La tasa de basura es el tributo municipal que más ha cambiado en los últimos años. La Ley 7/2022 de residuos obligó a todos los municipios a tener, antes de abril de 2025, una tasa propia que cubra lo que cuesta el servicio. El resultado han sido tasas nuevas o subidas notables en buena parte de las capitales.
En Cartagena la tasa de recogida de basuras es anterior a la Ley 7/2022 y sigue sin la cuota de tratamiento que exige esa ley. Las tarifas vigentes se aprobaron en 2024 y no han cambiado para 2026.
Cómo se calcula en Cartagena (criterio 2026)
En Cartagena la cuota no depende del valor catastral ni del consumo de agua, sino de la categoría fiscal de tu calle, de 1ª a 4ª. Con recogida diaria, la cuota mensual va de 16,40 euros en la categoría más alta a 7,25 euros en la más baja.
En las calles con recogida en días alternos, en vez de diaria, la cuota baja un 40 % respecto a esas mismas cifras.
Esto es lo que se paga al mes según la categoría de tu calle, con recogida diaria:
- 1ª categoría: 16,40 €.
- 2ª categoría: 13,04 €.
- 3ª categoría: 9,23 €.
- 4ª categoría: 7,25 €.
El tramo depende únicamente de la categoría fiscal de la calle: no influyen ni el valor catastral ni el consumo de agua de la vivienda.
Para comparar ciudades usamos la categoría intermedia de las cuatro, la 3ª: 9,23 euros al mes, 110,76 euros al año. En una calle de 2ª categoría la cuota anual sube a 156,48 euros. Con recogida diaria, una vivienda paga entre 87,00 y 196,80 euros al año según la categoría de su calle; en las zonas con recogida alterna, la horquilla baja a entre 60,00 y 118,68 euros.
Fuente: Ordenanza reguladora de la tasa por la prestación del servicio de recogida domiciliaria de basuras y Ordenanza reguladora de la tasa por prestación del servicio de tratamiento de residuos sólidos, ambas actualizadas por acuerdo de Pleno de 27-6-2024 y publicadas en BORM nº 200 de 28-8-2024; texto vigente 2026 tomado del PDF 'Ordenanzas Fiscales' publicado en la sede del Ayuntamiento de Cartagena; comprobación negativa de cambios en BORM nº 254 de 3-11-2025 (modificación de ordenanzas fiscales 2025-2026, que no toca esta tasa).
Tarifas actualizadas por acuerdo de Pleno de 27-6-2024, BORM nº 200 de 28-8-2024, sin modificación posterior localizada; vigentes en 2026.
El dato en contexto
Cartagena paga bastante menos que su capital: 110,76 euros al año la vivienda tipo frente a los 170,10 de Murcia, 59,34 euros de diferencia, es decir, un 35 por ciento menos. Entre las capitales de provincia ocuparía el puesto 27 de 48, entre Granada (113) y Ávila (110).
La cifra tiene truco, porque todo depende de la calle. La ordenanza no mira el valor catastral, ni el agua, ni la superficie: clasifica las calles en cuatro categorías fiscales y cobra 16,40, 13,04, 9,23 o 7,25 euros al mes. La vivienda tipo de esta ficha es la de tercera categoría; en una calle de segunda la misma casa pagaría 156,48 euros al año, y en una de primera 196,80.
Donde la recogida es en días alternos la tarifa baja un 40 por ciento. Es, además, una tasa anterior a la Ley 7/2022: las tarifas son las de 2024 y el tratamiento de los residuos no se repercute a las viviendas, de modo que la adaptación que ya han hecho casi todas las grandes ciudades aquí sigue pendiente, con lo que eso suele significar para el recibo.
Para situar la cifra sin salir de la Región de Murcia, esto es lo que abona la misma vivienda tipo en la capital de la comunidad: 170,10 € en Murcia .
La Ley 7/2022: por qué el recibo cambió (o va a cambiar)
Hasta 2025 muchos ayuntamientos pagaban la basura con el presupuesto general, y algunos ni siquiera cobraban tasa. El artículo 11.3 de la Ley 7/2022 lo prohibió: la tasa debe ser específica (solo para la basura), diferenciada y no deficitaria, es decir, tiene que cubrir el coste real del servicio.
De ahí sale el mapa desigual de 2026. Hay ciudades con una cuota fija y otras que la ligan al valor catastral, al consumo de agua o a los residuos que genera cada zona. La situación de Cartagena está explicada al principio de esta ficha.
Lo que dice la ley — texto literal
3.
En el caso de los costes de gestión de los residuos de competencia local, de acuerdo con lo dispuesto en el texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, las entidades locales establecerán, en el plazo de tres años a contar desde la entrada en vigor de esta ley, una tasa o, en su caso, una prestación patrimonial de carácter público no tributaria, específica, diferenciada y no deficitaria, que permita implantar sistemas de pago por generación y que refleje el coste real, directo o indirecto, de las operaciones de recogida, transporte y tratamiento de los residuos, incluidos la vigilancia de estas operaciones y el mantenimiento y vigilancia posterior al cierre de los vertederos, las campañas de concienciación y comunicación, así como los ingresos derivados de la aplicación de la responsabilidad ampliada del productor, de la venta de materiales y de energía.
Bonificaciones en Cartagena
La ordenanza de Cartagena recoge estas bonificaciones:
- Tarifa cero para quienes se benefician del fondo social de la empresa que gestiona el agua, con un dictamen favorable de los servicios sociales municipales.
La ordenanza no prevé ninguna bonificación por familia numerosa ni para pensionistas.
Cuándo se paga la tasa de basura en Cartagena en 2026
En Cartagena no hay un periodo voluntario anual: la tasa se liquida y se cobra cada dos meses.
Paga, en general, quien ocupa la vivienda. En los pisos de alquiler, la ordenanza suele señalar como sustituto al propietario, que puede repercutir la tasa al inquilino si el contrato lo prevé.
Quien emite y cobra el recibo es el Órgano de Gestión Tributaria del Ayuntamiento de Cartagena.
Un detalle práctico: en la ordenanza no se llama «tasa de basura», sino Tasa por la prestación del servicio de recogida domiciliaria de basuras / Tasa por la prestación del servicio de tratamiento de residuos sólidos. Es el nombre que aparece en el recibo y el que conviene buscar en la sede electrónica, donde el coloquial no siempre da resultados.
La consulta del recibo y el pago se hacen en la página oficial del ayuntamiento.
Si se pasa el plazo voluntario, el recibo entra en vía de apremio, con un recargo del 5, el 10 o el 20 % según cuándo se pague (art. 28 de la Ley General Tributaria).
Preguntas frecuentes sobre la tasa de basura en Cartagena
¿Cuánto se paga de tasa de basura en Cartagena en 2026?
Para comparar ciudades usamos la categoría intermedia de las cuatro, la 3ª: 9,23 euros al mes, 110,76 euros al año. En una calle de 2ª categoría la cuota anual sube a 156,48 euros. Con recogida diaria, una vivienda paga entre 87,00 y 196,80 euros al año según la categoría de su calle; en las zonas con recogida alterna, la horquilla baja a entre 60,00 y 118,68 euros.
¿Cómo se calcula la tasa de basura en Cartagena?
En Cartagena la cuota no depende del valor catastral ni del consumo de agua, sino de la categoría fiscal de tu calle, de 1ª a 4ª. Con recogida diaria, la cuota mensual va de 16,40 euros en la categoría más alta a 7,25 euros en la más baja. Este criterio lo decide cada ayuntamiento: la Ley 7/2022 obliga a que la tasa cubra el coste real del servicio, pero no impone una fórmula única, y por eso el recibo varía tanto entre ciudades.
¿Por qué ha subido (o cambiado) la tasa de basura?
Por la Ley 7/2022 de residuos. Su artículo 11.3 obligó a los municipios a tener, antes de abril de 2025, una tasa específica, diferenciada y no deficitaria. Es decir, una tasa que cubra lo que de verdad cuesta recoger y tratar la basura. La situación concreta de Cartagena está explicada al principio de esta ficha.
¿Cuándo se paga la tasa de basura en Cartagena en 2026?
En Cartagena no hay un periodo voluntario anual: la tasa se liquida y se cobra cada dos meses.
¿Hay bonificaciones o exenciones en Cartagena?
Sí. Tarifa cero para quienes se benefician del fondo social de la empresa que gestiona el agua, con un dictamen favorable de los servicios sociales municipales. Hay que pedirlas y mantener los requisitos cada año.
¿Quién cobra la tasa de basura en Cartagena y cómo se llama oficialmente?
Quien emite y cobra el recibo es el Órgano de Gestión Tributaria del Ayuntamiento de Cartagena. En la ordenanza fiscal la tasa no figura como «tasa de basura», sino como «Tasa por la prestación del servicio de recogida domiciliaria de basuras / Tasa por la prestación del servicio de tratamiento de residuos sólidos». Ese es el nombre que hay que usar al buscarla en la sede electrónica, porque el término coloquial no siempre devuelve resultados.