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Calculadora del Impuesto sobre
Sucesiones en Canarias
Calcula al instante cuánto se paga por heredar de padres, cónyuge o hijos (Grupo II) en Canarias en 2026: la herramienta aplica la reducción por parentesco y vivienda habitual y la bonificación o tarifa autonómica vigente, y muestra la cuota orientativa del modelo 650.
Por Cristian Corrales Fuentes: Ley 29/1987 del ISD y normativa autonómica Revisado el
Cómo calcular el Impuesto sobre Sucesiones en Canarias
La calculadora de esta página aplica las reglas del Impuesto sobre Sucesiones vigentes en Canarias para 2026 al heredero del Grupo II (hijos, cónyuge y ascendientes) y devuelve la cuota orientativa del modelo 650. Parte de la base imponible real: el importe heredado, más el valor de la vivienda habitual del causante si forma parte de esa misma herencia.
A esa base le resta primero la reducción autonómica por parentesco y, después, la reducción por vivienda habitual —del 99 % de su valor con un límite de 200.000 € por heredero—. Por último, sobre la base liquidable que reste, aplica la bonificación o la tarifa que corresponda.
Canarias aplica una bonificación del 99,9 % sobre la cuota del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones que, en las adquisiciones por causa de muerte, alcanza a los Grupos I, II y III del parentesco —incluidos por tanto hermanos, sobrinos y tíos—, conforme al artículo 24 ter del texto refundido aprobado por el Decreto Legislativo 1/2009 en la redacción dada por el Decreto-ley 5/2023.
La reducción por vivienda habitual del causante es del 99 % de su valor, con un límite de 200.000 euros prorrateable entre los herederos. La combinación de ambos instrumentos sitúa a Canarias entre los territorios donde la herencia familiar directa apenas genera carga fiscal.
Tres escenarios calculados con el motor de esta calculadora
| Escenario | Base imponible | Cuota |
|---|---|---|
| 200.000 € con vivienda de 150.000 € | 200.000 € | 3 € |
| 80.000 € sin vivienda | 80.000 € | 7 € |
| 600.000 € con vivienda de 300.000 € | 600.000 € | 77 € |
Cifras orientativas para un heredero del Grupo II con patrimonio preexistente moderado. Cuando la tarifa autonómica propia de Canarias no está modelada con exactitud para un tramo, la calculadora lo indica en lugar de arriesgar una cifra y remite a la ficha. Para tu caso exacto, usa la calculadora de arriba.
Normativa aplicable en Canarias
Decreto Legislativo 1/2009, de 21 de abril (BOC), sobre la Ley 29/1987 del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (marco estatal).
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