Calculadora IGIC Canarias modelo 420
Datos 2026 Modelo 420 Canarias (REF)

Calculadora IGIC
modelo 420

Introduce las bases imponibles por tipo (0 %, 1 %, 3 %, 5 %, 7 %, 9,5 % y 15 %) y tu IGIC soportado deducible para calcular el resultado de tu autoliquidación trimestral ante la ATC. Los tipos y sus supuestos, con la fuente oficial de cada uno, están explicados en la guía completa del IGIC 2026.

Preguntas frecuentes

¿Qué es el modelo 420 del IGIC? +
El modelo 420 es la autoliquidación trimestral del IGIC (Impuesto General Indirecto Canario). Equivale funcionalmente al modelo 303 del IVA estatal, pero se presenta ante la Agencia Tributaria Canaria (ATC) y aplica sobre operaciones realizadas dentro del archipiélago. Se declara el IGIC repercutido, el IGIC soportado deducible y se obtiene el resultado neto.
¿Qué tipos de IGIC existen en 2026? +
Ocho tipos: 0% (productos básicos: pan, leche, libros, medicamentos), 1% (petróleo y derivados, tipo nuevo desde 2026 por la Ley 9/2025), 3% superreducido (transporte, hostelería, cortes de carne/pescado), 5% reducido (determinadas viviendas, refrescos y bebidas sin alcohol), 7% general (la mayoría de bienes y servicios), 9,5% incrementado (perfumería, joyería menor de 400 €, caravanas), 15% especial incrementado (artículos suntuarios: vehículos de lujo, embarcaciones >9 m, joyas >400 €) y 20% aplicable exclusivamente al tabaco rubio. El detalle, con su fuente oficial, está en la guía del IGIC.
¿Cuándo se presenta el modelo 420? +
Trimestralmente: T1 del 1 al 20 de abril, T2 del 1 al 20 de julio, T3 del 1 al 20 de octubre y T4 del 1 al 30 de enero del año siguiente. Los mismos plazos que el modelo 303 estatal. La presentación se hace telemáticamente en la sede electrónica de la Agencia Tributaria Canaria.
¿Qué IGIC soportado puedo deducir? +
El IGIC de los gastos directamente vinculados a tu actividad empresarial o profesional: suministros del local, material de oficina, alquileres afectos, asesoría, equipos informáticos. Requiere factura completa con tu NIF. No puedes deducir el IGIC de gastos no afectos a la actividad, vehículos de uso mixto (al 100%), joyas o espectáculos.
¿Qué pasa si el resultado del modelo 420 sale a compensar? +
Si el IGIC soportado supera al repercutido, el resultado es negativo (a compensar). Ese importe se arrastra al trimestre siguiente y se resta de la cuota a ingresar. En el último trimestre (T4) puedes elegir entre compensar o solicitar la devolución mediante el mismo modelo 420.
¿Qué es la franquicia de 30 000 € del IGIC? +
Es un régimen especial para empresarios personas físicas cuyo volumen de operaciones el año anterior no haya superado 30 000 €. Si te acoges, no repercutes IGIC en tus facturas pero tampoco puedes deducir el IGIC soportado. Funcionalmente es similar al concepto de autónomo sin IVA, pero con reglas propias. Lo revisamos en la guía /iva/canarias/.