «actualiza los tipos impositivos» para 2026. El cambio de más calado es otro: la bonificación por energía solar desaparece desde 2026 y solo la conservan, de forma transitoria y como máximo hasta 2027, quienes ya la disfrutaban.
El tipo equivale a 1.195 euros al año para 200.000 euros de valor catastral. Entre las capitales de provincia ocuparía el puesto 26 de 50, prácticamente en la mediana (0,5918 %).
Murcia capital aplica el 0,7115 %, es decir, 1.423 euros sobre el mismo valor catastral: 228 más que en Cartagena. Las familias numerosas tienen una bonificación del 70 % en la categoría general y del 90 % en la especial, ya sin requisito de ingresos, para viviendas de hasta 70.000 euros de valor catastral.
Tipos aplicables en Cartagena
| Modalidad | Tipo | Aplicación |
|---|---|---|
| IBI urbano | 0,597584229159 % | Vivienda, locales comerciales, oficinas, suelo urbano |
| IBI rústico | 0,7 % | Fincas y suelo agrario |
| IBI BICE | 1,3 % | Bienes de Características Especiales (centrales eléctricas, aeropuertos, etc.) |
| Concepto | Valor (%) |
|---|---|
| Cartagena | 0,6 % |
| Murcia | 0,71 % |
| Alicante | 0,62 % |
| Albacete | 0,45 % |
| Almería | 0,58 % |
| Granada | 0,64 % |
Bonificaciones aplicables
| Bonificación | Cuantía | Condiciones |
|---|---|---|
| VPO | 50 % | 3 años desde calificación definitiva (obligatorio art. 73.2 LRHL) |
| Familia numerosa | 90 % | 70 % de la cuota para la vivienda habitual de familias numerosas de categoría general, y 90 % para categoría especial, sin distinción ya por nivel de ingresos (desde 2026). Se mantiene el límite de valor catastral de 70.000 euros por vivienda (o la suma de referencias catastrales del solicitante) fijado en el artículo 6.4.1 de la ordenanza. |
| Eficiencia energética | — | No la contempla la ordenanza |
| Autoconsumo solar | — | La bonificación del 50 % por aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía solar queda EXTINGUIDA desde el ejercicio 2026 (no admite nuevas solicitudes). Se mantiene, con carácter transitorio, solo para quienes ya la disfrutaban en 2025, por el periodo restante de su concesión y como máximo hasta el ejercicio 2027. Cómo funciona donde sí existe |
Calcula tu IBI en Cartagena
Introduce el valor catastral de tu vivienda para estimar la cuota del IBI en Cartagena con el tipo urbano vigente de 2026 y las bonificaciones municipales (familia numerosa, VPO, autoconsumo) cuando correspondan. Es un cálculo orientativo sobre el valor catastral.
¿Y si el valor de tu recibo no cuadra con el inmueble, porque suma metros de más o una construcción que ya no existe? Esa corrección no se pide al Ayuntamiento de Cartagena, sino al Catastro. En cómo recurrir el IBI por un valor catastral incorrecto están las vías, los plazos y la devolución de hasta cuatro años.
Ejemplo: vivienda con valor catastral 72.000 € en Cartagena
Salvador Conesa vive en un piso del Ensanche de Cartagena con un valor catastral de 72.000 €.
Salvador Conesa no tiene derecho a ninguna bonificación de la ordenanza: no es familia numerosa, la vivienda no es de protección oficial y su certificado energético no llega a la letra A. Así se construye, paso a paso, su recibo del IBI de 2026:
- Base imponible (valor catastral): 72.000 €
- Reducción por revisión catastral: 0 € (vivienda no revisada recientemente)
- Base liquidable: 72.000 €
- Tipo Cartagena: 0,597584229159 %
- Cuota íntegra: 430 € al año.
Si Salvador Conesa tuviera título de familia numerosa podría pedir la bonificación de la ordenanza, que llega como máximo al 90 %. El porcentaje no es el mismo para todos: 70 % de la cuota para la vivienda habitual de familias numerosas de categoría general, y 90 % para categoría especial, sin distinción ya por nivel de ingresos (desde 2026).
Se mantiene el límite de valor catastral de 70.000 euros por vivienda (o la suma de referencias catastrales del solicitante) fijado en el artículo 6.4.1 de la ordenanza. El que le corresponda se aplica sobre los 430 € de cuota íntegra.
Calendario de pago del IBI en Cartagena en 2026
El IBI de Cartagena se cobra dentro del periodo voluntario que aprueba cada año el calendario fiscal municipal, y el de 2026 ya se ha cerrado: terminó el 5 de agosto de 2026. Estas son las fechas del ejercicio y lo que conviene hacer si el recibo sigue sin pagar:
- Devengo
- 1 de enero de 2026 (titular en esa fecha)
- Periodo voluntario
- 1 de junio – 5 de agosto de 2026
- Domiciliación
- Sin bonificación por domiciliación en la ordenanza; el OAGRC ofrece domiciliación bancaria y un 'Plan Personalizado de Pago' fraccionado a lo largo del año, sin que se haya localizado confirmación oficial de que sea sin intereses.
- Recauda
- Organismo Autónomo Gestión Recaudatoria de Cartagena (OAGRC)
- Si aún no has pagado
- Recargo del periodo ejecutivo: 5 % si abonas la deuda completa antes de que te notifiquen la providencia de apremio, 10 % si pagas dentro del plazo que abre esa providencia y 20 % más intereses de demora a partir de ese momento (art. 28 LGT). Lo que determina el recargo no es el mero paso de los días, sino en qué punto del procedimiento pagas.
Fechas verificadas en fuente oficial (actualizado 20/09/2026).
Si el recibo de este año sigue pendiente, no esperes al próximo plazo. Pide la carta de pago en la sede electrónica del organismo que recauda y liquídalo cuanto antes: el recargo crece conforme avanza el procedimiento. Domiciliar el recibo del ejercicio siguiente es la forma más simple de no repetirlo.
Preguntas frecuentes sobre IBI en Cartagena
¿Cuánto se paga de IBI de media en Cartagena?
Una vivienda de valor catastral medio en Cartagena (46.452 € en el padrón catastral de 2026) paga unos 280 € al año con el tipo urbano del 0,597584229159 %, antes de bonificaciones. Es una estimación con datos de la Dirección General del Catastro: tu recibo depende del valor catastral de tu vivienda y de tus bonificaciones, y el garaje o el trastero con referencia propia pagan aparte.
¿Cuál es el tipo de IBI urbano en Cartagena para 2026?
0,597584229159 % sobre el valor catastral de la vivienda. Es el tipo aprobado por la ordenanza fiscal vigente del Ayuntamiento de Cartagena y publicado en el BORM núm. 254 de 3-11-2025. Cartagena aplica en 2026 un IBI urbano del 0,597584229159 % y ha suprimido la bonificación por placas solares para nuevas solicitudes. El recibo se paga del 1 de junio al 5 de agosto.
¿Cuánto pago de IBI por una vivienda de valor catastral 200.000 € en Cartagena?
Sin bonificaciones, la cuota orientativa es de 1.195 € (0,597584229159 % × 200.000 €). Si tienes derecho a bonificación familia numerosa (90 %), VPO (50 %) o autoconsumo solar, la cuota efectiva puede reducirse hasta un 90 %.
¿Hay recargo por viviendas vacías en Cartagena?
Actualmente la ordenanza fiscal vigente de Cartagena no recoge recargo por viviendas desocupadas. Algunas capitales con altas tasas de inmueble vacío están estudiando incorporarlo en ordenanzas próximas tras la Ley 12/2023 del Derecho a la Vivienda. Consulta la última ordenanza en el BORM núm. 254 de 3-11-2025. Qué capitales lo tienen y a quién alcanza, en el estudio del recargo en las 50 capitales.
¿Hay bonificación de IBI para familia numerosa en Cartagena?
Sí, bonificación de hasta el 90 % sobre la cuota íntegra del IBI de la vivienda habitual del titular familia numerosa. 70 % de la cuota para la vivienda habitual de familias numerosas de categoría general, y 90 % para categoría especial, sin distinción ya por nivel de ingresos (desde 2026).
Se mantiene el límite de valor catastral de 70.000 euros por vivienda (o la suma de referencias catastrales del solicitante) fijado en el artículo 6.4.1 de la ordenanza. La bonificación es potestativa: cada Ayuntamiento decide aplicarla y fija los porcentajes y condiciones.
¿Cuándo se paga el IBI en Cartagena?
Periodo voluntario: 1 de junio – 5 de agosto de 2026. El periodo voluntario de 2026 terminó el 5 de agosto de 2026; el recibo pendiente entra en vía ejecutiva con los recargos del art. 28 LGT. El IBI se devenga el 1 de enero (el titular en esa fecha es el sujeto pasivo). Puedes pagar en oficinas, vía web municipal o por domiciliación bancaria.
Recauda: Organismo Autónomo Gestión Recaudatoria de Cartagena (OAGRC). Pasado el plazo se entra en periodo ejecutivo (art. 28 LGT). El recargo es del 5 % si pagas la deuda completa antes de que te notifiquen la providencia de apremio. Sube al 10 % si pagas dentro del plazo que abre esa providencia, y al 20 % más intereses de demora a partir de ese momento.
¿Quién paga el IBI: propietario o inquilino?
El IBI lo paga siempre el titular del inmueble (propietario o usufructuario), no el inquilino. Aunque en el contrato de alquiler se pacte que el inquilino reembolse el IBI al propietario, la obligación tributaria frente al Ayuntamiento es del titular. Si vendes la vivienda durante el año, el IBI lo paga el propietario a 1 de enero (es habitual pactar prorrateo en escritura, pero el Ayuntamiento solo se dirige al titular registral).