Qué cambió el 1 de julio de 2026
El Reglamento (UE) 2023/1114, conocido como MiCA (Markets in Crypto-Assets), es el marco europeo que por primera vez somete a los proveedores de servicios de criptoactivos a un régimen de autorización y supervisión equiparable al de otros servicios financieros. Su parte más relevante para los exchanges —el título V, que regula la autorización de los proveedores de servicios de criptoactivos (CASP, por sus siglas en inglés)— entró en aplicación el 30 de diciembre de 2024. A partir de ahí, cada Estado miembro fijó un periodo transitorio para que las plataformas que ya operaban se adaptaran.
España fue de los más estrictos: primero comunicó a ESMA un transitorio de doce meses y después lo amplió al máximo legal de dieciocho, fijando el final el 1 de julio de 2026. Desde esa fecha —hace apenas unos días— cualquier plataforma que quiera prestar servicios de compraventa, custodia o intercambio de criptomonedas a residentes en España debe contar con la autorización MiCA, ya sea concedida por la CNMV o por otra autoridad europea que le otorgue pasaporte. Quien no la tenga no puede operar legalmente, y la propia CNMV ha advertido de que evaluará las solicitudes pendientes con el rigor habitual aunque ello obligue a alguna plataforma a cesar su actividad mientras tanto.
El error que casi todos cometen: CNMV no es lo mismo que Banco de España
Aquí está la confusión que arrastran muchos comparadores de exchanges, y que conviene deshacer antes de mirar ninguna lista. Desde 2021 existe en España un registro de proveedores de servicios de cambio de moneda virtual del Banco de España, creado por la Ley 10/2010 de prevención del blanqueo de capitales. Muchas plataformas presumen de estar "registradas en el Banco de España", y es cierto, pero ese registro no acredita solvencia ni supervisión: es un mero control antiblanqueo. El propio Banco de España lo dice sin rodeos.
La autorización CASP bajo MiCA, que concede la CNMV, es de otra naturaleza: exige un capital mínimo (entre 50.000 y 150.000 €, según los servicios), un plan de continuidad de negocio, requisitos de gobernanza y custodia, y una supervisión permanente. Por eso, cuando se habla de un exchange "regulado" en el sentido pleno, se habla de esta autorización, no del registro antiblanqueo. Una plataforma puede figurar en el viejo registro del Banco de España y carecer de la autorización MiCA; desde julio de 2026, lo único que la habilita para operar es esta última.
Exchanges de cripto regulados para operar en España
La tabla recoge los exchanges de uso común que constan como autorizados en el registro de la CNMV, con la entidad concreta que tiene la autorización, si es una autorización directa española o un pasaporte de otro país de la UE, y la fecha desde la que puede prestar servicios. Son datos verificados directamente contra el registro oficial el 5 de julio de 2026; el registro completo supera los 130 proveedores (aquí figuran los más conocidos por el usuario particular).
| Plataforma | Entidad autorizada | Autorización | Desde | Qué permite |
|---|---|---|---|---|
| Bit2Me | Bitcoinforme, S.L. | CNMV (España) | 31/10/2025 | Compraventa, custodia, ejecución y colocación |
| Criptan | Criptan Trade, S.L. | CNMV (España) | 26/06/2026 | Compraventa y custodia |
| Crypto.com | Foris DAX Malta Ltd | Pasaporte UE (Malta) | 12/02/2025 | Compraventa y custodia |
| Bitpanda | Bitpanda GmbH | Pasaporte UE (Austria) | 14/04/2025 | Compraventa y custodia |
| Bitstamp | Bitstamp Europe S.A. | Pasaporte UE (Luxemburgo) | 15/05/2025 | Compraventa y custodia |
| Coinbase | Coinbase Luxembourg S.A. | Pasaporte UE (Luxemburgo) | 20/06/2025 | Compraventa y custodia |
| Kraken | Payward Europe Solutions Limited | Pasaporte UE (Irlanda) | 25/06/2025 | Compraventa, custodia y ejecución |
| Revolut | Revolut Digital Assets Europe Ltd | Pasaporte UE (Chipre) | 21/10/2025 | Compraventa y custodia |
| N26 | N26 Bank SE | Pasaporte UE (Alemania) | 08/07/2025 | Solo recepción y transmisión de órdenes |
Dos matices de lectura. Primero, la columna "autorización" distingue las dos vías: Bit2Me y Criptan tienen autorización directa de la CNMV como entidades españolas, mientras que el resto opera con pasaporte de la autoridad de su país de origen (Coinbase desde Luxemburgo, Kraken desde Irlanda, Crypto.com desde Malta, y así). Ambas vías son plenamente válidas para operar en España. Segundo, N26 aparece con una autorización limitada a la "recepción y transmisión de órdenes": permite comprar y vender dentro de su app, pero no es un exchange de servicios completos como los demás.
A ellos se suman varias entidades de crédito españolas que han obtenido la autorización para prestar servicios de criptoactivos —BBVA, CaixaBank, Cecabank, Kutxabank, Openbank, Renta 4 Banco—, señal de que la banca tradicional entra en el sector con la cobertura de MiCA. No son exchanges especializados, pero sí una opción regulada para quien prefiere operar desde su banco de siempre.
Binance y las plataformas que no están en la lista
La ausencia más comentada es la de Binance, el mayor exchange del mundo por volumen: a fecha de esta consulta no figura en el registro de la CNMV ni consta con pasaporte MiCA en otro Estado de la UE, y de hecho retiró su solicitud de licencia a mediados de 2026. Conviene precisar qué significa y qué no significa esto. No implica que usar Binance sea, por sí mismo, un delito para el usuario particular; sí implica que, tras el fin del transitorio, la plataforma opera sin la cobertura regulatoria de MiCA frente a un residente en España, con lo que ello supone en materia de protección, garantías de custodia y recurso ante incidencias.
Y hay un punto que conviene subrayar para evitar el malentendido más peligroso: la regulación del exchange no tiene nada que ver con tu obligación de declarar. Las ganancias obtenidas en cualquier plataforma —regulada o no, nacional o extranjera— tributan exactamente igual en el IRPF, y Hacienda dispone de vías crecientes para conocerlas. Elegir una plataforma no regulada no exime de tributar; solo añade incertidumbre.
El lado fiscal: qué cambia (y qué no) según el exchange
Este es el punto donde una web fiscal aporta lo que un comparador de bonos no puede. Estar en un exchange regulado no reduce tu factura fiscal: las ganancias por transmitir criptomonedas van a la base del ahorro del IRPF y tributan por tramos del 19 % al 30 %, con independencia de la plataforma. Lo que cambia con la regulación es cuánto sabe Hacienda de ti, y eso depende sobre todo de si la entidad es española o extranjera.
Las entidades españolas autorizadas —Bit2Me, Criptan y los bancos— están obligadas a informar a la Agencia Tributaria de tus posiciones mediante dos declaraciones informativas: el modelo 172, sobre los saldos de criptomonedas a fin de año, y el modelo 173, sobre las operaciones de adquisición, transmisión, permuta y transferencia. Es decir: si operas en un exchange español, Hacienda ya tiene tus datos, y declarar de forma incompleta es una vía directa a una paralela. Con un exchange extranjero con pasaporte UE (Coinbase, Kraken, Crypto.com…) esas obligaciones informativas recaen de otro modo, pero aparece la tuya propia: si el valor de tus criptos custodiadas fuera de España supera los 50.000 € a 31 de diciembre, debes presentar el modelo 721. Los saldos en exchanges españoles no computan para ese umbral. El recorrido completo de esos datos —qué reporta exactamente tu plataforma, qué recibirá la Agencia de otros países con la DAC8 y por qué los avisos de la Renta no dejan de crecer— está contado en cómo sabe Hacienda que tienes criptomonedas.
La conclusión práctica no es "elige el exchange que menos declare" —esa vía no existe—, sino entender que la regulación va de la mano de la transparencia fiscal: cuanto más regulado y reportado esté el sector, más importa declarar bien a la primera. Ahí es donde te conviene tener a mano la calculadora de la cuota, el verificador del modelo 721 y la guía completa del 721.
Cómo elegir con criterio fiscal, no por el bono
Los comparadores al uso ordenan los exchanges por el bono de bienvenida o por las comisiones de trading. Desde la óptica de quien quiere operar tranquilo y declarar sin complicaciones, los criterios que de verdad importan son otros tres. El primero, que esté autorizado bajo MiCA —la tabla de arriba—, porque es la garantía de custodia y supervisión. El segundo, que ofrezca un informe fiscal descargable con las operaciones del año valoradas en euros: es lo que te ahorra reconstruir a mano el FIFO en la declaración. Y el tercero, que tenga soporte de la fiscalidad española (valoración en euros, tratamiento de permutas), algo en lo que las plataformas nacionales suelen llevar ventaja por razones obvias.
Con esos tres filtros, la decisión deja de ser una cuestión de marketing y pasa a ser una de higiene fiscal. Sea cual sea tu elección, el trabajo de fondo —calcular la ganancia, aplicar la escala del ahorro, compensar pérdidas y vigilar el umbral del 721— es el mismo, y es el que determina que la próxima campaña de la Renta transcurra sin sorpresas.
Preguntas frecuentes
¿Qué significa que un exchange esté "regulado" en España desde julio de 2026?
¿Estar en el registro del Banco de España es lo mismo que estar autorizado por MiCA?
¿Por qué Binance no aparece en la lista de regulados?
¿Uso un exchange regulado y pago menos impuestos?
¿En un exchange regulado tengo que presentar el modelo 721?
¿La lista de exchanges regulados puede cambiar?
Fuentes
- · CNMV — Registro de proveedores de servicios de criptoactivos (consultado el 5 de julio de 2026)
- · Reglamento (UE) 2023/1114 (MiCA), título V — autorización de CASP
- · CNMV — Preguntas y respuestas sobre el Reglamento MiCA (fin del transitorio: 1 de julio de 2026)
- · Banco de España — Registro de proveedores de servicios de cambio de moneda virtual (Ley 10/2010)