Glosario fiscal

Amortización

Por Cristian Corrales Revisado el

También conocido como: amortización fiscal , depreciación

Definición

Imputación como gasto de la depreciación de un inmovilizado durante su vida útil. Permite deducir el coste de ordenadores, vehículos, maquinaria o mobiliario en varios ejercicios.

La amortización es la imputación contable y fiscal de la depreciación de un activo a lo largo de su vida útil, distribuyendo el coste de adquisición entre los ejercicios en que dicho activo presta servicio. Es uno de los principales gastos deducibles en la actividad económica del autónomo y de la sociedad, regulada por el artículo 12 de la Ley del Impuesto sobre Sociedades y por el artículo 30 de la Ley del IRPF.

Para calcular una amortización intervienen tres elementos clave que conviene entender. La base de amortización es el precio de adquisición más los gastos accesorios (transporte, instalación, IVA no deducible) menos el valor residual estimado al final de la vida útil.

La vida útil es el tiempo durante el cual el activo presta servicio, fijada por las tablas oficiales del artículo 12.1.a de la Ley del Impuesto sobre Sociedades para sociedades, y por las tablas simplificadas en estimación directa simplificada del IRPF para autónomos. La cuota anual es el resultado de dividir la base entre la vida útil (método lineal) o de aplicar un coeficiente decreciente.

Las tablas de amortización del Impuesto sobre Sociedades, a título de referencia, contemplan los siguientes porcentajes: mobiliario y enseres al 10 % anual (vida 10 años); equipos informáticos al 25 % (vida 4 años); software al 33 % (vida 3 años); elementos de transporte (turismos) al 16 % (vida 6,25 años); maquinaria al 12 % (vida 8,33 años); construcciones al 3 % (vida 33,33 años); instalaciones técnicas al 12 % (vida 8,33 años).

En estimación directa simplificada del IRPF se usan tablas simplificadas con porcentajes ligeramente superiores, lo que acelera la deducción anual respecto al régimen general.

Existen tres métodos de amortización en la práctica. El método lineal, en el que la cuota es constante durante toda la vida útil, es el más usado en autónomos y pymes. El método decreciente, con cuotas mayores en los primeros años y decrecientes después, se usa menos.

Y la libertad de amortización, que permite deducir el 100 % en el primer ejercicio para microempresas con incremento de plantilla y bienes nuevos por importe inferior a 25.000 €/año (artículo 102 de la Ley del Impuesto sobre Sociedades) o para bienes destinados a investigación.

Conviene distinguir la amortización de la provisión. La amortización refleja el deterioro técnico u obsolescencia normal del activo en función de su uso esperado; la provisión refleja una pérdida puntual concreta (deterioro extraordinario, riesgo de impago de un cliente). Y conviene distinguir también la amortización ordinaria —que sigue las tablas— de la libertad de amortización, que permite deducir el 100 % en el ejercicio cuando se cumplen los requisitos del artículo 102.

Caso práctico de autónomo en estimación directa simplificada: compra un ordenador por 1.800 € en marzo de 2026. Las tablas de la estimación directa simplificada marcan equipos informáticos al 26 % anual. La cuota anual de amortización es de 1.800 × 26 % = 468 €. La deducción de 2026 se prorratea por meses de uso: 468 × (10 ÷ 12) = 390 €.

En 2027 ya se deducen los 468 € íntegros. La amortización continúa hasta que la suma deducida iguale la base de amortización, lo que ocurre aproximadamente en cuatro años.

Caso práctico de libertad de amortización: una microempresa contrata un nuevo empleado en 2026 y adquiere mobiliario y equipos por 18.000 €. Cumple los requisitos del artículo 102 de la Ley del Impuesto sobre Sociedades, lo que le permite deducir los 18.000 € íntegramente en 2026 en lugar de los 1.800 € lineales del primer año. El ahorro fiscal inmediato es del 25 % × 16.200 € = 4.050 € en cuota del Impuesto sobre Sociedades, importe que se recupera cuando el activo deje de usarse o se transmita.

Los errores frecuentes son cuatro: aplicar las tablas del Impuesto sobre Sociedades cuando se está en estimación directa simplificada del IRPF (las simplificadas son distintas y más rápidas), no prorratear el primer año por meses de uso, deducir amortización sobre el IVA cuando era deducible (la base de amortización es el precio sin IVA), o aplicar libertad de amortización sin cumplir el requisito de incremento de plantilla. Para más detalle por tipo de activo y régimen conviene consultar nuestra entrada de estimación directa simplificada.

Calculadoras donde aparece este término

Conceptos relacionados